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8.3 Experimental Settings

8.4.2 Analysis

Los requisitos que debe cumplir para hacerla efectiva las citaciones, ya sean a personas naturales o personas jurídicas.

1. Calificada por el juez la demanda - acto pre-procesal diligencia previa - la o el secretario a cargo del proceso judicial, elaborara y suscribirá las boletas de citación, para lo cual deberá cerciorarse bajo su exclusiva responsabilidad, que en la misma se incluyan los siguientes datos; nombres y apellidos, la designación del lugar en que debe citarse a la o el accionado, entendiéndose como tal; calle principal, calle secundaria, nomenclatura o numeración de su domicilio, adhiera una foto y de ser posible adhiera referencias y demás identificativos necesarios para que la o el citador realice la diligencia.

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2. Ejecutoriado el auto de calificación, la o el secretario procederá con la entrega de las boletas de citación, debidamente diligenciadas en un término no mayor de 24 horas, a la o el delegado o responsable de citaciones de la dependencia judicial

3. La o el delegado responsable de citaciones de la dependencia judicial recibirá diariamente a las y los secretarios las respectivas boletas de citación y procederá a cotejar el número de boletas. En caso de detectar que la documentación se encuentra incompleta, devolverá al secretario para que la complete.

4. La o el delegado o responsable de citaciones de la dependencia judicial entregará al personal designado para el citador o servidor judicial las boletas de citaciones, documentos y copias necesarias para que realice la citación, para lo cual se deberá suscribir la correspondiente acta de entrega o recepción.

1.2.1 Características de la citación

1.2.2 La citación como Solemnidad Sustancial

Existen dos clases de solemnidades, las sustanciales y las no sustanciales. Las solemnidades sustanciales son aquellas que deben ser cumplidas con obligatoriedad. En caso de no cumplirse con ellas se afecta el debido proceso garantizado en la Constitución. Al contrario de las solemnidades no sustanciales que su omisión no tiene ninguna responsabilidad jurídica.

La citación judicial como solemnidad sustancial constituye una de las garantías constitucionales más importantes y provocar su retardo viola el debido proceso y causa indefensión. No citar apropiadamente dilata la sustanciación de la causa y siendo este un acto básico del debido proceso, el no dar cumplimiento a los

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principios y derechos de las partes que se encuentra establecido en la (CONSTITUCÓN DEL ECUADOR) en el Art. 76 numeral N.1, donde nos dice ”Corresponde a toda autoridad administrativa o judicial, garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes” (Última reforma: 01- ago.-2018, pág. 48). La citación judicial es una solemnidad sustancial y su omisión deja en la indefensión al o los accionados.

20 1.2.3 MARCO LEGAL

1.2.4 La Constitución de la República del Ecuador del 2008 dice;

Nuestra Carta Magna, hace referencia a la citación judicial en la (CONSTITUCION DEL ECUADOR ) en el Art. 11 N2, donde dice “(...) (...) Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades. (...)” (Última reforma: 01-ago.-2018, pág. 14). Es decir; este párrafo constitucional consagra como deber primordial del Estado el garantizar el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución Vigente; exigiendo su inmediata aplicación en los ámbitos público, administrativo y judicial avalando entre otros derechos, el derecho de igualdad tanto al acciónate como al accionado en la práctica de los actos procesales - citación judicial - en tiempos prudenciales.

1.2.5 Acceso a la justicia

Es un principio básico y fundamental en un Estado de derechos; ya que sin acceso a la justicia las personas no pueden hacer oír su voz; ejercer sus derechos y utilizar las herramientas y mecanismos legales para que se reconozcan y se protejan sus demás derechos; los mismos que se encuentran establecidos en nuestra Constitución vigente, entre ellos uno de los más importantes amparados en el Art. 75 que dice;

“Derecho al acceso gratuito a la justicia. - “Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedará en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones judiciales será sancionado por la ley.” (CONSTITUCION DEL ECUADOR , Última reforma: 01-ago.-2018, pág. 48).

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Cuando hablamos de la práctica de la citación judicial, es muy importante que se respete las garantías básicas del debido proceso; garantías que están avaladas en nuestra Carta Magna; las mismas que se configuran con la manifestación compleja de aquellos derechos y garantías básicas de toda persona que se desarrolla en sociedad y que vive bajo un modelo de Estado democrático de derechos; la importancia y naturaleza de esta institución se ve reflejada en una manifestación de la tutela efectiva como una garantía constitucional para el cumplimiento de todos y cada uno de los actos procesales - citación judicial - los mismos que tiene afinidad con nuestro ordenamiento jurídico y que están amparados en el Artículo 76, que dice;

“Garantías Básicas del derecho al debido proceso. (...) (...) - numeral, 7 literal a):” Nadie podrá ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa o grado del procedimiento”. b) “Contar con el tiempo y con los medios adecuados para la preparación de su defensa.” c) “Ser escuchado en el momento oportuno y en igualdad de condiciones. (CONSTITUCÓN DEL ECUADOR, Última reforma: 01- ago.-2018, pág. 49)

1.2.7 La seguridad jurídica

Es uno de los principios fundamentales de todo ordenamiento jurídico solido; ya que es base para una buena administración de justicia, garantizando los derechos primordiales de cada uno de los ciudadanos con absoluto respeto al ordenamiento jurídico; requisito fundamental para estructurar un Estado; ahora bien, la seguridad jurídica tiene el principio de legalidad, que consiste en que la autoridad solo puede hacer lo que la ley le permite y en este sentido la (CONSTITUCÓN DEL ECUADOR) en el Art. 82, nos dice “Derecho a la seguridad jurídica. - “El Derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídica previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes.” (Última reforma: 01-ago.- 2018, pág. 53).

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