Freckleton (2013) considera que mayoritariamente, en caso de comisión de un delito de carácter penal en caso de personas afectadas por Síndrome de Asperger, suele estar circunscrito en conflictos asociados a sus problemas de sociabilidad y a su rigidez ante algunos elementos, aspectos que son consistentes con su cuadro clínico de base, así como al hecho de tener severas dificultades para interpretar los estados
47 emocionales y mentales de otros (Kristiansson & Sorman, 2008) en base a problemas en el área de la Teoría de la Mente como explicaba Baron-Cohen (2000).
Su estilo de personalidad que puede resultar obsesivo, sus dificultades (o afectación) en la comunicación verbal o no verbal, su ingenuidad y su propensión a la conducta impulsiva en entornos poco conocidos pueden conllevar una implicación en procesos que puedan ser considerados de carácter criminal, haciéndose imprescindible que los juzgados reciban una información fiable, científica y de calidad asociada a cada caso para entender las motivaciones subyacentes a la implicación en el delito, así como los factores intelectuales y cognitivos asociados. Asimismo, se debería poder auxiliar al juez sobre el impacto en el desarrollo y pronóstico que en el síndrome pudiera tener un encarcelamiento si se diera el caso (Freckelton, 2013).
En ningún caso se pretende argumentar que el hecho de presentar un diagnóstico de síndrome de Asperger resulta incompatible con una sentencia condenatoria o con la total aceptación de la credibilidad de un testimonio, sino que se pretende arrojar luz al respecto de un sistema de justicia fiable y acorde con los avances de la ciencia forense. Browning y Caulfield (2011) reflexionan sobre el hecho de que la incomprensión del Síndrome y el hecho de que haya pocos especialistas en la materia fomentan aspectos injustos en su tratamiento judicial.
Freckelton (2013) establece 6 elementos que se deberían tener en cuenta en el momento de realizar valoraciones forenses en los casos de afectados por Síndrome de Asperger:
I. Llegar a diagnósticos que sean profundos y científicamente defendibles
II. Explicar en un lenguaje comprensible lo que el diagnóstico significa para el funcionamiento de la persona que ha sido evaluada
III. Neutralizar las impresiones erróneas que las personas encargadas de realizar entrevistas o tomas de declaraciones o en un tribunal hayan podido tener IV. Reflexionar sobre los posibles solapamientos entre el diagnóstico y otras
condiciones tales como el TDAH, el estado de ánimo trastornos, trastornos de personalidad, etc.
V. Auxiliar a los tribunales para apreciar cómo los matices del Síndrome pueden tener relevancia en la conducta y el delito en el que han participado, como la comprensión o capacidades de afrontamiento que pueden tener ante el proceso legal y las consecuencias que pueden derivarse de los tribunales VI. Proporcionar la información de una manera que no degrade o estigmatice a la
48 3.2.1. Valoración de agresores diagnosticados con Síndrome de Asperger
Se han realizado algunos estudios que han intentado valorar la prevalencia del autismo entre agresores que se encontraban en poblaciones penitenciarias, habiendo hallado una proporción superior de afectados por autismo con alto rendimiento en población penitenciaria que en la población general. No obstante, Cashin y Newman (2009), valoran que estos estudios centrados en población penitenciaria usualmente con patología mental, siendo difícilmente generalizables los resultados a la población general.
En uno de los pocos estudios que sí ha realizado un estudio comparativo entre población general (como grupo control) y afectados por Síndrome de Asperger en Dinamarca, se encontró que no existían diferencias significativas entre ambos grupos en cuanto a la probabilidad de generar actos delictivos a excepción de los delitos relacionados con piromanía, en los que la población de afectados por Asperger era algo superior (Mouridsen, Rich, Isager, & Nedergaard, 2007).
Asimismo, en el momento de intentar valorar la relación entre Síndrome de Asperger y Violencia, Ghazziudin y sus colaboradores (1991) hallaron que sólo 3 de 132 casos analizados presentaban un historial actitudinal y de comportamiento tendiente a la violencia, concluyendo por tanto que no se podía considerar de base que el Síndrome de Asperger fuera un síndrome que viniera acompañado por la violencia en su desarrollo intrínseco, valorando años después que tras un estudio de los artículos publicados esta tendencia seguía siendo vigente (Newman & Ghaziuddin, 2008). De hecho, se ha analizado algún caso en el que algún elemento endógeno del trastorno ha resultado ser eje central de alguna comisión de delito. Así, Cashin y Newman (2009) citan a varios autores que realizaron estudios de casos único como por ejemplo a Palermo que valoró el caso de un joven que por sus dificultades de empatía (entendemos al respecto de Teoría de la Mente), desarrollaba constantemente conductas de carácter antisocial. Citan también a Schwartz-Watts quien describió un caso en el que un joven no interpretó correctamente unas expresiones faciales en un caso que acabó en homicidio. Pese a ser estudios de caso único, en lo que suelen coincidir los autores es que el origen de esta conducta criminal suele estar asociado a la incomprensión de las demandas de otros bajos situaciones estresantes que, usualmente y por defecto, los afectados de diferentes tipos de autismo no pueden gestionar, y que al unirse con severas dificultades en elementos de Teoría de la Mente, pueden derivar en comportamientos de carácter violento (Woodbury-Smith, Clare, Holland, Kearns, Staufenberg & Watson, 2005).
49 Así, diversos autores coinciden en afirmar que hay ciertas características del Síndrome que en caso de cometerse una acción delictiva suelen estar presentes en los afectados por Síndrome de Asperger y suelen ser las siguientes:
Figura 5. Cuadro resumen sobre sintomatología y criminalidad en Síndrome de Asperger.
Fuente: Creación propia en base a Browning & Caulfield (2011), Attwood (2003), Haskins & Silva (2006)
Las personas con Síndrome de Asperger que presentan conducta violenta, suelen presentar las mismas dificultades que las personas afectadas con éste Síndrome que no suelen reaccionar con violencia. Es decir, siguen persistiendo los problemas defendidos por la Teoría de la Mente, los problemas en diversas funciones ejecutivas, dificultades de reconocimiento emocional en el otro, etc. Simplemente que, además, por la situación contextual se puede añadir una dificultad del afectado que está reaccionando con violencia, para entender el grado de afectación en el otro sin percatarse del daño que genera a nivel emocional, lo que puede llevarle a unos niveles elevados de violencia antes de finalizar el episodio (Gomez de la Cuesta, 2010). Únicamente se han hallado alteraciones en aquellos sujetos que a su Síndrome de Asperger les acompañaba un grado importante de aislamiento, hecho que podía favorecer la creación y mantenimiento de distorsiones cognitivas y pensamientos erróneos (Kristiansson & Sorman, 2008).
Sea como sea, muchos de estos estudios que han analizado la relación entre violencia y Síndrome de Asperger suelen dejar de lado qué otros factores pueden estar incidiendo en la generación o génesis de esa violencia (como factores ambientales), no pudiéndosele atribuir de forma determinista en esos casos la causalidad (Browning & Caulfield, 2011). Asimismo, Mouridsen (2012) explica que pueden estar incidiendo en la génesis del delito otros factores o trastornos comórbidos y no el propio trastorno de base autista y se han valorado datos estadístico de que en casos de violencia, esos afectados por Síndrome de Asperger presentaban comorbilidad con otro trastorno psiquiátrico en un 30% aproximadamente, y un 54% de la muestra presentaba alta probabilidad de tener otro diagnostico sobreañadido, aun no diagnosticado (Newman & Ghaziuddin,
Teoría de la Mente •Dificultad para interpretar estados mentales ajenos Rigidez de pensamiento •Intereses restringidos y/u obsesión por algún elemento Situación social incomprendida • Reacción impulsiva por incomprensión, frustración o protección
50 2008). En estos casos solían presentar alteraciones de carácter psicótico, consumo de sustancias o graves alteraciones de personalidad. Así, cabe destacar que estas comorbilidades no son las que mayoritariamente van asociadas al Síndrome de Asperger (Newman & Ghaziuddin, 2008) haciendo estos casos, por tanto, excepcionales y pudiendo primar en esta conducta violenta esta comorbilidad más que el propio Síndrome de base, así como otros elementos de carácter psicosocial que podrían encontrarse en la población generalmente violenta sin patología (Allen, y otros, 2008). En el estudio más reciente relacionado con esta materia, pese que se realiza en base a un estudio con muestra de carácter forense, se concluye que no solamente no hay una mayor tendencia a la violencia por parte de los afectados por Síndrome de Asperger, sino que la tasa de agresividad o violencia es similar a la de la población general (Lindsay, Carson, O’Brien, Holland, Taylor, Wheeler & Steptoe, 2015).
Mouridsen (2012) resume que, de la lectura de los estudios que relacionan conducta violenta y Síndrome de Asperger se desprende que ninguno apunta, pese a las divergencias metodológicas, a que exista una relación entre violencia y Sindrome de Asperger (Allen et al. 2008), pero si destaca los problemas de análisis de los estudios: - Presentan una muestra tan poco representativa que la prevalencia de violencia en
esa muestra es epidemiológicamente insignificante,
- Presentan algún tipo de sesgo por basarse en algún tipo de muestra específica, - Son poco comparables por el tipo de segregación o subdivisión de grupos que se
realizan.
En los estudios consultados sobre las tipologías delictivas más frecuentes en los casos de agresores afectados por Síndrome de Asperger, observamos su carácter mayoritariamente anglosajón, debiéndose trabajar en un futuro por realizar estudios científicos en nuestro territorio. Aun así, destacan las siguientes tipologías delictivas, que usualmente se han analizado bajo prismas de estudio de caso único o de análisis documental del procedimiento judicial (Freckelton, 2013):
- Incendios y piromanía. Usualmente asociado a Trastornos de tipo Autista y no
específicamente al Síndrome de Asperger (Siponmaa, Kristiansson, Jonson, Nydén, & Gillberg, 2001), presentando una prevalencia delictiva que en ocasiones es superior a la de la población general (Mouridsen, Rich, Isager, & Nedergaard, 2007). Cuanto menos, se plantea que en caso de existir un interés restringido por el fuego se debería enfocar el tratamiento de este extremo a modo preventivo (Mouridsen, 2012).
51 - Delitos informáticos y Stalking (acoso virtual). Según Freckleton (2013), el
mundo virtual ofrece a las personas con Síndrome de Asperger un entorno de seguridad en el que explorar (y explotar) sus intereses y sus objetos de interés pudiendo expresar su tendencia a las rutinas y la obsesión sin que suponga un atentado a las normas sociales convencionales. Lo que es obvio es que la presencia de algún tipo de interés de carácter anti-normativo puede resultar en un delito de carácter criminal como la acumulación de pornografía, descargas ilegales, acoso de algún personaje, etc.
- Homicidio y asesinato. Únicamente hemos hallado una referencia bibliografía
que intente estudiar ambos conceptos, habiendo hallado del estudio de diferentes casos individuales, que no se puede atribuir una relación directa entre el Síndrome y las tendencias a este delito sin valorar otros elementos ambientales o comorbilidades del mismo (Schwartz-Watts, 2005).
- Acoso y Acoso sexual. Pocas son las investigaciones que se han centrado en
estos elementos de estudio, pero si es cierto que todas arrojan un matiz de conducta sexual impropia más que una intencionalidad ofensiva carente de empatía hacia la víctima (Milton et al. 2002, citado en Freckelton, 2013; Browning & Caulfield, 2011) o una dificultad para comprender y respetar las normas sociales, aunque entendiendo que la violencia asociada a la agresión sexual corresponde a otros elementos que no son propios del Síndrome (Kohn, Fahum, Ratzoni, & Apter, 1998).
En relación a la comisión de estos delitos penales, encontramos un estudio que nos arroja luz sobre el concepto más complejo en estas situaciones, la valoración de la responsabilidad criminal (Katz & Zemishlany, 2006) quienes resumen que este concepto está formado por el hecho de que alguien cometa un acto criminal asociado a la intencionalidad de la comisión del mismo. Asimismo, mencionan la diferenciación entre las capacidades cognitivas y volitivas del sujeto para valorar la comprensión cognitiva y emocional en la ejecución del mismo.
Cabe destacar que según Arribas (2005, citado en Molina, Trabazo, López & Fernández, 2009), la capacidad cognoscitiva hace referencia a la capacidad que un sujeto posee para captar los aspectos de la realidad a través de los sentidos y comprenderlos. Está relacionada con el conocer. Es la capacidad de recibir, asimilar, estructurar, relacionar y modificar la información del entorno con los diferentes procesos que utiliza la mente. Lo relevante de esta capacidad en el ámbito penal son
52 las dimensiones psíquicas que dan la posibilidad al sujeto el distinguir la licitud o ilicitud de una conducta. Es decir, si el sujeto posee todo aquello que le permita el suficiente juicio crítico como para valorar si una conducta es dañina, nociva, lesiva, etc. o no lo es. Podemos definir desde el Derecho a la capacidad volitiva como la aptitud de dirigir voluntariamente nuestra conducta. Si la circunstancia en la que, por ejemplo, se ha cometido un delito, no diera al sujeto la posibilidad de controlar su propia pauta comportamental y no se le pudiera exigir otra conducta distinta a la que realizó, sin duda, su imputabilidad se vería modificada.
Así, estos autores abogan por valorar individualmente cada caso individual de agresión, pero valoran según su experiencia forense que se produce una alteración cognitiva y volitivas de sus capacidades, habiendo llegado a valorar a algunos afectados como no responsables de sus actos y siendo, por tanto, inimputables; cuanto menos, se recomendó a la instancia judicial que un seguimiento psiquiátrico especifico garantizaba una mayor calidad del seguimiento del paciente que no un mero ingreso penitenciario (Katz & Zemishlany, 2006).
3.2.2. Valoración de testigos y víctimas diagnosticados con Síndrome de Asperger
En la valoración de la capacidad de testimonio resulta esencial no únicamente poder entender cómo funciona el procesamiento de la memoria y la atención así como otras funciones básicas en el caso de la afectación en un Síndrome concreto, sino también es necesario comprender que, para garantizar una óptima obtención de información se debe atender al uso de técnicas que faciliten la recuperación de la memoria sin alteraciones y garantizando la calidad del recuerdo.
Una de las técnicas más extendidas en el mundo para obtener información por parte de víctimas y testigos se centra en la Entrevista Cognitiva, técnica que se basa en dos principios básicos del funcionamiento de la memoria (Memon, Wark, Holley, Bull, & Koehnk, 1997): Uno, que si la recuperación de la memoria se realiza en condiciones contextuales similares a las del momento de la codificación, será más fácil acceder a él y será más preciso el recuerdo recuperado (Tulving y Thomson 1973, citados en Diges, 1993; Manzanero, 2010; Ruiz-Vargas, 2010 y Saiz, 2002 entre otros). Otro, se centra en que la memoria está formada por diferentes nodos de información independientes que, si bien están interconectados entre ellos, se puede acceder a cada uno de estos de forma indistinta y utilizando diversas técnicas para ello (Geiselman, Fisher, MacKinnon, & Holland, 1985).
53 Así, la técnica de la Entrevista Cognitiva intenta utilizar estas técnicas en cuatro fases diferenciadas:
A) Reconstruir mentalmente los contextos físicos y personales que