1.5 Structure of The Dissertation
2.1.3 RL Libraries and Environments
Según la finalidad: se empleó una investigación básica o pura, que hizo posible la generación de nuevos conocimientos frente al problema existente, por otro lado, también se utilizó una investigación aplicada, pues ha perseguido la finalidad primordial de dar solución a los problemas prácticos que en el caso presente es la protección al
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derecho de integridad personal de los niños, niñas y adolescentes, especialmente en casos de delitos sexuales dentro del ámbito educativo.
Según el objeto: se aplicó una investigación descriptiva, en la que se retrató el objeto de estudio a través de la observación y estudio del fenómeno, y finalmente se aplicó la investigación explicativa donde se demostró la existencia del problema en cuanto a los delitos sexuales en contra de los menores de edad dentro de las aulas y la función que ejercen las Juntas Cantonales de Protección de Derechos para prevenir y erradicar estas conductas.
Procedimiento para la búsqueda y procesamiento de datos 2.2
Población: Se ha conformado por los individuos sobre los que se buscaba estudiar el fenómeno, es decir, no se podía estudiar a los mismos de forma individual, sino que había que considerarla en un conjunto total. Por lo que, se contó con el total del registro del Sistema Informático de Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo, correspondiente a 2132 profesionales del Derecho.
Muestra: En este caso se contó con un conjunto menor que fue extraído de la población a través de la aplicación de una fórmula matemática que ha permitido establecer un número proporcional de la población para que actúe con suficiente fiabilidad. Por lo que se obtuvo la cantidad de 180 abogados a los que se aplicó el estudio.
Fórmula 𝑛 = 𝑍2∗ 𝑃 ∗ 𝑄 ∗ 𝑁 𝑒2∗ (𝑁 − 1) + 𝑍2 ∗ 𝑃 ∗ 𝑄 𝑛 = 1,96 2 ∗ 0,5 ∗ 0,5 ∗ 2132 0,072 ∗ (2132 − 1) + 1,962∗ 0,5 ∗ 0,5 N= 2132 Z= 1,96 P= 0,5 Q= 0,5 e= 0,07
54 𝑛 = 3,8416 ∗ 0,5 ∗ 0,5 ∗ 2132 0,0049 ∗ 2131 + 3,8416 ∗ 0,5 ∗ 0,5 𝑛 =2047,5728 11,4023 𝑛 = 179,57 𝑛 = 180
2.2.1 Metodología, Técnicas e Instrumentos
Para el correcto desarrollo de un proyecto de investigación es importante contar con los medios adecuados que permitan una ejecución metodológica óptima, es por ello que en el presente proyecto de investigación se requiere de los siguientes métodos, técnicas e instrumentos.
Métodos
Método deductivo: Es aquel método que consistió en partir de una premisa general que por medio de su acción progresiva y razonable permitió extraer una conclusión general, en síntesis, se refiere a que se inició de un axioma universal o general hasta llegar a lo particular o individual.
Método histórico lógico: Es un método de investigación fundado en el análisis y estudio de aspectos cronológicos, también conocidos como históricos que permitieron estudiar las etapas por las que pasó el fenómeno o problema que se constituyó como objeto de estudio. En cuanto al aspecto lógico se pudo observar cómo fue el desarrollo del fenómeno, es decir, permitió comprender cuáles fueron las causas y efectos que ha generado el problema. Logrando de esta forma una conexión y asistencia entre ambos aspectos.
Técnicas
Encuesta: La encuesta es una técnica que fue destinada a obtener las opiniones interpersonales de aquellas personas sobre las que se creía útil su conocimiento y que tuvieron una gran incidencia sobre el objeto de estudio. Se realizó a través de un cuestionario previamente elaborado y fue dirigido a los profesionales del Derecho que
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constaban en el Sistema Informático de Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo.
Entrevista: Es una técnica de investigación que estuvo fundada en la interacción de dos partes con el fin de que una de una de ellas pudiera recabar información del entrevistado sobre un tema concreto y en detalle, en ese sentido se realizó una entrevista al Presidente de la Junta Cantonal de Protección de Derechos de Riobamba, el abogado Rodrigo Quintana, cuyas afirmaciones consolidaron un conocimiento mayor acerca del objeto de estudio.
Instrumentos de investigación:
Cuestionario: Este es un instrumento de investigación elaborado esencialmente por un número limitado de preguntas cerradas a fin de obtener información sobre un fenómeno determinado, mismo que fue el medio idóneo para encuestar a los profesionales del Derecho y cuantificar estadísticamente los resultados de sus opiniones interpersonales.
Guía de entrevista: Este documento estuvo estructurado por el contenido de una temática clara y unas preguntas concisas enfocadas en el área del Derecho, que permitieron obtener información valiosa por parte del entrevistado acerca del funcionamiento de las Juntas Cantonales de Protección de derechos, cuyos resultados contribuyeron al análisis en mayor profundidad del presente proyecto de investigación.
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Resultados de análisis del contexto actual 2.3
Encuestas proyectadas a los abogados registrados en el Sistema Informático de Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo.
Pregunta N° 1
¿Considera que la existencia de delitos sexuales en contra de los niños, niñas y adolescentes dentro del ámbito educativo es alta?
Tabla N° 1
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 135 75%
NO 45 25%
Total 180 100%
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Gráfico N° 1
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Análisis e interpretación de datos
El 75% de los abogados consideran que sí existe una cantidad alta de delitos sexuales en contra de niños, niñas y adolescentes en el ámbito educativo, en cambio el 25% considera que no, por lo que se puede afirmar que es necesario buscar nuevos mecanismos de solución al problema de la violencia sexual que ante todo sean elementos eficientes que garanticen la prevención y erradicación a estas conductas dolosas en el ámbito educativo.
SI 75% NO
25%
De l i tos se xuales en contra de la niñe z e n el ámbi to educati vo
SI NO
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Pregunta N° 2
¿Considera que los organismos estatales desempeñan un buen trabajo en la defensa de los derechos de los menores de edad?
Tabla N° 2
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 66 37%
NO 114 63%
Total 180 100%
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Gráfico N° 2
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Análisis e interpretación de datos
A la presente pregunta el 37% de los encuestados si considera que los organismos estatales a nivel general desempeñan un buen trabajo en la defensa de los derechos de los menores de edad, mientras que el 63% considera que no desempeñan un buen trabajo. En ese sentido se evidencia que la mayoría muestra un descontento generalizado por el trabajo de los organismos estatales en la defensa de los derechos, a su vez, se demuestra la necesidad de involucrar en mayor grado a las instituciones públicas para mejorar el trabajo de dichas instituciones, incluso para que el sistema administrativo estatal tenga una mejor aceptación por parte de la ciudadanía y así lograr que la labor ejercida en pro y defensa de los derechos sea valorada de forma adecuada.
SI 37%
NO 63%
Desempeño de organismos estatales en defensa de los derechos
SI NO
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Pregunta N° 3
¿Cree que los organismos del Sistema Nacional Descentralizado de Protección integral de la Niñez y Adolescencia garantizan el efectivo goce de los derechos señalados por la ley?
Tabla N° 3
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 62 34%
NO 118 66%
Total 180 100%
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Gráfico N° 3
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Análisis e interpretación de datos
De la muestra encuestada el 34 % cree que los organismos del Sistema Nacional Descentralizado de Protección integral de la Niñez y Adolescencia sí garantizan el efectivo goce de los derechos señalados en la ley, en contraposición se halla que el 66% estima que no garantizan el efectivo goce de los derechos. Es así que se puede aseverar que el este sistema sufre una deficiencia operativa y funcional, por lo que los organismos pertenecientes al mismo deben mejorar la ejecución de las funciones señaladas en el Código de la Niñez y Adolescencia y en el caso de ser necesario establecer nuevas formas que materialicen el goce de los derechos reconocidos a los menores de edad. SI 34% NO 66% Ga ra n tía d e lo s d erech o s p o r el S N D P IN A SI NO
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Pregunta N° 4
¿Conoce usted cuáles son las funciones de las Juntas Cantonales de Protección de Derechos?
Tabla N° 4
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 160 89%
NO 20 11%
Total 180 100%
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Gráfico N° 4
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Análisis e interpretación de datos
Los resultados obtenidos arrojan que el 89% declara conocer cuáles son las funciones que tienen y desempeñan las Juntas Cantonales de Protección de Derechos, no obstante, el 11% admite que no conoce las funciones determinadas para estos entes públicos. Por consiguiente, es oportuno afirmar que la mayoría de abogados al tener conocimiento de dichas funciones pueden formar criterios jurídico analíticos en torno a las funciones determinadas por el Código de la Niñez y Adolescencia, es decir, están en la capacidad de analizar con mayor detalle las cuestiones que genera el objeto de estudio y a su vez determinar cuan necesaria puede ser una propuesta de cambio a dichas funciones.
SI 89% NO
11%
C o n o cim ien to d e la s f u n cio n es d e la s J C P D
SI NO
60
Pregunta N° 5
¿Cree que las Juntas Cantonales de Protección de Derechos aplican correctamente las funciones señaladas en el Código de la Niñez y Adolescencia?
Tabla N° 5
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 44 24%
NO 136 76%
Total 180 100%
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Gráfico N° 5
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Análisis e interpretación de datos
En el presente caso se cuenta con que el 24% de los abogados creen que las Juntas Cantonales de Protección de Derechos sí aplican correctamente las funciones que se encuentran señaladas en el Código de la Niñez y Adolescencia, sin embrago, el 76% el cual cree que estas Juntas no lo considera de ese modo. En consecuencia, se puede manifestar que las Juntas de Protección de Derechos, deben trabajar en su desarrollo y progreso para que ayude a los niños, niñas y adolescentes en la garantía de los derechos reconocidos a estos, en especial cuando las funciones que determina la ley son un mecanismo de protección al posible detrimento del que son susceptibles los menores de edad, sobre todo en los casos de delitos sexuales.
SI 24%
NO 76%
L a s J C P D y la a p lica ció n co rrecta d e su s f u n cio n es
SI NO
61
Pregunta N° 6
¿Cree que las Juntas Cantonales de Protección de Derechos garantizan eficazmente la defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes?
Tabla N° 6
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 33 18%
NO 147 82%
Total 180 100%
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Gráfico N° 6
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Análisis e interpretación de datos
De la muestra que fue encuestada el 18% cree que las Juntas Cantonales de Protección de Derechos garantizan eficazmente la defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, en contraposición el 82% de los encuestados cree que estos organismos no garantizan eficazmente su ejercicio. Es por ello que se ratifica que la mayoría de los encuestados piensa que es importante que este organismo de protección de los derechos debe perfeccionar sus acciones que defiendan los derechos de la infancia y adolescencia. Teniendo en cuenta que la defensa de los derechos puede hacerse de diferentes formas, no solo protegiendo a la víctima cuando ya existe un quebranto a sus derechos, sino a través de medios que anticipen el detrimento de los derechos y la integridad.
SI 18%
NO 82%
Ga ra n tía d e lo s d erech o s a m en o res p o r la s
J C P D
SI NO
62
Pregunta N° 7
¿Considera que las funciones establecidas por el Código de la Niñez y Adolescencia para las Juntas Cantonales de Protección de Derechos son eficaces?
Tabla N° 7
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 45 25%
NO 135 75%
Total 180 100%
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Gráfico N° 7
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Análisis e interpretación de datos
En este caso se obtiene que el 25% considera que las funciones de las Juntas Cantonales de Protección de Derechos sí son eficaces, en cambio el 75% afirma que las funciones que deben asumir las Juntas no llegan a ser eficaces. Este resultado se debe en gran parte a que tienen conocimiento sobre la existencia de vulneraciones a los derechos de los menores de edad y que lamentablemente están lejos de disminuir los altos índices de delitos en contra de la infancia y adolescencia, por lo que se tiene la idea de que las funciones establecidas para estas Juntas además de ser insuficientes, no son aplicadas de forma correcta por este tipo de organismos; es ahí cuando se evidencia la ineficacia de la institución pública y de sus respectivas funciones.
SI 25%
NO 75%
Eficacia de las funciones de la JCPD
SI NO
63
Pregunta N° 8
¿Cree que la creación de medidas de prevención y erradicación a los delitos sexuales en el sistema educativo pueden garantizar la protección integral de la niñez y adolescencia?
Tabla N° 8
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 167 93%
NO 13 7%
Total 180 100%
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Gráfico N° 8
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Análisis e interpretación de datos
Se obtiene como resultado que el 93% sí cree que la creación de medidas de prevención y erradicación a los delitos sexuales en el sistema educativo pueden garantizar la protección integral de la niñez y adolescencia, no obstante, el 7% cree que no pueden garantizar tal protección. En consecuencia, se asevera como imperante la creación de medidas de prevención y erradicación a los delitos sexuales dentro del ámbito educativo, los cuáles servirían como medidas anticipadas a la comisión de este tipo de conductas, es decir, podrían evitar la violencia sexual en las aulas lo que supondría un gran hito en la defensa de los derechos, ya que, no se interrumpiría el correcto desarrollo de los niños, niñas y adolescentes.
SI 93% NO
7%
Creación de medidas de prevención y erradicación en el sistema educativo
SI NO
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Pregunta N° 9
¿Cree usted que las Juntas Cantonales de Protección de Derechos son organismos idóneos para prevenir y erradicar la comisión de delitos sexuales dentro del ámbito educativo?
Tabla N° 9
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 140 78%
NO 40 22%
Total 180 100%
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Gráfico N° 9
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Análisis e interpretación de datos
Se cuenta que el 78% de los encuestados cree que las Juntas Cantonales de Protección de Derechos son organismos idóneos que podrían garantizar la prevención y erradicación de los delitos sexuales dentro del ámbito educativo, sin embargo, el 22% considera lo contrario. Es importante aclarar que con el apoyo de la mayoría de encuestados las Juntas si pueden ser organismos idóneos de protección y erradicación de estos delitos pues desde su concepción ya están conformados como organismos de protección de los derechos y es factible que puedan serlo a su vez de prevención, logrando de esto modo que puedan asumir este tipo de función y evitar el incremento de los delitos sexuales.
SI 78% NO
22%
L a s J C P D co m o o rg a n ism o s d e p reven ció n y erra d ica ció n d e d elito s sex u a les
SI NO
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Pregunta N° 10
¿Considera oportuno tipificar una nueva función a las Juntas Cantonales de Protección de Derechos que garantice la prevención y erradicación a los delitos sexuales en el sistema educativo?
Tabla N° 10
Alternativa Frecuencia Porcentaje
SI 145 81%
NO 35 19%
Total 180 100%
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Gráfico N° 10
Fuente: Abogados inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura de Chimborazo Elaborado por: Adriano Caiza Brandon Paul
Análisis e interpretación de datos
Se obtiene que el 81% considera oportuno tipificar una nueva función a las Juntas Cantonales de Protección de Derechos que garantice la prevención y erradicación a los delitos sexuales en el sistema educativo, en cambio, el 19% considera que no es oportuno. A pesar de ello queda confirmado que la mayoría de los encuestados considera necesaria la incursión de las Juntas en la prevención y erradicación de los delitos, en especial aquellos de carácter sexual, lo que se logra a través de la tipificación de una nueva función para este organismo de protección, pues se conseguiría un alcance con mayor especialidad en cada circunscripción territorial, es decir, en cada cantón.
SI 81% NO
19%
Tipificación de función para las JCPD
SI NO
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ENTREVISTA DIRIGIDA AL PRESIDENTE DE LA JUNTA CANTONAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE RIOBAMBA
1) ¿Qué funciones desempeña la Junta Cantonal de Protección de derechos?
La función primordial de la Junta Cantonal es la restitución de los derechos a los niños cuando se los ofende, cuando hay un maltrato físico o de cualquier otra índole, nosotros actuamos inmediatamente con la restitución de esos derechos que fueron vulnerados por diferentes personas.
2) ¿Cuál es el actuar de ustedes cuando llegan a tener conocimiento de la existencia de conductas que presumiblemente vulneran los derechos?
Primero debemos tener conocimiento de una denuncia que la puede hacer cualquier tipo de persona, inclusive los ofendidos, los padres, demás familiares o las propias instituciones; se puede hacer mediante un escrito o verbalmente. Aquí en la Junta, mediante estas dos vías receptamos esa denuncia y realizamos la respectiva investigación, misma que va directamente con el equipo técnico o se solicita a la DINAPEN que ayude en la investigación, pues ellos también están encargados de menores de edad.
3) ¿Qué espacio o ámbito considera usted que es el más propenso a vulnerar los derechos?
Con la competencia otorgada en el 2017 a partir de la Ley para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, las juntas cantonales también tenemos la potestad de devolver los derechos que han sido vulnerados, pero en 2017 no tuvimos muchos casos de vulneración a derechos de la mujer, tal vez por el desconocimiento o falta de socialización que existe. Sin embargo, la mayoría de casos que hemos tenido es en la negligencia de educación, cuidado de menores, a veces maltrato físico, inclusive diferentes tipos de violencia dentro de las instituciones educativas que lamentablemente procuran tapar estos actos de vulneración a los niños, es ahí cuando nosotros hemos tenido incluso que acercarnos a las instituciones educativas para investigar y analizar los casos.
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4) ¿Cómo Junta Cantonal de Protección de Derechos, ustedes establecen medidas