9 Analysis Commands Table
9.18 KWAL
9.21.1 Including and Excluding in MLU and MLT
VISTO la instrumentación de la actual tecnología digital aplicada en el área de diagnóstico por imágenes, mediante la cual se encuentran interconectados los servicios de radiología y el sistema de visualización de placas en línea de los tres hospitales municipales del Partido; y
Considerando:
QUE ante las inconsistencias detectadas en la base de datos del sistema de diagnóstico por imágenes digitales, encontrándose duplicidad de pacientes y datos incorrectos, se torna dificultoso el correcto funcionamiento del sistema;
QUE es necesario contar con las tareas de consolidación y mantenimiento de estos servicios en el área de infraestructura informática, atento que las mismas demandan un control de administración constante;
QUE se propone la organización y distribución de las tareas que analice y busque soluciones a la situación planteada en el presente con personal del área de informática, propiciando la modalidad de “Tareas Especiales”, conforme al artículo 12° de la Ordenanza N° 8966;
QUE para dichas tareas se establece una retribución mensual de PESOS DOCE MIL ($ 12.000,00), a distribuirse al personal que efectivamente desarrolle las mismas;
QUE el Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Autorizar al personal que designe la Dirección General de Informática, ************* a llevar a cabo las tareas de consolidación y mantenimiento de la base de datos del sistema de diagnóstico por imágenes que se encuentra interconectado a los servicios de radiología de los tres hospitales del Partido, así como el sistema de visualización de placas en línea.-
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Ref.: Expte. N° 6797-S-2018.-
//…
ARTÍCULO 2º.- Las tareas descriptas en el artículo precedente se desarrollarán durante ************* todo el año 2018, a partir del 1 de junio.-
ARTÍCULO 3º.- La suma a abonar por las tareas a efectuarse durante el período ************* establecido en el artículo primero, será de PESOS DOCE MIL ($ 12.000,00), a distribuirse al personal que efectivamente desarrolle las labores, remitiendo la Dirección General de Informática mensualmente a la Dirección General de Recursos Humanos –Dpto. de Liquidaciones- la nómina de los trabajadores afectados a las mismas.-
ARTÍCULO 4°.- La realización de las labores que hace mención el presente, encuadran ************* en las disposiciones del Artículo 12° “Tareas Especiales” de la Ordenanza N° 8966 y la erogación que demande las mismas se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos pertinente.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
ec
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk
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Ref. Expte. N° 7961-A-2010 Cuerpos 0 y 2
SAN ISIDRO, 30 de mayo de 2018
DECRETO NÚMERO: 1 1 1 5
Visto lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y
Considerando:
Que a fojas 116 el contribuyente IRSA Propiedades Comerciales S.A. presenta nota solicitando ampliación de espacio físico y aclaración de superficie;
Que en la nota de referencia expresa la ampliación de la superficie, debido a la anexión dentro del predio de la superficie de estacionamiento del mismo, acompañando planos del predio y demás requisitos solicitados;
Que el contribuyente posteriormente solicita, a fojas 517, la división del predio en dos partes, otorgándole un nuevo número de cuenta municipal a la superficie anexada;
Que luego del trámite de estilo a la solicitud del contribuyente se resuelve no hacer lugar a lo solicitado, dado que la apertura requerida no tendría beneficio alguno para el contribuyente porque conforme lo establecido en el artículo 82 de la Ordenanza Fiscal vigente, cuando un contribuyente realice más de una actividad en la jurisdicción, todas las actividades que desarrolle se encontrarán sujetas al tratamiento fiscal de mayor cuantía, criterio también aplicable actividades anexas - resolución denegatoria notificada a fojas 550-;
Que posteriormente a ello, se realizó la aplicación de la superficie cuestionada a la cuenta 70956, a partir del período 2012 1A;
Que a raíz de ello, obra a fojas 568 nota del Secretario Ejecutivo de la Agencia de Recaudación Municipal, solicitando se procure el cobro del período 2012/1A hasta 2012/6B a fin de conservar los derechos del Municipio sobre el crédito y la procura de su efectivo cobro;
Que a fojas 571/577, dada la aplicación retroactiva del monto de la Tasa que hubiera además generado recargos, intereses y multas, el contribuyente se presenta y formula propuesta de pago detallada en el apartado IVc) de la presentación que incluye -quita de los intereses, recargos y multas-, ello, por entender que se encuentra en condiciones legales de recibir la condonación que peticiona;
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Ref. Expte. N° 7961-A-2010 Cuerpos 0 y 2
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Que entiende el contribuyente encontrarse comprendido en lo establecido por la dispensa establecida en los artículos 25 BIS y 46 penúltimo párrafo de la Ordenanza Fiscal vigente;
Que a fojas 580/1, la Agencia de Recaudación envía en consulta el expediente a la Asesoría Legal municipal, a fin de que la misma, emita opinión al respecto del planteo del contribuyente;
Que a fojas 582, se emite Dictamen opinando que conforme la Ordenanza Fiscal vigente, la Agencia de Recaudación se encuentra facultada para realizar la quita solicitada;
Que en mérito de lo expuesto, la Agencia recomienda otorgar lo solicitado al contribuyente;
Que para entender que IRSA Propiedades Comerciales SA, puede ser susceptible de los beneficios establecidos en los artículos 25 BIS y 46 penúltimo párrafo de la Ordenanza Fiscal vigente, la Agencia de Recaudación amerita en primer término la conducta fiscal del contribuyente, siendo que el mismo ha abonado cabalmente la tasa determinada, previo ajuste de superficie y cumplido con sus obligaciones fiscales de carácter formal;
Que el contribuyente no solicita en su propuesta de pago presentada obrante a fojas 571 y subsiguientes, el encuadramiento de lo establecido en el artículo 80 Punto 1°) de la Ordenanza Fiscal para el período contemplado en dicha propuesta; sin perjuicio de que dicho criterio fuera solicitado posteriormente y se aplique para las emisiones de cuotas que se devenguen en períodos futuros;
Que el estado procesal de la fiscalización encuadra formalmente en la instancia del artículo 25 BIS de la Ordenanza Fiscal vigente y siendo que el contribuyente se allana a la pretensión de la Comuna, le otorga al interesado la posibilidad de carácter formal de acogerse a lo establecido por la normativa mencionada;
Que luego de verificar las circunstancias formales de la solicitud, la Agencia de Recaudación evaluó que en el presente, resulta atendible el planteo del contribuyente, dada la imposibilidad de cancelar la obligación con anterioridad a la aplicación de la deuda, lo que le generó recargos e intereses con carácter retroactivo sin que éste pudiera ser evitado;
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Ref. Expte. N° 7961-A-2010 Cuerpos 0 y 2
///…
Que finalmente, es importante realizar la aclaración del caso en cuestión, dado que el presente, es un clara excepción de la aplicación del criterio general mantenido por la Agencia de Recaudación, porque que no existió en el caso, oportunidad de abonar ningún monto no controvertido por no encontrarse cargado al sistema, siendo el ajuste, en el presente caso, no reprochable a una conducta evasiva del contribuyente;
Que por todos los argumentos expuestos, la Agencia de Recaudación Municipal entiende que el contribuyente IRSA Propiedades Comerciales S.A., se encuentra comprendido en las excepciones planteadas en los Artículos 25 BIS y 46 penúltimo párrafo de la Ordenanza Fiscal, correspondiendo hacer lugar a lo solicitado por el interesado;
Que sin perjuicio de lo expresado en el párrafo precedente, el beneficio debería hacerse efectivo sujeto al compromiso de cancelación establecido en la propuesta de pago de fojas 571;
Que en virtud de lo vertido en las presentes consideraciones por la Agencia de Recaudación San Isidro -ARSI- a fojas 588/589, corresponde confeccionar el acto administrativo pertinente;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Hacer lugar a la quita total de los recargos y multas originados en la ************* deuda correspondiente a la cuenta corriente Nº 70.956, respecto de los períodos 2012/1A hasta 2017/5B inclusive.-
ARTÍCULO 2°.- La beneficiaria, IRSA Propiedades Comerciales S.A, deberá regularizar ************* su situación respecto del capital correspondiente a la deuda y demás compromisos asumidos por su parte, dentro de los 10 días de notificado el presente, bajo apercibimiento de dar por decaído el mismo. A tal fin se podrá disponer la aplicación del procedimiento de cancelación establecido en el artículo 37° de la Ordenanza Fiscal vigente.-
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Ref. Expte. N° 7961-A-2010 Cuerpos 0 y 2
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ARTÍCULO 3°.- Transcurrido el plazo previsto en el artículo anterior sin haberse ************* cumplido con la obligación correspondiente, se dispondrá el cobro del total de la deuda por las vías establecidas en la normativa vigente.-
ARTÍCULO 4°.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas a fin de aplicar lo ************* establecido en el artículo 1º.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
EC
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
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Ref.: Expte. Nro. 4105-1474-C-2018 Cuerpos del 0 al 7.-
SAN ISIDRO, 31 de mayo de 2018
DECRETO NÚMERO:
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VISTO lo actuado en el presente expediente Nro. 4105-1474-C-2018 cuerpos 0 al 7 y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante, respecto de la sanción de la Ordenanza Nro. 8994 con fecha 30 de mayo de 2018, por la cual se aprobó la Rendición de Cuentas del año 2017, ampliación de créditos presupuestarios, compensación de excesos y convalidaciones de Convenios celebrados por el Departamento Ejecutivo Municipal obrantes en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Ordenanza; y
Considerando:
QUE de conformidad con lo establecido por el Artículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Promúlgase y cúmplase la Ordenanza Municipal número 8994 ************* sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 30 de mayo del corriente año.-
ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
RT
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
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Ref. Expte. N° 5468-D-2018.-
SAN ISIDRO, 31 de mayo de 2018
DECRETO NÚMERO: 1 1 1 7
VISTO el Memorandum N° 763/18 de la Secretaria de Salud Pública; y
Considerando:
QUE la Doctora Liliana Inés VARELA (Legajo Nº 64.805), fuera designada en carácter de reemplazante con actividad de Odontóloga, en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne;
QUE ante la existencia de cargos vacantes en el Presupuesto de Gastos Vigente, se solicita limitar la designación oportunamente cursada, a efecto de permitir un nuevo nombramiento;
QUE en virtud de lo expuesto, corresponde confeccionar el pertinente acto administrativo que limite y designe a la Dra. Varela, conformelo establecido en el artículo 47° de la Ley N° 10471 y sus modificatorias, correspondiente a la Carrera Profesional Hospitalario y hasta el respectivo llamado a concurso;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Limitar a partir del 1º de abril de 2018, la designación en carácter
************* de reemplazante, de la Doctora Liliana Inés VARELA (Legajo Nº 64.805), con actividad de Odontóloga en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne, a
efectos de permitir un nuevo nombramiento.-
ARTÍCULO 2º.- Designar en carácter interino a la Doctora Liliana Inés ************* VARELA (Legajo Nº 64.805), con la retribución de Profesional Grado Asistente de 24 horas (código 241) - (J:1.1.1.01.09.000.-C:29.-O:1.1.1.09.) y actividad de Odontóloga en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne, a partir del 1º de
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Ref. Expte. N° 5468-D-2018.-
//…
abril de 2018 y hasta el respectivo llamado a concurso, en cargo vacante del Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 3º.- La presente designación carece de estabilidad, motivo por el cual podrá ************* ser limitada y previo al llamado a concurso, cuando razones de servicio así lo aconsejen, conforme lo establecido en el Artículo 50º de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias - Carrera Profesional Hospitalaria.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Notifiquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
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Ref. Expte. N° 6578-D-2018.-
SAN ISIDRO, 31 de mayo de 2018
DECRETO NÚMERO: 1 1 1 8
VISTO lo solicitado mediante Memorándums Nros. 961/18 y 963/18 de la Secretaría de Salud Pública respecto de la limitación y designaciones de las licenciadas Pancino y Flores; y
Considerando:
QUE oportunamente las Licenciadas Marisol Catalina PANCINO (Legajo Nº 54.392) y Miriam Elisa FLORES (Legajo Nº 56.162), fueron designadas en carácter de reemplazantes con actividad de Nutricionista y Fonoaudióloga respectivamente, en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne;
QUE existen cargos vacantes en el Presupuesto General de Gastos vigente, en virtud de ello, se deberá limitar las designaciones antedichas, a partir del 1º de mayo de 2018, a efectos de permitir un nuevo nombramiento, conforme lo establece el Artículo 47° de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, (Carrera Profesional Hospitalaria) y hasta el respectivo llamado a concurso;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Limitar a partir del 1º de mayo de 2018, la designación en carácter ************* de reemplazantes, de las Licenciadas Marisol Catalina PANCINO (Legajo Nº 54.392) y Miriam Elisa FLORES (Legajo Nº 56.162), con actividad de Nutricionista y Fonoaudióloga respectivamente, en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne, a efectos de permitir un nuevo nombramiento.-
ARTÍCULO 2º.- Designar en carácter interino a la Licenciada Marisol Catalina ************** PANCINO (Legajo Nº 54.392) con la retribución de Profesional Grado Asistente de 24 horas (código 241) - (J:1.1.1.01.09.000.-C:29.-O:1.1.1.09.) y actividad de Nutricionista, en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne, a partir del 1º de mayo de 2018 y hasta el respectivo llamado a concurso, en cargo vacante de Presupuesto General de Gastos vigente.-
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Ref. Expte. N° 6578-D-2018.-
//…
ARTÍCULO 3º.- Designar en carácter interino a la Licenciada Miriam Elisa ************* FLORES (Legajo Nº 56.162), con la retribución de Profesional Grado Asistente de 24 horas (código 241) - (J:1.1.1.01.09.000.-C:29.-O:1.1.1.09.) y actividad de Nutricionista, en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne, a partir del 1º de mayo de 2018 y hasta el respectivo llamado a concurso, en cargo vacante de Presupuesto General de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Notifíquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
181
Ref. Expte. 7456-D-2018.-
SAN ISIDRO, 31 de mayo de 2018
DECRETO NÚMERO: 1 1 1 9
VISTO que por Decreto N° 3094 del 29 de diciembre de 2017 se designó al Sr. Contador Carlos Alberto Oubiña –Legajo N° 68543- en el cargo y función de Subsecretario General de Economía; y
Considerando:
QUE se hace necesario, ante casos de extrema urgencia o ausencia del Sr. Secretario General, Lic. Federico Bereziuk, delegar su firma en otro funcionario;
QUE atento la experiencia y antecedentes laborales con que cuenta el Sr. Oubiña, puede concluirse que resulta ser quien con absoluta idoneidad se encuentra en condiciones de asumir tal designación;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- FACULTAR al Subsecretario General de Economía, Contador Carlos ************* Alberto Oubiña –Legajo Nº 68543-, a suscribir en reemplazo del Sr. Secretario General, Lic. Federico Bereziuk los actos administrativos de su incumbencia por razones de urgencia o ausencia momentánea.-
ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
MGV
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
182
Ref. Expte. 7454-D-2018.-
SAN ISIDRO, 31 de mayo de 2018
DECRETO NÚMERO: 1 1 2 0
VISTO la renuncia presentada por el Señor Contador Municipal Andrés Daniel CONDE (Legajo N° 56195), con fecha 31 de mayo del corriente año, la cual obra a fojas 1 de estos actuados; y
Considerando:
QUE se deberá aceptar la misma, agradeciendo los servicios prestados a la Comuna durante su trayectoria a cargo de la Contaduría General de la Comuna;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Señor Contador Andrés Daniel ************* CONDE (Legajo N° 56195), con fecha 31 de mayo de 2018 al cargo y función de Contador Municipal (1.1.1.01.01-01.03-1.1.1.01).-
ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su desempeño ************* en el cargo.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
EC
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
183
Ref. Expte. 7454-D-2018.-
SAN ISIDRO, 31 de mayo de 2018
DECRETO NÚMERO: 1 1 2 1
VISTO la necesidad de lograr una correcta recaudación de Tasas en este Municipio, mejorando los procesos de fiscalización ya existentes, promoviendo buenos hábitos tributarios en los contribuyentes locales, objetivo principal de la Agencia de Recaudación San Isidro (ARSI); y
Considerando:
QUE se hace necesario contar con un Subsecretario en la citada dependencia, a efectos de brindar mayor eficiencia a la gestión municipal optimizando los recursos técnicos y humanos de esta Administración;
QUE se propone al Contador Andrés Daniel CONDE (Legajo N° 56195) para cubrir dicho cargo, en razón de su demostrada capacidad en el desempeño de sus funciones;
QUE se procede en consecuencia al dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Designar a partir del 1° de junio de 2018, al Sr. Contador Andrés Daniel ************* CONDE (Legajo N° 56.195) en el cargo y función de Subsecretario de la Agencia de Recaudación Municipal San Isidro (1.1.1.01.01-01.11-1.1.1.01), debiendo incluirlo en los alcances de las bonificaciones de los Artículos 15° -Disposición Permanente (80%)- y 17° -Función Jerárquica (18%)- ambos de la Ordenanza N° 8966.-
ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO
Y LEGISLACION
EC
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
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Ref. Expte. 7455-D-2018.-
SAN ISIDRO, 31 de mayo de 2018
DECRETO NÚMERO: 1 1 2 2
VISTO la renuncia presentada por el Señor Contador Municipal a su cargo a partir del 31 de mayo del corriente año; y
Considerando:
QUE se hace necesario cubrir sus funciones, a efectos de cumplimentar con la Ley Orgánica de las Municipalidades, y en virtud de brindar mayor eficiencia a la gestión municipal;
QUE a criterio de este Departamento Ejecutivo se propone al Contador Christian Javier BARONE (Legajo N° 69.337), quien detenta las condiciones necesarias para cubrir dicho cargo en razón de su idoneidad y alta capacidad en el área contable;
QUE se procede en consecuencia al dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Designar a partir del 1° de junio de 2018, al Contador Christian Javier ************* BARONE (Legajo N° 69.337) en el cargo y función de Contador Municipal (1.1.1.01.01-01.03-1.1.1.01), incluyéndolo en los alcances de los Artículos 15° -Disposición Permanente (80%)- y 17° -Función Jerárquica (18%)- ambos de la Ordenanza N° 8966.-
ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO
Y LEGISLACION
EC
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
185
Ref. Expte. Nº 11715-R-2017.-
SAN ISIDRO, 31 de mayo de 2018 DECRETO NÚMERO: 1 1 2 3
VISTO lo solicitado a fojas 1 por el Sr. Anselmo Rodríguez Loffredo; y
Considerando:
QUE el titular del rodado dominio 152CJM, argumenta que por razones económicas no pudo cumplir con el pago de la patente en tiempo y forma;
QUE el motovehículo estuvo durante muchos años sin circular y desea regularizar el estado de la deuda, para poder efectuar el cambio de radicación del dominio de la referencia;
QUE abono a resultas del presente, el importe de las cuotas reclamadas;
QUE el artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigente faculta al Departamento Ejecutivo a disponer descuentos sobre los accesorios por mora cuando las causas lo justifiquen;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :c t a :
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la reducción del 25% de los recargos por mora generados en ************* la deuda correspondiente al motovehículo dominio 152CJM, por el período 2006/01 a 2017 inclusive.-
ARTÍCULO 2º.- El Sr. Anselmo Rodríguez Loffredo, beneficiario de lo dispuesto en el ************* artículo anterior deberá regularizar el pago del porcentaje no eximido