La constitución de una empresa para el desarrollo de una determinada actividad económica, dentro del mercado, puede adoptar diversas formas jurídicas; por ello existen distintos tipos de sociedades, individuales y colectivas, así como personalistas y de capital, entre otros95. Por otra parte, una empresa está correlacionada con la figura del 94 INE: Notas de prensa, 22 octubre 2012. La encuesta se realizó en abril y julio de 2012. Por otra parte,
aunque por la diferencia temporal puedan diferir los datos, es importante indicar que, en el año 2011, el 52,3% de los hogares residían en viviendas de su propiedad, casi el 30% lo hacían viviendas propias con hipoteca y el 9,3% en viviendas alquiladas a precio de mercado.
95 En sentido amplio, se entiende que una empresa es una forma de actividad económica que tiene por
objeto vender con ánimo de lucro productos y servicios en el mercado, así como repartir los resultados de la venta entre sus propietarios y colaboradores. No obstante, algunas empresas no tienen como fin último el lucro, por ejemplo las empresas estatales y las cooperativas, entre otros. Lo anterior se relaciona con los términos sector privado y sector público, así como con otro sector que estaría compuesto por empresarios
empresario; de tal modo que, si esa persona asume el riesgo de fundar y ejercer directamente una actividad económica se sitúa dentro del concepto de empresario individual. No obstante, puede decidir ejercer esa actividad como persona jurídica entonces la forma de su actividad económica toma la denominación de ―persona física‖; si bien, la categoría de ―personas físicas‖ puede también integrar algunas empresas en las que existen dos o más socios. En todo caso, un aspecto esencial para distinguir una sociedades de otras reside en la responsabilidad frente a terceros por las deudas contraídas por la empresa. A continuación, en los Cuadros 1.4., 1.5., y 1.6., resumimos las principales formas adoptadas por las empresas en España.
Cuadro 1.4. Formas que adoptan las empresas en España. Personas Físicas
Formas de actividad económica
Número de socios (Aportaciones sociales)
Responsabilidad frente a las deudas contraídas por la empresa Personas físicas
Empresario individual (Personalidad jurídica propia: la del titular del
negocio)
Uno, el titular del negocio Responsabilidad personal ilimitada (No existe separación entre el patrimonio
de la empresa y el del titular del negocio).
Comunidad de bienes. (Contrato privado. Carece de personalidad
jurídica propia)
Dos o más socios (denominados comuneros). Aportan bienes y trabajo
Responsabilidad personal ilimitada. Los socios, o comuneros, responden con su propio patrimonio personal de las deudas de la comunidad de bienes. Sociedad civil
(Carece de personalidad jurídica propia)
Dos o más socios Dos tipos de socios: Socios industriales, que solo aportan trabajo, y socios, que aportan participaciones en dinero, bienes y servicios.
Responsabilidad personal ilimitada.
individuales y otras formas de actividad económica; pudiendo contemplarse en esas formas algunas funciones de los hogares.
Cuadro 1.5. Formas que adoptan las empresas en España. Sociedades mercantiles Formas de actividad económica Número de socios (Aportaciones sociales)
Responsabilidad frente a las deudas contraídas por la empresa
Sociedades mercantiles Cooperativas (Carácter personalista*)
Un mínimo de cinco socios, excepto en las de trabajo asociado, en las que
el mínimo es de 3.
La responsabilidad de los socios solo alcanza al nominal de las participaciones
realizadas al entrar en la cooperativa. Sociedad colectiva
(Carácter personalista)
La mayoría del capital social pertenece a los trabajadores de la empresa
Los socios responden solo por sus aportaciones realizadas a la sociedad Sociedades
Anónimas laborales
Los socios serán como mínimo tres, de los cuales dos tienen que ser socios trabajadores de la empresa. En todo caso, el 51% de capital social tiene que
pertenecer a los trabajadores
La responsabilidad ante terceros está limitada al capital aportado (acciones)
Sociedades de responsabilidad limitada laborales
Todos los socios son trabajadores de la empresa
Los socios responden solo por sus aportaciones realizadas a la sociedad
(participaciones sociales) Sociedad
comanditaria simple (Carácter personalista)
Dos o más socios, que aportan capital y trabajo. Dos tipos: socios colectivos
y socios comanditarios
Los socios colectivos responden subsidiaria, personal y solidariamente de las deudas sociales. La responsabilidad de los socios comanditarios queda limitada a
las aportaciones que realizaron
* Una sociedad tiene carácter personalista cuando los trabajadores participan en los medios de producción.
Cuadro 1.6. Formas que adoptan las empresas en España. Sociedades de capital
Formas de actividad económica
Número de socios (Aportaciones sociales)
Responsabilidad frente a las deudas contraídas por la empresa Sociedades de capital
Sociedades Anónimas Uno o más socios Aportaciones de capital en
acciones
La responsabilidad de los socios queda limitada a la valoración realista de las aportaciones
realizadas a la sociedad Sociedades de responsabilidad limitada Uno o más socios Aportaciones de capital en participaciones sociales
La responsabilidad de los socios queda limitada a la valoración realista de las aportaciones
realizadas a la sociedad Sociedad comanditaria por
acciones (Carácter personalista)
Dos o más socios Al menos uno de los socios responde personalmente frente a las deudas de la
sociedad Sociedades de responsabilidad limitada- nueva empresa Un máximo de cinco socios Aportaciones en participaciones sociales
La responsabilidad de los socios queda limitada a la valoración realista de las aportaciones
realizadas a la sociedad .
La figura de trabajador autónomo, o por cuenta propia, hace referencia a aquella persona que, sin sujeción a un contrato de trabajo, realiza de forma personal y directa una actividad económica con fines lucrativos (Lois Bastida, 2000: 204 y ss.)96. Ese trabajador puede utilizar el servicio remunerado de otras personas (lo que lo convertiría en empleador), así como ser o no titular de la empresa individual, o familiar, en la que desarrolla su trabajo. Asimismo, se considera como trabajador autónomo, salvo prueba en contrario, aquella persona que ostentando la titularidad de un establecimiento abierto al público (como propietario, arrendatario o usufructuario, entre otros conceptos), trabaja en el mismo sin contrato de trabajo. Algunos de esos trabajadores se relacionan con explotaciones agrarias, con colegios profesionales y algunas profesiones liberales; otros, están relacionados con diversas empresas comerciales e industriales. Así pueden ser trabajadores autónomos, a efectos de la seguridad social, los socios industriales de sociedades regulares colectivas y de sociedades comanditarias y los socios de comunidades de bienes y sociedades civiles irregulares; así como los socios trabajadores de algunas cooperativas, y algunas personas de dirección y gerencia que prestan sus servicios en una sociedad mercantil capitalista, con ánimo de lucro. Entre otras posibilidades, también pueden cotizar en el régimen especial de trabajadores autónomos, el o la cónyuge y los familiares, hasta el segundo grado inclusive y, aun, hasta el tercer grado si esa relación de parentesco remite a la colaboración en la actividad de un trabajador autónomo.
Por otra parte, se integran en ese régimen especial, los trabajadores autónomos económicamente dependientes; es decir, las personas que realizan una actividad, con fines lucrativos, para otra persona física o jurídica, de la que dependen económicamente, pues deben percibir de ella al menos el 75% de sus ingresos totales97.
96 La ―delimitación del termino trabajador‖, realizada por F. Lois Bastida (2000), pone de manifiesto la
incoherencia existente en la denominación ―trabajador por cuenta propia‖; si bien, dada su extensión en la actualidad, también se utiliza a lo largo de esta tesis.
Tabla 1.4. Empresas según número de trabajadores asalariados. Porcentajes y totales. 1 de enero 2011
Número de empresas % Sin asalariados 1.795.321 55,2 De 1 a 2 asalariados 847.952 26,1 De 3 a 5 asalariados 313.408 9,6 De 6 a 9 asalariados 138.040 4,3 De 10 a 19 asalariados 84.834 2,6 De 20 o más asalariados 71.021 2,2 TOTAL 3. 250.576 100
Fuente: datos de Cifras INE: Las empresas en España (02/2012).
Al término del año 2010, el porcentaje de empresas en las que no mediaba relación salarial, o contrato de trabajo, ascendía al 55,2% del total empresas (Tabla 1.4). De esas empresas, los empresarios individuales sin asalariados representaban un 10, 2% de la población ocupada, lo que da una proporción de uno por cada 10 ocupados (Tabla 1.5.).
Tabla 1.5. Ocupados por situación profesional. 2010. Miles de personas. Porcentajes y totales.
Ocupados % sobre el total de ocupados
% sobre el total de parciales
Trabajadores por cuenta propia 3.101,0 16,8 100
Empleador 1.026,5 5,6 33,1
Empresario sin asalariados o trabajador independiente
1.889,9 10,2 60,9
Miembro de cooperativa 32,3 0, 2 1,05
Ayuda familiar* 152,5 0,8 4,9
Asalariados 15.346,8 83,2 100
Asalariados Sector Público 3.129,6 16,95 20,4
Asalariados Sector Privado 12.217,2 66,0 79,6
Otra situación 8,6 0,05 100
TOTAL 18.456,5 100,0 –
Fuente: Elaboración propia. Datos: Cifras INE, Las empresas en España 02/2012.
* Personas que trabajan sin remuneración en la empresa de un familiar con el que conviven
No obstante, según la situación profesional de la población ocupada (Tabla 1.5.), en el año 2010, el número de ―Trabajadores por cuenta propia‖ alcanzó un 16,8% del total de personas ocupadas Ese porcentaje, por otra parte, era similar al de ocupados asalariados del sector público (17,0%); en consecuencia, casi un 34% de los ocupados
percibía un sueldo, una renta o ambos conceptos, más que una remuneración asalariada en sentido estricto capitalista. Ese hecho se manifiesta en la tabla, pues en ella el 66% de los ocupados se registran como ―asalariados del sector privado‖. En esa línea, debe destacarse que la mayoría de los ocupados dependen del empleo generado en el sector privado. Por otra parte, siguiendo la clasificación realizada en la tabla, el número de ocupados del sector público, respecto al total de asalariados, suponían un 20,4%; de modo que, aproximadamente, uno de cada cinco asalariados trabajaban en el ámbito estatal. En suma, en el año 2010, el porcentaje de personas que lograban vender su capacidad de trabajo al mercado de trabajo era de un 39% sobre el total de la población98; por su parte, el sector privado daba empleo asalariado a un 25,9% sobre el total de la población. Por último cabe señalar que, en ese mismo año, el porcentaje de empresas era de 70,4 empresas por cada 1.000 habitantes (INE).
Con relación al ítem ―miembro de cooperativa‖, así como a la forma societaria cooperativa, es preciso señalar que el objetivo esencial de las personas que se asocian en cooperativas, consiste en realizar actividades económicas orientadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales; sobre la base de un patrimonio común y de la ayuda mutua99. La cooperativa es una sociedad especial, de carácter personalista y no de capital, en tanto que, la obtención de una ganancia (lucro) pasa a un segundo lugar frente a los fines sociales que se otorgan a esa forma de explotación económica; de ahí la definición anterior sobre su objetivo. El artículo 129 de la Constitución española faculta a los poderes públicos para el desarrollo de las sociedades cooperativas, en relación a un fin social que abarca el fomento de los trabajadores en la participación en la empresa, así como en el acceso a la propiedad de los medios de producción; por ello, la ley destaca que esas sociedades promocionan los intereses económicos y sociales de los trabajadores, sin perjuicio de su defensa como entidades generadoras de empleo estable y riqueza. Pese a lo anterior, como puede observarse en la Tabla 1.5., el porcentaje de ocupados en cooperativas se aproxima a un 0,2% del total de personas ocupadas; así como un 1% del total de ocupados como trabajadores por cuenta propia. Dato que pudiera ser necesario matizar pues, como ya se dijo, a efectos de la seguridad social algunos socios trabajadores de las cooperativas pueden registrarse como trabajadores autónomos.
98 Población a 1 de enero de 2011, 47.190.493 personas (Cifras INE, Las empresas en España 02/2012). 99 Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas.
La relación entre empresas no públicas y familias puede enfocarse, por tanto, desde la perspectiva de las aportaciones realizadas como capital social en el momento de la constitución de esas empresas y, en parte, por las contribuciones en trabajo y otros bienes. Esas relaciones se aprecian en el sistema empresarial español debido a la alta proporción de pequeñas empresas en el mismo100. En concreto, en el año 2008, las microempresas suponían el 93,1% del total empresas y, pese a que el número total de empresas descendió un 5,0% entre el año 2008 y el año 2011, el número de empresas sin asalariados experimentó un crecimiento del 2,3%, en el mismo período101.
En base a los datos de la tabla 1.4., la relación entre familia y empresa es muy estrecha en un 81% de las empresas, un porcentaje que corresponde a empresas sin asalariados y de uno a dos asalariados; suponiendo que pueda ser relativamente menor en las empresas de tres a nueve asalariados, cuyo porcentaje es casi del 14%. No obstante, recordemos que un aspecto esencial respecto a la relación familiar reside en la responsabilidad frente a las deudas contraídas por las empresas frente a terceros, tal como se refleja en los Cuadros 1.4 y 1.5.
Tabla 1.6. Empresas activas según su condición jurídica. 1 enero 2011. Porcentajes.
%
Personas físicas 52,5
Sociedades de responsabilidad limitada 34,6
Sociedades anónimas 3,2
Otras formas Jurídicas 9,7
Total Empresas activas = 3. 250.576 100% Fuente: Cifras INE. ―Las empresas en España‖ (02/2012).
La responsabilidad ilimitada y personal que caracteriza a diversas empresas afecta, más allá de la perdida de lo aportado en la constitución y desarrollo de la actividad económica, al patrimonio familiar; sobre todo, cuando la pareja se encuentra en régimen de gananciales. En consecuencia, algunas de las empresas que se configuran como
100 INE: Notas de Prensa, 2 de agosto de 2011, Estructura y Demografía Empresarial Directorio Central de
Empresas (DIRCE) a 1 de enero de 2011.
101 El número de empresas activas registradas en España en el año 2008 alcanzó los 3.711.835. INE: Cifras
INE, ―Boletín. Las empresas en España.‖ 02/2012. Por su parte, según datos de Eurostat en ―Demografía Armonizada de Empresas en la Unión Europea‖, en el año 2008 en el ámbito de la UE-27 las microempresas representaban el 92,0% del total. El porcentaje de España (93,1%) en ese año era superado por Polonia: 95,5; República Checa: 95,1; Suecia: 94,7, Italia: 94,3, Hungría: 94,3 y Portugal: 94,0. El número de empresas activas registradas en España en el año 2008 alcanzó los 3.711.835.
―personas físicas‖, considerada una forma adecuada para pequeñas empresas y para empresas familiares, se encuentran en la situación anterior102. De ahí que la Tabla 1.6 sea significativa, pues, las empresas cuya condición jurídica era ―persona física‖ ascendían al 52,5% del total de empresas en el año 2010. A las anteriores empresas se debe sumar el porcentaje de otras formas jurídicas con responsabilidad ilimitada como, por ejemplo, la responsabilidad de los socios colectivos en la sociedad comanditaria simple, entre otras.
Cabe señalar, por otra parte, que desde el año 2010, existen sociedades de responsabilidad limitada y sociedades anónimas unipersonales, así como sociedades limitadas nueva empresa creadas, en cierto modo, para los jóvenes emprendedores. Lo que significa que el Estado fomenta el número de empresas individuales en España, es decir, impulsa el ―espíritu empresarial‖, en coherencia con la política de empleo de la Unión Europea.
Pese a todo lo anterior, la dependencia establecida entre familias y empresas se ve contrarrestada a través de las formas jurídicas societarias de responsabilidad limitada y por la dinámica del mercado. Por otro lado, con el desarrollo de la actividad económica que desempeñan, los empresarios priorizan la buena marcha de su negocio, dejando en un segundo plano a la familia; de tal modo que, empresarios y socios capitalistas, en coherencia con el ser personificación de sus empresas, desligan las funciones de estas últimas de las funciones de la familia. En ese contexto, en que las empresas crean los puestos de trabajo y adquieren el capital, los empresarios elevan la importancia del mercado respecto a la familia, es decir, sobre la propiedad familiar de los factores de producción. No obstante, la primacía del mercado es debida también a que un número elevado de personas carentes de otros recursos ―solo‖ ofertan, dentro del mercado, su capacidad de trabajo.
Con relación a las empresas del Sector público103, y según las formas adoptadas por las distintas actividades desarrolladas, el mercado integra sujetos públicos y semipúblicos, así como privados de carácter público, tales como las empresas públicas y
102 Las ―Personas físicas‖ tributan a través del IRPF; las demás sociedades a través del Impuesto de
sociedades. En consecuencia, a un cierto nivel del volumen de negocios es preferible constituir otro tipo de empresa.
103 El Sector Público está integrado por el conjunto de las Administraciones Públicas (AAPP), de los
los diversos organismos autónomos (administrativos, industriales y comerciales). En sentido amplio, el término ―empresas públicas‖ designa a aquellas empresas cuya titularidad es propiedad en parte o en su totalidad de las Administraciones Públicas (Baena de Alcázar, 1992: 191 y ss.). Esas empresas tiene por objeto la producción de bienes y servicios destinados a la venta, al igual que en la empresa privada, pero lo que diferencia aquí a la empresa pública de la privada es la renuncia a la búsqueda de lucro (maximización de ganancias). Ello no implica que las empresas públicas renuncien a la obtención de un beneficio; en toda circunstancia, deben perseguir la rentabilidad, o un excedente comercial bruto, entre otras razones para mantener la eficiencia redistributiva y como un medio para estimular la eficiencia tecnológica y directiva. De ahí que se regule legalmente el objeto de su actividad utilizando los criterios de rentabilidad, economía y productividad, así como, la búsqueda del fomento del empleo y del desarrollo tecnológico. No obstante, los criterios señalados quedan limitados por el principio de no discriminación respecto al sector privado.
En cualquier caso, la clasificación jurídica de las distintas actividades económicas estatales es compleja, pues como informa Baena de Alcázar (1992: 191) la creación de organizaciones específicas por las diversas administraciones puede hacerse en Derecho Público, surgiendo en este caso un organismo autónomo, o en Derecho Privado, lo que da lugar a una empresa pública, aunque formalmente es privada104. La denominación de esas empresas como ―públicas‖ se debe solo a que el capital de dicha empresa es en todo o en parte de propiedad estatal. Por otra parte, organismos autónomos y empresas públicas asumen la función ejecutiva de gestión en prestación de servicios como la sanidad, la educación o la vivienda; sin embargo, esa gestión puede ser realizada mediante normas propias y específicas, así como por normas de derecho público y por normas de derecho privado. Además, las sociedades anónimas estatales son muy diferentes a las sociedades anónimas de carácter privado (sector privado). En consecuencia, dentro del mercado, se integran algunas sociedades estatales propiamente públicas, otras de carácter privado en las que el Estado posee participaciones de forma mayoritaria, así como organismos y
104Una ―Entidad Pública Empresarial‖ puede pertenecer a la Administración General, a la autonómica o, en
su caso, a la administración local. Las ―Sociedades Mercantiles Estatales‖, reguladas por el Derecho privado, son aquellas en las que la Administración posee participaciones de forma mayoritaria, directa o indirectamente. Si bien, en el caso de que la Administración posea el 100% de las participaciones se aplica el Derecho público.
empresas que constituyen un híbrido entre las públicas y las privadas105. Por último, según la actividad económica desempeñada se suele distinguir entre empresas públicas industriales, comerciales y financieras.
Es relevante indicar que, en una empresa cuya titularidad es totalmente pública los fondos que financian sus inversiones provienen de sus propias reservas y de las aportaciones que realiza la Hacienda Pública106, ya que los ingresos reales de esta última provienen de familias, hogares y empresas privadas; aunque también en cierto porcentaje provengan de la Deuda Pública del Estado. Por lo demás, otras empresas estatales combinan acciones y participaciones de capital de carácter público y privado. Por tanto, las familias participan en gran medida en el mantenimiento del Estado, pues este básicamente recauda sus dineros a través de los siguientes conceptos107: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto sobre Sociedades (IS), e Impuesto sobre