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Human eEF1A isoforms expressed in yeast do not function to replace yeast eEF1A

Chapter 5 Conservation of eEF1A interactions in humans

5.6 Human eEF1A isoforms expressed in yeast do not function to replace yeast eEF1A

La forma más conocida del trasiego de bienes arqueológicos está representada por el comercio ilícito. No obstante, se ha dado traslado de objetos sin que medie el beneficio económico, por ejemplo cuando un agricultor o dueño de una finca o propiedad donde se encuentre un sitio expone y sustrae un bien patrimonial y se lo deja en su casa (sea porque lo halló en superficie o al hacer alguna remoción de suelo por cualquier causa).

Esta es una de las causas más generalizadas de tenencia de “piezas” y varía dependiendo del interés de los vecinos, los cuales pueden atesorarlos principalmente por gusto, o por considerar que esa es la manera de protegerlos de la destrucción, entre otras razones. Dicha posesión es fácil de observar cada vez que se visita una casa en lugares cercanos a los sitios arqueológicos. Los regalos también juegan un papel importante, es una forma muy recurrente de traslado de artefactos de los lugares donde tienen sentido: su contexto.

Dicha posesión no necesariamente va a constituir una forma de coleccionismo, ya que esos objetos no necesariamente van a responder a necesidades psicológicas que caracteriza a los coleccionistas, ni a representar grandes cantidades, o bien tampoco son apetecidos por la exclusividad que representan (en cuanto al acceso socialmente diferenciado). Como se verá en el IV apartado correspondiente a tenencia y coleccionismo de bienes patrimoniales, para que la tenencia de estos se constituya en una colección, se deben presentar determinadas variables y características asociadas con la necesidad psicológica y de seriación de quienes las poseen.

Asimismo, hubo otras maneras menos frecuentes de trasiego, como los traslados de un lugar a otro en el mismo sitio. Por ejemplo cuando se movían rasgos tales como metates grandes, petroglifos, etc., para habilitar el sector donde originariamente se encontraban para otra función (e. g. al hacer una camino, construir una bodega, casa, etc.). Lamentablemente, al movilizarlos, estos están más propensos a seguir cambiando de ubicación e inclusive a extraviarse y fracturarse; sin olvidar, claro está, la pérdida de valiosa información relacionada con su contexto.

En el caso de los regalos, esta fue una costumbre generalizada y reportada desde el siglo XIX y documentada hasta entrada la década de 1970, aunque no se descarta que en la actualidad se continúe dando. Así, en el MNCR se cuenta con registros que ponen en

evidencia dicha práctica, la cual podía estar dirigida a particulares, instituciones (entre ellas al mismo Museo) tanto dentro como fuera del país.

encuentran en la correspondencia, ya que por disposición de la ley 7 de 1938, artículos 5 y 14 se indicaba que:

Artículo 5 “Todo aquel que pretenda enajenar objetos arqueológicos correspondientes a la era

precolombina, adquiridos con anterioridad a la presente ley, está oblig Museo Nacional […]”, mientras que el artículo 14:

arqueológico que se haga sin una autorización debidamente anotada en el Registro del Museo, de conformidad con los preceptos 10 y

debía solicitar permiso para poder exportar artefactos.

Figura Nº 24 Tenencia de fragmentos y artefactos arqueológicos por vecinos de Guápiles.

Fotografías: Mónica Aguilar 200

A continuación se exponen algunos ejemplos relacionados con la práctica de regalar artefactos precolombinos:

• La Secretaría General de Educación (en adelante SGE) a través de su Secretario de Fomento, obsequió al Sr. Ministro de España 3 cajas de alfarería indígena pa

a uno de los museos españoles (Valerio, 1934 a.).

• El Director del MNCR indicó que el Sr. Francisco Vargas Vargas de Palmira de Guanacaste, pidió permiso para sacar “

bustos de piedra, 1 jarrón peque

obsequiarlas a su colega que lo trató médicamente, el Dr. Albee a quien va a visitar en navidad. (Ibídem).

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evidencia dicha práctica, la cual podía estar dirigida a particulares, instituciones (entre ellas al mismo Museo) tanto dentro como fuera del país. Algunos de los datos más valiosos se respondencia, ya que por disposición de la ley 7 de 1938, artículos 5 y 14

Todo aquel que pretenda enajenar objetos arqueológicos correspondientes a la era precolombina, adquiridos con anterioridad a la presente ley, está obligado a declarar el traspaso al

mientras que el artículo 14: ”Será ineficaz el traspaso de cualquier objeto

arqueológico que se haga sin una autorización debidamente anotada en el Registro del Museo, de conformidad con los preceptos 10 y 11 de esta ley”, (Asamblea Legislativa, 1938), por lo que se debía solicitar permiso para poder exportar artefactos.

Tenencia de fragmentos y artefactos arqueológicos por vecinos de Guápiles.

Fotografías: Mónica Aguilar 2002.

ión se exponen algunos ejemplos relacionados con la práctica de regalar

La Secretaría General de Educación (en adelante SGE) a través de su Secretario de Fomento, obsequió al Sr. Ministro de España 3 cajas de alfarería indígena pa

a uno de los museos españoles (Valerio, 1934 a.).

El Director del MNCR indicó que el Sr. Francisco Vargas Vargas de Palmira de Guanacaste, pidió permiso para sacar “objetos indígenas de escaso valor entre ellos: 2

bustos de piedra, 1 jarrón pequeño, varias ollas pequeñas” (Valerio, 1940 e.) para obsequiarlas a su colega que lo trató médicamente, el Dr. Albee a quien va a visitar en evidencia dicha práctica, la cual podía estar dirigida a particulares, instituciones (entre ellas lgunos de los datos más valiosos se respondencia, ya que por disposición de la ley 7 de 1938, artículos 5 y 14

Todo aquel que pretenda enajenar objetos arqueológicos correspondientes a la era ado a declarar el traspaso al Será ineficaz el traspaso de cualquier objeto arqueológico que se haga sin una autorización debidamente anotada en el Registro del Museo, de

”, (Asamblea Legislativa, 1938), por lo que se

Tenencia de fragmentos y artefactos arqueológicos por vecinos de Guápiles.

ión se exponen algunos ejemplos relacionados con la práctica de regalar

La Secretaría General de Educación (en adelante SGE) a través de su Secretario de Fomento, obsequió al Sr. Ministro de España 3 cajas de alfarería indígena para enviar

El Director del MNCR indicó que el Sr. Francisco Vargas Vargas de Palmira de

objetos indígenas de escaso valor entre ellos: 2

” (Valerio, 1940 e.) para obsequiarlas a su colega que lo trató médicamente, el Dr. Albee a quien va a visitar en

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• Se brindó un permiso para exportar un objeto de piedra por el Sr. Daniel Rubín de la Borbolla, como obsequio de Jorge Lines para el Museo Nacional de la Cultura de México, que data del 18 de mayo de 1950 (Lines, 1950), entre muchos otros.

• El Sr. Francisco Blen Ulloa exportó dos figuritas de oro a U.S.A para ofrecerlos como un regalo de navidad a una amistad (Blen, 1938).

• El Sr. Carlos Liebhaber de Buenos Aires de Puntarenas exportó artefactos (Aguilar, 1938), para obsequiarlos a Mr. Thomas P. Wilson Secretario de la Minequia Historical Society en Colorado U.S.A, (4 objetos de barro excavados por él mismo “bajo la

observación de la ley huacar”) (Liebhaber, 1938), y la respuesta del Museo Nacional fue afirmativa.

A diferencia de la actualidad, ese tipo de prácticas eran frecuentes y bien vistas, inclusive en ciertas instituciones no fue extraño el intercambio de bienes arqueológicos a cambio de equipo especializado; por lo que no hay que perder de vista el contexto histórico, social y económico del cual se está hablando.

Una serie de personas afiliadas a instituciones que también exportaron bienes, pero esta vez con fines científicos o de exhibición y promoción cultural. Así entre los miembros de la Junta Administrativa del MNCR solicitaron permisos de exportación estaban: la Sra. María Eugenia Jiménez de Roy quien el 28 de marzo de 1976 tramitó el envío al Rey Gustavo Adolfo IV a Suecia de un artefacto cerámico de la región arqueológica Central sin valor comercial, solamente para su estudio; el mismo día destinó una cerámica de la subregión arqueológica Guanacaste al Museet Etnografiska de Suecia; de igual manera, envió otro artefacto cerámico de la misma procedencia al Museo de Pekín el 20 de enero de 1973 con fines de estudio y exhibición; con los mismos fines Doris Stone destinó el 26 de mayo de 1962 4 artefactos líticos de la región arqueológica Central a Coreyell Mc. Kinner en Nuevo Orleans.

Asimismo, fueron solicitados permisos de exportación sin fines comerciales, por el Instituto Costarricense de Turismo (24 de abril de 1964) a Antonio Escarré, embajador de Costa Rica en España (46 artefactos para una exhibición); la Compañía Bananera United Fruit

Company 2 esferas para exhibir en la Feria Mundial de New York, mismo destino al que remitió el ICT 62 artefactos el 16 de mayo de 1964; el Dr. Michael Albery de la Casa

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Presidencial envió a Love Gallery de la Universidad de Miami en Florida 141 artefactos sin valor comercial, entre otros; para todos los casos anteriores, los bienes retornarían al país.

Hubo otra serie de artefactos y fragmentos que se trasladaron de sus lugares de origen y aunque fueron, en muchos casos excavados de forma científica, salieron del país para ser analizados y custodiados28 en el extranjero como parte de sus tesis doctorales o investigaciones particulares; así entre los científicos que solicitaron permisos de exportación están: Claude Baudez, jefe de la misión arqueológica francesa que destinó los bienes hacia el Museo del Hombre en París en 1959 y 1960; Mark W. Kristensend, Associated College of the

Midwest en 1969; el Dr. Dwight Heath (en ese momento profesor del Departamento de Ciencias del Hombre de la UCR) con destino a su lugar de trabajo en Brown University en

Providence, Rhode Island USA en 1969 (2 envíos diferentes); Dr. Frederick Lange profesor de antropología, Associated Colleges of the Midwest, en 1969 y Michael Snarskis con destino a New York en 1973, entre otros.

28 El subrayado es nuestro.

126 SECCIÓN II

TRASIEGO Y COMERCIO ARQUEOLÓGICO: SIGLO XIX E INICIOS DEL XX: “DE