• No results found

6.4 Experimental Setup

6.5.1 Discussions

En el Informe mundial sobre la discapacidad10 se hacen nueve recomendaciones que

se reproducen a continuación para mostrar cómo puede aplicarse la Convención en todo el mundo. No obstante, no constituyen las únicas medidas que los Estados deben adoptar para aplicarla.

Algunas recomendaciones son pertinentes para la reforma legislativa y normativa. Recomendación 3: Adoptar una estrategia y un plan de acción nacionales en materia de discapacidad

Una estrategia [nacional sobre discapacidad] —en la que se enuncie una visión de largo plazo, consolidada e integral, para aumentar el bienestar de las personas con disca- pacidad— debe abarcar tanto áreas normativas y programáticas generales como servicios específicos para personas con discapacidad.

Para el desarrollo, la ejecución y el seguimiento de una estrategia nacional, se debería reunir a una amplia variedad de partes interesadas […].

La estrategia y el plan de acción deben basarse en un análisis de situación y tomar en cuenta factores como la prevalencia de la discapacidad, las necesidades de servicios, la condición social y económica, la eficacia y las fallas de los servicios actuales, y las barreras ambientales y sociales. […] En el plan de acción se trasladará la estrategia a la práctica a corto y mediano plazo a través de la formulación de medidas concretas y la determinación de plazos para su instrumentación, la definición de metas, la designación de organismos res- ponsables, y la planificación y asignación de los recursos necesarios.

Se necesitan mecanismos para determinar claramente a quiénes cabe la responsabilidad de la coordinación, la adopción de decisiones, el seguimiento regular, la presentación de informes periódicos y el control de los recursos.

Recomendación 4: Involucrar a las personas con discapacidad

Las personas con discapacidad suelen tener una percepción clara y singular acerca de su discapacidad y su situación. Es preciso consultarlas y procurar su participación a la hora de formular e implementar políticas, leyes y servicios.

Las organizaciones de personas con discapacidad pueden necesitar fortalecimiento de capacidades y apoyo para poder dar mayores posibilidades a las personas discapacitadas y abogar por la atención de sus necesidades. […]

[…] las personas con discapacidad tienen derecho a ejercer el control de sus vidas y, por consiguiente, se las debe consultar acerca de cuestiones que les atañen directamente, sea en relación con la salud, la educación, la rehabilitación o la vida en la comunidad. En algunos casos, puede que sea preciso ayudar en la adopción de decisiones para permitir a algunas personas comunicar sus necesidades y elecciones.

Medidas presupuestarias en el contexto de la reforma legislativa y normativa

Las medidas presupuestarias son aspec- tos esenciales de la mayor parte de las leyes y las políticas. Aunque algunas leyes y políticas —como las que prohíben cier- tas conductas, como la discriminación o la tortura— no requieren financiación, sí la requiere la mayor parte de las leyes y polí- ticas relacionadas con los derechos huma- nos, particularmente en lo concerniente a los derechos económicos, sociales y culturales. Los elementos clave que hay que tener pre- sentes son los siguientes:

✓ La aplicación de algunas disposiciones no entraña costo alguno;

✓ La aplicación de algunas disposiciones puede ahorrar dinero (por ejemplo, el diseño universal ahorra dinero en rea- justes posteriores);

✓ Algunas disposiciones pueden aplicarse utilizando de manera diferente los fon- dos existentes (la financiación para una educación inclusiva en lugar de para una educación segregada puede entrañar simplemente una reasignación presupuestaria);

✓ Algunas disposiciones pueden aplicarse utilizando mejor los fondos existentes (en este caso, es importante una plani- ficación presupuestaria que sea trans- parente y garantice la rendición de cuentas);

✓ Algunas disposiciones pueden aplicarse mediante la asignación de una cantidad relativamente reducida de fondos adicio- nales (la sensibilización mediante cam- pañas públicas es relativamente barata, pero puede resultar muy efectiva);

✓ La aplicación de algunas disposiciones requiere fondos adicionales (por ejem- plo, los servicios de rehabilitación, los servicios de asistencia a domicilio, etc.). La obligación del Estado de establecer presupuestos

Los encargados de adoptar decisiones han de examinar si las leyes y políticas tie- nen consecuencias financieras y, en este caso, han de prever presupuestos adecua- dos. Como ya se ha indicado, antes de aprobar leyes y políticas, el parlamento y el poder ejecutivo deben indicar expresamente las sumas que se consignarán para su apli- cación. Cuando se dispone de presupues- tos (y de recursos humanos), es mucho más probable que la adopción de otras medidas sirva para obtener buenos resultados.

La disposición clave de la Convención en materia de financiación es el artículo 4 2) (Obligaciones generales): Con respecto a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados partes se comprometen a adop- tar medidas hasta el máximo de sus recur- sos disponibles y, cuando sea necesario, en el marco de la cooperación internacional, para lograr, de manera progresiva, el pleno ejercicio de estos derechos, sin perjuicio de las obligaciones previstas en la presente Convención que sean aplicables de inme- diato en virtud del derecho internacional.

Esta obligación frecuentemente da lugar a malentendidos. No significa que puedan aplazarse indefinidamente los aspectos de los derechos económicos, sociales y cultura- les que requieren recursos o financiación. De hecho, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ha señalado que tales derechos abarcan obligaciones fundamenta- les que han de cumplirse de inmediato, inde- pendientemente de los costos que entrañen. Un ejemplo es la obligación de proporcionar

medicamentos esenciales asequibles como parte del derecho a la salud.

No obstante, cuando se requieren recur- sos y es de aplicación el principio del ejerci- cio progresivo de esos derechos:

t El Estado ha de adoptar medidas de inmediato para preparar el presu- puesto y un plan de acción con plazos definidos;

t Deben establecerse también niveles de referencia con plazos definidos como orientación para el progresivo ejercicio de los derechos;

t Deben señalarse indicadores para

medir si se han alcanzado los niveles de referencia;

t Debe formularse el compromiso de pro- porcionar fondos de manera que puedan adoptarse las medidas necesarias para alcanzar tales niveles de referencia;

t Debe supervisarse la ejecución del plan de acción, usando indicadores para evaluar si la ejecución se está reali- zando adecuadamente.

Habida cuenta de las dificultades que tienen los Estados más pobres para aplicar la Convención (de resultas de sus necesi- dades de recursos), los artículos 4  2) y 32 destacan la cooperación internacional como medio para ayudar a los Estados. En el artí- culo 32 1) d) se dispone que los Estados han de proporcionar, según corresponda, asis- tencia apropiada, técnica y económica.

Presupuestación para los derechos de las personas con discapacidad

Cada vez se presta más atención a la “presupuestación para los derechos huma- nos” y cuestiones conexas como la presu- puestación con perspectiva de género. La experiencia en esos ámbitos es importante para orientar la presupuestación a los efectos

de la Convención. Las siguientes preguntas pueden servir para determinar si los presu- puestos están en consonancia con las leyes y políticas de aplicación de la Convención:

− ¿Cómo se adaptan a la Convención las políticas nacionales de desarrollo? − ¿Qué adaptación existe entre los pro-

cesos normativo y presupuestario? − ¿En qué medida se adaptan los pre-

supuestos a las prioridades, los princi- pios y los objetivos de la Convención, incluidos sus efectos deseados y rea- les (vinculándolos al progresivo ejerci- cio de los derechos y al nivel máximo de recursos disponibles)?

− ¿En qué medida se adaptan los presu- puestos a la Convención y a las priori- dades establecidas a nivel nacional? − ¿En qué medida se adaptan los presu- puestos a procesos inclusivos y trans- parentes que entrañen una rendición de cuentas?

− ¿En qué medida se hace eco el pro- ceso presupuestario de las diferentes funciones de los titulares de derechos, la sociedad civil y el Estado y de la relación dinámica existente entre ellos?

Uno de los problemas que entraña la adaptación de la presupuestación a los procesos legislativo y normativo es el de la asimetría de la titularidad. Por ejemplo, las asimetrías entre los ministerios de finanzas, los ministerios de planificación, los ministe- rios sectoriales, el parlamento y la sociedad civil pueden repercutir en el modo en que los presupuestos se adaptan a las políticas y en el alcance con el que las políticas y presupuestos incorporan principios de dere- chos humanos (por ejemplo, el alcance de la participación de la sociedad civil).

C. Servicios inclusivos

La prestación de servicios como complemento de la reforma legislativa, normativa y presupuestaria

Las leyes y normas son elementos muy importantes para lograr que la Convención se incorpore al ordenamiento jurídico y polí- tico nacional. No obstante, deben ir acom- pañadas de medidas prácticas para que sean una realidad para las personas con discapacidad. Mediante la prestación de servicios, los agentes estatales y no estatales encargados de prestarlos pueden garantizar que las personas con discapacidad tengan acceso a las instalaciones, los bienes y los

servicios a los que tienen derecho según la Convención.

Sectores pertinentes

La prestación de servicios guarda relación con numerosos artículos de la Convención, como los siguientes:

✓ Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (art. 11);

✓ Apoyo a la toma de decisiones (art. 12);

✓ Administración de justicia (art. 13);

✓ Apoyo a las víctimas de la violencia y el abuso (art. 16);

✓ Apoyo a la vida independiente (art. 19);

✓ Facilitación del acceso a ayudas para la movilidad, dispositivos, tecnologías

Recomendación sobre la financiación en el Informe mundial