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2. Sector and methods

2.2 Methods and methodology

2.2.1 Archival Research

naturaleza del conflicto, manifiestan su compromiso con el Código de Ética y toman las medidas razonables para resolver el conflicto de manera consistente con los Principios Generales y las Normas del Código de Ética. Bajo ninguna circunstancia esta norma es utilizada para justificar o defender violaciones a los Derechos Humanos. Secreto profesional: La intimidad es el ámbito psíquico en el que se despliega el proceso por el cual el viviente se hace humano, condición de posibilidad de la constitución subjetiva. Desagregar la idea de intimidad respecto de la de “privado”, hay ocasiones en las que mantener algo como privado no es el mejor medio para proteger la intimidad. El psicólogo debe considerar las situaciones desde un criterio subjetivo, se lo convoca a un compromiso subjetivo, una decisión personal: como generalmente las obligaciones están acompañadas de excepciones, debe decidir si la ocasión es o no la que debe caer bajo excepción.

64 Intimidad: es un valor en sí mismo, un derecho individual básico. Secreto profesional: es un medio para un fin. Valor instrumental

Los derechos básicos deben ser defendidos con independencia de las consecuencias; los valores instrumentales obligan a tener en cuenta las consecuencias. La intimidad y el secreto profesional encierran valores distintos, por lo tanto deben ser considerados de modo distinto.

Dos valores diferentes incluidos en el tema de la confidencialidad:

- confianza plena en el confidente. Orden del principio (no en el de lo utilitario)

- aspecto instrumental. Es el fundamento del juez que vota la disidencia en el caso Tarasoff. Sin una garantía de confidencialidad, los pacientes no irían a tratamiento, por lo tanto se debilitaría la práctica y la eficacia de la psiquiatría. Se rompería la relación interpersonal, fundamento de la terapia eficaz.

La posición del psicólogo frente a la normativa del secreto profesional implica situaciones de tensión por:

i) el hecho de que el respeto por la intimidad de los pacientes constituye un principio, que deriva en la normativa de confidencialidad.

j) en algunas ocasiones, descriptas en modo general por las leyes, hay excepciones porque está en juego un principio superior al de la intimidad.

k) la valoración de principio o utilitaria de la confidencialidad.

l) el hecho de que es el mismo profesional implicado el que debe resolver, en cada caso, si es o no cuestión de excepción.

La obligación de guardar secreto profesional no es absoluta. Porque la norma no constituye en sí misma un principio sino un medio, instrumento para la defensa de la intimidad (que sí es un principio). Si el medio se convirtiera en absoluto, habría situaciones en las que el mismo fin se vería afectado.

Entre otras excepciones posibles al secreto profesional contempladas en los códigos,

5. Situaciones en las que mantener el secreto facilite la comisión de actos que vulneren los DDHH fundamentales (Los DDHH aparecen en la mayoría de los cuerpos deontológicos como principio básico, por ejemplo, la primacía del derecho a la identidad sobre la confidencialidad).

Las cuestiones relativas al secreto profesional también deberán someterse al principio de neutralidad.

NEUTRALIDAD: Para Freud la Neutralidad tiene que ver con una cualidad de la actitud del analista durante la cura. La neutralidad debe guiar la función del analista dentro de cualquier tartamiento. El analista debe ser neutral en cuanto a expresar sus valores religiosos, morales y sociales. Ninguna intervención debería estar ligada a algún valor o prejuicio del analista.

El psicólogo debe abstenerse de dar consejos, porque en el momento que lo hace se está corriendo del lugar del analista. Los consejos los dan los amigos, la familia, la pareja, etc.)

El analista debe ser neutral aún en casos de contratransferencia. Si es necesario debería supervisar el caso perodeninguna manera manifestárselo al paciente.

El analista debe ser neutral en cuanto al discurso del paciente, no debe dar nada por hecho o por entendido, no debe suponer. Si es necesario hay que devolver siempre al paciente para que aclare más, pero nunca suponer que lo que dice el paciente concide con lo que el analista piensa. Hay que mantener la atención flotante, escuchar todo de la misma manera, y en todo caso cuando termina la sesión hacer el trabajo de interpretar todo lo que dijo el paciente.

65 Freud dice que esto no es una recomendación técnica para la persona del analista sino para cumplir con la función de analista.

Si bien el analista está obligado a mantener el secreto profesional, por encima de estos esta el derecho a la identidad que tiene primacia por sobre el derecho de confidencialidad. En este caso no hay dudas que hay que hacer la denuncia, pero paralelamente y siempre pensando en el niño, habría que acompañarlo en este proceso.

94.- Como parte de una investigación sobre práctica profesional, se presentó a 400 terapeutas las siguientes situaciones:

Situación 1: Un paciente relata los pormenores de un plan para asesinar a una persona. El terapeuta advierte que no se trata de una mera fantasía, sino de un auténtico propósito a ser llevado a cabo. El terapeuta cuenta con los medios para ubicar a la potencial víctima. ¿Qué debería hacer el terapeuta ante esto y por qué?

Situación 2: Un paciente adulto, enfermo de SIDA, relata en su psicoterapia que mantiene relaciones sexuales con diferentes partenaires sin los cuidados necesarios y sin informarles de su condición. ¿Qué debería hacer el terapeuta ante esto y por qué?

Tomando como referencia el artículo de Gabriela Salomone “Consideraciones sobre la Ética profesional: dimensión clínica y campo deontológico-jurídico” contenido en el libro “Clínica y Deontología”, establezca los lineamientos éticos respecto del secreto profesional en relación a las dos situaciones.

La Ética Profesional involucra por una parte, el campo normativo que sustenta las exigencias sociales, legales y deontológicas de la profesión (códigos de ética, deberes profesionales), pero también habrá de considerar las exigencias que la dimensión clínica presenta. Una noción de ética profesional que contemple estos dos campos, el deontológico-jurídico y la dimensión clínica, permite establecer una noción de responsabilidad profesional que, aunque más compleja, apunta más nítidamente al corazón de nuestra práctica.

Campo normativo y dimensión clínica dan cuenta de diferentes aspectos de la responsabilidad profesional. Mientras el campo normativo se fundamenta en el sujeto del derecho, la dimensión clínica nos ubica frente al sujeto del sufrimiento psíquico, y la responsabilidad profesional nos compele a decisiones que tengan en cuenta ambas dimensiones.

El encuentro entre la dimensión clínica y el campo normativo (deontológico-jurídico) constituye puntos conflictivos que generan dilemas éticos. El psicólogo no puede eximirse de la responsabilidad a la que una decisión en sentido pleno lo compromete: “Los códigos [son] guías para la práctica, pero que nunca podrán sustituir el discernimiento del profesional que se encuentra en la situación y, por lo mismo, nunca reemplazarán su responsabilidad en la toma de decisión”

Una ética profesional asociada exclusivamente a la deontología genera un desdoblamiento de la función profesional que toma dos caras indialectizables. Por una parte se configura un profesional con deberes de ciudadano, abogando por los derechos de las personas, atendiendo a las exigencias sociales y legales de la profesión, dirigiendo su práctica en función de un sujeto de derecho. Por otra parte se encuentra un profesional que lidia con el sufrimiento del paciente, que debe operar con otra concepción de sujeto y que despliega su práctica en el terreno de la transferencia. Hay una responsabilidad profesional entonces ligada a nuestro objeto de estudio y práctica: el sufrimiento psíquico del sujeto.

La dimensión clínica no se refiere exclusivamente al trabajo clínico, sino que con este término nos interesa señalar una perspectiva que toma en cuenta la dimensión del sujeto, la singularidad en situación. Claramente, el campo normativo configurado sobre la lógica de lo general recorta los problemas desde una perspectiva particular. En cambio, la dimensión clínica constituye un modo de lectura y abordaje sustentado en la categoría de lo singular.

En la caso situación 1: Ante la posibilidad cierta de daños a terceros, en este caso riesgo de homicidio, el analista tiene 72 hs. para realizar la denuncia correspondiente. Lo que queda por evaluar por el analista es ver que más se puede

66 hacer. Está claro que haciendo la denuncia y poniendo aviso a la potencial víctima estamos evitando un mal a esta última, pero que queda para el paciente.

En lugar de decidir en forma automática realizar la denuncia, sólo porque así lo dice la ley, y de esta forma cubrirse ante una posible demanda futura, habría que tomarse el tiempo para primero interpretar la norma, ver si existen excepciones a la misma y pensar en la dimensión clínica. Habría que tomarse el tiempo para pensar en el paciente y su tratamiento. Determinar qué papel puede jugar esa denuncia en la transferencia y en ese sujeto.

El cometer un homicidio también tiene consecuecias jurídicas y subjetivas para el paciente. El evitar que el homicidio ocurra libera al paciente de estas consecuencias que lo acompañarían por el resto de su vida.

En el caso de la situación 2:

A diferencia de la situación anterior, si bien está en juego la salud de otras personas, la responsabilidad no está puesta en la decisión del analista. Tratándose de personas mayores, los partenaires del paciente son los responsables de cuidarse cuando mantienen relaciones sexuales para evitar el contagio de enfermedades de transmisión sexual. En este caso, el analista deberá mantener el secreto profesional. En todo caso habrá que trabajar con el paciente si existe o no conciencia de enfermedad y si no existiera intentar generarla. Indagar por qué el no cree necesario informar a sus partenaires sexuales de de su enfermedad, etc.

Es responsabilidad de cada uno de sus partenaires, siendo personas adultas. No habría que presentar la denuncia. Esto no nos exime de trabajar el tema con el paciente.

95.- Como parte de una investigación sobre práctica profesional, se presentó a 400 terapeutas la siguiente situación: Un terapeuta se encuentra con su ex paciente en una reunión social. Se produce entre ellos una intensa atracción y se dan las condiciones para iniciar una relación amorosa. ¿Qué debería hacer el terapeuta ante esto y por qué?

Consigne cuál es la normativa del código de ética de la American Psychological Association (APA, 2010) que debería ser aplicada. Indique con precisión cómo debería el terapeuta ponderar los factores contenidos en dicha normativa. La normativa del código de ética de la APA, 2003 que debería ser aplicada, es la 10.08, relativa a la Intimidad sexual con ex-clientes/pacientes, y que dice en el acápite (a) “Los psicólogos no se involucran en intimidad sexual con ex- clientes/pacientes durante al menos dos años después de la interrupción o finalización de la terapia.” (b) “Los psicólogos no se involucran en intimidad sexual con ex-clientes/pacientes aún después de un intervalo de dos años salvo en circunstancias excepcionales. Los psicólogos que se involucran en tal actividad después de dos años de la interrupción o finalización de la terapia y no hayan tenido ningún contacto sexual con el ex-cliente/paciente, tienen la obligación de demostrar que no ha habido explotación, a la luz de todos los factores pertinentes, que incluyen (1) el lapso de tiempo transcurrido desde la finalización de la terapia; (2) la naturaleza, duración e intensidad de la terapia; (3) las circunstancias de finalización; (4) la historia personal del cliente/paciente; (5) el estado mental actual del cliente/paciente; (6) la probabilidad de impacto adverso sobre el cliente/paciente; y (7) cualquier declaración o acción llevada adelante por el terapeuta durante el curso de la terapia, sugiriendo o invitando la posibilidad de una relación sexual o sentimental con el cliente/paciente luego de finalizado el tratamiento.”

Con relación a los dos primeros factores del acápite (b):

(1) el lapso de tiempo transcurrido desde la finalización de la terapia;

En principio los dos años a los que hace referencia la normativa, luego de interrumpir o cesar la terapia, está basada en un tiempo de espera vinculado al duelo que debe realizar el paciente por la pérdida de la figura de su terapeuta. Si bien existieron apelaciones para disminuir ese periodo sustentándose en algunos casos donde el tiempo de duelo se supuso menor, APA consideró fijar dos años como resguardo.

(2) la naturaleza, duración e intensidad de la terapia; este punto es más complejo de evaluar, ya que no es lo mismo un paciente con varios años de terapia, que quien tuvo pocas entrevistas, o dependiendo del tipo de terapia. Aquí en

67 verdad lo que debe evaluarse es el estado del vínculo transferencial establecido, su profundidad, intensidad y residuos o perduración del mismo.

Desde lo Universal-Singular Particular, debiéramos decir que desde la normativa el periodo de dos años es una certeza, pero en cuanto al segundo factor nunca tendremos la certidumbre de cuan intensa fue la transferencia y como puede evolucionar. Por tanto se hace complicado para un terapeuta evaluar a ciencia cierta si el tratamiento no dejó secuelas transferenciales que luego en la relación pueda interferir, o peor aún no prevenir un daño sobre el paciente. (Ver 3.04 sobre ‘Evitar el daño’)

Desde el punto de vista de la moral, podemos cumplir con las normativas y considerar que hemos hecho lo correcto, pero como profesionales de la salud mental, sería antiético establecer relaciones con ex-pacientes independientemente del tiempo, del vínculo terapéutico o de cualquier factor. Y por varias razones. En principio sería desconocer el desequilibrio existente en la relación paciente-terapeuta, donde el terapeuta ha accedido a los secretos más íntimos del sujeto. Es más, hasta podríamos considerar que hay una violación del secreto profesional, porque en el momento de concretar la unión, el terapeuta le habrá ‘transmitido’ todos los secretos al partenaire de su ex- paciente, dejándolo en vulnerabilidad. Por otro lado, si consideramos que un paciente tiene virtualmente asegurado su lugar de análisis, aún luego de haber interrumpido su tratamiento, aquí hay una ruptura con ese potencial.

Por todo esto entendemos que no hay posibilidad alguna que pueda argumentar a favor de la unión entre un ex- paciente y su terapeuta, más allá de las normativas que puedan amparar las singularidades.

96.- Como parte de una investigación sobre práctica profesional, se presentó a 400 terapeutas la siguiente situación: A los seis meses de iniciado el tratamiento, un paciente, padre de dos niños pequeños, relata en sesión que periódicamente ata y golpea a sus hijos causándoles heridas considerables, que él mismo cura para no hacer públicos estos actos. ¿Qué debería hacer el terapeuta ante esto y por qué?

Establezca cómo puede ser tratado el caso poniendo en relación los elementos de dicha situación con la noción de secreto profesional y de neutralidad. Articule con las dos dimensiones de la ética profesional.

Si bien la ley da72 hs. para hacer la denuncia, el hecho de que el paciente después de golpear a los hijos los cure para que no se haga público, compromete al analista ya que si no es por su denuncia, difícilmente lo niños logren librarse de esa situación. Esta decisión de denunciar no implica hacerlo a espaldas del paciente, este debe ser conversado con el e inclusive acompañarlo en el proceso.

Tengamos en cuenta que siendo padre de los chicos, el seguramente seguirá teniendo algún tipo de relación a lo largo de toda su vida, por lo que debemos intentar mediante el tratamiento es trabajar este aspecto violento del paciente. La Ética Profesional involucra por una parte, el campo normativo que sustenta las exigencias sociales, legales y deontológicas de la profesión (códigos de ética, deberes profesionales), pero también habrá de considerar las exigencias que la dimensión clínica presenta. Una noción de ética profesional que contemple estos dos campos, el deontológico-jurídico y la dimensión clínica, permite establecer una noción de responsabilidad profesional que, aunque más compleja, apunta más nítidamente al corazón de nuestra práctica.

Campo normativo y dimensión clínica dan cuenta de diferentes aspectos de la responsabilidad profesional. Mientras el campo normativo se fundamenta en el sujeto del derecho, la dimensión clínica nos ubica frente al sujeto del sufrimiento psíquico, y la responsabilidad profesional nos compele a decisiones que tengan en cuenta ambas dimensiones.

El encuentro entre la dimensión clínica y el campo normativo (deontológico-jurídico) constituye puntos conflictivos que generan dilemas éticos. El psicólogo no puede eximirse de la responsabilidad a la que una decisión en sentido pleno lo compromete: “Los códigos [son] guías para la práctica, pero que nunca podrán sustituir el discernimiento del profesional que se encuentra en la situación y, por lo mismo, nunca reemplazarán su responsabilidad en la toma de decisión”

68 Una ética profesional asociada exclusivamente a la deontología genera un desdoblamiento de la función profesional que toma dos caras indialectizables. Por una parte se configura un profesional con deberes de ciudadano, abogando por los derechos de las personas, atendiendo a las exigencias sociales y legales de la profesión, dirigiendo su práctica en función de un sujeto de derecho. Por otra parte se encuentra un profesional que lidia con el sufrimiento del paciente, que debe operar con otra concepción de sujeto y que despliega su práctica en el terreno de la transferencia. Hay una responsabilidad profesional entonces ligada a nuestro objeto de estudio y práctica: el sufrimiento psíquico del sujeto.

La dimensión clínica no se refiere exclusivamente al trabajo clínico, sino que con este término nos interesa señalar una perspectiva que toma en cuenta la dimensión del sujeto, la singularidad en situación. Claramente, el campo normativo configurado sobre la lógica de lo general recorta los problemas desde una perspectiva particular. En cambio, la dimensión clínica constituye un modo de lectura y abordaje sustentado en la categoría de lo singular.

NEUTRALIDAD: Para Freud la Neutralidad tiene que ver con una cualidad de la actitud del analista durante la cura. La neutralidad debe guiar la función del analista dentro de cualquier tartamiento. El analista debe ser neutral en cuanto a expresar sus valores religiosos, morales y sociales. Ninguna intervención debería estar ligada a algún valor o prejuicio del analista.

El psicólogo debe abstenerse de dar consejos, porque en el momento que lo hace se está corriendo del lugar del analista. Los consejos los dan los amigos, la familia, la pareja, etc.)

El analista debe ser neutral aún en casos de contratransferencia. Si es necesario debería supervisar el caso perodeninguna manera manifestárselo al paciente.

El analista debe ser neutral en cuanto al discurso del paciente, no debe dar nada por hecho o por entendido, no debe suponer. Si es necesario hay que devolver siempre al paciente para que aclare más, pero nunca suponer que lo que dice el paciente concide con lo que el analista piensa. Hay que mantener la atención flotante, escuchar todo de la misma manera, y en todo caso cuando termina la sesión hacer el trabajo de interpretar todo lo que dijo el paciente. Freud dice que esto no es una recomendación técnica para la persona del analista sino para cumplir con la función de analista.

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