CHAPTER 6. A NEW FRAMEWORK FOR DEVELOPING OPTIMAL
6.4 Identifying Optimal Solutions for the Problem
COMISIÓN PERMANENTE DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
Señor
Víctor Manuel Quirola Maldonado ALCALDE DE SANTO DOMINGO Presente.-
En su despacho:
En sesion Extraordinaria celebrda el miercoles 28 de marzo de 2018, la Comisión de Planificación y Presupuesto, con la finalidad de las señoras y señores Concejales, Dra. Flores Cueva Lourdes Mercedes; Sr. Corella Bravo Nelson; Sra. Aguavil Aguavil Hilda Susana; Lic. Tituaña Pullas Luis Cirilo; Ing. Rosero Navarrete Martha Elizabeth; Sr. Ríos Miguel Estuardo; y Dr. Ruiz Merino Tito Oswaldo, Presidente de la referida Comisión, estudió el trámite que contiene la Clausura y Liquidación del Presupuesto del GAD Municipal de Santo Domingo, correspondiente al ejercicio económico 2017; y previo a emitir las conclusiones y recomendaciones correspondientes, CONSIDERA:
Que, con memorando N°. GADMSD-DF-2018-508-M, el Ing. Juan Carlos Valencia Lucero, Director Financiero del GAD Municipal de Santo Domingo, informa a la Alcaldía del cantón que de conformidad a lo establecido en el artículo 263, del Código Orgánico de
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Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en concordancia con lo establecido en el artículo 121 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Publicas, el presupuesto del GAD Municipal de Santo Domingo fue clausurado el 31 de diciembre de 2017, fecha a partir de la cual no se realizaron afectaciones a los ingresos, ni se emitieron compromisos de gasto que generen obligaciones, ni acciones u operaciones de ninguna naturaleza que afecten al presupuesto clausurado.
La Dirección Financiera de este GAD Municipal en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 265 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, y a lo prescrito en el artículo 122 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Publicas, procedió a elaborar la liquidación del Presupuesto del Ejercicio Económico del año 2017 fue aprobado por el Concejo Municipal en sesiones Extraordinarias celebradas los días 07 y 09 de diciembre de 2016, respectivamente, y que el presupuesto de ingresos y gastos alcanzo el valor de $ 167.958.443.79, cuyo desglose se encuentra detallado en el referido informe. Así mismo indica que durante la ejecución del presupuesto institucional, se efectuaron ocho reformas que consistieron en traspasos de créditos presupuestarios, modificaciones que se realizaron para alcanzar varios fines que se plantearon en su momento y que se refleja en el informe de la Dirección Financiera. De igual manera determina los resultados del ejercicio presupuestario 2017, señalando que de conformidad a la metodología y normativa emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas, las cuales se aplicaron durante el ejercicio presupuestario 2017, en el registro de los ingresos y gastos del presupuesto se realizaron por el método del devengado, y que se refleja en el cuadro de resumen de ingresos y gastos del 1 de enero al 31 de diciembre del 2017, además ha realizado una explicación de dichos registros.
Respecto a las conclusiones y recomendaciones, la Dirección financiera concluye que el presupuesto asignado para el ejercicio económico 2017, presenta un nivel razonable de ejecución en sus ingresos corrientes relacionados con la recaudación de impuestos, tasas y contribuciones especiales, así como las asignaciones recibidas por concepto de ingresos permanentes y no permanentes del Presupuesto General del Estado; la consecución de nuevos créditos con fondos reembolsables y fondos no reembolsables otorgados por el Banco de Desarrollo del Ecuador B:P; así mismo el devengamiento de los valores que fueron considerados como arrastre del año 2016, tanto en planillas de obras de
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infraestructura, como también adquisición de bienes y servicios; en consecuencia se determina que los ingresos corrientes financiaron en su totalidad los gastos corrientes, incluso indica que existe un superávit presupuestario que permitió financiar los gastos de inversión. El superávit de carácter presupuestario que asciende al valor de $ 28.124.423.55 corresponde a recursos que faltan por devengar en proyectos y programación de inversión, que ha sido contratados y se encuentran en ejecución, y que además se cumplió con el financiamiento de las partidas presupuestarias establecidas en las clausulas económicas del contrato colectivo 2017. Así mismo indica que con fecha 22 de diciembre de 2017, elaboró la novena reforma al presupuesto por cuanto se determinó que durante el ejercicio económico se comprobó que los ingresos efectivos presentaron una tendencia inferior a las cantidades asignadas en el presupuesto.
De igual manera, recomienda que los proyectos que se encuentran en el PAC y POA sean contratados de acuerdo a la planificación establecida para los cuatro trimestres, y adicionalmente señala que se deben cumplir estrictamente con los plazos fijados adicionalmente señala que se deben cumplir estrictamente con los plazos fijados en las especificaciones técnicas o términos de referencia elaborados para el efecto, a fin de devengar los anticipos entregados, y poder realizar el registro del comprometido y en informes de avance de obra así como también reflejan un nivel óptimo en la ejecución presupuestaria del registro de rubros devengados, valores sobre los cuales el Banco de Desarrollo del Ecuador B.P., cuantifica la ejecución presupuestaria y financiera del GAD Municipal para la consecución del nuevo cupo de crédito. En consecuencia sugiere el informe que contiene la clausura y liquidación del presupuesto del GAD Municipal de Santo Domingo correspondiente al ejercicio económico 2017, se remita al Concejo Municipal para su aprobación.
Que, el Dr. Daniel Montoya Alvarado, Procurador Síndico Municipal, a través de informe N° GADMSD-PS-2018-245-I, de fecha 26 de marzo de 2018, emite al señor Alcalde del cantón, informe respecto a la Clausura y Liquidación del Presupuesto del GAD Municipal de Santo Domingo, correspondiente al ejercicio económico 2017; señalando entre otros, lo siguiente “PRONUNCIAMIENTO”.
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“En virtud de lo expuesto; Procuraduría Sindica Municipal, sustentada en el informe N° GADMSD-DF-2018-508-M, de fecha 23 de marzo del 2018, emitido por el señor Director Financiero del GAD Municipal de Santo Domingo, cuyo contenido es de su exclusiva responsabilidad, y tomando en cuenta las disposiciones legales invocadas, considera PROCEDENTE que el trámite que contiene la clausura y Liquidación del Presupuesto correspondiente al ejercicio económico 2017 del GAD Municipal de Santo Domingo, debe ser puesto en conocimiento del Concejo Municipal para su respectiva aprobación de conformidad con lo establecido en el literal g) del artículo 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en consecuencia, previo a poner en conocimiento y aprobación del Órgano Legislativo, es necesario que las comisiones de Legislación y de Planificación y presupuesto, emita sus conclusiones y recomendaciones, al amparo de lo establecido en el Art.326 del COOTAD;
Que, el Art. 226 de la Constitución de la República del Ecuador, señala lo siguiente: “Las instituciones del estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley” (…);
Que, el artículo 238 de la referida Carta Magna dice: “Los gobiernos autónomos descentralizados gozaran de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana (…);
Que, el Art. 270 de la mencionada Norma Suprema señala los siguiente: “Los gobiernos autónomos descentralizados generarán sus propios recursos financieros y participarán de las rentas del Estado, de conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaria y equidad”;
Que, el Art. 57 literal g) del Código Orgánico Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, señala que al concejo municipal le corresponde: g) aprobar u observar el presupuesto del gobierno autónomo descentralizado municipal, que deberá guardar concordancia con el plan cantonal de desarrollo y con el de ordenamiento territorial; así como garantizar una participación ciudadana en el marco de la Constitución y la ley. De
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igual forma, aprobará u observará la liquidación presupuestaria del año inmediato anterior, con las respectivas reformas”.
Que, el Art. 263 del COOTAD, dice “El cierre de las cuentas y la clausura definitiva del presupuesto se efectuará al 31 de diciembre de cada año.
Los ingresos que se reanuden con posterioridad a esa fecha se acreditarán en el presupuesto vigente a la fecha en que se perciban, aun cuando hayan sido considerados en el presupuesto anterior. Después del 31 de diciembre no se podrán contraer obligaciones que afecten al presupuesto del ejercicio anterior.
Que, el Art. 265 del referido Código señala; “La unidad financiera o quien haga sus veces procederá a la liquidación del presupuesto del ejercicio anterior, hasta el 31 de enero.
Que, en ejercicio de la facultad establecida en el Art. 326 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización;
CONCLUYE Y RECOMIENDA
A través de votación Ordinaria por unanimidad de los presentes al Concejo Municipal, Resuelva; APROBAR la Clausura y Liquidación del Presupuesto correspondiente al ejercicio económico 2017, del GAD Municipal de Santo Domingo.
Dr. Tito Oswaldo Ruiz Merino
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE PALNIFICACIÓN Y PRESUPUESTO
Lo que certifico:
Ab. Karina Santos Guffanti
PROSECRETARIA DEL CONCEJO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE LEGISLACIÓN.
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2.3.2.5 Informe de la comisión permanente de legislación.
COMISIÓN PERMANENTE DE LEGISLACIÓN
GADMSD-CL-LFC-SE-248-2018-03-28-01 Señor
Víctor Manuel Quirola Maldonado ALCALDE DE SANTO DOMINGO Presente.-
En su despacho:
En sesión extraordinaria celebrada el miércoles 28 de marzo de 2018, la Comisión de legislación, con la presencia de las señoras y señores Concejales, Vocales de la Comisión: Sr. Rubén Darío Ávila Cueva; Sr. Corella Bravo Nelson Noelle, Sra. Aguavil Aguavil Hilda Susana; Lic. Tituaña Pullas Luis Cirilo; Srta. Suarez Bustamante María Dolores; y Dra. Flores Cueva Lourdes Mercedes; Presidenta Subrogante de la referida Comisión, estudió el trámite que contiene la Clausura y Liquidación del Presupuesto del GAD Municipal de Santo Domingo, correspondiente al ejercicio económico 2017; y previo a emitir las conclusiones y recomendaciones correspondientes, CONSIDERA:
Que, con memorando N°. GADMSD-DF-2018-508-M, el Ing. Juan Carlos Valencia Lucero, Director Financiero del GAD Municipal de Santo Domingo, informa a la Alcaldía del cantón que de conformidad a lo establecido en el artículo 263, del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en concordancia con lo establecido en el artículo 121 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Publicas, el presupuesto del GAD Municipal de Santo Domingo fue clausurado el 31 de diciembre de 2017, fecha a partir de la cual no se realizaron afectaciones a los ingresos, ni se emitieron compromisos de gasto que generen obligaciones, ni acciones u operaciones de ninguna naturaleza que afecten al presupuesto clausurado.