9. Recommendations for Future Work/Development of ERSO
9.2. Implementation of routine data functions
ACTIVOS
4.3 LAVADO DE ACTIVOS
4.3.1 Antecedentes
El lavado de activos es considerado uno de los mayores flagelos contra la sociedad, por sus nefastos efectos en la economía, en la administración de justicia y la gobernabilidad de los Estado, lo que afecta gravemente a la
democracia.16La costumbre de utilizar prácticas para disfrazar ingresos
provenientes de actividades ilícitas se remonta a la Edad Media, cuando la usura fue declarada delito. Mercaderes y prestamistas burlaban entonces las leyes que la castigaban y la encubrían mediante ingeniosos mecanismos.
La tipificación como delito del acto mismo o de la tentativa de blanquear los productos del delito, es reciente. Tradicionalmente, la atención penal se centraba sobre el acto que originaba el dinero. La incautación de bienes, en la medida en que se aplicaba por delitos con motivación económica, se configuraba como un castigo contra el delito subyacente.
En efecto, en 1986 surgió en los Estados Unidos y se extendió rápidamente por todo el mundo, la tendencia de criminalizar el acto mismo de blanquear el dinero y establecer que ese nuevo delito, por ser
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complemento independiente del delito subyacente, constituye motivo suficiente para el decomiso de bienes.
El término “lavado” se origina en los Estados Unidos de Norteamérica y se remonta a la época de la prohibición de venta de alcohol, allá por 1920, con
los afamados mafiosos Al Capone, Meyer Lanski y Richard Hauptmann.17
Capone y Lanski, en circunstancias parecidas y de manera independiente, habían creado en la Ciudad de Chicago y Nueva York respectivamente, toda una cadena de “lavaderos” (tanto establecimientos de lavado de prendas
como casas de juego legales), que servían para “blanquear” los fondos
provenientes de la explotación de bares y casinos ilegales. Por su parte Richard Hauptmann quien secuestro al hijo del famoso aviador Charles Lindbergh cayó en manos de la justicia por no haber sabido lavar el dinero del rescate.
Otro antecedente, es el relativo a los bienes que los nazis en la Segunda Guerra Mundial (1939-1945), lograron sustraer de los países ocupados como Polonia, Francia, Checoslovaquia y Holanda, entre otros, en las que el oro y las obras de arte eran enviados principalmente a Suiza para que el primero se fundiera y se vendiera junto con las obras a efecto de obtener dinero de curso legal. De esta forma, con el producto de la venta se alimentaba la maquinaria de guerra alemana y se enriquecían los altos mandos del Ejército Nazi.
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Otro país que sufrió los embates de la Segunda Guerra Mundial fue Polonia, y en Auschwitz en 1940, se creó un campo de concentración por los nazis, donde llevaban detenidos a soldados rusos, checoslovacos, yugoeslavos, franceses, austríacos y a judíos, éstos últimos muchas veces engañados diciéndoles que iban a poblar nuevos territorios en el Este Europeo, y que podían llevar hasta 50 kilos en pertenencias, por lo que muchos transportaban su dinero, joyas y lo más valioso que tenían en sus ciudades de origen. Cuando llegaban al campo de concentración, los despojaban de todas sus pertenencias y los asesinaban en la cámara de gases. A los muertos, les sacaban los dientes de oro que tenían y los fundían. A las mujeres les cortaban el pelo perfectamente y lo enviaban a fábricas para la confección de telas, es decir los soldados nazis le daban una utilidad y precio a los prisioneros a quienes explotaban aun después de
muertos.18
Ya en 1980, en los Estados Unidos, la Drug Enforcement Administration (DEA)había detectado fugas de capitales hacia cuentas bancarias fuera de su territorio por más de dos mil millones de dólares debido a la venta de cocaína y marihuana.
Buen número de los bancos que facilitaron la fuga de capitales se encontraban en Miami. Algunos eran propiedad de narcotraficantes. El dinero luego era trasladado a otros bancos de Suiza, Bahamas o Panamá y,
18Bagella, M., (1998), Análisis comparativo de las legislaciones y las medidas contra el lavado de dinero
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ya lavados, regresaban nuevamente a los Estados Unidos para adquirir inmuebles en Nueva York o en la Florida.
Por otra parte, el secreto bancario ha sido una garantía para el cliente, quien siempre busca la mejor discreción. En este mismo sentido, es Suiza el país considerado como un paraíso para el lavado de activos debido al
secreto bancario que se opera por toda la banca helvética.19
Esta evolución ha suscitado considerable controversia. El problema radica en la índole atípica del delito de blanqueo de dinero. A diferencia de los delitos subyacentes, bien sea tráfico de drogas, extorsión, robo armado o vertido de desechos tóxicos, el blanqueo de dinero consiste en una serie de actos que cada uno por separado puede ser inocente, pero que en su conjunto, equivalen a una tentativa de ocultar el producto de un delito. La dificultad para lograr una demostración convincente del daño que ocasiona el blanqueo de dinero, ha producido demoras y dudas a la hora de su tipificación como delito.
Varias razones fundamentan esta tendencia. En primer lugar, la aceptación generalizada de que poco se gana, atacando a los delincuentes si sus ganancias quedan intactas. El beneficio neto o enriquecimiento personal, constituye la motivación del delito subyacente y proporciona, simultáneamente, los medios económicos requeridos para continuar con las actividades delictivas.
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En el pasado, se castigó a los delincuentes, pero no a quienes administraban el producto del delito, lo cual en la actualidad está siendo rectificado, mediante la evolución de las leyes en cada país principalmente de EEUU que a partir Ley Patriota dio el ejemplo para que todas las naciones tomen sus propias normas y las apliquen a fin de combatir este grave delito del lavado de activos. Esta ley a su vez es el resultado de la evolución de varias leyes entre ellas Bank Secrecy Act, ley RICO, Anti - Money Laundering Law, Anti Terrorism Act.,ley IRCA, Ley Patriota en 2001
que después tuvo reglamentaciones y leyes adjuntas.20
4.3.2 Definición
La Unidad de Inteligencia Financiera determina que el término de “lavado” se origina en la década de los años 20, con la prohibición de vender alcohol, en los Estados Unidos de Norteamérica.
Las organizaciones ilegales establecieron blanqueo de dinero proveniente de la venta whisky en bares ilegales que después colocaban estos fondos en bancos para legitimarlos.
“El lavado de activos es el proceso a través del cual los bienes de origen delictivo se integran al sistema económico financiero legal
aparentando haber sido obtenidos de forma lícita”21
20 Curso Oficial de Cumplimiento Miami, abril 2011. 21
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En síntesis el dinero se “lava” para encubrir actividades criminales o ilegales asociadas al narcotráfico, secuestro, tráfico de armas, sicariato, contrabando, trata de personas sea para esclavitud laboral, redes de prostitución o pornografía infantil y actividades que financian el terrorismo.
Actividades ilícitas e ilegales también son los actos de corrupción como: defraudación fiscal, peculado, cohecho, concusión y el enriquecimiento ilícito.
4.3.3 Características 22
Alcanza dimensiones internacionales.
Se sirve de la vulnerabilidad del sector en el que pretende lavar. Utiliza adelantos tecnológicos.
Sofisticados mecanismos para ocultar el origen de los fondos obtenidos ilegalmente.
Asume perfiles que no le corresponden (cliente ideal) Es un delito autónomo.
Es un delito de cuello blanco.
Conjunto de operaciones complejas.
http://www.uaf.gob.ec/index.php/todo-sobre-el-lavado-de-activos.
22 Verdezoto, G., R., (2009) XXIII CONGRESO INTERNACIONAL DE CRÉDITO EDUCATIVO “La gestión y
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4.3.4 Etapas 23
1. Obtención.- Es adquirir como consecuencia de una actividad
ilícita dinero en efectivo, en títulos valores a medios de pago. Estas actividades delictivas pueden ser como: Tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, bandas
armadas, organizaciones o grupos terroristas, corrupción
administrativa, evasión fiscal, fraudes corporativos, secuestros, extorsiones, coyoterismo, tráfico de armas, trata de seres humanos entre otras actividades ilegales.
2. Colocación.-se inserta el dinero de origen ilícito en el sistema
financiero con el propósito de ocultar su origen.
3. Conversión Diversificación o Estratificación.-Es el mecanismo
mediante el cual se busca alejar la fuente del origen de las ganancias procedentes de actividades ilícitas por medio de varias capas de transacciones financieras complejas, diseñadas para obstaculizar que el dinero sea rastreado, evitando que se conozca el verdadero origen de dichos recursos
4. Integración.-Proceso de introducir fondos ilícitos, en actividades
económicas legales, convertir el dinero efectivo en bienes e
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inmuebles o negocios de fachada e incorporarlos al sistema financiero bajo una apariencia legal.
4.3.5 Consecuencias24
Aumento de la corrupción. Aumento de delitos graves.
Pérdida de ingresos por falta de tributación.
El lavado de dinero según estimado del F.M.I. esta entre el 2% y el 5% del producto bruto interno mundial que representa un valor de $ 600 mil millones anuales.
Tiene un efecto corrosivo en la economía, gobierno y el bienestar social de un país.
Distorsiona las prácticas comerciales licitas, coadyuva una competencia desleal, provoca la quiebra del comercio licito y aumenta el riesgo en la concesión del crédito bancario.
Limita al gobierno en el control de la política económica sana, daña la reputación y la imagen del país.
Adicionalmente, conlleva el encubrimiento de otras actividades delictivas y expone a la sociedad a un régimen de inseguridad jurídica, degradación de valores y ausencia de compromiso con la nación.
Afecta adversamente las monedas y las tasas de interés cuando sus practicantes reinvierten los fondos donde sus planes tienen menos
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posibilidad de ser detectados, en lugar de hacerlo donde la tasa de rendimiento es más elevada.
Puede acrecentar la amenaza de inestabilidad monetaria debido a la distribución inadecuada de recursos ocasionada por la distorsión artificial de los precios de bienes y productos básicos.
Debilita la integridad de los mercados financieros, ya que grandes sumas de dinero lavado pueden llegar a una institución financiera y luego desaparecer, sin aviso, lo que puede provocar problemas de liquidez y pánico bancario.
Afecta el nivel de ingresos del Estado, pues los lavadores “invierten” sus
fondos en actividades que no rinden beneficios económicos para el país. Es decir, no tienen interés en generar utilidades sobre sus inversiones, sino proteger sus ganancias.
Financia industrias completas, no debido a una demanda real, sino al interés a corto plazo de los dueños del dinero lavado. Cuando éstas ya no les interesan, las abandonan, causando el desplome de estos sectores y un daño inmenso a las economías.
Amenaza los esfuerzos de muchos estados para introducir reformas en sus economías mediante la privatización. Las organizaciones delictivas tienen los medios económicos para hacer una mejor oferta que la de los compradores legítimos.
Erosiona la confianza en los mercados y la función económica, debido a los delitos financieros, las ganancias ilícitas, el fraude financiero generalizado, la especulación bursátil y los desfalcos.
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4.3.6 Tipologías
Concepto: es la clasificación y descripción de las técnicas utilizadas por
las organizaciones criminales para dar apariencia de legalidad a los fondos de procedencia lícita o ilícita y transferirlos de un lugar a otro o entre
personas para financiar sus actividades criminales.25
Cuando una serie de esquemas de lavado de activos (LA) o financiamiento del terrorismo (FT) parecen estar construidos de manera similar o usan los mismos o similares métodos, pueden ser clasificados como una tipología.
1.- Mal uso de negocios legítimos
El lavador intenta usar un negocio o compañía existente para el proceso de lavado, sin que la organización se dé cuenta de la fuente criminal de los fondos.
25Unidad de Análisis Financiero, Tipología Ecuador.
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Gráfico 30. Mal uso de negocios legítimos.
Fuente: Unidad de Análisis Financiero.
2.- Encubrimiento tras estructuras comerciales
Ocultamiento de fondos criminales dentro de la actividad normal de negocios existentes o compañías controladas por la organización criminal.
Gráfico 31. Encubrimiento tras estructuras comerciales.
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3.- Explotación de temas jurisdiccionales internacionales.
Explotar las diferencias en las leyes de secreto bancario, requerimientos de identificación, de información, leyes de impuestos, requerimientos para formación de empresas y restricciones de moneda.
Gráfico 32. Explotación de temas jurisdiccionales internacionales.
Fuente: Unidad de Análisis Financiero.
4.- Tipos de uso de bienes anónimos.
Algunas formas de bienes son completamente anónimas por naturaleza, de manera que la propiedad o fuente sea atrapado por las autoridades, mientras interactúa con el o los bienes.
Gráfico 33. Tipos de uso de bienes anónimos.
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5.- Uso de identidades falsas, documentos falsos, testaferros.
Uso de bienes ilícitos poseídos y manejados por individuos con ninguna asociación con crímenes. Dichos “testaferros” pueden usarse para realizar depósitos o retiros con la esperanza de que aun si las transacciones llegan a la atención de las personas que hacen cumplir la ley, la falta de conexiones con la organización criminal reducirá el valor de la información.
Gráfico 34. Uso de identidades falsas, documentos falsos, testaferros.
Fuente: Unidad de Análisis Financiero.
No importa cuántas maniobras habilidosas se realicen para dar apariencia de legalidad a los capitales ilícitos. El dinero sucio jamás pierde su origen turbio ni lava la sangre de los crímenes realizados para conseguirlo.
Indicadores: son elementos que permiten detectar la posible presencia de
las operaciones de “lavado de activos” relacionadas con alguna de las tipologías.
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Transferencia en efectivo a gran escala.- ingreso al sistema financiero grandes cantidades de dinero acumuladas, sin dejar rastro, a través de varios depósitos en varias cuentas sin que los valores sobrepasen los umbrales establecidos por ley.
Transferencias de dinero que no coinciden en el perfil económico del cliente y tampoco tiene relación con sus actividades económicas.
Actividades o transacciones inusuales de negocios.- los movimientos de fondos que involucran pérdidas, pocas ganancias y sin ningún beneficio aparente para el cliente.
Movimiento de fondos grandes y/o rápido.- agrupan los fondos al transferirlos a varias cuentas en diferentes instituciones / países, intentando confundir la auditoria.
Fortuna irreal comparada con el perfil del cliente.- pocos o un solo depósito de monto significativo que no tienen relación con la actividad económica de la persona que lo realiza.
Actitud defensiva ante cuestionamientos.- ocultamiento de información o actitud agresiva ante preguntas que tengan relación con la transacción inusual.
4.3.7 Organismos controladores
A nivel general se pueden nombrar las siguientes organizaciones
reconocidas a nivel mundial:26
26 Verdezoto, G., R., (2009) XXIII CONGRESO INTERNACIONAL DE CRÉDITO EDUCATIVO “La gestión y
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a) FATF–GAFI.-La Financial Action Task Forceon Money Laundering
(FATF), Grupo de acción financiera en contra del lavado de dinero también conocida por su nombre en francés como Grouped' action financière sur le blanchiment de capitaux (GAFI), tuvo su origen en el seno del G-7 durante la cumbre que se llevó a cabo en París, en 1989. Monitorea el progreso en la aplicación de medidas contra el lavado de dinero.
Promueve la adopción y prácticas globales de medidas contra el lavado de dinero.
La prioridad de este organismo es el análisis y la toma de acciones destinadas a la lucha contra el lavado de activos. Agrupa los principales centros financieros mundiales: Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Dinamarca, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Grecia, Hong Kong, Irlanda, Islandia, Italia, Japón, Luxemburgo, México, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, Singapur, Suecia, Suiza y Turquía.
Cuarenta recomendaciones
Conjunto de directrices emitidas por el GAFI en 1990, que resumen las cualidades que debe poseer un sistema jurídico financiero para que pueda luchar eficazmente contra el lavado de activos, en un ámbito de cooperación internacional.
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Estructura
Principios generales de las recomendaciones (3).
Papel de los sistemas jurídicos nacionales en la lucha contra el blanqueo de capitales (4).
Papel del sistema financiero en la lucha contra el blanqueo de capitales (22).
Refuerzo de la cooperación internacional (11).
b) Grupo Egmont.- fue creado en junio de 1995, con el objetivo común de
fomentar la creación de las Unidades de Inteligencia Financiera, así como la cooperación y el intercambio de información financiera entre ellas.
Estructura.-
El Grupo de Trabajo Legal (Legal Working Group, LWG),
El Grupo de Trabajo de Formación y Comunicación (Training Working Group, TWG)
El Grupo de Trabajo de Outreach (Outreach Working Group, OWG) El Grupo de Trabajo Operacional (Operational Working Group), El Grupo de Trabajo de Información Tecnológica (IT Working Group),
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Actividades
El marco de su actuación está basado en una declaración de principios redactada en Madrid en junio de 1997 y revisada en La Haya en junio de 2001. Dicha declaración incorpora un anexo sobre los principios del intercambio de información sometiéndolos al principio de reciprocidad, a la confidencialidad y la limitación del uso de la información intercambiada para los fines previstos, no pudiendo ser transmitida a terceras partes sin el previo consentimiento de la Unidad comunicante.
c) Unidad de Análisis Financiero-UAF.- de conformidad con el artículo 9
de la Ley para Reprimir el Lavado de Activos, señala que: La Unidad de Análisis Financiero-UAF, es el órgano operativo del Consejo Nacional Contra el Lavado de Activos, y está conformado por la Dirección General, la Subdirección y los departamentos técnicos especializados, cuyas funciones y atribuciones estarán determinadas en el Estatuto Orgánico por Procesos de la Unidad de Análisis Financiero-UAF.
La Unidad de Análisis Financiero-UAF, solicitará y recibirá, bajo reserva, la información sobre operaciones o transacciones económicas inusuales e injustificadas para procesarlas, analizarlas y de ser el caso remitir un reporte a la Fiscalía General del Estado, con carácter reservado y con los debidos soportes.
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Funciones:
Cumple con las funciones estipuladas en la Ley para Reprimir el Lavado de Activos en el Art. 10, Capítulo II de “Atribuciones y Obligaciones”.
4.4 Normativa Aplicable
4.4.1 Leyes.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito de Educadores de Chimborazo se encuentra actualmente controlada por el Ministerio de Inclusión Económica y Social, y tiene la obligación de observar dentro de sus políticas de prevención de lavado de activos las siguientes normativas:
a) Ley de Sustancias Estupefacientes y Sicotrópicas.
b) Ley para reprimir el Lavado de Activos.
c) Reglamento para Reprimir el Lavado de Activos.
d) Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria.
e) Reglamento de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria.
f) Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros.
g) Resoluciones emitidas por la Unidad de Inteligencia Financiera.
h) Recomendaciones emitidas por el Grupo de Acción Financiera de
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4.4.2 Sanciones
La ley determina que comete delito de lavado de activos la persona
natural o jurídica que dolosamente, en forma directa o indirecta:27
a) Tenga, adquiera, transfiera, posea, administre, utilice, mantenga,
resguarde, entregue, transporte, convierta o se beneficie de cualquier manera, de activos de origen ilícito;
b) Oculte, disimule o impida, la determinación real de la naturaleza,
origen, procedencia o vinculación de activos de origen ilícito;
c) Preste su nombre o el de la sociedad o empresa, de la que sea