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CHAPTER 4: PARTICLE SWARM OPTIMIZATION 4.1 SVR Parameter Optimization

4.4 Particle Swarm Optimization Algorithm

Dentro de los Organismos de Control que rigen a la Empresa de transporte terrestre TRANSPORTES “ANDINA C. A.”, son los siguientes:

a) De los organismos de tránsito y transporte terrestres

Son organismos de tránsito y transporte terrestres:

 El Consejo Nacional de Tránsito y Transporte Terrestres;  La Dirección Nacional de Tránsito y Transporte Terrestres;  Los Consejos Provinciales de Tránsito, y Transporte  Terrestres; y la Comisión de Tránsito.

 Las Jefaturas Provinciales de Tránsito y Transporte terrestres; y,  Las Subjefaturas en sus jurisdicciones

b) El Consejo Nacional de Tránsito y Transporte Terrestres

Es una entidad de derecho público, adscrita al Ministerio de Gobierno, con personería jurídica, jurisdicción nacional, presupuesto y patrimonio propio, autonomía administrativa y económica, es la máxima autoridad nacional dentro de la organización y control del tránsito y del transporte terrestre y sus resoluciones son obligatorias.

b) De la Dirección Nacional de Tránsito y Transporte Terrestres

La Dirección Nacional de Tránsito y Transporte Terrestres es un organismo del sector público con personería jurídica, presupuesto y patrimonio propios, se encarga de la organización, planificación, ejecución y control de las actividades de tránsito y transporte

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terrestre a nivel nacional a excepción de la provincia. El Director será nombrado conforme a las leyes Orgánica y de Personal de la Policía Nacional.

c) De los Consejos Provinciales de Tránsito y Transporte Terrestres

Los Consejos Provinciales de Tránsito y Transporte Terrestres y de la Comisión de Tránsito de la provincia se encargan de organizar, planificar y controlar las actividades, operaciones y servicios de tránsito y transporte terrestre en su respectiva provincia, con sujeción a las regulaciones dictadas por el Consejo Nacional de Tránsito y Transporte Terrestres.

d) Jefaturas Provinciales y Subjefaturas de Tránsito y Transporte Terrestre

Las Jefaturas Provinciales y Subjefaturas de tránsito y transporte terrestres así como también la Comisión de Tránsito de la provincia son organismos de planificación, de ejecución y control, y tienen los mismos deberes y atribuciones de la Dirección Nacional de Tránsito y

Transporte Terrestres, dentro de sus límites jurisdiccionales. Además son las encargadas de extender los documentos habilitantes para la conducción y circulación de vehículos.

Los gobiernos autónomos descentralizados municipales son los receptores de la competencia de tránsito, transporte y seguridad vial; cada uno con diferentes características por lo que a partir de estudios técnicos basados en necesidades territoriales, experiencia, población, parque automotor, entre otros, se determinó 3 modelos de gestión (A, B y C).

El modelo de gestión A corresponde a la totalidad de las competencias: planificación, regulación y control; incluye revisión, matriculación vehicular y el control operativo en la vía pública.

El modelo de gestión B tiene las competencias de: planificación, regulación y control; incluye revisión, matriculación vehicular y excluye el control operativo en la vía pública. El modelo de gestión C asume las competencias de: planificación, regulación y control; y excluye la revisión, matriculación vehicular y el control operativo en la vía pública.

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Se explicó que los modelos son “dinámicos” por lo que si un municipio se va fortaleciendo o varios se mancomunan entre sí, podrían cambiar de grupo de modelo de gestión.

Las primeras mancomunidades del país para asumir la competencia de tránsito, transporte y seguridad vial son las de Tungurahua y Pastaza.

En el modelo A, Cuenca es el primer municipio al que se adjudicó la competencia en la medida en que asumió la matriculación, revisión vehicular y en abril graduará a sus primeros agentes de tránsito con la colaboración de la Agencia Nacional de Tránsito, al igual que el Municipio de Quito.

En el año 2012 se han transferido USD 14,39 millones a los municipios de Ambato, Manta, Ibarra, Cuenca y Quito por tasa de matriculación y por proyectos de inversión. (CNC, 2013)

“La figura de mancomunidad determinará cuáles son las atribuciones susceptibles a ser descentralizadas. Este nuevo modelo asociativo permitirá establecer un sistema de vigilancia, de planificación vial, planificación del servicio de transporte público que serán asumidos por los GADs y lo que, a su vez decantará en un servicio oportuno y de calidad para los ciudadanos”, manifestó María Augusta Muñoz, subsecretaria de SENPLADES Zona 6 Austro, institución que brinda acompañamiento técnico en el proceso.

Cuenca es el primer municipio al que se adjudicó la competencia en la medida en que asumió la matriculación, revisión vehicular y graduó a sus primeros agentes de tránsito, quienes remplazarán a los miembros de la Policía de Tránsito y trabajarán para la Empresa de Movilidad (EMOV EP).

La competencia de gestión del tránsito que asume el Municipio de Quito, responde a disposiciones establecidas en la Constitución de la República, en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización y por el Consejo Nacional de Competencias.

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La descentralización es la transferencia definitiva de funciones, atribuciones, responsabilidades y recursos desde el Gobierno Central hacia los GAD, a efectos de distribuir los recursos y los servicios de acuerdo a los requerimientos de la población en sus respectivas jurisdicciones.

El Consejo Nacional de Competencias (CNC), la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) y la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES), a través de la Subsecretaría Zonal 4, realizarán talleres de fortalecimiento a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), para asumir la competencia de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial (TTTSV).

La descentralización es la transferencia definitiva de funciones, atribuciones, responsabilidades y recursos desde la Función Ejecutiva hacia los gobiernos seccionales autónomos, a efectos de distribuir los recursos y los servicios de acuerdo a los requerimientos de la población en sus respectivas jurisdicciones.

“La institución policial debe estar más cerca de la ciudadanía, no solo porque su deber de brindar seguridad y prevención lo manda, sino porque también es ciudadanía. Este tema, aparentemente obvio, marca una ruptura: ser ciudadano, civil o policial implica pensar que el principio fundamental de la acción es el cumplimiento de los derechos humanos, en todas sus dimensiones y en todo momento”. (Planificación , 2014)

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