VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Carlos Stella y Sra., solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas
vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 36 recomienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva- *************** ción y Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2003, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Carlos Stella y Sra., con domicilio en la calle Sarmiento Nro. 243, de la Ciudad de martínez, de este Partido, Cta. Cte. 353303.-
ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
A.P.
Ref.: Expte. Nro. 1268-M-2001. Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse
SAN ISIDRO, 10 de Octubre de 2003 .-
DECRETO NUMERO: 1 8 7 1
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Nora Iris Mendez, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas
vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 15 recomienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva- *************** ción y Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2001, 2002 y 2003, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Nora Iris Mendez, con domicilio en la calle Los Plátanos Nro. 1747, de la localidad de Villa Adelina, de este Partido, Cta. Cte. 541045.-
ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse
Ref.: Expte. Nro. 10397-J-2002.
SAN ISIDRO, 10 de Octubre de 2003 .-
DECRETO NUMERO: 1 8 7 2
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Ramona Alba Romero, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas
vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 6 recomienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva- *************** ción y Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2002, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Ramona Alba Romero, con domicilio en la calle Padre Castiglia Nro. 2525, de la Ciudad de Boulogne, de este Partido, Cta. Cte. 610370.-
ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse
Ref.: Expte. Nro. 1128-V-2002.
SAN ISIDRO, 10 de Octubre de 2003 .-
DECRETO NUMERO: 1 8 7 3
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Saturnino Viñabal, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas
vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 12 recomienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva- *************** ción y Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50%, año/s 2003, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Saturnino Viñabal, con domicilio en la calle Hilario Lagos Nro. 1916, de la Ciudad de Boulogne, de este Partido, Cta. Cte. 641358.-
ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse
Ref.: Expte. Nro. 8979-D-2002.
SAN ISIDRO, 10 de Octubre de 2003 .-
DECRETO NUMERO: 1 8 7 4
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Sebastiano Di Tollo, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas
vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 25 recomienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva- *************** ción y Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2003, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Sebastiano Di Tollo, con domicilio en la calle Bergallo Nro. 1756, de la Ciudad de Beccar, de este Partido, Cta. Cte. 720098.-
ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse
Ref.: Expte. Nro. 15029-S-2002.
SAN ISIDRO, 10 de Octubre de 2003 .-
DECRETO NUMERO: 1 8 7 5
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Carlos M. Santiago, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas
vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 5 recomienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva- *************** ción y Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50%, año/s 2003, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Carlos M. Santiago, con domicilio en la calle El Zorzal Nro. 663, de la Ciudad de Boulogne, de este Partido, Cta. Cte. 680223.-
ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
A.P
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse
Ref.: Expte. Nro. 8808-P-1998.
SAN ISIDRO, 10 de Octubre de 2003 .-
DECRETO NUMERO: 1 8 7 6
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Enrique Leopoldo Peil, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas
vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 40 recomienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva- *************** ción y Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2003, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Enrique Leopoldo Peil, con domicilio en la calle Wernicke Nro. 462, Dto. 2, de la Ciudad de Boulogne, de este Partido, Cta. Cte. 512392.-
ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse
Ref.: Expte. Nro. 10889-M-2001. SAN ISIDRO, 10 de Octubre de 2003 .-
DECRETO NUMERO: 1 8 7 7
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. María Josefina Flores, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas
vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 31 recomienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva- *************** ción y Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, año/s 2002 y 2003, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a María Josefina Flores, con domicilio en la calle Vélez Sársfield Nro. 1585, de la Ciudad de Martínez, de este Partido, Cta. Cte. 382298.-
ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse
Ref.: Expte. Nro. 11491-G-2001.
SAN ISIDRO, 10 de Octubre de 2003 .-
DECRETO NUMERO: 1 8 7 8
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Alberto Lurie, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas
vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y
Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 31 recomienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 25%;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva- *************** ción y Reconstrucción de la Vía Pública, en un 25%, año/s 2003, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Alberto Lurie, con domicilio en Acceso Norte Nro. 389, de este Partido, Cta. Cte. 780400.-
ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse
Ref.: Expte. Nro.10889-M-2001.-
SAN ISIDRO, 10 de Octubre de 2003 .-
DECRETO NUMERO: 1 8 7 9
VISTO la presentación efectuada por el/la Sr./Sra. Ana María Rosa Mannelli, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza,
Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública; y Considerando:
QUE habiéndose practicado la encuesta socio-económica pertinente la Subsecretaría de Acción Social, en su informe de fojas 18 recomienda acceder a lo peticionado, por cuanto existe imposibilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado;
QUE las circunstancias del caso encuadran en las condiciones establecidas por el Artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva- *************** ción y Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50%, año/s 2003, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Ana María Rosa Mannelli, con domicilio en la calle El Resero Nro. 259, de la localidad de Villa Adelina, de este Partido, Cta. Cte. 520524.-
ARTICULO 2do.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas Inmobiliarias.-
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse
Ref.: Expte. Nro. 16535-G-2001.
SAN ISIDRO, 10 de Octubre de 2003 .-