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2.4 Plasma-surface interaction

2.4.1 Electron emission from metals

G] 1.1. Valoración de la idoneidad de los criterios ambientales considerados en el análisis de alternativas

El análisis de alternativas que se ha llevado a cabo y que se resumen en el apartado C] 6.

Planteamiento y análisis de alternativas, ha tenido en cuenta una serie de criterios de comparación y

de exclusión que ya se han expuesto en ese apartado y el objetivo de este apartado es evaluar su idoneidad en términos ambientales.

Varios de esos criterios de valoración o comparación, o incluso los criterios de exclusión considerados, utilizados en la valoración del análisis de alternativas, pueden ser considerados de manera indirecta, criterios ambientales, puesto que derivan de políticas europeas de medio ambiente, por ejemplo:

-

Compatibilidad con la jerarquía de residuos establecida por la Ley de Residuos, modulada por los aspectos de viabilidad técnica, económica y ambiental del ciclo de vida del residuo.

-

Coherencia con otros principios legales o de planificación.

-

Eficacia, en términos de la recuperación de recursos contenidos en los residuos, y de la cantidad de residuos que tendrá como destino la eliminación en el año horizonte del Plan.

Por tanto, todos ellos, de una manera indirecta van a fomentar la selección de la alternativa más compatible con esas políticas ambientales.

Por otra parte, en el análisis de alternativas se utilizan dos criterios de comparación, que pueden influir más directamente sobre aspectos ambientales, que son los siguientes:

-

Efectos ambientales locales directos sobre el territorio, biota, agua y suelo: magnitud y dispersión en el territorio.

-

Contribución al cumplimiento de las políticas de lucha contra el cambio climático y de calidad del aire.

Estos últimos han permitido evaluar las alternativas teniendo en cuenta aspectos como:

-

Los efectos del transporte sobre la calidad del aire.

-

Los efectos comparados de las infraestructuras existentes y planteadas en relación a los gases de efecto invernadero.

-

Los efectos de las infraestructuras existentes y planteadas principalmente sobre los usos y la calidad del suelo, sobre la calidad de las aguas, sobre el medio biótico, etc. En el caso de la “contribución al cumplimiento de las políticas de lucha contra el cambio climático y de calidad del aire” se ha valorado con la máxima puntuación (de primer nivel). Esto ha permitido que se puntúen con mayor valor las políticas y las alternativas más comprometidas con la lucha contra el cambio climático.

En el caso de los “efectos ambientales locales directos”, se ha considerado con un valor intermedio (2º nivel). Son aspectos que dependen mucho del emplazamiento seleccionado para las infraestructuras planteadas en cada alternativa y de los proyectos desarrollados, por tanto, se considera que se puede influir sobre ellos en fases posteriores de manera que se puedan minimizar los efectos más locales, por lo que se considera que el factor de ponderación asignado es adecuado.

Por ello, se considera que, tanto los criterios utilizados para el análisis de las diferentes alternativas como los factores de ponderación, son adecuados.

G] 1.2. Valoración ambiental de las alternativas

En este apartado no se considera necesario llevar a cabo una valoración cuantitativa o semicuantitativa adicional de las Alternativas, puesto que, como se indica en el apartado anterior, los criterios seleccionados en el análisis completo se han considerado adecuados desde el punto de vista ambiental y, por tanto esta valoración se puede consultar en el ANEXO 3 ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS.

Sí resulta procedente evaluar las valoraciones otorgadas en ese análisis a los criterios ambientales, y establecer su idoneidad, particularmente en lo que se refiere al análisis de las alternativas en relación con los aspectos técnicos de la gestión de los residuos. Esta evaluación se realiza para cada uno de los criterios ambientales:

 Efectos ambientales locales directos sobre territorio, biota, agua y suelo: magnitud y

dispersión en el territorio

Se ha realizado una valoración cualitativa, aplicando la siguiente importancia usando una escala de colores:

MODELO A MODELO B

Valor atribuido en el análisis de alternativas (ver escala de colores en el apartado C] 6.1)

A este respecto se ha valorado de una forma más positiva el modelo A debido a que concentra las actividades de gestión en un punto, evitando ocupación del territorio y generación de nuevos impactos que supone el nuevo vertedero de residuos no peligrosos considerado en el Modelo B. Asimismo el Modelo A requiere menos movimiento de residuos y, sobre todo, de los productos obtenidos (CDR ó CSR), lo que incide positivamente en el medio, minimizando los riesgos derivados del transporte y las emisiones difusas de contaminantes.

No obstante, dado que en ambos casos existen figuras administrativas que garantizarían la reducción de impactos hasta niveles admisibles (procedimientos de evaluación de impacto ambiental y autorización ambiental integrada), la diferencia entre ambas alternativas no es muy significativa.

Al Modelo A no se le otorga la máxima puntuación (xxxxxx) debido a que tiene en consideración nuevas infraestructuras que suponen potencialmente impactos negativos sobre el territorio.

 Contribución al cumplimiento de las políticas de lucha contra el cambio climático y

calidad del aire

Para la valoración de alternativas respecto a este factor, se ha empleado un indicador cuantitativo, calculado como la diferencia en emisiones de gases de efecto invernadero, expresadas como toneladas de CO2 equivalente, para los procesos de valorización y eliminación de cada uno de los modelos de gestión de residuos analizado.

Se han tenido en consideración exclusivamente aquéllos procesos que son diferentes en los modelos analizados, por lo que el valor obtenido en cuanto a emisiones de CO2 no es un valor bruto, sino sólo un indicador comparativo entre alternativas.

MODELO A MODELO B

INDICADOR: toneladas de CO2 equivalente por tonelada de

residuo tratada 3,56 – 4,27 millones tCO2e/t 4,12 – 4,64 millones tCO2e/t

0,37 a 0,56 millones tCO2e/t

INDICADOR: diferencia Modelo B – Modelo A 9-16% más emisiones en

modelo B respecto a modelo A Valor atribuido en el análisis de alternativas (ver escala de

colores en el apartado C] 6.1)

A la alternativa con mayor potencial de emisión (modelo B) se le asigna peor puntuación. Al modelo A no se le asigna un valor máximo puesto que, si bien el potencial de emisión es bajo, y en buena medida pudiera estar compensado por las emisiones evitadas, no se trata de una alternativa de “cero emisiones”.

G] 1.3. Conclusión

Se puede concluir que los criterios de valoración aplicados son suficientes, y sintetizan los efectos ambientales potenciales de las alternativas, sin entrar en una valoración precisa que requeriría propuestas a nivel de proyecto, y que es objeto de procedimientos administrativos diferentes.

La valoración se ha efectuado utilizando valores cuantitativos objetivos cuando ha sido posible. En todo caso, la valoración cualitativa realizada, incluyendo en la misma la asignación de pesos relativos a los criterios de comparación, se considera adecuadamente justificada.