3.2 Service Feature Modeling Language
3.2.4 Attribute Types in Service Feature Modeling
Atendiendo escrito con entrada en este Ayuntamiento de El Viso de Villalbilla 25, S.L., el día 27 de septiembre y número de registro 4833/2016, por el que solicita la bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles respecto a las fincas de su propiedad referenciadas en su solicitud, por constituir el objeto de la actividad de la empresa de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria de obra nueva.
Visto el Informe favorable de recaudación número 2018-0050.
Vista la legislación vigente aplicable al caso, constituida fundamentalmente por el artículo 10.3. de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y artículo 73.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales;
De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 2015-0313, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:
PRIMERO.- Estimar la solicitud realizada mediante escrito de
27 de septiembre y registro de entrada número 4833/2017, en base a la legislación apuntada.
SEGUNDO.- Notificarlo al interesado en el domicilio legalmente
establecido para ello con trascripción del Informe de recaudación
número 2018-0050. YYFH6HMT2XED5A7W | V
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BONIFICACIÓN I.V.T.M.
Atendiendo escrito de Don A.I.C., de fecha 9 de enero de 2018, con número de registro de entrada en este Ayuntamiento 2018-E-RC-117, por el que solicita la bonificación del 100 por cien en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del vehículo especificado en dicho escrito, por tratarse de un vehículo con más de 25 años de antigüedad.
Visto el Informe favorable de recaudación número: 2018-0054.
Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por el artículo 6. de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y por el artículo 96. del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales;
De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0313/2015, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:
PRIMERO- Estimar la bonificación del 100 por cien sobre la cuota en el
Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para el año 2019 y siguientes, del vehículo especificado en el escrito de 9 de enero de 2018, con número de registro de entrada en este Ayuntamiento 2018-E-RC-117, en base a la legislación apuntada.
SEGUNDO- Notificarlo al interesado en el domicilio legalmente establecido
para ello, con transcripción del Informe de recaudación 2018-0054.
EXENCIÓN I.V.T.M.
Atendiendo escrito de Don F.G.S., de fecha 25 de enero de 2018 registrado en este Ayuntamiento con número 2018-E-RC-370, en el que solicita el cambio en la exención del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica relativo al vehículo especificado en dicho escrito por la adquisición de un nuevo vehículo también especificado en dicho escrito, al tener reconocida una discapacidad del 33% desde el 15 de abril de 2016 con revisión el 24 de abril de 2020.
Visto el Informe favorable de recaudación número 2018-0053.
Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por
YYFH6HMT2XED5A7W | V
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el artículo 93.1.e) y 93.2. del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, por el artículo 3.1.e), 3.2.a) y 3.3. de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, así como el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social;
Y de acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0313/2015, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:
PRIMERO.- Estimar la exención en el Impuesto de Vehículos de Tracción
Mecánica para los años 2018, 2019 y 2020, del vehículo especificado en escrito de 25 de enero de 2018 y registro de entrada 2018-E-RC-370, a nombre de Don F.G.S., en base a la legislación señalada.
SEGUNDO.- Notificarlo al interesado en el domicilio legalmente establecido
para ello, con transcripción del Informe de recaudación 2018-0053.
BONIFICACIÓN I.V.T.M.
Atendiendo escrito de Doña A.P.D., de fecha 29 de enero de 2018, con número de registro de entrada en este Ayuntamiento 2018-E-RC-430, por el que solicita la bonificación del 100 por cien en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del vehículo especificado en dicho escrito, por tratarse de un vehículo con más de 25 años de antigüedad.
Visto el Informe favorable de recaudación número: 2018-0051.
Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por el artículo 6. de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y por el artículo 96. del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales;
De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0313/2015, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (5 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:
YYFH6HMT2XED5A7W | V
erificación: http://aytovillalbilla.sedelectronica.es/
PRIMERO- Estimar la bonificación del 100 por cien sobre la cuota en el
Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para el año 2018 y siguientes, del vehículo especificado en el escrito de 29 de enero de 2018, con número de registro de entrada en este Ayuntamiento 2018-E-RC-430, en base a la legislación apuntada.
SEGUNDO- Notificarlo al interesado en el domicilio legalmente establecido
para ello, con transcripción del Informe de recaudación 2018-0051.
DÉCIMO OCTAVO.- APROBACIÓN PADRONES DE ESCUELA MÚSICA E