2.3 Internationalization and digitalization
2.3.3 Spatial terms in the virtual space? A re-evaluation of internatio-
Que, el Art. 44 de la Constitución de la República del Ecuador prescribe “El
Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas.
Que esta disposición legal no especifica una atención como política de Estado, sino que va más allá, que su atención será compartida entre el Estado, la sociedad y la familia, esto con la finalidad de asegurar el pleno ejercicio de sus derechos.
Que este entorno permitirá la satisfacción de sus necesidades sociales, afectivo- emocionales y culturales, con el apoyo de políticas intersectoriales nacionales y locales.”
EXPIDE
La propuesta consiste en la reforma al artículo 330 del Código Orgánico de la niñez y adolescencia y es la siguiente:
El texto actual del artículo dice, “El internamiento preventivo.- El Juez sólo podrá ordenar el internamiento preventivo de un adolescente en los siguientes casos, siempre que existan suficientes indicios sobre la existencia de una infracción de acción pública y su autoría y complicidad en la infracción investigada:
a) Tratándose de adolescentes que no han cumplido catorce años de edad, en el juzgamiento de delitos de asesinato, homicidio, violación, plagio de personas o robo con resultado de muerte; y,
b) De los adolescentes que han cumplido catorce años, en el juzgamiento de delitos sancionados en la legislación penal ordinaria con pena de Pena privativa de libertad superior a 5 años.
El internamiento preventivo puede ser revocado en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte”.
El texto propuesto es:
“Art. 330.- El internamiento preventivo.- El Juez sólo podrá ordenar el internamiento preventivo de un adolescente en los siguientes casos, siempre que existan suficientes indicios sobre la existencia de una infracción de acción pública y su autoría y complicidad en la infracción investigada:
a) Tratándose de adolescentes que no han cumplido catorce años de edad, en el juzgamiento de delitos de asesinato, homicidio, violación, plagio de personas o robo con resultado de muerte; y,
b) De los adolescentes que han cumplido catorce años, en el juzgamiento de delitos sancionados en la legislación penal ordinaria con pena privativa de libertad superior a cinco años, con excepción de los delitos de tránsito.
El internamiento preventivo puede ser revocado en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte”.
Incidencia de la propuesta en la solución del problema.
Con la presente propuesta se busca establecer un procedimiento para la aplicación de medidas cautelares a los adolescentes infractores, por delitos de tránsito, específicamente en lo que se refiere al internamiento preventivo, dado que se trata de delitos culposos y no dolosos.
Se propone que cuando se conociere de algún delito de tránsito cometido por un adolescente que haya cumplido los 14 años, y éste sea penado con pena privativa de libertad superior a 5 años en la legislación penal ordinaria, se excepcione la medida cautelar de internamiento preventivo.
Esta propuesta incide directamente en el problema planteado ya que al existir un procedimiento adecuado, se permitiría el desarrollo normal de las actividades del adolescente, hasta que se determine a través de una resolución o sentencia, su culpabilidad o inocencia, evitando de este modo que se vea afectado el interés superior del menor.
Resultado de las Encuestas
1.- ¿Conoce usted los derechos y garantías que tienen los adolescentes en la Legislación Ecuatoriana?
a) Si ( ) b) No ( )
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE
A 2 10%
B 18 90%
TOTAL 20 100%
ANÁLISIS.-
Actualmente son muchos los derechos y garantías que se han establecido en la legislación ecuatoriana en favor de los niños, niñas y adolescentes, por lo tanto es importante mencionar que de la población encuestada existe un 40% que dice no conocer los derechos de los niños y niñas, frente a un 60 % que demostró conocimiento del tema.
1 60% 2
2.- Conoce usted que es el internamiento preventivo? a) Si ( )
b) No ( )
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE
A 26 65%
B 14 35%
TOTAL 40 100%
ANÁLISIS.-
De acuerdo a los resultados obtenidos el 35 % de los encuestados dijo desconocer que es el internamiento preventivo, frente a un 65 % que conoce del tema.
1 65% 2
3.- ¿sabe usted cuales son los delitos de tránsito? a) Si ( )
a) No ( )
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE
A 26 65%
B 14 35%
TOTAL 40 100%
ANÁLISIS.-
La respuesta a esta interrogante fue negativa en un 35% , frente a un 65% que dio una respuesta positiva es decir que conoce cuales son los delitos de tránsito.
65% 35%
4.- ¿Conoce usted cual es la diferencia entre pena privativa inferior a cinco años y Pena privativa de libertad superior a 5 años?
a) No ( ) b) Si ( )
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE
A 20 50%
B 20 50%
TOTAL 40 100%
ANÁLISIS.-
De la información obtenida el 50 % de los encuestados desconoce la diferencia entre pena privativa de libertad superior a cinco años y la inferior a cinco años, frente a un 50% que sí conoce la incidencia de este factor.
1 50% 2
5.- ¿Sabe usted que al cometer un delito de tránsito un menor adolescente, es susceptible de aplicársele internamiento preventivo?
a) Si ( ) c) No ( )
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE
A 20 50%
B 20 50%
TOTAL 40 100%
ANÁLISIS.-
El 50% de la población encuestada manifestó tener desconocimiento del tema, es decir que no conocen sobre la medida de internamiento preventivo en los delitos de tránsito; mientras que otro 50% sí tiene ese conocimiento.
1 50% 2
6.- ¿Considera necesario que se realice una reforma al Código Orgánico de la niñez y Adolescencia, que establezca la inaplicabilidad del internamiento preventivo en los delitos de tránsito, penados con Pena privativa de libertad superior a 5 años?
a) Si ( ) b) No ( )
RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE
A 40 100%
B 0 0%
TOTAL 40 100%
ANÁLISIS.-
De los resultados obtenidos, se tiene que el 100% de los encuestados considera factible una reforma a la ley .
1 100%
CAPÌTULO III. VALIDACIÒN Y/O EVALUACIÒN DE LOS RESULTADOS DE SU