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VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando:

QUE de acuerdo a los hechos denunciados en autos y conforme a lo expuesto por la Dirección General de Asesoría Legal, a fojas 5, corresponde, efectuar la correspondiente denuncia penal y remitir las actuaciones a la Mesa de Entradas de la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro, a los fines de que proceda al sorteo que determine la Unidad Funcional de Instrucción de intervención;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal efectúese la correspondiente ************** denuncia penal y remítase las presentes actuaciones a la Mesa de Entradas de la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro para que determine la Unidad Funcional de Instrucción de intervención.-

ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse

Ref.: Expte. Nro. 14505-C-2002.-

SAN ISIDRO, 03 de octubre de 2003

DECRETO NUMERO: 1 8 4 3

VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando:

QUE de acuerdo con el informe producido por la Dirección General de Rentas, a fojas 61, corresponde modificar el artículo 1° del Decreto 1670/03, respecto de los polígonos y Ctas. Ctes. que deben liberarse ;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO D e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Modifícase el artículo 1ro. del Decreto Nro. 1670/03, quedando redacta ************** do de la siguiente forma:

“ARTICULO 1ro.- Libérese al/los adquirente/s en subasta judicial del inmueble ubicado en *************** la calle Alem Nº 145, Circunscripción I; Sección B; Manzana 80; Parcela 010A; Polígonos 12-01, 00-15 y I-069, de la ciudad de San Isidro, del pago de la deuda por tasas municipales, hasta el día 20 de diciembre de 2000, fecha de toma de posesión, Cta/s. Cte/s. 123.457, 123.554 y 123.535.-”

ARTICULO 2do.- Mantiénese en todas sus partes y consecuencias las restantes disposicio- ************** nes del Decreto Nro. 1670/03.-

ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse

Ref.: Expte. 8926-U-2003.-

SAN ISIDRO, 3 de octubre de 2003.- DECRETO NUMERO: 1 8 4 4

VISTO la nota presentada por la “UNION VECINAL SOCIEDAD DE FOMENTO LA RIBERA” ; y

Considerando:

QUE la citada entidad solicita un apoyo econó mico destinado a realizar refacciones en la Sede;

QUE la Secretaría de Desarrollo Social estima procedente otorgar a la peticionante un subsidio por $ 3.000.-, con oportuna rendición de cuentas, en el plazo de 90 días corridos;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Otórgase el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental por ************* la “UNION VECINAL SOCIEDAD DE FOMENTO LA RIBERA”, por la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000.-), destinado a realizar refacciones en la Sede, con oportuna rendición de cuentas, en el plazo de 90 días corridos.-

ARTICULO 2do.- El subsidio otorgado será percibido por las personas debidamente autori- ************** zadas a tal efecto.-

ARTICULO 3ro.- Son de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamentario ************* nº 1444/85.-

ARTICULO 4to.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************* te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.-

Ref. Expte. Nro. 8926-U-2003.-

///

ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

MII

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse

Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Se. Secretario de Desarrollo Social Mario S. Alonso

Ref.: Expte. Nro. 5860-C-2003.-

SAN ISIDRO, 06 de octubre de 2003

DECRETO NUMERO: 1 8 4 5

VISTO lo actuado en el presente expediente Nº 5860-C-2003 y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante, respecto de la sanción de la Ordenanza Nro. 7930 con fecha 1º de octubre del corriente año, mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a la venta de un omnibus para transporte de pasajeros usado, funcionando, marca GROSSPAL, motor diesel, marca DEUTZ Nº SL 406826, chasis Nº 020-0224-A, modelo1993, dominio ROX-493.-; y

Considerando:

QUE de conformidad con lo establecido por el Artículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- PROMULGASE y cúmplase la Ordenanza municipal número 7930 ************** sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 1º de octubre de 2003.-

ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse

Ref.: Expte. Nro. 3998-I-2003.-

SAN ISIDRO, 06 de octubre de 2003

DECRETO NUMERO: 1 8 4 6

VISTO lo actuado en el presente expediente Nº 3998-I-2003 y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante, respecto de la sanción de la Ordenanza Nro. 7932 con fecha 1º de octubre del corriente año, mediante la cual se convalida lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante el Decreto Nº 1054 de fecha 03 de junio de 2003, por el cual se eliminó del texto del artículo 23º de la Ordenanza Impositiva vigente Nº 7879 el inc. F)- item 15) "por cada cuadernillo de exámen teórico práctico de licencia de conductor....$ 7,00.". Dejándose establecido que el item 16 del citado artículo e inciso pasa a ser Nº 15; y

Considerando:

QUE de conformidad con lo establecido por el Artículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- PROMULGASE y cúmplase la Ordenanza municipal número 7932 ************** sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 1º de octubre de 2003.-

ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse

Ref.: Expte. Nro. 10393-C-2001.-

SAN ISIDRO, 06 de octubre de 2003

DECRETO NUMERO: 1 8 4 7

VISTO lo actuado en el presente expediente Nº 10393-C-2001 y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante, respecto de la sanción de la Ordenanza Nro. 7934 con fecha 1º de octubre del corriente año, mediante la cual se convalida el Convenio de Comodato suscripto con la Asociación Cooperadora de la Casa de la Cultura de San Isidro y la Asociación Cooperadora del Hospital "Ciudad de Boulogne", por el cual la Comuna autoriza el uso gratuito y precario del lugar ubicado debajo del puente carretero sobre las vías del ex ferrocarril Belgrano, para ser afectado al estacionamiento de vehículos; y

Considerando:

QUE de conformidad con lo establecido por el Artículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- PROMULGASE y cúmplase la Ordenanza municipal número 7934 ************** sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 1º de octubre de 2003.-

ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse

Ref.: Expte. Nro.10780-E-2001.-

SAN ISIDRO, 06 de octubre de 2003

DECRETO NUMERO: 1 8 4 8

VISTO el Decreto Nº 1.274 del 6 de junio de 2002, mediante el cual se prorrogó hasta el 21 de julio de 2003 el plazo otorgado en el artículo 3º del Decreto Nº 2929/01, para la presentación de los planos referidos a la obra a ejecutar en el inmueble designado catastralmente como circunscripción VII, sección E, fracción I, parcela 1 ew, ubicado frente al Ramal a Tigre de la Ruta Panamericana, en la ciudad de Beccar, en jurisdicción de este Partido; y

Considerando:

QUE a fojas 80 de estos actuados se presenta el profesional responsable de la construcción, con el objeto de solicitar una nueva prórroga a fin de cumplimentar dicho requisito, fundamentando la petición en que, por razones de orden económico, la empresa se ve imposibilitada de llevar adelante el proyecto autorizado;

QUE dada intervención a la Dirección de Ordenamiento Urbano, se expide a fojas 84 con la opinión de que el nuevo plazo no debería exceder de noventa (90) días, a contar de la notificación del nuevo acto administrativo que así lo dispusiere, habida cuenta de las posibles variaciones de las condiciones impuestas oportunamente, así como también de la normativa contenida en el Código de Ordenamiento Urbano, que puedan afectar de algún modo el tratamiento del proyecto, los eventuales cambios que pudieren producirse en la zona, derivados de nuevos emprendimientos, obras públicas y/o reordenamiento vial, entre otros aspectos;

QUE por lo expuesto, el área competente que elaboró el informe de fojas 85 expresa su conformidad para el otorgamiento del plazo solicitado, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

Ref.: Expte. Nro.10780-E-2001.-

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ARTICULO 1º.- Otórgase a la empresa Estudios Arenales S.R.L., un último plazo de no- ************** venta (90) días, a contar de la notificación de este decreto, para presentar la documentación y planos que le fueran requeridos en el Decreto Nº 2.929/01, referidos a la construcción de un edificio para “Oficinas” en el inmueble designado catastralmente como circunscripción VII, sección E, fracción I, parcela 1 ew, ubicado frente al Ramal a Tigre de la Ruta Panamericana, en la ciudad de Beccar, de este Partido.-

ARTICULO 2º.- Mantiénese en todas sus partes y consecuencias, las restantes disposiciones ************* del Decreto Nº 2929/01.-

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse

Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sra. Secretaria de Inspecciones y Registros Urbanos -Amabella Erlinda Leonhardt

Ref.: Expte. Nro. 10265-A-2003.-

SAN ISIDRO, 06 de octubre de 2003

DECRETO NUMERO: 1 8 4 9

VISTO el presente cuerpo instrumental; y Considerando:

QUE la Asesoría Legal, por memorando Nº1452, sugiere que los oficios judiciales del Departamento Judicial de San Isidro, en los que se requiera la entrega de historias clínicas u otras constancias de atención de pacientes, como así también las peticiones que, con igual objeto, formulen los propios pacientes, se diligencien directamente en el establecimiento en el que se efectuó la prestación;

QUE el sistema propuesto resulta beneficioso, tanto para el requirente para quién se acortan los tiempos de espera de las contestaciones, como para la propia Administración, la cual ahorra recursos humanos y materiales, reduciendo trámites;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte el criterio sustentado por la precitada Dependencia, por lo que procede el dictado del acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Los oficios judiciales del Departamento Judicial de San Isidro, en los que ************** se requiera la entrega de historias clínicas u otras constancias de atención de pacientes, como así también las peticiones que, con igual objeto, formulen los propios pacientes, se presentarán directamente en el establecimiento en el que se haya efectuado la prestación.-

ARTICULO 2do.- La documentación o, en su caso, la información requerida, se entregará, *************** bajo recibo, al solicitante o a la persona que a tal fin se designe en el oficio; de no existir tal designación, el oficio se remitirá conjuntamente con la documentación y/o informe pertinente, a la Dirección General de Asesoría Legal, para que ésta, previa formación de expediente, proceda a la contestación y entrega al requirente.-

.Ref.: Expte. Nro. 10265-A-2003.-

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ARTICULO 3ro.- Las historias clínicas se entregarán en copias certificadas, salvo petición ***************judicial expresa del original. El recibo de entrega de la historia clínica y/o en su caso, del informe que se hubiere emitido, o de las constancias de la remisión a la Di- rección General de Asesoría Legal prevista en el artículo 2do., in fine, se archivará conjuntamente con la historia clínica o, de no existir ésta, en la forma que el establecimiento disponga.-

ARTICULO 4to.- Regístrese, publíquese conjuntamente con el memorando mencionado en ************** los considerandos, y hágase saber, a sus efectos, a Mesa General de Entradas y Notificaciones, a la Dirección General de Asesoría Legal, a los establecimientos asistenciales del municipio y a las Cámaras de los distintos fueros del Departamento Judicial de San Isidro.-

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Gustavo Angel Posse

Ref.: Expte. Nro. 10406-C-2003.-

SAN ISIDRO, 08 de octubre de 2003