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Procedural and Declarative Goals

5.4 Behavior

5.4.1 Procedural and Declarative Goals

En el ANEXO XI – DATOS DE USO se proporciona información de uso que puede ser relevante para los licitadores.

CUOTA FIJA:

· TELEFONÍA IP: Coste de mantenimiento por extensión física englobando, todos los costes de mantenimiento de las centralitas telefónicas IP, plataformas centrales, así como del resto de equipamiento soporte de servicios telefónicos. Así, deberán facilitarse los siguientes precios unitarios:

V1: Mantenimiento por extensión física de Plataforma Central.

· TELEFONÍA ANALÓGICA: Coste de mantenimiento por centro englobando, todos los costes de mantenimiento de las centralitas telefónicas analógicas, así como del resto de equipamiento soporte de servicios telefónicos. Así, deberán facilitarse los siguientes precios unitarios:

V2: Mantenimiento de centro tipo A, terminales y equipamiento asociado.

V3: Mantenimiento de centro tipo B, terminales y equipamiento asociado.

V4: Mantenimiento de centro tipo C, terminales y equipamiento asociado.

V5: Mantenimiento de centro tipo D, terminales y equipamiento asociado.

V6: Mantenimiento de centro tipo E, terminales y equipamiento asociado.

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V7: Mantenimiento de centro tipo F, terminales y equipamiento asociado.

V8: Mantenimiento de centro tipo G, terminales y equipamiento asociado.

V9: Mantenimiento de centro tipo H, terminales y equipamiento asociado.

V10: Mantenimiento de centro tipo I, terminales y equipamiento asociado.

· MANTENIMIENTO DE SERVICIOS DE VALOR AÑADIDO

V11: Mantenimiento CCD centralizado Plataforma OXE, CISCO y Grabador.

V12: Mantenimiento Fax Virtual (RightFax) Corporativo, coste por canal

V13: Mantenimiento de Plataformas Centrales de Videoconferencia en Alta

Disponibilidad

V14: Mantenimiento de Terminal de Videoconferencia (precio por terminal)

V15: Mantenimiento IVR Corporativo

V16: Mantenimiento servicio cita previa automática centralizada, coste por centro.

V17: Mantenimiento de Telefonía de uso público (precio por teléfono)

V18: Mantenimiento de Servicio CTI – Centro Estratégico de Comunicaciones de la

Comunidad de Madrid

V19: Mantenimiento de Servicios de infraestructura DECT (precio por canal)

V20: Mantenimiento de Sistemas de atención telefónica masiva, soportado por equipos

locales de distribución automática de llamadas (ACD) (precio por sistema)

V21: Mantenimiento de Operadoras Automáticas Distribuidas hasta 8 puertos (precio

por operadora)

V22: Mantenimiento de Tarificadores Distribuidos (precio por tarificador)

V23: Mantenimiento de Sistemas de mensajería vocal avanzada externos a las centralitas

telefónicas (precio por sistema)

V24: Mantenimiento resto servicios valor añadido: Coste, agrupado en un único

epígrafe, de todos los servicios de valor añadido solicitados a lo largo de la redacción de este pliego, y de los que no se haya requerido una valoración específica de los mismos Se incluyen específicamente al menos:

- Servicio de Hilo Musical

- Servicios de Banda Vocal Analógica - Servicios de centralita virtual

· MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS

V25: Cuota de servicios móviles

De esta forma se referirá al precio unitario mensual por cada una de las 13.000 líneas facturables. Para cada servicio móvil, el precio incluirá TODO el tráfico móvil corporativo en la franquicia (entendido como tal el tráfico “fijo corporativo a móvil corporativo”, “móvil corporativo a móvil corporativo”, ”móvil corporativo a fijo corporativo”), los primeros 50

SMSs enviados desde cada línea, hasta un tráfico de datos nacional de 200 MB/mes/línea,

el mantenimiento de la línea y del terminal y accesorios asociados, así como la parte alícuota por la utilización de las infraestructuras de red, de interconexión fijo-móvil que el

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licitador ponga a disposición del presente contrato, y en general de cualquier servicio requerido en el pliego no valorado específicamente en el presupuesto.

No se facturará cuota fija por líneas que no cursen tráfico durante el periodo objeto de facturación. Asimismo, no se podrá facturar por ninguna línea que no esté inventariada.

V26: Cuota de servicios fijos

De esta forma se referirá al precio unitario mensual por 24.200 canales equivalentes, donde se incluirán: cuotas de enlaces analógicos RTB, enlaces digitales 128 Kbit/s o equivalentes y enlaces digitales de 2 Mbit/s o equivalentes, según las siguientes equivalencias: 1 para enlaces analógicos, 2 para enlaces 128 Kbit/s o equivalente y 30 para enlaces digitales de 2 Mbit/s o equivalentes.

V27: Cuota de numeración exclusiva

Se refiere al precio unitario mensual por la numeración exclusiva (de 3 a 6 cifras) que sea necesaria durante la duración del contrato.

· GESTIÓN DEL SERVICIO: Coste de todos los servicios solicitados a lo largo de la redacción de este pliego, y de los que no se haya requerido una valoración específica de los mismos, como el Portal de Gestión o los recursos exigidos por el Adjudicatario.

Se facilitará los siguientes precios unitarios:

V28: Centro de Coordinación (incluye recurso Portal).

· CUOTAS DE TERMINACIÓN DE VOZ Y DATOS: se facilitarán los siguientes precios unitarios

V29: Terminación servicio voz fijo corporativo a internacional. Se refiere al precio unitario

mensual por 12.000 minutos del tráfico indicado. A efectos de imputación, la duración de las llamadas se contabilizará en segundos. No se podrán imputar, en ningún caso, costes por establecimiento de llamadas.

V30: Terminación servicio voz móvil corporativo a móvil no corporativo. Se refiere al precio

unitario mensual por 1.000.000 minutos del tráfico indicado. A efectos de imputación, la duración de las llamadas se contabilizará en segundos. No se podrán imputar, en ningún caso, costes por establecimiento de llamadas.

V31: Terminación servicio voz móvil corporativo a fijo nacional. Se refiere al precio unitario

mensual por 150.000 minutos) del tráfico indicado. A efectos de imputación, la duración de las llamadas se contabilizará en segundos. No se podrán imputar, en ningún caso, costes por establecimiento de llamadas.

V32: Terminación servicio voz móvil corporativo a internacional. Se refiere al precio unitario

mensual por 1.800 minutos del tráfico indicado. A efectos de imputación, la duración de las llamadas se contabilizará en segundos. No se podrán imputar, en ningún caso, costes por establecimiento de llamadas.

V33: Terminación por envío de mensajes cortos SMS (origen móvil). Se refiere al precio

unitario mensual por 1.000.000 mensajes del tipo indicado.

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V34: Terminación por envío masivo de mensajes cortos SMS (origen fijo). Se refiere al precio

unitario mensual por 3.000.000 mensajes (que el licitador podrá mejorar en su oferta) del tipo indicado.

V35: Terminación servicio tráfico nacional. Se refiere al precio unitario mensual por 4.500.000

minutos del tráfico metropolitano, provincial e interprovincial. A efectos de imputación, la duración de las llamadas se contabilizará en segundos. No se podrán imputar, en ningún caso, costes por establecimiento de llamadas ni por desvíos entre numeración.

V36: Terminación servicio tráfico fijo-móvil nacional. Se refiere al precio unitario mensual por

3.800.000 minutos del tráfico hacia destinos móviles nacionales. A efectos de

imputación, la duración de las llamadas se contabilizará en segundos. No se podrán imputar, en ningún caso, costes por establecimiento de llamadas.

CUOTA VARIABLE

La facturación del tráfico telefónico se realizará por segundos, no pudiéndose imputar en ningún caso, costes de establecimiento de llamadas.

La previsión económica realizada no implica un compromiso formal de gasto en concepto de cuota variable, sino una estimación de la realidad prevista en la Comunidad de Madrid a lo largo de la duración de este contrato.

El licitador no condicionará en ningún caso la aplicación de las tarifas propuestas a modificaciones por parte de la Comunidad de Madrid de infraestructuras, configuraciones, recursos, etc.

Se aportarán los siguientes costes unitarios:

· Coste de llamada tipo de servicios especiales y red inteligente:

V37: Coste de llamada tipo con origen corporativo y con destino a números de servicios

especiales y red inteligente, excluyendo los números de información telefónica.

V38: Coste de llamada tipo con origen no corporativo y con destino a números de servicios de

red inteligente proporcionados en el ámbito del pliego.

A efectos de licitación, deberá considerarse este valor como la media de todos los servicios de red inteligente y servicios especiales de cada uno de los tipos definidos. El licitador debe considerar que las volumetrías previstas no incluyen los tráficos gratuitos (tráfico llamante a 900, tráfico con origen nacional a 902).

· Coste de llamada a servicios de voz 118XX

V39: Coste de llamada tipo con origen corporativo y con destino a números de información

telefónica (118xx)

· Tráfico de móvil corporativo en itinerancia:

V40: Coste de tráfico de móvil corporativo en itinerancia, en minutos.

V41: Tráfico de datos en itinerancia (> 200 Kbyte por línea/mes)

· Tráfico móvil de datos:

V42: Coste por tráfico móvil de datos hasta 1 GB/línea/mes adicionales.

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V43: Coste por tráfico móvil de datos mayor de 1 GB/línea/mes adicionales.

· Tráfico sin detalle de llamada / MMS / etc.

V44: Coste mensual agregado de todo el resto de tráficos variables (sin detalle de llamada,

MMS, etc.), y cuya estimación está recogida en el apartado “Otros” y “Mensajería” del Anexo XI “DATOS DE USO”

INVERSIONES

En este apartado se incluyen los costes de adquisición de equipamiento, considerando que en dicho coste se encuentra incluida la totalidad del gasto asociado a su instalación y puesta en marcha, así como cualquier material auxiliar para que quede en servicio. Así, deberán facilitarse los siguientes precios unitarios:

· Costes asociados a inversiones en equipamiento por centro tipo:

V45: Adquisición e instalación de terminales y equipamiento asociado, centro tipo A.

V46: Adquisición e instalación de terminales y equipamiento asociado, centro tipo B.

· Costes asociados a la implantación de centros nuevos en plataformas centralizadas, englobando todos los costes derivados de la adecuación técnica de la plataforma soporte del servicio para posibilitar la integración de nuevos centros, incluyendo la programación en la plataforma y el licenciamiento de terminales y funcionalidades telefónicas necesarias.

V47: Implantación de terminales IP en centro nuevo (coste por centro).

· Costes asociados a inversiones en equipamiento por terminal y licencias asociadas:

V48: Call Manager Plataforma Central (incluye 2 CPUs, y licencias SVAs).

V49: Gateway de Plataforma central (prestaciones similares a los existentes).

V50: Gateway de supervivencia, (prestaciones similares a los existentes).

V51: Coste de adquisición e instalación de terminales telefónicos avanzados (digitales /

IP gama alta / operadoras / conversores A/D / agente de CCD / de usos especiales como discapacitados, teléfonos araña-manos libres de sobremesa, terminales inalámbricos o DECT avanzados incluidas sus bases, etc.), englobando todos los costes del terminal y funcionalidades que se requieran en cada caso, con todas las licencias necesarias incluidas.

V52: Coste de adquisición e instalación de terminales telefónicos estándar (IP gama baja

/ terminales inalámbricos o DECT básicos incluidas sus bases, etc.), englobando todos los costes del terminal y funcionalidades que se requieran en cada caso, con todas las licencias necesarias incluidas.

V53: Coste de adquisición e instalación de terminales telefónicos avanzados (digitales /

IP gama alta / operadoras / conversores A/D / agente de CCD / de usos especiales como discapacitados, teléfonos araña-manos libres de sobremesa, terminales inalámbricos o DECT avanzados incluidas sus bases, etc.), englobando todos los costes del terminal y funcionalidades, sin licencia.

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V54: Coste de adquisición e instalación de terminales telefónicos estándar (IP gama baja

/ terminales inalámbricos o DECT básicos incluidas sus bases, etc.), englobando todos los costes del terminal y funcionalidades, sin licencia.

V55: Coste de adquisición e instalación de terminales telefónicos básicos.

V56: Coste de adquisición e instalación de terminales de videoconferencia en ubicación

tipo 1, incluyendo pantalla plana LCD de 32’’, mueble soporte móvil con ruedas para pantalla plana, códec, cámara, mando a distancia con pilas y micrófono, así como todo el cableado necesario y elementos auxiliares (por ejemplo mezcladores y/o conversores de video/audio, etc.), para integración con sistemas audiovisuales de la sala donde se ubique (pantallas y/o cámaras fijas, sistema de grabación digital, etc.).

V57: Coste de adquisición e instalación de terminales de videoconferencia en ubicación

tipo 2, incluyendo códec, cámara, mando a distancia con pilas y micrófono, así como todo el cableado para integración con sistemas audiovisuales de la sala donde se ubique (pantallas fijas, sistema de grabación digital, etc.).

V58: Coste de adquisición de cascos alámbricos.

V59: Coste de adquisición de cascos inalámbricos.

V60: Coste de adquisición de amplificadores para cascos.

V61: Coste de adquisición e instalación del módulo de expansión de teclas para

terminales avanzados.

V62: Coste de adquisición e instalación para soportes murales de teléfonos.

V63: Coste de adquisición de alimentadores eléctricos para teléfonos IP.

V64: Coste de adquisición e instalación de contestadores automáticos.

V65: Coste de adquisición e instalación de sistemas de señalización luminosa y/o

acústica.

V66: Coste de adquisición e instalación de tarjetas de ampliación de centralita (16/32

extensiones).

V67: Coste de adquisición e instalación de tarjetas de ampliación de centralita (hasta 8

puertos).

V68: Coste de adquisición e instalación de adaptadores analógicos (2/4 puertos)

V69: Coste de adquisición e instalación de adaptadores analógicos (24 puertos)

V70: Adquisición de equipamiento, distinto al contemplado en los apartados V45 a V69, que se precise en el alcance objeto de este contrato.

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7. GESTIÓN DE LA SEGURIDAD

El adjudicatario deberá cumplir la normativa legal aplicable en materia de seguridad en el marco de los servicios prestados. Con carácter general deberá prestarse especial atención a la observancia de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la anterior, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Respecto a la gestión, administración y operación de los sistemas de información y de los datos a que se tenga acceso, todo ello dentro de la realización de los trabajos objeto del presente contrato, se deberán cumplir los requisitos de seguridad recogidos en este clausulado en todas las infraestructuras, servicios y sistemas del adjudicatario que den servicio a ADCM en el desarrollo del contrato.

El adjudicatario estará obligado a la realización así como al mantenimiento de los registros de evidencias del cumplimiento durante al menos todo el período de ejecución del contrato de las actividades relacionadas a continuación:

a) Definir, implementar y mantener una política de seguridad de la información.

b) Implementar los análisis, ingeniería y contramedidas de seguridad con el objeto de proteger los datos, infraestructuras, servicios y sistemas de información, mediante la ejecución de los controles que den respuesta a los requisitos especificados en este clausulado; todo ello integrado en una gestión de análisis y gestión del riesgo.

c) Extender lo especificado en el punto anterior a los posibles contratos o relaciones con terceros vinculados a sistemas de información, productos y servicios que estén relacionados con la prestación del servicio objeto del contrato.

d) En la fase de diseño funcional de los desarrollos objeto del contrato se realizará un estudio previo de su naturaleza y las medidas de seguridad que requieran de conformidad con la naturaleza de la información y el servicio que soportan y los requerimientos de la distinta normativa que les aplique. Esta especificación de requisitos de seguridad se documentará conforme a lo establecido en los estándares de ADCM al respecto de la materia.

Los siguientes apartados establecen las condiciones y medidas en materia de seguridad que el adjudicatario deberá implantar y mantener para la prestación del servicio. Estas condiciones y medidas se considerarán como de obligado cumplimiento y con carácter de mínimos, teniendo en cuenta que el adjudicatario podrá implantar adicionalmente otros que considere adecuados o necesarios a lo largo de la ejecución del contrato. En todo caso, se estará a lo dispuesto en los estándares de seguridad de ADCM. Asimismo, ADCM podrá modificar esta relación de requisitos mínimos en cualquier momento, comunicando dicha variación al adjudicatario, quién estará obligado a adecuar sus sistemas a la modificación.

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Documentación de seguridad

El adjudicatario deberá entregar en la Fase I. Análisis de Requerimientos del sistema los siguientes documentos, que deberán estar permanentemente actualizados y a disposición de ADCM en cualquier momento de la ejecución del contrato:

a) Un documento denominado Política de Seguridad, que estará basada en la Política de Seguridad Corporativa de ADCM, que consistirá en un documento de alto nivel que defina lo que significa la ‘Seguridad de la Información’ en la organización y aplicable al servicio prestado. El documento deberá estar accesible por todos los miembros de la organización que intervengan en la prestación del servicio y redactado de forma sencilla, precisa y comprensible.

b) Un documento denominado Documento de Seguridad, coherente con los documentos de seguridad que exigen los Reales Decretos 1720/2007, y 3/2010 respectivamente, en lo que corresponda a cada uno, donde se encuentre la normativa de seguridad, que recoja todas las medidas de seguridad propuestas, la forma de su cumplimiento y las responsabilidades asociadas, con indicación expresa de la identidad del Responsable de Seguridad del Servicio. Estas medidas de seguridad incluirán al menos las que se relacionan a continuación para cada uno de los ámbitos normativos.

Usuarios de sistemas de información

Los usuarios de los sistemas de información relacionados con el objeto del servicio deberán estar identificados y autorizados por el adjudicatario y quedar así reflejado en el Documento de Seguridad, previamente a efectuar cualquier uso de los sistemas mediante el correspondiente procedimiento que incluya los procesos de identificación, autenticación y autorización.

En el Documento de Seguridad se incluirá además la correspondencia y relación de los perfiles y las funciones asociadas al servicio prestado para ADCM, así como las personas asociadas a dichos perfiles que pudieran tener acceso a información de la Comunidad de Madrid, y el tipo de información a la que pudieran tener acceso, ya sea datos de carácter personal, de administración electrónica u otro tipo.

Se registrará además en el Documento de Seguridad, si se diera la circunstancia, la relación de usuarios con privilegios de administración de los sistemas de información de ADCM (asociados a posibles tareas habituales o puntuales de mantenimiento, explotación de sistemas o cualquier otra que pudiera implicar el acceso a datos del entorno de producción de los sistemas de información de la Comunidad de Madrid). En el caso de utilizar sistemas de información de la Comunidad de Madrid, deberán acreditarse previamente de acuerdo con la política de gestión de identidades corporativa de ADCM.

Se deberá acreditar el conocimiento y compromiso de la cláusula de seguridad de este pliego por parte de todos los usuarios, quedando registrado en el Documento de Seguridad, así como la renuncia expresa de los derechos de propiedad intelectual que les pudiera corresponder. Las obligaciones subsistirán aun después de finalizar la relación contractual.

El contratista se compromete a formar e informar a su personal en las obligaciones que de estas cláusulas y la normativa que se menciona dimanan, para lo cual programará las acciones formativas necesarias.

Las relaciones de usuarios mencionadas deberán estar permanentemente actualizadas durante la prestación del servicio.

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