5.5 Implications and Future Work
7.2.3 Runtime library
Para involucrarnos en el diseño del PEI en Institutos Superiores, en primer lugar haremos brevemente algunas precisiones en torno a algunas definiciones sobre el PEI, así como identificar a los Institutos Superiores dentro del sistema educativo peruano; señalaremos la importancia de la gestión del PEI en los Institutos Superiores, así como las funciones directivas, metodología y estrategia que se desarrollan para su diseño.
Queremos indicar que al referirnos a instituciones educativas, en esta expresión, estamos incluyendo a los Institutos Superiores Pedagógicos y Tecnológicos, los que forman parte del marco teórico contextual de nuestra investigación.
3.1.1. Definición de proyecto educativo institucional (PEI).
nuestro país, era conocido como Proyecto de Desarrollo Institucional o PDI y debido ello su concepción no era muy clara, considerándose como sinónimos proyecto educativo institucional, proyecto institucional, proyecto estratégico institucional, proyecto educativo de centro o PEC, etc.; llegando muchas veces a ser confundido hasta con proyecto curricular del centro. Esto ha ocasionado que sobre el tema haya muchas aportaciones, algunas de las cuales con suficiente calidad y claridad, como para dejar en evidencia el concepto preciso de PEI.
Por lo anterior, recurrimos a la definición de Proyecto Educativo Institucional propuesta por Capella (2000), que nos dice “es una herramienta de planificación y gestión, que permite compartir una finalidad y un quehacer común que da sentido al proceso educativo desarrollado en las escuelas/liceos y le otorga identidad.”
Para Antúnez (1998), el PEC también constituye una herramienta que, a manera de marco general de referencia, recoge la explicitación de principios y de acuerdos que servirán para guiar y orientar coherentemente las decisiones que se tomen y las acciones que los involucrados y los equipos de trabajo desarrollen en la institución educativa.
Al respecto, Díaz y Suárez (2000) proponen asumir el proyecto educativo Institucional como una propuesta pedagógica y administrativa que cada institución educativa diseña para dar sentido a todas las acciones que se llevan a cabo en ella. El PEI nos explica a dónde se desea llegar, qué tipo de hombre se desea formar, qué valores se intenta promover y qué acciones van a realizarse para ello (modelo y estilo de gestión y de organización, propuesta curricular, clima educativo, etc.).
Foro Educativo (1997) es aún más explícito al fundamentar que el Proyecto Educativo es un instrumento de gestión porque permite:
Explicitar los resultados deseados que orientan toda la acción de la institución educativa;
Identificar las posibilidades y limitaciones de la institución y de su entorno;
la misma;
Articular los diferentes componentes de la institución;
Definir las estrategias y políticas;
Secuenciar las acciones; y
Supervisar los procesos.
En síntesis, podemos decir que el PEI o PDI es una propuesta de cambio sustentada en una visión de futuro y que, como resultado de la gestión participativa de los actores educativos y de la articulación coherente de la planificación estratégica, administrativa y técnico pedagógica, se convierte en una herramienta de gestión que otorga identidad a las instituciones educativas.
3.1.2. Institutos Superiores (IS).
Para ubicar la posición exacta de los institutos superiores dentro del Sistema educativo peruano, nos remitiremos a la Ley General de Educación No 23384, en vigencia, Art. 34º, que señala los siguientes niveles del sistema educativo:
Primer Nivel: Educación Inicial.
Segundo Nivel: Educación Primaria.
Tercer Nivel: Educación Secundaria.
Cuarto Nivel: Educación Superior.
Dentro del cuatro nivel se considera a la Educación superior universitaria y la Educación Superior no universitaria, esta última se imparte en escuelas e Institutos Superiores (Art. 57º de la Ley 23384).
Los Institutos Superiores ofrecen formación a nivel post secundario, en profesiones no necesariamente universitarias. Sus estudios conducen a la obtención de títulos cuyo nivel podrá ser de profesional o técnico, por lo tanto, dependiendo de sus objetivos y de la cantidad de semestres de estudios, se dividen en:
Institutos Superiores Tecnológicos.
La constitución de los institutos fue reglamentada por DS No 07-83-ED (9 de marzo de 1983). Este reglamento prevé la constitución de IS estatales, ahora llamados públicos, y los no estatales, ahora llamados privados; los primeros son creados y sostenidos por el Estado a través del Ministerio de Educación u otros ministerios, organismos públicos, gobiernos regionales y Municipios; los no estatales son promovidos por personas naturales o jurídicas de derecho privado sin fines de lucro; por lo tanto de acuerdo al tipo de gestión son:
Públicos o
Privados.
Instituto Superior Pedagógico (ISP).
Adquiere esta denominación por D.S. Nº 04 del 15 de febrero de 1984, ya que anteriormente se le conoció con otros nombres los que desde su creación cambian como sigue:
Escuela Normal Elemental;
Escuela Normal de Mujeres, debido a que sólo se formaban a profesoras; Escuela Normal Superior Mixta, nombre anterior al actual.
Los Institutos superiores Pedagógicos Públicos y Privados son organismos de educación superior que en cumplimiento a la ley del Profesorado No 24029 su objetivo principal es la formación del profesorado; y actualmente, rigiéndose por la planificación sectorial y las demandas de la sociedad en función a su disponibilidad de infraestructura, equipamiento, presupuesto, personal docente y misión institucional, de acuerdo al Decreto Supremo No 023-2001-ED, pueden brindar la siguiente oferta:
• Formación inicial: referida a formar docentes de los diferentes niveles y especialidades que requiera el sistema educativo, adecuándose a las necesidades regionales del país; formación que realizan durante diez
semestres académicos cuya duración por semestre es no menor a 16 semanas; otorgando al término de la carrera el Título de Profesor.
• Formación de docentes en servicio, a través de estudios de Segunda Especialización, previa autorización de la Dirección Nacional de Formación y Capacitación Docente (DINFOCAD); estudios de Actualización y/o Capacitación.
• Servicios de extensión cultural y tecnológica a estudiantes, padres de familia y comunidad en general; servicios de prestación de asesoría y difusión pedagógica.
• Servicios de tutoría y orientación vocacional/profesional por carreras y/o especialidades de los Institutos Superiores Pedagógicos.
Instituto Superior Tecnológico (IST).
Su creación fue considerada como un nuevo sub-sistema educativo, iniciado el año 1983 al amparo de la Ley General de Educación No 23384, como una alternativa a la retracción de la industria y el comercio, a la disminución de plazas de trabajo y dificultades financieras que impedían al estado atender con los recursos adecuados.
El diseño de los Institutos Superiores Tecnológicos recoge el modelo institucional de los Politécnicos y se inspira en las Escuelas Superiores de Educación Profesional (ESEP), por ello la principal innovación de la Ley general de educación No 23384, consiste en su creación. Las ESEP desaparecen o se convierten en IST, por lo tanto se reajustaron las estructuras curriculares específicas de las Carreras Profesionales en concordancia con los Lineamientos Curriculares Generales aprobados por la Resolución Directoral No 819-86-ED.
En este marco, los Institutos Superiores Tecnológicos son instituciones destinadas a la formación de profesionales para los niveles intermedios de la estructura ocupacional, en carreras que posibiliten la intermediación tecnológica, como solución a problemas concretos de la producción nacional y regional, carreras que, asimismo, se articulan coherentemente al mercado laboral existente.
Los estudios que se realizan en las Instituciones Superiores Tecnológicos son de seis semestres académicos, en los que se habilita al alumno en el desempeño de tareas de ejecución y supervisión dentro de la estructura empresarial o para ejercer su profesión independiente, organizando y conduciendo su propia empresa con el Título de Técnico en su especialidad.
Los Institutos Superiores Tecnológicos, desde su creación, tiene los siguientes objetivos específicos:
Promover e impulsar el desarrollo de la ciencia y la tecnología a fin de permitir el óptimo aprovechamiento de nuestro potencial humano y recursos materiales.
Formar profesionales con basamento humanístico-científico y técnico capaces de utilizar y adecuar tecnologías a nuestra realidad, destinadas a incrementar la productividad de las actividades extractivas de incidencia estratégica; de las industrias, preferentemente aquellas que utilicen intensivamente mano de obra y de los servicios.
Formar profesionales capaces de estimular el desarrollo de la mediana y pequeña empresa, así como las actividades artesanales.
Propiciar el desarrollo regional ofreciendo carreras estrechamente vinculadas con la estructura productiva y de servicios de la región, promoviendo complementariamente la investigación tecnológica y proyección a la comunidad.
3.2. Importancia de la gestión del proyecto educativo institucional (PEI) en los