• No results found

Densification Process

6.5 Query workload generation

6.5.4 Densification Process

La Corte estima que las disposiciones acusadas fueron subrogadas por la ley 75 de 1968.

La Corte siguiendo su tradicional jurisprudencia en esta materia, considera que debe abstenerse de conocer y fallar acciones de inconstitucionalidad contra disposiciones derogadas o subrogadas, hecha la excepción de los decretos de estado de sitio, caso en el cual hay normas especiales sobre su control de constitucionalidad.

Estima oportuno la Corte añadir en esta oportunidad que aceptar acciones de inexequibilidad contra normas derogadas, o subrogadas, y éste ya solo enunciado implica una contradicción, abriría la posibilidad de revivir controversias puramente académicas o de carácter histórico, sin ninguna consecuencia práctica.

No obstante que los fallos de inexequibilidad no tienen efecto retroactivo, es pertinente reafirmar que sus implicaciones se desenvuelven exclusivamente en el orden jurídico- político como mecanismo defensivo del régimen institucional, sin que puedan derivarse de esa declaración de inexequibilidad y de las aplicaciones de la norma inexequible a casos individuales efectos de carácter patrimonial, esto es, pretensiones tendientes a conseguir indemnizaciones de presuntos perjuicios, ya que la norma abstracta no produce directamente perjuicio alguno, en tanto es el escueto enunciado de

un deber ser hipotético que no afecta a nadie en particular sino al régimen de derecho y sus instituciones.

La Corte afirma que, aunque distintos, los problemas de validez y vigencia de la ley son inseparables, en tratándose de pronunciamientos sobre exequibilidad y, por tanto, no le es posible fallar sobre la constitucionalidad de normas derogadas.

CUESTIONARIO TÍTULO V

1. ¿Cuándo empiezan a regir las leyes?

2. ¿Qué se entiende por “promulgación” de una ley?. 3. ¿En qué consiste la irretroactividad de la ley?. 4. ¿En qué casos es retroactiva una ley?.

5. Dé dos ejemplos de leyes retroactivas.

6. ¿Qué significan “retrospectividad” y “ultractividad”?.

7. ¿Cuáles son las razones de la prohibición del efecto retroactivo?. 8. ¿En dónde aparece consagrada la irretroactividad de la ley?.

9. ¿A quiénes se dirigen los preceptos sobre irretroactividad de la ley?. 10. ¿Cuándo es permitida la irretroactividad de la ley a los legisladores?. 11. El estado actual de la doctrina jurídica habla de “derechos adquiridos” o de «hechos jurídicos cumplidos”

12. Dar ejemplos de aplicación de la irretroactividad de la ley. 13. ¿Cuál es el efecto general de la ley nueva?.

14. ¿A qué leyes se impone el efecto retroactivo? 15. Retroactividad e irretroactividad en derecho penal 16. ¿A quiénes se aplica la ley colombiana?.

17. ¿Por qué no puede hablarse de soberanía absoluta?

18.Enuncie los principios que rigen la solución de conflictos de leyes en el espacio.

RESPUESTAS TITULO V

1. Empiezan a regir, una vez expedidas y promulgadas, dos meses después, salvo que en la misma ley se indique un plazo diferente.

2. Se entiende por promulgación el hecho de publicar la ley en el respectivo periódico oficial, en Colombia en el Diario Oficial.

3. La irretroactividad consiste en que la nueva ley no pude desconocer derechos, hechos jurídicos y relaciones jurídicas, validamente formados bajo el imperio de la ley anterior, ni los efectos que estos hayan producido bajo su vigencia. En general, significa que la ley no rige para el pasado. 4. Una ley es retroactiva cuando impone nuevas condiciones o requisitos

para la formación o la extinción de determinados hechos jurídicos o cuando modifica las consecuencias jurídicas que producen los hechos jurídicos. Es decir, cuando expresamente el legislador ordena que tenga efectos para el pasado.

5. La ley 29 de 1982 que igualó los derechos hereditarios de los hijos matrimoniales y extramatrimoniales. La ley 27 de 1977 que redujo la mayoría de edad de las personas de los 21 años a los 18 años.

6. Retrospectividad es un término que emplean los doctrinantes colombianos para referirse a la retroactividad de la ley ordenada en una cláusula expresa de la misma. Ultraactividad es el término que indica que una ley derogada sigue produciendo efectos posteriores.

7. El orden público y la seguridad jurídica.

8. En el artículo 13 del Código Civil; en la ley 53 de 1887 (arts 20, 23, 24, 26, 27, 28, 34 a 37, 38 y 39) y en la Constitución Nacional art. 58.

9. Se dirigen a los jueces y al legislador.

10. Cuando no lesionan derechos adquiridos con justo título. Artículo 58 Constitución Nacional.

12. 1º. Prohibición del efecto retroactivo para los hechos que engendran estados civiles y derechos de familia; 2º. Prohibición del efecto retroactivo para las fuentes de derechos personales, obligaciones y efectos producidos; 3º. Irretroactividad de la ley para los hechos que engendran derechos reales; 4º.Irretroactividad en el derecho hereditario.

13. 13.A. Se aplica a todos los hechos jurídicos, derechos y relaciones jurídicas que se constituyan a partir de su vigencia; B. regula el ejercicio de todas las consecuencias jurídicas incluyendo las que estaban en curso de constituirse, esto es, las que se produzcan y consoliden durante la vigencia de la ley nueva.

14. A las leyes nuevas que no deben tener efecto retroactivo en relación con los hechos cumplidos bajo la vigencia de la ley antigua y que tampoco deben desconocer derechos y relaciones jurídicas nacidas de esos hechos jurídicos.

15. En el derecho penal la retroactividad e irretroactividad no tiene problema. El implicado penalmente puede acogerse a la ley mas favorable dando efecto retroactivo a la ley nueva o excluyéndolo según su propio interés. Las leyes favorables tienen efecto retroactivo.

16. 16. Se aplican tanto a los colombianos como a los extranjeros.

17. No puede hablarse de una soberanía absoluta porque los diversos Estados forman parte de una comunidad internacional. Existen leyes extraterritoriales debidas a la internacionalización de los negocios mercantiles y al progreso de las comunicaciones.

18. 1ª. La fuente de las relaciones jurídicas se rige por el domicilio o lugar donde ha ocurrido el hecho jurídico; 2ª El ejercicio de las relaciones jurídicas se rige por la ley del lugar donde se quieren hacer valer; 3a. El

régimen jurídico que recae sobre cosas y derechos inmateriales es el del lugar donde se encuentran situadas las cosas o se han establecido esos derechos.

19. 1ª Hechos jurídicos creadores de relaciones jurídicas; 2ª Relaciones o consecuencias jurídicas representadas por los derechos subjetivos, los estados civiles y ciertas situaciones jurídicas

TÍTULO VI

TEORÍA DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS