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COMPONENT REQUIREMENTS

CHAPTER 3 : RESEARCH DESIGN AND METHODOLOGY This chapter describes the design of the research investigation and the manner in which these tasks were

4.2 NETWORK MODELLING

4.2.2 SIGNALISED INTERSECTIONS

La construcción teórica de nuestro autor supone una determinada comprensión de la condición humana y de la convivencia social, basada en la cultura humanista de la Ilustración y la Modernidad. No es un modelo que proponga conservar indiscriminadamente todo lo moderno. Es una propuesta que busca salvar todo lo que tuvo de esencialmente bueno y positivo en materia de valores, principios y derechos para la organización de la vida humana; y, naturalmente, utilizarlos como materiales, conjuntamente con los antiguos y nuevos aportes, para la construcción de un sistema jurídico-político orientado a favor de la persona. No se trata, por consiguiente, de una recepción carente de crítica, que pierda de vista las deficiencias u omisiones de la Modernidad, mucho menos que deje de lado el período anterior o el avance de las ideas que generalmente acompaña al futuro. De unos y otros toma críticamente los aportes parciales que le resultan útiles para construir –en una síntesis armoniosa– una propuesta de organización social orientada a esos objetivos. Lo podemos ver, por ejemplo, cuando al poner de manifiesto el falso dilema entre libertad e igualdad lanzado por autores tales como BURKE o MALTHUS hasta HAYEK y NOZICK, PECES-BARBA afirma: “esa es la peor

herencia de [cierto sector] de la Ilustración, que ha reforzado hoy las nefastas consecuencias del liberalismo económico o neoliberalismo y de la llamada globalización”; y cuando tras observar que: “[l]a Ilustración en el ámbito de los grandes espacios europeos integró el republicanismo de Voltaire y de Rousseau con un individualismo a veces insolidario, centrado en los derechos individuales y civiles, en la privacidad, en el interés privado y en las dimensiones formales de la igualdad”, destaca la corrección producida por la dialéctica de los progresivos aportes liberales, republicanos y socialistas que trajeron consigo “el renacimiento de un republicanismo liberal socialista que está en el mejor de los horizontes y supone el retorno, en la actualidad, a la tradición republicana posible”, esto es: “[l]a ciudadanía frente al absentismo liberal, la cooperación frente a la privacidad extrema”, una sociedad donde se defiende la participación ciudadana acostumbrada a “valorar sus opiniones, intereses y principios, en el marco de la Constitución, deliberando y participando en el espacio público con nuevas alternativas

basadas en el bien común y en el interés general”52. Entonces, ni recepción acrítica del proyecto de la Modernidad y la Ilustración, ni olvido de los aportes pre y post modernos. Por el contrario, su reflexión filosófica se caracteriza por un uso crítico e integrador de las distintas racionalidades parciales aportadas a lo largo de la historia, con base en dicho proyecto, en una aproximación coherente con el uso que hace de la razón situada en la historia53.

Con esas precisiones, PECES-BARBA construye su edificio teórico partiendo de un

postulado humanista antropocéntrico, propio de la cultura ilustrada y moderna –aunque no exclusivo de ella–: la primacía de la persona humana, el reconocimiento de la eminente dignidad que le corresponde. Ésta aparece como la piedra angular que inspira toda su actividad y sobre la cual descansa todo su edificio teórico. Es su presupuesto epistemológico, el que le sirve de punto de partida y de punto de llegada para todas sus propuestas y reflexiones. Todas ellas están orientadas a respetar, defender, garantizar y promover a la persona54.

52

Ibid., pp. 148 la primera cita, y 153 las demás. 53

Precisamente sobre este punto Manuel FRAGA expresa una doble preocupación: (i) Que el modelo propuesto por PECES-BARBA esté incurriendo en el error, en el que también incurrió la Modernidad en sus inicios, de querer justificarse a sí misma denostando el período anterior y haciendo tabla rasa de toda cultura creada en el Medioevo; y, (ii) Que esté descuidando la tarea de previsión del futuro y de los cambios que ineludiblemente traerá consigo. Sustenta esa doble preocupación en que nuestro autor tiende a identificar con lo “premoderno” o con lo “postmoderno”, para descalificarlo, a todo lo que no parezca compatible con su paradigma de la Modernidad (Vid: FRAGA, Manuel. “Discurso de contestación”, en: Ética pública y Derecho, Discurso de recepción del académico de número Excmo. Sr. D. Gregorio Peces- Barba Martínez y contestación del Excmo. Sr. D. Manuel Fraga Iribarne, Sesión de 19 de abril de 1993, Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, Madrid, 1993, pp. 71-72). La razón que brinda Manuel FRAGA no es del todo exacta. Si bien en el discurso y las obras de PECES-BARBA se aprecia que suele descalificar como premodernas o postmodernas –según corresponda– las situaciones que no son compatibles con su propuesta; ello se debe, a que nuestro autor no es neutral, ni pretende serlo –como se encarga de precisar– con las propuestas o alternativas morales, políticas o jurídicas que se postulan, aunque manteniendo siempre la dosis de objetividad que debe corresponder a todo teórico (vid su obra: Ética, Poder y Derecho, Reflexiones ante el fin de siglo, op. cit., p. 13). Pero es PECES-BARBA, y no el modelo, quien muestra su rechazo calificando con esos términos lo que le parece inadecuado, sin que eso signifique rechazar a todo lo que sea pre o post moderno (el uso que hace de los diferentes aportes históricos para elaborar su concepción de dignidad humana es un ejemplo de ello). El modelo en estudio no rechaza per se las ideas anteriores a la Modernidad, ni los nuevos aportes o cambios históricos que generalmente acompañan al futuro; aunque defiende una determinada idea de estructurar a la sociedad que excluye o restringe a otras. Un modelo situado en la historia, abierto a los antiguos y nuevas aportes, a los cambios o progresos de futuro, en la medida que contribuyan a promover mejor a la persona, a avanzar en la consecución de los objetivos de racionalización y humanización que se persiguen.

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El propio PECES-BARBA dice en el 2005, al respecto: “Si tuviera que señalar una norma básica en mi actividad política, también en este caso podría ser la misma que el punto de partida de mi reflexión académica; es decir, la idea de la dignidad humana que trae consigo inmediatamente la idea de respeto y de reconocimiento del otro como tal otro.” (La España civil, op. cit., p. 269).

Por ese motivo, su modelo extrae del proyecto ilustrado y moderno los objetivos de humanización y racionalización, a los que aspira contribuir para que la sociedad esté bien ordenada. La humanización consiste en que todos y cada uno de los seres humanos puedan alcanzar con su esfuerzo, pero con la ayuda de los demás, su autonomía moral, su desarrollo integral: la realización de las diversas esferas que configuran su humanidad y le permiten ser más plenamente persona. El mecanismo para alcanzarlo es un objetivo medial: la racionalización de la vida social expresada en una moralidad pública con sus exigencias para el poder y el Derecho, exigencias que buscan que el primero sea legítimo y el segundo sea justo, en ambos casos orientados a la humanización de la sociedad y del individuo55. Esto significa, principalmente, responder a la necesidad de que la vida en sociedad se desarrolle con igual libertad y solidaridad –sin sacrificios excesivos para que aquella sea posible–, y con seguridad para hacer predecibles las conductas asegurando la convivencia civilizada, justa y pacífica; a partir de allí, que la arbitrariedad se encuentre proscrita, el poder sometido al Derecho, las instituciones organizadas democráticamente y el ordenamiento jurídico se encuentre dotado de un contenido de justicia manifestado en valores, principios, así como en derechos fundamentales derivados de aquéllos. Son esos valores: libertad, igualdad, solidaridad y seguridad, la moralidad relevante para la política y el Derecho, que nuestro autor recoge del proyecto ilustrado y moderno para construir –conjuntamente con los antiguos y nuevos aportes– su modelo teórico56.

Para intentar alcanzar esos objetivos, se utilizaron en la Modernidad tres grandes liberaciones: la intelectual, la económica y la política. La liberación intelectual supuso rescatar la autonomía de la razón frente a la moralidad autoritaria y externa que se derivaba de la intervención religiosa –muy enérgica y continua– en los asuntos temporales, sea de orden cultural, científico, político y jurídico. La liberación económica supuso la eliminación de las trabas corporativas y comunitarias respecto de los gremios, así como el protagonismo del individuo y el paso a la economía política basada en la división del trabajo, en el interés propio y en la propensión a comercializar, intercambiar y contratar como rasgos del comportamiento humano. La liberación política supuso la

55

Cfr.: PECES-BARBA, Gregorio. Ética, Poder y Derecho, Reflexiones ante el fin de siglo, op. cit., p. 77.

56

Vid: PECES-BARBA, Gregorio. Derecho y derechos fundamentales, Introducción, op. cit., pp. 15- 16.

lucha por el fin de la autocracia –de lo que se llamó en su día los “sagrados derechos de los príncipes”–, pretendiendo establecer una organización racional del poder y de la sociedad encaminada a contribuir a que el ser humano se realice como sujeto autónomo del Derecho, que participe en la toma de decisiones políticas y que aparezca como fin último de la actividad política para hacer posible el pleno desarrollo de su dignidad como persona57.

La sociedad abierta es otra de las ideas que nuestro autor extrae de planteamientos modernos58. A diferencia de las sociedades cerradas –que responden a concepciones premodernas–, en las sociedades abiertas –o por lo menos en las que tienen pretensión de serlo– el código moral vigente no se presenta como único, inmutable o indiscutible, sino como revisable y susceptible de modificación. Por eso una sociedad realmente abierta es además plural, ya que rigen en ella una diversidad de códigos morales, y facilita la implantación de la democracia a través de la deliberación y participación de sus miembros59. No se trata, sin embargo, de una sociedad donde todo vale, donde cada quien pueda imponer sus puntos de vista o vivir en anarquía. Se trata de una sociedad tolerante, dialogante, inclusiva, donde sus miembros están dispuestos a orientar sus comportamientos hacia un horizonte moral y a participar por su mejoría. En palabras de José Luis L. ARANGUREN:

57

Así lo considera PECES-BARBA en su obra: Ética, Poder y Derecho, Reflexiones ante el fin de siglo, op. cit., pp. 22-33.

58

Vid: PECES-BARBA, Gregorio. La España civil, op. cit., pp. 26-27. 59

En las sociedades abiertas el pluralismo aparece como una de las características de la vida social por excelencia. “El pluralismo deriva de la propia condición humana y de la libertad de pensamiento, de conciencia, de cátedra, de la ciencia, de la investigación y de la creación artística. Así, el pluralismo aparece en todos los ámbitos de la vida, y se puede hablar de pluralismo político, cultural, social, lingüístico, religioso, moral, filosófico, etc. El pluralismo, una consecuencia del libre juego de la razón humana, no es obstáculo para la existencia de sociedades ordenadas y estables, siempre que sean sociedades tolerantes y donde se reconozca al otro, al ajeno, como un ser igualmente digno, libre y razonable capaz de crear y de creer. La cooperación social y la amistad cívica sustituyen en las sociedades bien ordenadas, como son las democráticas, al enfrentamiento y a la dialéctica amigo-enemigo propios de las sociedades cerradas. El pluralismo es el único escenario posible de este modelo, lo que no significa que estas sociedades no incluyan concepciones filosóficas contrapuestas. Sólo es exigible que esas filosofías contrapuestas sean superponibles y no incompatibles. Deben ser, como dice Rawls ‘filosofías comprehensivas razonables’, es decir, que expresan una concepción del mundo que se distingue de otras por los valores que prima, que suponen una cierta estabilidad, que no desean usar el poder político para impedir la expresión del resto de las doctrinas, y finalmente, que aunque crean en su verdad, no desean imponerla, ni piensan que supone además la única moralidad política.” (PECES-BARBA, Gregorio. “Reflexiones sobre la democracia en la sociedad”, en: La democracia a debate, et. al.: Rafael de Asís Roig; eds.: José Antonio López García, José Alberto del Real Alcalá, Ramón Ruiz Ruiz, Dykinson, Madrid, 2002, p. 46).

“Desde el punto de vista social, la moralización pasa necesariamente por la apertura y el pluralismo. Desde el punto de vista individual o personal, incluso dentro de esa sociedad abierta y pluralista, cada persona se encuentra perteneciendo a un grupo que posee su propio código moral. La tarea moral no consiste ni en someterse ciegamente a él, ni en rebelarse ciegamente contra él. La moral no tiene nada que ver ni con la sumisión por la sumisión ni con la rebeldía por la rebeldía. La tarea moral que nos incumbe a cada uno de nosotros consiste en la progresiva moralización del código moral que encontramos vigente en nuestro grupo. Que ni ese ni ningún otro código son moralmente perfectos se desprende de lo que antes dijimos: un código no es sino la explicitación y el desarrollo, en un sistema de normas, de unos principios morales generales.”60

Las sociedades abiertas son propensas a abarcar e integrar a toda la humanidad, pues son sociedades libres, flexibles, impulsadas por la autonomía personal, que dan gran importancia a la conciencia, a la iniciativa moral individual y se rigen por la hegemonía de la razón. Las sociedades cerradas, en cambio, se organizan en torno a un grupo, raza, nación o religión, de un modo hegemónico y excluyente; sus planteamientos son rígidos, anclados en la creencia en una única respuesta correcta que se encuentra basada en una ideología política o religiosa autoritaria; son sociedades que creen en la verdad que les cohesiona, rechazando cualquier compromiso con grupos ajenos, con los cuales no se superponen ni permiten coexistir; sólo aceptan al que llega de afuera si éste asume sus normas sin matices ni fisuras61. El paso histórico de las sociedades cerradas a las sociedades abiertas se da en la Modernidad, siendo los procesos de liberación intelectual, económica y política los que permitieron hacer ese tránsito. Debido a sus características, una sociedad abierta requiere del reconocimiento y respeto de la igual dignidad del otro, incluso del adversario o de quienes no comulguen con nuestras ideas o de la mayoría; requiere de la tolerancia, de la moderación, del respeto al Derecho, a las instituciones, etc., sin perjuicio de la crítica moral, política y jurídica que corresponda, de la libertad y coherencia con las propias ideas, así como del cumplimiento de las normas que garantizan una convivencia ordenada y civilizada. Siendo la sociedad abierta el tipo de colectividad humana al que el proyecto de PECES-BARBA se refiere, resulta coherente que éste diferencie entre ética pública y ética privada, considerando a esta última como “la moralidad de las personas” y a la primera como “la moralidad de la política y del

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De Ética y de Moral, Lo que sabemos de Moral, Moral de la vida cotidiana, personal y religiosa, Círculo de Lectores, Barcelona, 1991, p. 5.

61

[D]erecho”, defendiendo esa distinción como el camino que se debe seguir para que una sociedad sea realmente abierta62.

En la evolución de sus ideas, nuestro autor define a la ética privada –o moralidad privada– como un camino para que las personas puedan determinar su propio plan de vida, su idea de salvación, de virtud, del bien, de la felicidad; correspondiéndole a cada individuo construir o aceptar los ámbitos de su ética privada (por ejemplo, asumiendo la propuesta de una confesión religiosa o de una escuela filosófica)63. En cambio, la ética pública –o moralidad pública– es definida por él como un conjunto de criterios guías para que los espacios sociales y los ámbitos de la política y del Derecho sean legítimos o justos, haciendo que todas las personas puedan determinar su propio plan de vida, de salvación, su idea del bien, de la virtud, etc., es decir, su propia ética privada (verbigracia, asumiendo y positivizando valores, principios y derechos fundamentales)64. Estos puntos de vista se completan con un tipo de poder: el Estado. Si bien se trata de un concepto histórico, es un tipo de organización política que aparece en la Modernidad, aunque con antecedentes medievales y aportes previos que, en ese período, adquirirán una nueva significación para contribuir a su formación. Una especial forma de convivencia política cuyas notas características son el poder soberano, la racionalidad de la Administración, la hacienda pública, la neutralidad religiosa, etc. No será, sin embargo –en el modelo en estudio–, cualquier tipo de Estado, pues no todo poder político expresa la racionalidad estatal necesaria para el impulso de los objetivos modernos, sino aquél poder democrático que, además de incorporar y garantizar la seguridad, libertad, igualdad y solidaridad, positiviza también los derechos fundamentales y los otros principios necesarios para ello. Es un Estado que tendrá su perfil más acabado en el Estado social y democrático de Derecho el que, según nuestro autor, responde mejor al modelo de la

62

La democracia en España, Experiencias y Reflexiones, op. cit., p. 30, ambas citas. Vid también, del mismo autor: La España civil, op. cit., p. 27.

63

Vid sus obras: Ética, Poder y Derecho, Reflexiones ante el fin de siglo, op. cit., pp. 15-16 y 77-78; y, “Ética pública y ética privada”, en: AA.VV. Curso de Teoría del Derecho, segunda edición, con la colaboración de María José Fariñas y otros, Marcial Pons, Madrid, 2000, p. 83.

64

Vid: “Ética pública y ética privada”, op cit., p. 83 y Ética, Poder y Derecho, Reflexiones ante el fin de siglo, op cit., pp. 69-71.

Modernidad ya que es capaz de integrar y de impulsar, conjunta y equilibradamente, esos valores para alcanzar los objetivos de racionalidad y humanización65.

La Modernidad influye también en la forma como concibe el Derecho. Lo define como un ordenamiento jurídico estatal, porque es creado y estructurado por el Estado, único poder que conforme a una visión moderna es el que tiene legitimidad y monopolio para hacerlo. Se trata de una postura que excluye o no reconoce como jurídicas a otros ordenamientos –distintos al estatal– que puedan encontrarse en otros ámbitos de la sociedad: el económico, religioso, cultural, etc. (sin perjuicio de la importancia y del rol que puedan tener en esos ámbitos), a menos que cuenten con recepción o delegación por parte del Derecho. De no ser así –dice el autor– estaríamos ante un planteamiento antimoderno que recordaría a la poliarquía medieval66. Su visión se completa con una forma sistemática de concebir el ordenamiento jurídico, que también es propia de la cultura moderna –con sus rasgos de unidad, coherencia y plenitud, aunque con matices que se encarga de señalar–, pero que en el modelo exigente que propone no sólo debe incorporar a los valores políticos de la Modernidad –libertad, igualdad, seguridad y solidaridad–, sino también a los derechos fundamentales y a los demás principios derivados de aquéllos.

Con estos aportes del proyecto ilustrado y moderno, y sin olvido de los materiales pre y post modernos, PECES-BARBA busca contribuir a la construcción y fortalecimiento

de una sociedad bien ordenada. Un tipo de sociedad que, en su construcción teórica, supone una serie de exigencias que deben estar incorporadas en el consenso de sus integrantes y que sirven para orientar e interpretar los valores, los procedimientos y las instituciones sociales. Específicamente considera como tales las siguientes67:

1º. Como punto de partida axiológico, el reconocimiento y realización de la dignidad humana, con defensa de la vida, el rechazo a la violencia y la lucha por la paz68.