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Data collection: interviews and document research methods

IV. Methodology

1. Data collection: interviews and document research methods

En todas las sociedades hay situaciones que perm anecen ocultas porque no se repara suficientem ente en ellas, o porque otras igualm ente relevantes ocupan de m anera m ás inm ediata la atención de los gobiernos, los m edios de com unicación y la opinión pública. Es lo que ha ocurrido con el fenóm eno del m altrato hacia las personas m ayores, que h a perm anecido invisibilizado y que se ha perpetuado estructuralm ente. Este tipo de m altrato no ha recibido la m ism a atención que aquel que se realiza contra la m ujer m ás jo v e n o hacia los niños, y solo en los últim os años se ha com enzado a reclam ar interés por esta problem ática y a reivindicar un cam po propio para su investigación.

D efinir el m altrato contra las personas m ayores supone com plejidades de diversa m agnitud, que lo diferencian de la violencia o los m alos tratos contra otros grupos etarios. Cuando se alude a esta problem ática, se la suele señalar com o m altrato — tratar m al, hacer daño, m enoscabar— ; abuso — m al uso, aprovecham iento del poder, de la confianza— ; negligencia — descuido— ; abandono — desam paro— , o en térm inos m ás generales com o discrim inación, es decir, dar un trato de inferioridad a una persona o colectivo por m otivos raciales, religiosos, políticos o de edad, situación que se encuentra en la base de cualquier tipo de abuso, m altrato o violencia.

La discrim inación fue señalada com o uno de los desafíos más im portantes para el ejercicio de los derechos hum anos de las personas m ayores por el Secretario G eneral de las N aciones U nidas en un inform e que presentó ante la A sam blea G eneral en ju n io de 2011 (N aciones U nidas, 2011). E n ese docum ento señalaba que en todo el m undo los estereotipos y prejuicios sobre las personas m ayores son tolerados socialm ente, y que la discrim inación por edad tiende a com binarse con otras com o la discrim inación por sexo, raza o etnia, religión, discapacidad, condiciones económ icas o estado de salud, lo que im pacta negativam ente en el ejercicio y el disfrute de sus derechos.

C om o se sostiene en este inform e, la discrim inación m últiple exacerba y profundiza el im pacto negativo que puede tener una m edida, una política o una práctica en la vida de una persona y en el ejercicio de sus derechos; por lo tanto, es preciso tenerla en consideración al m om ento de diseñar las políticas públicas.

A dem ás de las varias expresiones con las que se alude al m altrato, que contribuyen a la com plejidad del abordaje de este fenóm eno, hay que considerar la conducta que se requiere para provocar este daño a la persona m ayor, que puede tom ar form a en una acción o una om isión.

L o s d e r e c h o s d e l a s p e r s o n a s m a y o r e s e n e l s i g l o X X I .

Las acciones son m ucho m ás fáciles de detectar, porque generalm ente dejan u n a huella. L a pesq u isa de las om isiones, en cam bio, es m ás difícil, y m ás aún en el caso de u n a perso n a m ay o r dependiente. D ejar de darle m edicam entos, de cam biarle los pañales si se trata de u n a persona p ostrada, no llevarla a controles m édicos, n u trirla inapropiadam ente — y a sea no dándole la com ida necesaria a las horas indicadas o sim plem ente no alim entándola— son todas om isiones que p ueden provocarle un daño de tal m agnitud que pueden llevarla a la m uerte.

Es posible sostener, p o r lo tanto, que el m altrato contra las personas m ayores se profundiza con la dependencia, es decir, cuando se necesita de un tercero que apoye o ayude a realizar las actividades de la vida diaria, ya que una persona autónom a y autovalente no requiere de este tercero para que h aga algo p o r o para ella.

La ocurrencia del m altrato traspasa el espacio fam iliar, puesto que tam bién se m anifiesta en el ám bito institucional; este tipo de m altrato se refiere a cualquier form a de abuso o violencia que ocurre en los servicios dirigidos a las personas m ayores — servicios públicos, m unicipios, establecim ientos de larga estadía, centros de atención prim aria de la salud, hospitales, entre otros— . Según los resultados de la segunda encuesta nacional de calidad de vida en la vejez, realizada en 2010, el 30% de las personas m ayores de Chile decía haber sentido un trato injusto por el hecho de ser m ayor en los consultorios, hospitales o centros de salud, un 12% afirm aba haberlo experim entado en el barrio, un 19% en los servicios públicos y un 10% en la fam ilia (P ontificia U niversidad C atólica de Chile, C aja de C om pensación Los A ndes y SEN A M A , 2010).

Q uienes com eten el m altrato son generalm ente personas que tienen una obligación legal o contractual de proveer servicios, cuidado o protección a las personas m ayores que acuden a estas instituciones. Dentro de esta categoría de m altrato se encuadran los que se producen en los establecim ientos de larga estadía o residencias para personas m ayores, que requieren una especial atención tanto por la im portancia que está adquiriendo la institucionalización de la población adulta m ayor con dependencias severas que hacen im posible su perm anencia en la fam ilia com o por la especial vulnerabilidad de estas personas, que con facilitad pueden quedar expuestas a estas situaciones. D entro de estas instituciones es posible distinguir dos circunstancias diferentes: actos aislados de m altrato, con un cuidador que lo ejerce, o abusos que constituyen una práctica institucional habitual. El tratam iento que debiera darse a uno y otro caso es diferente.

En Chile, la política pública tiende a no incentivar la

institucionalización de las personas m ayores, pero se presentan casos vinculados p or ejem plo a estados m uy avanzados de dem encia senil o de A lzheim er en los

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que las fam ilias no se pueden hacer cargo de los cuidados que las personas afectadas requieren y term inan p o r recurrir a su internación en una institución.

A dem ás del m altrato fam iliar e institucional, otra form a se m aterializa en la violencia patrim onial o económ ica, que puede estar presente tanto en las instituciones com o en la familia. Se trata de u n a explotación o apropiación de los bienes de la persona m ayor p o r parte de terceros — fam iliares o no— , sin su aprobación o bien con u n consentim iento viciado, fraude o estafa, a través de engaños o robos de su dinero o patrim onio.

A m enudo supone la realización de actos ilegales, entre otros, la firm a de docum entos o poderes, cesiones de derechos, escrituras de com praventa de sus casas, donaciones, testam entos. Ejem plos com unes de este tipo de m altrato son la apropiación de la jubilación o la pensión o de bienes m uebles e inm uebles de la persona mayor.

En Chile, según la inform ación proporcionada p o r la E ncuesta de C aracterización S ocioeconóm ica (C A SEN ) de 2009, m ás del 80% de las personas m ayores son dueñas de su casa y m ás del 90% tienen acceso a una pensión (M inisterio de Planificación, 2010). Si a esto se le agrega que en el país una de cada cuatro personas m ayores tiene algún nivel de dependencia, las probabilidades de sufrir algún abuso de este tipo aum entan.

El problem a adicional que supone esta form a de violencia es la dificultad que im plica probar su ocurrencia, ya sea porque no es denunciada por la persona m ayor víctim a o porque la com plejidad del trám ite jurídico necesario es tal que finalm ente se abandonan los procesos e incluso su térm ino se produce p or el fallecim iento de la víctim a.

C. La consideración del maltrato en acuerdos