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The puzzle as a whole Learning to teach and teaching to learn

5. Results – The four pieces of a puzzle

5.5. The puzzle as a whole Learning to teach and teaching to learn

Con la presente investigación se pretende aportar con elementos de carácter científico y doctrinario, que demuestren la vulneración del procedimiento abreviado al principio constitucional y procesal de prohibición de autoincriminación.

APORTE TESIS

El aporte de esta investigación será un documento de análisis crítico-jurídico donde queden relacionados de modo coherente y convincente, todos los fundamentos por los cuales queda demostrado que el procedimiento abreviado concebido en Ecuador, vulnera el debido proceso y dentro de él, específicamente el principio de prohibición de autoincriminación.

64 VALOR PRÁCTICO

Con el aporte de esta investigación se podrá lograr en la práctica, garantizar un procedimiento abreviado respetuoso del debido proceso que no conlleve a obligar al acusado a auto incriminarse para obtener ciertos beneficios sancionatorios.

NOVEDAD CIENTÍFICA

La propuesta planteada resulta novedosa desde el punto de vista científico, pues a través de un documento de análisis crítico-jurídico, se aportan los fundamentos que justifican la necesidad de respetar el debido proceso sea cual fuere el procedimiento legal aplicado, con análisis detallado del procedimiento abreviado y su vulneración al principio constitucional de prohibición de autoincriminación.

65 CONCLUSIONES.

1- Ecuador, da origen al procedimiento abreviado a través del Registro Oficial No.360 de 13 de Enero de 2000, el mismo que entró en vigencia el 13 de Julio de 2001, dentro del cual han existido algunos cambios pero que a pesar de ellos no se ha logrado especificar la defensa absoluta del procesado y hemos visto que en muchos de los casos se han incriminado para tener su liberación.

2- Para controlar la aplicación del Procedimiento Abreviado se piensa que se debería considerar todos los elementos investigados por fiscalía para primero determinar su culpabilidad y después la aplicación del procedimiento. De esta manera evitaríamos la sobrepoblación en el sistema carcelario, gastos innecesarios de recursos y que personas inocentes estén privadas de la libertad.

3- Considerando que este es en un país libre democrático y en un Estado de Derechos, se debe tomar en cuenta que como ciudadanos se cuenta con el respaldo de la Constitución y que no se debe permitir que nuestros derechos sean violentados simplemente para obtener una libertad más rápida.

4- La fiscalía General del Estado debería considerar la Aplicación del Procedimiento después de una ardua investigación y que al momento de la audiencia se demuestre con todas las pruebas periciales la culpabilidad o no de la persona privada de la libertad, para después ver si es justa o no la aplicación de este procedimiento, y eso sería un procedimiento previo al acto o fase de juicio oral, sin que sea imprescindible la confesión de culpabilidad del acusado.

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5- Los abogados de las personas privadas de la libertad están para defender en el proceso a su defendido y considerar la mejor manera de lograr la libertad de la persona, desde el punto de vista técnico y se recomienda no descansar fácilmente en la confesión de culpabilidad o auto incriminación del acusado, por ende, deben exigir una investigación completa.

67 RECOMENDACIONES.

1- Los ciudadanos deben tener claro que el Ecuador es un Estado de derechos y que como tales, existe un respaldo constitucional hacia cada uno de los derechos que se ostentan.

2- La sociedad debe considerar que el cometimiento de un delito no se soluciona con escapar, o de asumir una culpabilidad o más aun siento inocente auto inculparse, sino tomando conciencia de que el trabajo sano, libre, no importa cuál sea este, es el fruto del esfuerzo diario por algo legal, y que por salir mejor en cuanto a sanción penal se refiere, no se debe aceptar una culpa o responsabilidad penal.

3- A la Asamblea nacional se recomienda tenga en cuenta esta propuesta que puede ser fundamento de una posterior modificación legislativa.

4- A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, UNIANDES, que tenga a bien difundir entre estudiantes y claustro docente los resultados de esta investigación.

BIBLIOGRAFÍA.

Aguirre, M. (2004). El Juicio Penal Abreviado, Buenos Aires, Abeledo Perrot.

Bovino, A. (1995), Simplificación de procedimiento y “juicio abreviado”, en AA.VV., Primeras Jornadas Provinciales de Derecho Procesal, Ed. Alveroni, Córdoba, 1995.

Binder, A. (1993). Introducción Al Derecho Procesal Penal. Argentina. Breyer, S. (1988). The Federal Sentencing Guidelines and the Key

Compromise Upon Which They Rest, en “Hofstra Law Review”, 1988, vol. 17.

Bruzzone. (2010). Juicio abreviado y juicio por jurados, en Del Corral, Diego. Juicio abreviado, Buenos Aires

Cafferata, N. (1997). Cuestiones actuales sobre el proceso penal, Ed. Del Puerto, Buenos Aires.

Cafferata, N. y José. I. (1994). Introducción al Derecho procesal penal, Ed. Lerner, Córdoba.

Del Corral, D. (2010). Juicio abreviado, Buenos Aires.

Ferrajoli, L. (1997). Derecho Y Razón, traducción de Perfecto Andrés Ibáñez y otros. Madrid, Editorial Trotta.

García, M. (2004). El Proceso Penal Abreviado y El Acuerdo del Imputado, Buenos Aires, editorial Astrea.

Garberí, J. (2003). Los juicios rápidos, el procedimiento abreviado y el juicio de faltas. Madrid, Editorial Bosch S.A.

Guerrero, W. (2004). El Proceso Penal, Quito, Pudeleco Editores S.A Guerrero, M. (2014). El procedimiento abreviado y negociación de la

pena. Facultad de Jurisprudencia. Quito, UIDE.

Gómez Orbaneja, E. y V. Herce Quemada (1984). Derecho Procesal Penal, Madrid. La vulneración de los derechos fundamentales en el procedimiento abreviado.

Hassemer, W. y Muñoz, Francisco. (1989). Introducción a la Criminología y al Derecho Penal. Valencia, Tirant Lo Blanch.

Ihering, Rudolf Von (1970), Der Zweck im Recht, Georg Olms Verlag, Hildesheim, (Reprod. facs. de la 4a. ed. de Breitkopf und H rtel, Leipzig, 1904.

López, Y. (2016). El Código Orgánico Integral Penal de Ecuador, al alcance de todos, T. I. Quito, Editorial jurídica del Ecuador. Maier, J.; (2002). Antología - El Proceso Penal Contemporáneo.

Mommsein, (2004). Compendio de l Normativa Procesal Dominicana, Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia. Santo Domingo, Edit. Búho.

Narváez, M. (2003). Procedimiento Abreviado, Quito, Librería Cevallos. Roxin, C. (2000). Derecho Procesal Penal. Buenos Aires: Editores del

Puerto s.r.l

Vaca, R. (2009) Manual de Derecho Procesal Penal, T. IV, Quito, Corporación de Estudios y Publicaciones.

Vasquez, J. (2004). Derecho Procesal Penal, Buenos Aires, editorial Rubín sal-Culzoni.

Vazquez, J. (1984). Presunción de Inocencia del Imputado e Íntima Convicción del Tribunal, Barcelona: Bosch.

Véscovi, E. (2004). Teoría General del Proceso, Bogotá, editorial Temis. Villar, A. (2004). El juicio abreviado. Buenos aires, Abeledo Perrot.

Villagomez, R. (2009). El Fiscal en el procedimiento penal abreviado, Universidad Tecnológica Indoamérica.

Zabala, J. (1989). El Proceso Penal Ecuatoriano, Guayaquil, Editorial Edino.

Zabala, J. (2002). El Debido Proceso Penal, Guayaquil, editorial Edino. Zabala, J. (2004). Tratado de Derecho Procesal Penal, Guayaquil,

Editorial Edino.

LEGISGRAFÍA.

Constitución de la República del Ecuador. Registro Oficial Nº 449 de 20 de octubre de 2008.

Código de Procedimiento Penal. Registro Oficial Suplemento 555 de 24 de marzo del 2009.

Código Orgánico Integral Penal. Registro Oficial Nº 180 de lunes 10 de febrero de 2014.

Código de Procedimiento Penal de Colombia, Registro Oficial Suplemento 544 de 9 de Marzo del 2000.

Código de Procedimiento Penal de Argentina, Registro Oficial Suplemento 360 de 13 de Enero de 2000

ANEXOS ENCUESTA

1- ¿Está usted de acuerdo con la aplicación del procedimiento abreviado?

SI____ NO____ Segunda Pregunta

2- ¿Cree usted que el Procedimiento Abreviado transgrede principios constitucionales?

SI____ NO____ Tercera Pregunta

3- ¿Cree usted que el principio constitucional de prohibición a la autoincriminación se estaría transgrediendo con la aplicación del Procedimiento Abreviado?

SI____ NO____ Cuarta Pregunta

4- ¿Qué piensa usted sobre la función de la Fiscalía General del Estado como titular de la acción penal en los Procedimientos Abreviados? Limita la acción Fiscal ____

Continúa la acción fiscal ____ Anula su acción ____

Quinta Pregunta

5- ¿Considera usted que el Procedimiento Abreviado debería desaparecer como herramienta procesal en el Código Integral Penal?

SI ____ NO___ Sexta Pregunta

6- Usted cree que el procedimiento abreviado se constituye como herramienta procesal que facilita la administración de justicia, pero vulnera derechos.

SI ____ NO___ Séptima Pregunta

7- ¿Está usted de acuerdo que la persona procesada deba admitir culpabilidad del hecho investigado a pesar de que se presuma su inocencia?

SI ____ NO___ Octava Pregunta

8- ¿Cuál sería la solución práctica para la Aplicación del Procedimiento Abreviado?

Investigación Completa ____

Pruebas que justifiquen el cometimiento del delito ____ Aceptación del hecho después de la investigación ____