CHAPTER SIX THE STUDENT EXPERIENCE
STUDENT IMPACT AND ACHIEVEMENT
David Romero (DR): ¿Los fiscales que manejan casos de justicia y paz están preparados?
Patricia Hernández (PH): Realmente tenemos algunas limitaciones para efectos de la documentación de los casos no sólo de violencia sexual contra la mujer sino toda forma de violencia contra la mujer en el marco del conflicto armado. A raíz de eso no solamente la falta de capacitación de los funcionarios sino de otros obstáculos que han impedido la visibilización de los casos ocurridos. Realmente el número de casos reportados es muy poquito a Justicia y Paz. A raíz de eso, la Fiscalía General de la Nación en la unidad de justicia y paz dispuso la capacitación de todos los funcionarios en un taller de sensibilización tanto de conocimiento de género, la perspectiva como la investigación y el abordaje con las víctimas en este caso mujeres. Es decir la fiscalía y la unidad de justicia y paz lo que trata de hacer y está establecido ya es realizar un tipo de investigación con enfoque diferencial, me refiero no sólo a las mujeres sino a los indígenas los afro e incluso creo que a los discapacitados.
DR: ¿Cuántos casos conoce la Fiscalía sobre violencia sexual contra la mujer hasta la fecha?
PH: Bueno yo no podría darte un dato exacto, pero creo que hasta la fecha llevamos 717 casos reportados por las víctimas. Las ONG, la CIDH en sus diferentes informes, la relatora especial han determinado que son muchos más, y justamente las estrategias tienden a eso, a que nos sensibilicemos y que las mujeres puedan libremente contarnos que fue lo que pasó, y a raíz de eso la capacitación de los funcionarios, inclusive en una resolución que sacó la Fiscalía, se designó un fiscal que se va a encargar de la asesoría en estos temas de género de todos los crímenes cometido en el marco de conflicto armado contra las mujeres.
DR: Cuantos fiscales manejan el tema específicamente en justicia y paz
PH: Somos 59 fiscales en todo el país en justicia y paz. Cada fiscal maneja un bloque de
autodefensa. Es decir, tú sabes que en la desmovilización a partir del 2005 en adelante hasta el 2006 hubo desmovilización de 34 bloques de autodefensa y a cada fiscal se nos ha asignado
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uno, también lo de guerrilla. Entonces cada fiscal tiene la competencia y tiene la misión de investigar y documentar todo el accionar delictivo en un bloque que se ha desmovilizado.
DR: Cree que en los casos que lleva la fiscalía de justicia y paz existe una categorización de delitos en cuanto a violencia sexual. ¿Le dan importancia?
PH: Te digo que no es muy visible en relación con los reportes. Nosotros tenemos
aproximadamente 350.000 víctimas reportadas, te estoy hablando de homicidios, desplazamiento forzado, desapariciones forzadas y otros delitos pero de violencia sexual solo tenemos 717, entonces comparativamente es muy bajito. Pero eso no significa que no nos importe, significa que vimos que había obstáculos de visibilización y estamos trabajando en ello. Nosotros dentro de la estrategia de trabajo de justicia y paz tenemos una priorización de delitos, eso ¿qué significa?, le damos no mayor trascendencia sino que digamos que primero investigamos temas como la violencia sexual, las masacres crímenes contra sindicalistas, indígenas, partidos políticos, entonces si se le da la importancia que debe tener, dentro de todo contexto investigativo.
DR: Me llama la atención una cosa, el último informe presentado por una misión del gobierno español señala que el seguimiento realizado por la Fiscalía entre 1993 y el 2009 sólo conoció 190 casos relacionados con víctimas de violencia sexual en todo el país atribuido a diferentes actores. Comparar esta cifra con el último informe por organizaciones de mujeres con las presentadas por usted. ¿Cuál es la causa de esta diferencia tan grande? ¿Cuál se ajusta a la realidad?
PH: Bueno mira, tú me estás preguntando es de lo que ha conocido la fiscalía en el 93 pero esos son de la justicia ordinaria. Yo lo que te digo es lo siguiente, la competencia de la unidad de justicia y paz son los delitos cometidos por los desmovilizados y por los postulados a la ley de justicia y paz, entonces yo no te puedo manejar cifras por los delitos cometidos por el personal de las fuerzas armadas o por personas que no están en el proceso de justicia y paz. Ahora reconocemos que hay un problema de visibilización claro que lo reconocemos. Déjame decirte algo, te refieres al informe que presentó Oxfam, yo tengo serios reparos en cuanto a ese informe porque ahí están presentando inclusive como delitos unas conductas que no lo son. Que son atentatorias contra la dignidad de las mujeres, estamos de acuerdo, pero como delitos como tal no. Entonces partiendo de esa base, no te puedo responder por las conductas delictivas de actores distintos a los postulados por justicia y paz. Hay que reconocer que existen problemas de visibilización y no solamente hay obstáculos jurídicos sino extrajurídicos.
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Las mujeres pese a todos los esfuerzos que hace la fiscalía de ir todos los fiscales y trasladarnos hasta los lugares más recónditos, hasta los corregimientos la vereda más inhóspita, hemos ido hasta allá a tratar de que las mujeres y todas las víctimas puedan reportar sus hechos pero el delito de violencia sexual no es un hecho fácil que una mujer se levante y diga: “yo fui violada no”.
Ahora hay otros tipos de conducta que atentan contra la mujer y la mujer por desconocimiento no sabe que es un delito, la mujer se ha reportado con nosotros acá por que le mataron a su marido, le desplazaron a su esposo, le desparecieron a su hijo, pero en cuanto a lo que a ella le hicieron piensa que no es nada y eso debido también a los altos índices de analfabetismo que hay dentro de todas nuestras victimas hombres y mujeres, y al desconocimiento que hay de los derechos que tienen las mujeres no solo en el marco del conflicto armado sino en este sistema democrático, y tú sabes también que es muy importante todo este desarrollo cultural patriarcal que maneja nuestro sistema, ese también es un problema de arraigo cultural que te impide que una mujer venga a decir: “me violaron”, empezando porque eso trae unas consecuencias de estigmatización social familiar y personal.
DR: Entiendo, pero quiero insistir en una cifra que señala los 190 casos entre 1993 y 2009 se llevaron a cabo dentro de conflicto armado. Entiendo también que dentro de los casos recolectados en el marco de justicia y paz a partir de 2005, las cifras son muy inferiores a las presentadas por los informes de las organizaciones de mujeres. Cuál es el principal obstáculo que tiene la Fiscalía para conocer todos esos detalles? Por qué las organizaciones si la conocen y las denuncian y la fiscalía no?
PH: Mira, no es muy fácil que vaya un fiscal y con las implicaciones que tiene una investigación judicial, a que vaya una organización de mujeres o una organización de víctimas. Mira, nos ha pasado muchas veces, casos que dicen: “nosotras no queremos, ese episodio ya lo miramos, no queremos nada, no queremos saber nada de esto, no queremos saber nada del proceso de justicia y paz, no queremos denunciar nuestros casos”. Entonces es por eso, porque es un delito que viola la intimidad de tal manera que no es fácil socializarlo con otras personas menos con un funcionario judicial que lo ve por primera vez y que es un desconocido.
No es así con una organización, que han hecho una empatía, han hecho unos lazos de amistad y solidaridad, es más fácil. Pues muchas veces las organizaciones hacen esas denuncias como una forma de hacer esa catarsis en cuanto al hecho. En los procesos judiciales, no solo en justicia y paz, en un proceso judicial la situación, las consecuencias es distinto. Ahora tenemos
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hay un problema, y es un problema porque esa ha sido la respuesta de las organizaciones de mujeres que trabajan el tema de violencia sexual, yo les digo ¿por qué no nos dan los casos y nosotros documentamos? Y ella dicen: “no no no las mujeres no quieren, las mujeres sólo han venido acá para hacer este proceso pero no quieren tener nada que ver con la justicia. Entonces considero yo que esa puede ser una de las principales causas.
DR: Perfecto. Entiendo que esta documentando los delitos del Bloque Minero, podría contarnos qué es lo que ha encontrado en términos de violencia sexual contra la mujer.
PH: Bueno yo documento todo el bloque minero que tiene incidencia en 12 municipios de
Antioquia y 1 en Córdoba. He encontrado lo que sucede en la generalidad de las violaciones contra las mujeres en el marco del conflicto armado. Por ejemplo, hemos encontrado que la violencia sexual era ejercida por los grupos de autodefensas como una de las modalidades en el marco de los ataques o tomas a las poblaciones, en el marco de las masacres, generalmente se cometían violaciones sexuales, muchas veces la violencia sexual intra-filas, la violencia sexual que incide en el desplazamiento forzado. Eso es lo que nosotros hemos encontrado. Hemos encontrado que algunas violaciones se cometieron contra algunas mujeres que tenían unos roles específicos. Que tenían algún tipo de liderazgo en la zona. Que tenían algún vínculo con algún grupo contrario a las autodefensas, me refiero a la guerrilla. Mujeres que tenían una representación comunitaria. Eso es lo que se ha encontrado. Además de una forma de control social impuestas por las autodefensas en todo el territorio pero que básicamente afectaban a las mujeres. Hemos encontrado por ejemplo que los castigos que proferían los paramilitares a la población civil afectaban directamente el rol de las mujeres, ósea, su feminidad, sus rasgos característicos de mujeres entonces esos eran afectados, entonces como que los patrones de criminalidad son muy acordes con los roles y la concepción cultural patriarcal.
DR: Dentro de los casos que está manejando. Encuentras algún caso prevalente o referente del Bloque Mineros.
PH: Recuerdo un caso que para mí es emblemático pero que está aún sometido a reserva. Es un caso de servidumbre sexual, una chica que era obligada a tener relaciones sexuales con un grupo de patrulleros, me refiero alrededor de 200, 300 hombres.
DR: y en ese caso que menciona, cual es el estado en que se encuentra?
PH: Ese caso ya se ha preguntado a todos los comandantes y personas involucradas, ese caso ya va para imputación.
75 DR: A ¿quién se le imputa ese caso emblemático?
PH: Pues ese caso, estamos buscando a los perpetradores. Ella ha señalado a algunos de los perpetradores y ya están identificados, porque el proceso de Justicia y Paz ha servido justamente para revelar la identidades de todos los 64 mil desmovilizados, donde tienen alias tienen dobles identidades, para establecer la plena identificación de ellos. Entonces se están buscando. Y por otra parte, dependiendo de la complicidad en justicia y paz posiblemente lo imputemos al comandante del bloque.
DR: En ese sentido, ¿sería responsable únicamente el comandante del bloque?
PH: Lo que pasa es que es muy difícil establecer la responsabilidad de los otros 200. Ella se acuerda de algunos y nosotros tenemos las identidades de los 2790 hombres que se desmovilizaron del Bloque Mineros. Pero es muy difícil establecer quienes estaban en ese momento. Entonces, los hombres identificados por la victima y los comandantes vamos a ver la línea en que se pueda imputar. Pero recuerda que es un proceso de justicia transicional una de las características es justamente la selectividad de los responsables como de los hecho. Y este hecho es muy emblemático para nosotros y no podemos establecer la responsabilidad de todos los perpetradores.
DR: Y en ese proceso ¿qué papel tiene la víctima?
PH: El papel de la víctima de hecho en todo el proceso de Justicia y Paz es determinante. La víctima desde el primer momento en que viene a justicia y paz, es atendida, se le garantiza todos los derechos, en un delito de violación sexual, cuando se formulan las preguntas en el interrogatorio a los postulados, solamente está la víctima con su abogado, no tenemos más asistentes, y por la confidencialidad del caso. Personalmente te lo digo, yo prefiero que organizaciones de mujeres sean las que asesoren a las víctimas en esos casos específicos. Inclusive, ha habido casos en los que hemos tenido que proteger la integridad de la víctima y se ha realizado con la mayor agilidad que podamos. Pero la víctima es la principal protagonista de esta situación.
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DR: Y en ese sentido ¿ cómo funciona una audiencia en Justicia y Paz?
PH: Lo primero es que el proceso viene con el reporte que hace la víctima. Se somete a un postulado, los postulados son los que vienen los jefes paramilitares, se les somete a un interrogatorio, cuenta todos los hechos cometidos, se hace un proceso de verificación e investigación del caso. Posteriormente el caso va a una primera audiencia que es la formulación de imputación ante magistrado de control de garantías. Pasan 60 días. Formulamos el cargo, en la audiencia de formulación de cargos, ante magistrado de control de garantías. El postulado acepta o no acepta el hecho. Si no lo acepta hacemos lo que se llama el rompimiento de la unidad procesal y luego viene la audiencia de legalización de cargos, en donde el magistrado legaliza los cargos, posteriormente la sentencia. Ese es el procedimiento.
DR: Dentro de los miedos que encuentra en la investigación. ¿Cuál es el tipo de temor más frecuente que impide la denuncia?
PH: Bueno yo podría decir que son varios. Algunas veces es el temor que los actores
permanecen en la zona, les da mucho temor la estigmatización. Pues en una cultura que una mujer la violen, es rechazada, estigmatizada, muchas mujeres rehacen su vida, están casadas y tienen sus hijos, entonces a ellas no les interesa poner en conocimiento eso. Hay muchas mujeres que siguen con el trauma y no han recibido asesoramiento psicológico.
DR: En cuánto a los victimarios, que tanto trabajo ha llevado para que reconozcan los delitos o confiesen los delitos. ¿Qué tan fácil es que reconozcan la autoría de estos delitos?
PH: Mira, en el caso de violencia sexual son muy poquitos los postulados. Creo que solo
apenas tenemos 65 casos confesados. Ellos te confiesan 50 mil masacres, te confiesan muchas cosas, pero no te confiesan la violencia sexual. Eso no significa que nosotros relevemos la obligación de investigarlo. No es fácil para ellos, además que los estatutos creados por las autodefensas se han reportado casos y lo tenemos documentados en donde un patrullero que violara a una mujer era ejecutado y hay casos documentados sobre esto.
DR: Me quiero devolver un poco en un tema que se hablaba anteriormente sobre los diferentes tipos de violación y de acto sexual contra la mujer. Usted decía que había hechos que no estaban tipificados como delitos para la Fiscalía. Para la Fiscalía entonces ¿qué es violencia sexual?
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PH: Mira quiero ser muy clara y quedar súper clara contigo. La fiscalía no solamente investiga los delitos de la violencia sexual sino todo tipo de violencia ejercida contra las mujeres en el marco del conflicto armado. Porque no solamente la violencia sexual es la expresión más atroz, o la de mayor impacto dentro de los crímenes cometidos contra las mujeres. Hay muchísimos que se cometieron y eso lo tenemos claro y es una obligación nuestra investigarlo. Ahora de la violencia sexual qué es lo que entendemos, que los delitos de violencia sexual no tienen que estar tipificados en el código, no solamente en la parte de los delitos que habla sobre los crímenes de guerra que son los que protege a nivel jurídico el Derecho Internacional Humanitario sino lo de la parte penal del Código, pero adicionalmente nosotros también tenemos claro que interpretando la clausula residual que nos dice el artículo 7 y 8 del estatuto de Roma podemos impugnar también la desnudez forzada. Nosotros no la tenemos contemplada como crimen en nuestra legislación. Pero nosotros podemos decir que esa desnudez forzada puede ser una tortura o puede ser otra conducta. Entonces no solamente son delitos los que están en el código, hay otras formas de violación de los derechos humanos de las víctimas que tenemos que darle una nominación jurídica por que no puede quedar eso así. Ahora lo que yo voy, hay por ejemplo temas como la servidumbre doméstica hay muchas cosas que afectan a las mujeres y que la Fiscalía está en la obligación de investigarla, de judicializarla y de adecuarla técnicamente.
DR: En ese sentido, quería preguntarle si existen las herramientas judiciales suficientes para investigar y procesar este tipo de delitos?
PH: Yo creo que sí, yo no puedo decir que el derecho interno prima sobre todos los derechos. Estamos hablando de justicia transicional, estamos hablando de violación de derechos humanos y de infracciones graves al derecho internacional humanitario. Y esta situación nos remite a todos los tratados internacionales firmados por el país, a los cuatro convenios de Ginebra. Esto nos permite traer algunas conductas que no son tipificadas acá como crímenes pero que en el ámbito internacional lo puede ser. Claro que tenemos entendido también, que hay que respetar dentro de los tratados de derecho, el principio de legalidad y adecuar las figuras para que puedan ser aplicadas. Te doy un ejemplo, la desnudez forzada es un delito contemplada como una forma de tortura, nosotros no la tenemos, pero en el estatuto de Roma, este es un delito condenable.
DR: En el marco de las investigación adelantada en el bloque minero, ¿Qué tipo de población (indígenas, afro) ha sido más afectado por la violencia sexual contra la mujeres?
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PH: Los casos que yo manejo son pocos, pero no hay un condicionamiento o un enfoque
diferencial. Se puede establecer en rangos de edad, mujeres jóvenes entre 14 y 20 años. Creo que esa es la característica principal, pero no podría afirmar que mujeres indígenas o afro hayan sido más afectadas, además siempre se aplica en las investigaciones ese enfoque diferencial, no solo como enfoque de género sino dentro del género un enfoque diferencial.
DR: Mencionaba que son pocos los casos que maneja sobre violencia sexual en el bloque minero, ¿Cuántos casos maneja?
PH: Si son muy pocos. Tenemos estrategias de visibilización. Dentro de esas estrategias esta las jornadas de mujeres que iniciamos hace dos años, donde ellas pueden conocer sus derechos. Esta el tema de la capacitación de funcionarios. La comunicación con ONG en la
zona para que nos ayuden a contactar con aquellas mujeres que fueron víctimasde este delito.
Este no es un tipo de delito fácil de visibilizar. El hecho que un fiscal vaya a la zona significa que las mujeres cuenten que fueron violadas. Se necesita de un proceso de empatía, un proceso de confianza, para poder determinar eso. Ahora en los procesos de investigación también. Por