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Para obtener los resultados previstos en el presente trabajo investigativo, se ha requerido seguir el procedimiento de las entrevistas dirigidas a fiscales, jueces de Unidades Judiciales Penales con sede en el Cantón Tulcán, y ciudadanos conocedores del derecho que saben de las clases de procedimientos especiales que se encuentran establecidos en el COIP; que en un porcentaje mayor, han dado su criterio positivo a esta investigación, manifestando que en verdad dentro del proceso especial directo, debe ser únicamente en delitos calificados como flagrantes, es decir debe aceptar la culpabilidad del hecho fáctico que se les imputa, y que de esta manera se está violentando un principio constitucional y garantista de derechos como es el de contar con el tiempo y los medios necesarios para su defensa.

3.2.1 Análisis de los resultados finales de la investigación.

Con los resultados que se han obtenido de las encuestas en esta investigación, se ha comprobado que la gran mayoría de quienes colaboraron con éstas, les ha parecido un tema interesante el argumentar jurídicamente el Procedimiento directo establecido en el Art.640 del Código Orgánico Integral Penal, y el Principio Constitucional del derecho a la defensa debe contar con el tiempo suficiente para preparar las pruebas de descargo, que no es tiempo suficiente para quien realiza las investigaciones pertinentes. Con los resultados obtenidos de las encuestas, se establece que es necesario revisar este tema de los procedimientos directos, que fueron creados con la finalidad de ahorrar tiempo y dinero, tanto a fiscales, jueces y como a la misma persona procesada, pero que por otra parte al ser un tiempo tan corto el que se encuentra determinado en el COIP, que es de 10 días no es menos cierto que este plazo es muy corto con el que cuentan las partes procesales para preparar las pruebas necesarias de

descargo, dando lugar a que se violente el principio de contar con el tiempo y los medios suficientes para la preparación de su defensa.

La investigación se la ha realizado en forma teórica y práctica.

En forma teórica se ha argumentado jurídicamente que es una propuesta realizable, con el análisis de los diferentes puntos de vista de los juristas, autores, y doctrinarios que se pone a consideración en sus teorías, libros, escritos, revistas, etc. que en gran mayoría de los encuestados consideran que es interesante y aplicable el objeto de investigación sobre la Argumentación Jurídica del Procedimiento Abreviado establecido en el Art.640 del Código Orgánico Integral Penal, y el Principio Constitucional de contar con el tiempo y los medios para la preparación de las pruebas de descargo de un hecho.

Con las investigaciones de las legislaciones de los países consultados, se ha demostrado que en estos también hay esta clase de procedimientos especiales, dentro de la legislación de cada país con similares ordenamientos jurídicos, pero siempre respetando la constitución de cada país.

se ha analizado el principio del derecho a la defensa que se encuentra establecido en las Cartas Magnas de cada país consultado, en las que existen establecidos estos principios, pero son considerados desde diferentes puntos de vista en algunos como simples teorías dogmáticas, mientras que en otros sí se da la importancia que merecen, al momento de realizar una audiencia de procedimiento directo, en la que se reúnen todo el procedimiento en una sola audiencia, se violentan las reglas determinadas en el debido proceso.

En el campo penal las Unidades Judiciales de garantías penales con sede en el Cantón Tulcán, son fuentes importantes de donde se puede consultar sobre procesos que se han sustanciado en estas unidades y que se han sometido al procedimiento directo; los abogados en libre ejercicio que patrocinan a los usuarios de la justicia se convierten en los principales protagonistas del estudio.

En la parte técnica el desarrollo del tema de investigación es viable a través de la encuesta, que consiste en preguntar de manera directa y libre a los actores

sociales que se encuentran involucrados, como juzgadores, abogados en libre ejercicio profesional, quienes patrocinan como defensores de los ciudadanos que se encuentran inmersos en estos procesos, y que por acortar tiempo y dinero, se someten al procedimiento directo.

La fundamentación jurídica con la que se aporta en esta tesis, es amplia y suficiente para que la propuesta planteada sea viable y que la Asamblea Nacional, quien es el órgano que se encarga de revisar, modificar expedir o derogar las leyes, considere importante analizar este procedimiento y tomen otras alternativas que no violenten el principio constitucional del derecho a contar con el tiempo suficiente para la preparación de la defensa.

3.2.2 Validación de la propuesta de Tesis

Para la validación de la presente propuesta de tesis, se considera a los siguientes expertos en materia Penal: Doctor Víctor Guillermo Nejer Ibujés, Dr. Wilson Hernán Quelal Onofre, Dr. Germán Moisés Castillo, Luis Hernán López Jácome, y Ab. Nelson Armando Rosero Rosero de quienes a continuación se detalla los datos informativos pertinentes.

a) Datos Informativos:

No de Cédula de ciudadanía: 0401103882

 Nombres y Apellidos: Juan Carlos Villarreal Tapia

 Título de mayor jerarquía: Doctor en Jurisprudencia

 Institución en la que labora: Defensoría Pública Carchi.

 Cargo actual: Defensor Público.

 Años de servicio: 4 años

 Experiencia laboral: 8 años b) Datos Informativos:

 No de Cédula: 0401129168

 Nombres y Apellidos: Magaly Narcisa Obando Castro

 Título de mayor jerarquía: Magíster en Derecho Procesal Penal.

 Institución en la que labora: Fiscalía Provincial del Cachi

 Años de servicio: 7 años

 Experiencia laboral: 11 años

c) Datos Informativos:

 No de Cédula: 0400992756

 Nombres y Apellidos: Fausto Cecilio Sandoval Ortiz

 Título de mayor jerarquía: Abogado

 Institución en la que labora: Libre Ejercicio

 Cargo actual: Abogado en libre ejercicio

 Años de servicio: 8 años

 Experiencia laboral: 8 años

d) Datos Informativos:

 No de Cédula: 0400609871

 Nombres y Apellidos: Luis Hernán López Jácome

 Título de mayor jerarquía: Especialista Derecho Procesal

 Institución en la que labora: Corte Provincial de Justicia del Carchi

 Cargo actual: Juez Tribunal Segundo Penal del Carchi

 Años de servicio: 22 años

 Experiencia laboral: 28 años

e) Datos Informativos:

No de Cédula: 0401095745

 Nombres y Apellidos: Jairo Santiago Villarreal Lima

 Título de mayor jerarquía: Magíster en Derecho Penal

 Institución en la que labora: Fiscalía General del Estado

 Cargo actual: Fiscal

 Años de servicio: 6 años

 Experiencia laboral: 8 años.

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