VISTO la presentación efectuada a fojas 1 por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires- Delegación San Isidro; y
Considerando:
QUE en la misma solicita se declare de Interés Municipal el “1º CONGRESO PROVINCIAL DE COMERCIO EXTERIOR” que se realizará el 6 y 7 de noviembre del corriente año;
QUE este Departamento Ejecutivo comparte y promueve estas iniciativas, por lo que procede el dictado del acto administrativo que así lo disponga;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propiaas, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Declárase de Interés Municipal el “1º CONGRESO PROVINCIAL DE ************** COMERCIO EXTERIOR”, organizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires- Delegación San Isidro, que se realizará,el 6 y 7 de noviembre del corriente año.-
ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Desarrollo Social mario S. Alonso
Ref.: Expte. Nro. 12924-M-1994 y agregado.-
SAN ISIDRO, 08 de octubre de 2003 DECRETO NUMERO:1 8 5 2
VISTO que a fojas 1 del expte. 3571-R-1995, el Sr. Héctor Roberto ROMAN, en su carácter de titular del inmueble ubicado en la calle Gral. Guido Nº 1149 1º A de la ciudad de Beccar, solicita la revisión de la valuación y acreditación de los pagos efectuados en demasía en la Cta. Cte. 831.144; y
Considerando:
QUE dicha solicitud se hallaba en trámite por expediente 12924-M-94 para todo el edificio, razón por la cual se dispuso el archivo del expte. 3571-R-95 sin considerar la acreditación pedida;
QUE se modifican los metros de superficie cubierta, de 19.943 a 9.908 m2 a partir de la cuota 1995- 2A;
QUE fojas 6 del expte. 3571-R-95 reitera su pedido de acreditación de los pagos efectuados en demasía;
QUE se determina el crédito a favor del contribuyente, quien solicita a fojas 43 vta. no se tengan en cuenta los recargos generados en su deuda, visto la demora en finalizar su trámite;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a eximir la totalidad de los accesorios cuando la causa lo justifique, en virtud del artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- EXIMESE al Sr. Héctor Roberto ROMAN titular de la Cta. Cte. 831.144, ************** del pago de los accesorios por las cuotas adeudadas entre 1994/6ºA a la fecha, correspondientes a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae sobre el inmueble sito en la calle Gral Guido Nº 1149 1º A de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido .-
Ref.: Expte. Nro. 12924-M-1994 y agregado.-
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ARTICULO 2do.- Dése intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias, a fin de tomar *************** conocimiento.-
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse
Ref.: Expte. 12463-M-2002.-
SAN ISIDRO, 08 de octubre de 2003 DECRETO NUMERO: 1853
VISTO el reclamo efectuado por Jorge José Martí y Susana Noemí Melo, respecto del pago de los daños sufridos en el vehículo de su propiedad, por la caída de ramas de árboles existentes en la calle Eduardo Costa en proximidades de la calle Vieytes de Martínez ; y
Considerando:
QUE a fojas 2 presenta fotografías en la cual puede constatarse el estado del vehículo luego de ocurrido el accidente, y a fojas 6 y 7 presupuesto por las reparaciones pertinentes;
QUE a fojas 10 en Dictamen nº 6110 la Asesoría Legal Municipal expresa que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Parques y Paseos, no se registra ningún antecedente sobre el hecho denunciado, así como tampoco por trabajos realizados en la calle en cuestión, no pudiéndose constatar, con los elementos recabados en el presente expediente, que el hecho halla acaecido conforme aparece denunciado a fojas 1, razón por la cual corresponde rechazar el reclamo formulado;
QUE este Departamento Ejecutivo comparte el criterio sustentado por la precitada Dependencia, por lo que procede dictar el pertinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Recházase el reclamo efectuado en autos por Jorge José Martí y Susana ************** Noemí Melo, referente al pago de los daños sufridos en el vehículo de su propiedad, mientras transitaba por la calle Eduardo Costa en proximidades de la calle Vieytes de Martínez, el día 19 de setiembre de 2002.-
ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse
Ref.: Expte. 9548-O-2003.-
SAN ISIDRO, 08 de octubre de 2003 DECRETO NUMERO: 1854
VISTO el contrato obrante en autos; y Considerando:
QUE corresponde registrar el mismo, dando con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- REGISTRESE el Convenio celebrado con la Dirección Provincial de ************** Saneamiento y Obras Hidráulicas, referente a la entrega en calidad de préstamo a la Comuna de dos equipos de bombeo con su correspondiente cañeria de impulsión, bulonería, motor a explosión gasolero, bomba completa, bomba con motor a explosión para cebado de bomba grande, todo montado sobre dos trailers de dos ejes con ocho ruedas y una de auxilio (marca Ombú, Dominio DST-832 y DST-833), cuyo texto pasa a formar parte del presente decreto.-
ARTICULO__2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse
Ref.: Expte. 8867-C-2003.-
SAN ISIDRO, 08 de octubre de 2003 DECRETO NUMERO: 1855
VISTO los presentes actuados; y Considerando:
QUE el día 16 de setiembre de 2003 se procedió a la apertura de ofertas de la Licitación Privada nro. 40/03, por la ejecución de la obra “REPARACIÓN DE CALZADAS DE ADOQUINES Y GRANITULLO EN EL PARTIDO DE SAN ISIDRO”;
QUE de la comparació n y estudio de las propuestas realizadas por la Dirección de Ingeniería, surge como más conveniente la correspondiente a la empresa Baunnion S.R L., por un monto de $ 124.650;
QUE a los fines de la fiscalización de la obra y de todas las tareas inherentes a la misma, la Secretaría de Obras Públicas procede a designar un inspector técnico, dado que para el volumen de las obras programadas, el personal municipal ordinariamente previsto resulta insuficiente;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Adjudícase a la empresa Baunnion S.R L, con domicilio en la calle ************* Andonaegui 3570, Capital Federal, la ejecución de la obra “REPARACIÓN DE CALZADAS DE ADOQUINES Y GRANITULLO EN EL PARTIDO DE SAN ISIDRO”, jurisdicción de este Partido por un importe de $ 124.650, por el sistema de unidad de medida.-
ARTICULO 2do.- La certificación de la obra será quincenal, y se pagará dentro de los ************** treinta (30) días corridos a partir de su presentación, sufriendo las deducciones establecidas en el Artículo 12° de las Condiciones Legales Particulares del Pliego que sirvió de base para cotizar.-
ARTICULO 3ro.- La obra deberá ejecutarse en un plazo de noventa (90) días ************** corridos, contados a partir de la fecha del Acta de Replanteo.-
Ref.: Expte. 8867-C-2003.-
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ARTICULO 4to.- La Contratista garantizará el cumplimiento del contrato y el fondo de ************* reparo conforme con lo establecido en los Artículos 6-2 y 6-3 respectivamente de las Condiciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.-
ARTICULO 5to.- Desígnase inspector técnico de la obra citada en el artículo 1° al ************** Ingeniero Civil José Antonio E. Collo –DNI 11.266.681-, Matrícula 47.292 y domicilio real en la calle Neyer nro. 179 de la Ciudad de Beccar.-
ARTICULO 5to.- El profesional designado en el artículo precedente percibirá en concepto ************* de única remuneración y en el caso de que la obra se ejecute, el uno por ciento (1%) del monto que resulte de la obra realizada y debidamente autorizada, importe que la empresa contratista deberá deducir del monto a cobrar de sus certificados de obra, variaciones de costo y/o adicionales o ampliaciones.-
ARTICULO 6to.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos pertinente.-
ARTICULO 7mo .- Por conducto de la Secretaría de Obras Públicas, -Departamento de *************** Obras de Infraestructura-, procédase a la devolución de los depósitos de garantía de las propuestas.-
ARTICULO 8vo.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse
Ref. Expte. Nro. 9989-P-2003.-
SAN ISIDRO, 08 de octubre de 2003