CHAPTER 3: SUPPORT VECTOR REGRESSION 3.1 Introduction to Support Vector Machines
3.4 Primal Objective Function Formulation
Es innegable que actualmente el Ecuador está sufriendo cambios profundos en todos sus niveles, pues el hecho de que se ha cambiado de Constitución, por una en la que se priorizan los derechos y la participación ciudadana, ha generado una transición institucional que aún no ha terminado.
Por otro lado, al hablar de las normas que rigen el ejercicio del tránsito, transporte terrestre y seguridad vial, debemos reconocer que se han caracterizado por estar enfocadas a la sanción y no a la prevención, pues las autoridades competentes muchas veces malinterpretan la intención de la ley y las convierten en coercitivas y la mayoría de los ciudadanos no tienen opciones y se someten a estas malinterpretaciones pues desconocen el funcionamiento y la jurisdicción en materia de tránsito, por lo que aparece una disconformidad general y un incumplimiento de las garantías ciudadanas.
Andrade (2006), se refiere a la descentralización en el país al afirmar: “Hace falta inducir reformas a la Constitución y a la ley de Descentralización y Participación Ciudadana puesto que los organismos seccionales autónomos carecen de la capacidad de generar recursos propios que permitan tomar sus decisiones oportunamente, por lo que es necesario consolidar la Autonomía Municipal tendiente a la transferencia integral tanto a nivel Provincial como Cantonal mediante la tecnificación de áreas de planificación, control de obras, presupuesto, contabilidad, participación ciudadana y organización administrativa que conviertan a estos entes en verdaderas instituciones autogestionarias, eficientes las mismas que permitirán crear bienestar social, político y económico.” (p.103-104).
El Estado ecuatoriano se caracterizaba por llevar políticas de concentración del poder y muchos derechos eran restringidos por leyes que no eran suficientemente específicas y daban lugar a su manipulación, todo esto aún está presente en la mente de muchos ciudadanos que desconfían de las instituciones públicas y de su ejercicio, lo cual afecta al desarrollo de estas mismas instituciones que no pueden afrontar de forma adecuada las nuevas funciones que se les atribuye y así el proceso de descentralización no se cumple adecuadamente.
Losa (2000), define a los Municipios y a la descentralización diciendo: “Los municipios son los medios gubernativos más idóneos para descentralizar los poderes y promover la
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participación democrática. (p.58). Es evidente que lo más claro hasta hoy, es la falta de información a la comunidad que ignora que normas se aplicarán en los próximos días (…). Sin difusión amplia, las contravenciones serán irritativas para la gente, lo cual se verá agravado por la realidad de quienes sin ser jueces, carecen de imperium para imponer sanciones de naturaleza penal” (p. 141).
Este autor hace referencia a la notable capacidad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Metropolitanos y Municipales de ser entes de descentralización del Estado pues son niveles de gobierno que están al alcance del ciudadano común, pero estas mismas instituciones están en la obligación de dotar de suficiente información acerca de los procesos estatales de descentralización y de la transferencia de competencias a la población en general, ya que, si no existe una adecuada socialización, el malestar e inconformidad general, en los habitantes de nuestro cantón, serán inevitables.
Guzmán (2000), afirma que: “La descentralización de las instituciones debe basarse en los principios de centralización normativa y descentralización operativa, para que, al operarse una desconcentración funcional no se suscite un caos por la aplicación de normas inconexas (…)” (p. 142).
Por otro lado, resulta de gran importancia recordar aspectos básicos en la desconcentración y en la descentralización, como lo hace Guzmán, quien nos recuerda que los procesos de descentralización, en todas las instancias, se logran gracias a la consecución de distintos principios indispensables, como es el caso del principio de Unidad, que se forja a través de la aplicación de una sola norma aplicada por todos los niveles de gobierno.
La ley Orgánica de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, LOTT y SV en el Capítulo III relacionado con el CONTROL DEL TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL, en la Sección II que trata sobre LAS UNIDADES DEL CONTROL DEL TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS, determina:
Art. 30.2.El control del tránsito y la seguridad vial será ejercido por las autoridades regionales, metropolitanas o municipales en sus respectivas circunscripciones territoriales, a través de las Unidades de Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de los
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Gobiernos Autónomos Descentralizados, constituidas dentro de su propia institucionalidad, unidades que dependerán operativa, orgánica, financiera y administrativamente de éstos.
Las Unidades de Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Regionales, Metropolitanos o Municipales, estarán conformadas por personal civil especializado, seleccionado y contratado por el Gobierno Autónomo Descentralizado y formado por la Agencia de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Art. 30.3.Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Regionales, Metropolitanos o Municipales son responsables de la planificación operativa del control del transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, planificación que estará enmarcada en las disposiciones de carácter nacional emanadas desde la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, y deberán informar sobre las regulaciones locales que se legislen.
Esta investigación tiene por objeto establecer los lineamientos básicos para la elaboración de una ordenanza Municipal que posibilite al Gobierno Autónomo Descentralizado de Morona, la competencia exclusiva de planificar, reformar y controlar el tránsito y el transporte terrestre en el cantón Morona, la cual es de su responsabilidad.
Debido al carácter obligatorio y progresivo del proceso de descentralización en el Ecuador, existe un cronograma para que todos los GAD municipales asuman la competencia de TTTSV de acuerdo al modelo de gestión que ha sido asignado para cada uno, en la resolución Nº 006-CNC-2012, del Consejo Nacional de Competencias. (Centinela, 2013)
El cantón Morona podrá tomar una alternativa referente a la conformación de mancomunidades que les permitan recibir más recursos para levantar infraestructura técnica y humana necesaria para esta responsabilidad.
Para ello se deberá tener en cuenta las competencias que asumen los GAD municipales por los que se encaminaría el presente análisis y que son los siguientes:
1. Planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional,
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provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural.
2. Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón.
3. Planificar, construir y mantener la vialidad urbana.
4. Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley.
5. Crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras.
6. Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio cantonal.
7. Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de salud y educación, así como los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo, de acuerdo con la ley.
8. Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines.
9. Formar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales.
10. Delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la ley.
11. Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de las playas de mar, riberas de ríos, lagos y lagunas.
12. Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos, que se encuentren en los lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras.
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14. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.
El objetivo es monitorear y evaluar de manera sistemática y oportuna la labor municipal, principalmente, pero también de algunas mancomunidades para la aplicación adecuada de las competencias transferidas a estas jurisdicciones. El equipo liderado por el Subsecretario de Descentralización, visita las Zonas para el levantamiento de datos, información y monitoreo de la competencia de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial.
La ANT explicó los requisitos mínimos que deben cumplir los GAD municipales para que puedan asumir de manera efectiva la competencia de TTTSV, de acuerdo a los modelos de gestión y a los cronogramas descritos en la Resolución No.006-CNC-2012. Además, sugirió a los asistentes la elaboración del plan de movilidad sin necesidad de contratar una consultoría.
El CNC explicó los pasos para la conformación de la mancomunidad de la competencia de la TTTSV, que constituye una alternativa para que varios municipios pequeños, puedan asumir efectivamente la gestión para planificar, regular y controlar el tránsito, el transporte terrestre y la seguridad vial.
La base jurídica del proceso de descentralización de la competencia de tránsito, están establecidos en la Constitución, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD). (Competencias, 2013)
1.4 Análisis crítico sobre el objeto de investigación actual del sector, rama o empresa,