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Data-Driven Intrusion Detection Systems (IDS)

Con rigor académico se estima que se ha alcanzado el objetivo propuesto, demostrando los resultados alcanzados que demuestran que la propuesta es viable, ya que soluciona el problema planteado, al brindar una solución constitucional que permite a las personas privadas de su libertad alcanzar el derecho de a la seguridad social, y los derechos que en virtud del principio de adscripción e interdependencia se ven adicionalmente garantizado.

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Conclusiones generales

 Al ser la inconstitucionalidad por omisión un tema que apenas se incorporó en la Constitución Ecuatoriana del año 2008, es un tema que poco desarrollo ha recibido por parte de la academia.

 La acción de inconstitucionalidad por omisión es un mecanismo que ampara los derechos que no han sido regulados por ley, o que, existiendo ley, ha existido una exclusión arbitraria de beneficios que lesiona irrazonablemente los derechos de un grupo que no ha sido considerado en dicha tutela.

 No existe regulación que permita el acceso preferente y diferenciado de las personar privadas de la libertad.

 La acción de constitucionalidad por omisión restablece la fuerza normativa de la constitución, y permite que las personas privadas de la libertad accedan de manera universal a las prestaciones que otorga la seguridad social.

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Recomendaciones

En la culminación del presente trabajo investigativo, puedo pronunciar las siguientes recomendaciones:

 Que se realicen conversatorios dentro de la Universidad Regional Autónoma de los andes – Uniandes- Babahoyo, en donde se exponga el contenido, naturaleza y objeto de la acción de inconstitucionalidad por omisión como garantía que materializa los derechos nominados e innominados de la Constitución del Ecuador.

 Difundir en los centros de privación de libertad, en particular de los existentes en la provincia de Los Ríos, un programa que comprenda las series de garantías jurisdiccionales y normativas que estipula la lógica y las Constitución del Ecuador.

 Incentivar a los estudiantes de pre-grado a través de simposios, a presentar las vicisitudes y dudas, que puedan llegar a tener distinguiendo el objeto y naturaleza de todas las garantías jurisdiccionales.

 A la Corte Constitucional le queda una labor pendiente como garante y ejecutor de la Constitución, frente a las omisiones que pueden acaecer en el ámbito legisferante.

Bibliografía

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 Carbonell sanchez, Miguel. “La Inconstitucionalidad por Omisión y los retos del Estado constitucional.” Presentación del libro titulado “En busca de las

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modificación: 12-dic.-2017

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 Miranda, Jorge: Manual de Derecho Constitucional, Tomo II, Editorial., Coibra, 1993, p.388 (la inconstitucionalidad por omisión y la inconstitucionalidad negativa, que resulta de la inercia o del silencio de cualquier órgano de poder, o que deje de practicar, mientras el acto es exigido por la constitución).

 Registro Oficial No. 863 del 16 de enero de 1996.

 Sentencia N.°004-14-SCN-CC dictada dentro el caso n.n 0007-14-CN, el bloque de constitucionalidad es consecuencia de la categorización paritaria de las prescripciones normativas contenidas en los tratados internacionales de derechos humanos a las normas constitucionales.

ANEXOS

Encuestas dirigidas a profesionales del derecho, estudiantes del derecho, y jueces de la unidad judicial civil del cantón Babahoyo.

1. ¿Conoce usted que es la Seguridad Social?

2. ¿Conoce usted que los derechos pueden verse vulnerados por omisión legislativa?

3. ¿Considera Usted que el Estado debe brindar prioridad a los privados de libertad en cuanto a la seguridad social?

4. ¿Considera usted que las personas privadas de libertad deberían gozar de igual derecho a la afiliación de la seguridad social?

5. ¿Considera usted pertinente que se platee una acción de inconstitucionalidad por omisión que obligue a la Asamblea Nacional a expedir una regulación legal que permita el acceso de las personas privadas de la libertad a las prestaciones del Seguro Social?

CURRICULUM VITAE

Nombres: Pedro Gerardo

Apellidos: Coello Moreira

Cedula: 1201451018

Fecha de nacimiento: 22 de febrero de 1972

Edad: 45 años

Estadocivil: Divorciado

Nacionalidad: Ecuatoriano

Teléfono: 0978844145

ESTUDIOS REALIZADOS

Secundaria: Colegio Nicolás Infantes Díaz

Superior: Universidad de Guayaquil

Titulo obtenido: Abogado de Los Tribunales De la República del Ecuador

Título de Ciencias Sociales y Políticas

Titulo cuarto nivel

Especialista en Derecho Penal Criminología UNIANDES

 Especialistas en Proceso Penal Uniandes

EXPERIENCIA LABORAL

 Agente fiscal de Los Ríos 8 años

 Catedrático en Practica y procedimiento penal

 En la Universidad Técnica de Babahoyo Facultad de Derecho

 Catedrático en Practica Procesales “Uniandes”

 Cursos realizados

 Cursos de criminología dictados por el consejo de la judicatura

 Derecho Penal

 Actualización del código orgánico integral penal

 Curso de relaciones humanas

REFERENCIAS PERSONALES

 Marco Troya Fuerte

PREFECTO DE LOS RÍOS

 Ab. Nelson Ivan Campbell Suarez

PRESIDENTE DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE LOS RÍOS

 Ab. Iyo Cruz Piza

AGENTE FISCAL DE LOS RÍOS

 Ab. William Rafael Pin Silva

DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE LOS ANDES

 Ab. Gustavo David Bajaña Pérez

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