Atendiendo escrito de Don FMR, de fecha 10 de julio de 2018, con número de registro de entrada en este Ayuntamiento 2018-E-RC-3639, por el que solicita la bonificación del 100 por cien en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del vehículo especificado en dicho escrito, por tratarse de un vehículo con más de 25 años de antigüedad.
Visto el Informe favorable de recaudación número: 2018-0613.
Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por el art.º 6 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y por el artículo 95.6. del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales;
De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por
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la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0313/2015, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:
PRIMERO.- Estimar la bonificación del 100 por cien sobre la cuota en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para el año 2019 y siguientes, del vehículo especificado en el escrito de 10 de julio de 2018, con número de registro de entrada en este Ayuntamiento 2018-E-RC-3639, en base a la legislación apuntada.
SEGUNDO.- Notificarlo al interesado en el domicilio legalmente establecido para ello, con transcripción del Informe de recaudación 2018-0613.
BONIFICACIÓN IVTM POR ANTIGÜEDAD DEL VEHÍCULO.
Atendiendo escrito de Don AMR, de fecha 6 de agosto de 2018, con número de registro de entrada en este Ayuntamiento 2018-E-RC-4081, por el que solicita la bonificación del 100 por cien en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del vehículo especificado en dicho escrito, por tratarse de un vehículo con más de 25 años de antigüedad.
Visto el Informe favorable de recaudación número: 2018-628.
Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por el art.º 6 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y por el artículo 95.6. del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales;
De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0313/2015, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:
PRIMERO.- Estimar la bonificación del 100 por cien sobre la cuota en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para el año 2019 y siguientes, del vehículo especificado en el escrito de 6 de agosto de 2018, con número de registro de entrada en este Ayuntamiento 2018-E-RC-4081, en base a la legislación apuntada.
SEGUNDO.- Notificarlo al interesado en el domicilio legalmente establecido para ello, con transcripción del Informe de recaudación 2018-0628.
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BONIFICACIÓN IVTM POR ANTIGÜEDAD DEL VEHÍCULO.
Atendiendo escrito de Don PCR, de fecha 10 de septiembre de 2018, con número de registro de entrada en este Ayuntamiento 2018-E-RC-4531, por el que solicita la bonificación del 100 por cien en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del vehículo especificado en dicho escrito, por tratarse de un vehículo con más de 25 años de antigüedad.
Visto el Informe favorable de recaudación número: 2018-0627.
Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por el art.º 6 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y por el artículo 95.6. del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales;
De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0313/2015, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:
PRIMERO.- Estimar la bonificación del 100 por cien sobre la cuota en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para el año 2020 y siguientes, del vehículo especificado en el escrito de 10 de septiembre de 2018, con número de registro de entrada en este Ayuntamiento 2018-E-RC-4531, en base a la legislación apuntada.
SEGUNDO.- Notificarlo al interesado en el domicilio legalmente establecido para ello, con transcripción del Informe de recaudación 2018-0627.
BONIFICACIÓN IVTM POR ANTIGÜEDAD DEL VEHÍCULO.
Atendiendo escrito de LG S.L., de fecha 24 de septiembre de 2018, con número de registro de entrada en este Ayuntamiento 2018-E-RC-4751, por el que solicita la bonificación del 100 por cien en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del vehículo especificado en dicho escrito, por tratarse de un vehículo con más de 25 años de antigüedad.
Visto el Informe favorable de recaudación número: 2018-0626.
Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por el art.º 6
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de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y por el artículo 95.6. del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales;
De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0313/2015, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:
PRIMERO.- Estimar la bonificación del 100 por cien sobre la cuota en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para el año 2019 y siguientes, del vehículo especificado en el escrito de 24 de septiembre de 2018, con número de registro de entrada en este Ayuntamiento 2018-E-RC-4751, en base a la legislación apuntada.
SEGUNDO.- Notificarlo al interesado en el domicilio legalmente establecido para ello, con transcripción del Informe de recaudación 2018-0626.
EXENCIÓN I.V.T.M.
Atendiendo escrito de Doña AMVA, de fecha 4 de septiembre de 2018 y número de registro de entrada 2018-E-RC-4429, en el que solicita la exención del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica relativo al vehículo especificado en dicho escrito al tener reconocida una pensión por discapacidad permanente.
Visto el Informe favorable de recaudación número 2018-660.
Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por el artículo 93.1.e) y 93.2. del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, y por el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social;
De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0313/2015, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:
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PRIMERO.- Estimar la exención en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para los años 2019 y siguientes del vehículo especificado en escrito de fecha 4 de septiembre de 2018 y registro de entrada 2018-E-RC-4429, a nombre de Doña AMVA en base a la legislación señalada.
SEGUNDO.- Notificarlo a la interesada en el domicilio legalmente establecido para ello, con transcripción del Informe de recaudación 2018-660.
EXENCIÓN I.V.T.M.
Atendiendo escrito de Don JBA, de fecha 10 de septiembre de 2018 y número de registro de entrada 2018-E-RC-4533, en el que solicita la exención del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica relativo al vehículo especificado en dicho escrito al tener reconocida una pensión por discapacidad permanente en grado de absoluta.
Visto el Informe favorable de recaudación número 2018-663.
Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por el artículo 93.1.e) y 93.2. del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, y por el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social;
De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0313/2015, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:
PRIMERO.- Estimar la exención en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para los años 2019 y siguientes del vehículo especificado en escrito de fecha 10 de septiembre de 2018 y registro de entrada 2018-E-RC-4533, a nombre de Don JBA, en base a la legislación señalada.
SEGUNDO.- Notificarlo al interesado en el domicilio legalmente establecido para ello, con transcripción del Informe de recaudación 2018-663
EXENCIÓN IV.T.M.
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Atendiendo escrito de Don JPP, de fecha 20 de septiembre de 2018 y número de registro de entrada 2018-E-RC-4729, en el que solicita la exención del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica relativo al vehículo especificado en dicho escrito al tener reconocida una pensión por discapacidad de carácter temporal.
Visto el Informe favorable de recaudación número 2018-665.
Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por el artículo 93.1.e) y 93.2. del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, y por el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social;
De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0313/2015, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:
PRIMERO.- Estimar la exención en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para los años 2019, 2020, 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025 del vehículo especificado en escrito de fecha 20 de septiembre de 2018 y registro de entrada 2018-E-RC-4729, a nombre de Don JPP, en base a la legislación señalada.
SEGUNDO.- Notificarlo a la interesada en el domicilio legalmente establecido para ello, con transcripción del Informe de recaudación 2018-665
EXENCIÓN I.V.T.M.
Atendiendo escrito de Doña IJSC, de fecha 17 de julio de 2018 y número de registro de entrada 2018-E-RC-3770, en el que solicita la exención del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica relativo al vehículo especificado en dicho escrito y matriculado a nombre de su hijo AES, por tener su hijo AES declarado un grado total de discapacidad permanente en grado de absoluta.
Visto el Informe favorable de recaudación número 2018-630.
Vista la legislación vigente aplicable al caso constituida fundamentalmente por el artículo 93.1.e) y 93.2. del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se
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erificación: http://aytovillalbilla.sedelectronica.es/
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, y por el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social;
De acuerdo con las competencias que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; y visto que el Sr. Alcalde-Presidente delegó mediante Decreto nº 0313/2015, de fecha 18 de junio de 2015, en la Junta de Gobierno Local las competencias en esta área, por la unanimidad de los Sres. Concejales asistentes a la sesión (4 de los 6 que componen la Junta), se acuerda:
PRIMERO.- Estimar la exención en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica para los años 2019 y siguientes del vehículo especificado en escrito de fecha 17 de julio de 2018 y registro de entrada 2018-E-RC-3770, a nombre de Don AES, en base a la legislación señalada.
SEGUNDO.- Notificarlo al interesado en el domicilio legalmente establecido para ello, con transcripción del Informe de recaudación 2018-630.
DESESTIMACIÓN REVISIÓN Y REVOCACIÓN DE LIQUIDACIÓN DE