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Biomedical Event Predicates in General Language Resources

3.5 Adoption of Concepts of Event in Biomedical NLP

3.5.4 Biomedical Event Predicates in General Language Resources

14. Así mismo se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento, el Estudio Técnico No. 004/12, suscrito por el

Ing. Marco Antonio del Prete Tercero, Titular de la Secretaría de Desarrollo Sustentable Municipal, el cual versa sobre la solicitud de donación de una fracción de un predio propiedad del Municipio de Querétaro identificado como Lote I con superficie de 1,727.79 m2 ubicado Boulevard Bernardo Quintana, Fraccionamiento la Loma VII en la Delegación Municipal Félix Osores Sotomayor, desprendiéndose de su contenido lo siguiente:

14.1 El Municipio de Querétaro, acredita la propiedad del predio solicitado en donación, mediante escritura 13,383 de fecha 21 de octubre de 2004, ante la fe del Lic. Pedro Gutiérrez Jiménez, Notario adscrito a la Notaría Número 12, de esta demarcación notarial inscrita en el Registro Público de la Propiedad en el Folio Real 169832/1 de fecha 10 de febrero de 2005.

14.2 Revisado el Plan Parcial de Desarrollo Urbano de la Delegación Municipal Félix Osores Sotomayor, instrumento técnico jurídico de planeación urbana, aprobado por Acuerdo de Cabildo del H. Ayuntamiento de Querétaro en Sesión Ordinaria de Cabildo del día 17 de diciembre de 2007, publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga” el día 1º de abril de 2008 e inscrito en el Registro Público de la Propiedad el día 22 de abril de 2008 bajo el Folio plan desarrollo 013/0002; se observo que el predio cuenta con uso de suelo de equipamiento institucional EI).

14.3 Sin embargo de acuerdo a la forma de adquisición del predio y al formar parte de las áreas de donación por el desarrollo del fraccionamiento La Loma VII, este forma de las áreas destinadas para Equipamiento Urbano, por lo que de acuerdo a la tabla de compatibilidades de usos de suelo del citado instrumento de planeación urbana, el uso de suelo para el establecimiento de un Estación de Bomberos en el sitio referido, es compatible la ubicación de una estación de bomberos.

14.4 Mediante Oficio DAPSI/DABI/2181 de fecha 23 de noviembre de 2011, la Secretaría de Administración a través del Director de Administración Patrimonial y Servicios Administrativos, informa que el predio solicitado en donación es propiedad del Municipio de Querétaro, poniendo a consideración del Ayuntamiento la donación de la fracción solicitada.

14.5 De acuerdo a lo señalado en el Sistema Normativo de Equipamiento emitido por la Secretaría de Desarrollo Social SEDESOL, una central de bomberos es un inmueble en el que se realizan actividades administrativas de organización y coordinación del cuerpo de bomberos, para proporcionar los servicios adecuados en la extinción de incendios, auxilio a la población en diversos tipos de siniestros o accidentes, así como establecer y difundir a la población las medidas preventivas para evitarlos, y en su caso de cómo actuar en caso de presentarse una emergencia.

Para su adecuado funcionamiento requiere de estacionamiento para autobombas y para vehículos de servicios auxiliares, administración y control, dormitorios y vestidores, cocina, comedor, estancia, sanitarios, bodega, cuarto de máquinas, patio de maniobras y estacionamientos.

Su dotación es necesaria en ciudades mayores de 100,000 habitantes en vinculación directa con las vialidades principales, cuyo acceso sea fluido a cualquier punto de la ciudad.

14.6 Revisado el Manual de Administración Pública y Servicios Urbanos del sistema normativo de equipamiento urbano de la Secretaría de Desarrollo Social Federal, se encontró que la central de bomberos, forman parte del equipamiento contemplado en el subsistema de Servicios Urbanos, recomendando su dotación en localidades mayores de 100,000 habitantes, conforme a las siguientes normas:

NIVEL DE ATENCIÓN: ESTATAL (DE 100,000 A 500,000 HABITANTES). UNIDAD BÁSICA DE SERVICIO

(UBS): CAJÓN PARA AUTOBOMBA

SUPERFICIE MÍNIMA DE TERRENO

POR (UBS): 450.00 M2 POR CAJÓN PARA AUTOBOMBA NÚMERO RECOMENDABLE DE (USB): DE 1 A 5 RADIO DE SERVICIO RECOMENDABLE 70 KILOMETROS SUPERFICIE DE TERRENO RECOMENDABLE: 450.00 M2 PARA 1 AUTOBOMBA 2,250.00 M2 PARA 5 AUTOBOMBAS 4,500.00 M2 PARA 10 AUTOBOMBAS USO DE SUELO RECOMENDABLE: (CONDICIONADO) INDUSTRIAL, COMERCIAL Y DE SERVICIOS NÚCLEO DE SERVICIOS: LOCALIZACIÓN ESPECIAL

UBICACIÓN RECOMENDABLE CON

RELACIÓN A LA VIALIDAD: AVENIDA PRINCIPAL Y AVENIDA SECUNDARIA

Central de Bomberos:

Con base a los datos referidos, se observa que el predio cumple con los lineamientos normativos de ubicación y superficie previstos por la Secretaría de Desarrollo Social Federal (SEDESOL), al tratarse de uno de los servicios de equipamiento complementarios importantes de la ciudad, donde la zona norponiente cuenta con una población mayor a los 100,000 habitantes.

14.7 Derivado de lo anterior y de considerar viable la donación de terreno solicitada, se deberán realizar los trabajos técnicos necesarios a fin de definir la superficie para posteriormente a través de la Secretaría de Administración llevar a cabo el proyecto de subdivisión con la definición de las medidas y colindancias correctas de la fracción en donación y presentarlo ante la Dirección de Desarrollo Urbano para su autorización, tomando como validos los datos que este señale.

14.8 Así mismo y en caso de ser considerada como favorable la donación de la fracción solicitada en estudio, y previo a llevar a cabo cualquier tipo de trámite ante las diversas instancias, el promotor deberá presentar para su autorización ante la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal, los proyectos arquitectónicos para su revisión y autorización, debiendo señalar de manera específica la ubicación de los usos autorizados, accesos, características generales etc. así mismo se recomienda contemplar el cumplimiento al reglamento de construcción para el Municipio de Querétaro en cuanto a la dotación de cajones de estacionamiento requerido, aunado a lo anterior y de igual manera se recomienda tener en consideración en su proyecto la utilización de pavimentos de tipo permeable en los exteriores, así como la separación de los residuos sólidos, debiendo contar con una zona en la cual se tengan contenedores para llevar a cabo dicha actividad.

Aunado a lo anterior deberá obtener el dictamen de impacto vial correspondiente emitido por La Secretaría de Seguridad Pública Municipal, acatando las disposiciones y medidas de mitigación que en él se estipulen, así como el visto bueno emitido por la Unidad de Protección Civil.

14.9 Zonas Homogéneas: La fracción del predio solicitado en donación, se localiza al norponiente de la ciudad en una zona en proceso de desarrollo con diversos fraccionamientos en la zona, entre los que podemos destacar Cerrito Colorado COMEVI, La Loma, Loma Real, todos con uso de suelo habitacional con densidad de población de 400 hab./ha (H4), en los que se desarrolla vivienda de tipo popular en uno y dos niveles, así como zonas con vivienda desarrollada bajo el régimen de propiedad en condominio. De igual manera sobre el Boulevard Bernardo Quintana Arrioja, se genera una entremezcla de usos comerciales, habitacionales y de servicios, dado el carácter de la misma, en donde podemos encontrar desde plazas comerciales, escuelas de nivel básico, medio, medio básico y bachillerato así como oficinas, consultorios etc.

14.10 Habiendo realizado inspección al sitio por parte de personal técnico de la Dirección de Desarrollo Urbano del Municipio de Querétaro, se encontró lo siguiente:

A. El predio se encuentran actualmente libre de construcción, encontrándose al interior del terreno vegetación