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Chapter 3 Literature review 3.0 Introduction

3.3 Text genres in relation to learning to read

1. Organismos Académicos.

Debido a la consideración de los diferentes idiomas regionales como “lengua propia” de las correspondientes Comunidades Autónomas, en los Estatutos de Autonomía y en la legislación en materia de normalización lingüística suelen atribuir a las respectivas Administraciones autonómicas determinadas obligaciones respecto a la protección y a la salvaguarda del idioma regional, incluso en el ámbito científico-lingüístico.

A modo de ejemplo, ya el Decreto 173/1982, de 17 de noviembre, sobre Normativización de la Lengua Gallega, adoptado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Galicia, tiene un contenido normativizador y cuenta con determinados preceptos en este sentido; y así autoriza al Instituto de la Lengua Gallega “para elaborar el Vocabulario

Ortográfico Básico de la Lengua Gallega, que tendrá carácter de inventario de las palabras básicas del idioma y de prontuario de la ortografía”.

Por este motivo, y con una finalidad académica, todas las Comunidades Autónomas que cuentan con idiomas cooficiales han reconocido formalmente la existencia de una autoridad científica lingüística, a la que se le atribuye la función de velar por el mantenimiento del idioma, para lo que las autoridades así reconocidas actúan con la autonomía orgánica y funcional que este tipo de actividad requiere.

A continuación se indican las correspondientes referencias normativas sobre el reconocimiento del papel de estas instituciones, y se indican la denominación y dirección

postal de cada una de ellas.

- Euskera o Vascuence (Idioma Cooficial en la C.A. del País Vasco).

- Real Decreto 573/1976, de 26 de febrero, sobre Reconocimiento y Estatutos de la Real Academia de la Lengua Vasca. Se indica que, entre otros, tiene como finalidad “investigar

y formular las leyes gramaticales del idioma vasco”.

- Estatuto de Autonomía de la C.A. del País Vasco, aprobado mediante Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre.

Art. 6º: “(...) 4. La Real Academia de la Lengua Vasca-Euskaltzaindia es institución consultiva oficial en lo referente al euskera”.

- Ley 10/1982, de 24 de noviembre, de Normalización del Uso del Euskera.

Art. 10º. “1. (...) En caso de conflicto entre las Corporaciones Locales y el Gobierno Vasco sobre las nomenclaturas oficiales reseñadas en el párrafo anterior, el Gobierno Vasco resolverá, previa consulta, a la Real Academia de la Lengua Vasca”.

- Organismo: Euskaltzaindia - Real Academia de la Lengua Vasca Plaza Barria, 15

48005 BILBAO Tel. : 94-415.81.55 Fax : 94-415.81.44

- Catalán (Idioma Cooficial en la C.A. de Cataluña).

- Real Decreto 3118/1976, de 26 de noviembre, sobre reconocimiento de la Autoridad Normativa del Instituto de Estudios Catalanes.

- Ley 8/1991, de 3 de mayo, sobre la Autoridad Lingüística del Instituto de Estudios Catalanes.

Art. 1º: “Se reconoce que el Institut d´Estudis Catalnas es la institución encargada de establecer y actualizar la normativa lingüística del catalán, sin perjuicio de las demás funciones que le otorguen sus estatutos”.

- Resolución de 17 de mayo de 2001, por la que se aprueban los Estatutos del Instituto de Estudios Catalanes.

objeto la alta investigación científica, principalmente, la de todos los elementos de la cultura catalana”.

Art. 2. “Tiene como finalidad (...) velar por el estudio de la lengua catalana, establecer la normativa y velar para que el proceso de normalización de esta lengua sea coherente en todo su ámbito lingüístico (..)”

- Organismo: Institut d´Estudis Catalans c/ del Carme, 47

08001 Barcelona

Tel. : 93-270.16.21 / 93-270.16.20 Fax : 93-270.11.80

- Gallego (Idioma Cooficial en la Comunidad Autónoma de Galicia).

- Ley 3/1983, de 15 de junio, de Normalización Lingüística.

Disposición Adicional: “En las cuestiones relativas a la normativa, actualización y uso correcto de la lengua gallega, se estimará como criterio de autoridad el establecido por la Real Academia Gallega.

Esta normativa será revisada en función del proceso de normalización del uso del gallego”.

- Organismo : Real Academia Galega c/ Tabernas, 11

15071 A CORUÑA Tel. : 981-20.73.08

- Valenciano (Idioma Cooficial en la Comunidad Valenciana).

- Ley 7/1998, de 16 de septiembre, de Creación de la Academia Valenciana de la Lengua.

Art. 3º: “La Academia Valenciana de la Lengua es la institución que tiene por función determinar y elaborar, en su caso, la normativa lingüística del idioma valenciano. Así como, velar por el valenciano partiendo de la tradición lexicográfica, literaria y la realidad lingüística valenciana, así como la normativización consolidada a partir de las llamadas Normas de Castellón”.

- Organismo : Academia Valenciana de la Llengua c/ Avellanes, 26

Tel. : 96-391.69.65

- Euskera o Vascuence (Idioma Cooficial en la C.F de Navarra).

- Real Decreto 573/1976, de 26 de febrero, sobre Reconocimiento y Estatutos de la Real Academia de la Lengua Vasca. Se indica que, entre otros, tiene como finalidad “investigar

y formular las leyes gramaticales del idioma vasco”.

- Ley 18/1986, de 15 de diciembre, del Vascuence.

Art. 3º.3: “La institución consultiva oficial a los efectos del establecimiento de las normas lingüísticas será la Real Academia de la Lengua Vasca, a las que los poderes públicos solicitarán cuantos informes o dictámenes consideren necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en el apartado anterior”.

- Organismo: Euskaltzaindia - Real Academia de la Lengua Vasca Plaza Barria, 15

48005 BILBAO Tel. : 94-415.81.55 Fax : 94-415.81.44

Euskaltzaindia - Real Academia de la Lengua Vasca c/ Conde Oliveto, 2. 2º

31002 PAMPLONA / IRUÑA Tel. : 948-22.34.71

Fax : 948-21.07.13

- Catalán (Idioma Cooficial en la C.A. de las Illes Balears).

- Ley 3/1986, de 29 de abril, de Normalización Lingüística.

Disposición Adicional 3ª: “La Institución oficial consultiva para todo lo que haga referencia a la lengua catalana será la Universidad de las Islas Baleares. La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares podrá participar en una institución dirigida a salvaguardar la unidad lingüística, institución que estará formada, de acuerdo con la Ley del Estado, en colaboración con otras Comunidades Autónomas que reconozcan la cooficialidad de la Lengua catalana y decidan formar parte de la misma”.

- Organismo : Universitat de les Illes Balears Campus Universitari

07071 PALMA DE MALLORCA Tel. : 971-17.30.00

- Bable / Asturiano (Lengua hablada en la C.A. del Principado de Asturias).

- Ley 1/1998, de 23 de marzo, de Uso y Promoción del Bable/Asturiano.

Art. 18º: “Academia de la Llingua.

Sin perjuicio de las atribuciones propias que ostentan en el ejercicio de sus competencias las instituciones a que se refiere el artículo 16 de esta Ley, corresponderá a la Academia de la Llingua del Principado de Asturias las siguientes funciones: a) Seguimiento de los programas y planes regionales en materia de bable/asturiano. b) Emitir dictámenes por iniciativa propia o a instancias, tanto de la Junta General del Principado como del Gobierno regional sobre actuaciones concretas en materia de bable/asturiano.

c) Asesorar y formular propuestas en relación al bable/asturiano, cuando sea requerido para ello por los organismos competentes en materia cultural y/o lingüística, a la Administración del Principado de Asturias.

d) Cualquier otra que se le atribuya en el desarrollo reglamentario de la presente Ley”.

- Organismo : Academia de la Llingua Asturiana c/ Marqués de Santa Cruz, 6. 2º 33080 OVIEDO

Tel. : 985-21.18.37 Fax : 985-22.68.16

- Aranés (Idioma Cooficial hablado en el Valle de Arán, C.A. de Cataluña).

- Organismo : Departamento de Política Lingüística del Aranés

(que se prevé que en el futuro se convierta en el Instituto de Estudios Araneses)

Consejo General de Arán 25530 VIELHA

2. Unidades Administrativas en materia de Política Lingüística.

Igualmente, teniendo en cuenta que uno de los fines de la legislación autonómica es la defensa y promoción de la lengua propia, cada una de las Administraciones autonómicas con idioma propio cuenta con una unidad administrativa propia a la que se atribuye la

competencia en materia de política lingüística; y ello con independencia de las funciones que puedan corresponderles a las unidades administrativas especializadas, como las educativas o culturales.

A título ilustrativo, en la norma reguladora de la unidad administrativa de la C.A. de Cataluña se indica que su función es “velar por el uso correcto de la lengua catalana y

garantizar la aplicación de la normativa del Instituto de Estudios Catalanes y el uso de la terminología que elabora el Centro de Terminología TERMCAT en todos los Departamentos de la Generalidad de Cataluña, pues a este le corresponde el asesoramiento terminológico a los Departamentos de la Generalidad de Cataluña”. - C.A. del País Vasco.

- Unidad : Viceconsejería de Política Lingüística. Departamento de Cultura. Gobierno Vasco. c/ Duque de Wellington, 2 01010 VITORIA -GASTEIZ Tel. : 945-01.80.00 Fax : 945-01.95.35 - C.A. de Cataluña.

- Unidad : Dirección General de Política Lingüística. Departamento de Cultura.

Generalitat de Catalunya. Rambla de Santa Mónica, 8 08002 BARCELONA Tel. : 93-316.27.00 Fax : 93-316.27.01

- Unidad : Oficina de Fomento y Enseñanza del Aranés Consejo General de Arán

25530 VIELHA

- C.A. de Galicia.

- Unidad : Dirección General de Política Lingüística.

Consejería de Educación e Ordenación Universitaria. Xunta de Galicia.

Edificio Administrativo San Caietano 15704 SANTIAGO DE COMPOSTELA Tel.: 981-54.54.00

Fax : 981-54.44.99

- Comunidad Valenciana.

- Unidad : Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística.

Consejería de Cultura y Educación. Generalitat Valenciana. Avda. Campanar, 32 46071 VALENCIA Tel. : 96-386.65.00 Fax : 96-349.05.75 - C.F. de Navarra.

- Unidad : Dirección General de Universidades y Política Lingüística. Departamento de Educación y Cultura.

Gobierno de Navarra. c/ Santo Domingo, s/n

31001 PAMPLONA / IRUÑA Tel. : 948-42.65.00

Fax : 948-42.60.52

- C.A. de las Illes Balears.

- Unidad : Dirección General de Política Lingüística. Consejería de Educación y Cultura. Govern Balear.

c/ Capitán Salom, 29. 4º A 07071 PALMA DE MALLORCA Tel. : 971-17.72.36

Fax : 971-17.72.48

- C.A. del Principado de Asturias.

- Unidad : Servicio de Promoción Cultural Dirección General de Cultura. c/ Sol, 8

33009 OVIEDO Tel. : 98-510.67.00 Fax : 98-510.67.32

- Unidad : Dirección General de Acción Cultural.

Departamento de Cultura y Turismo. Diputación General de Aragón Paseo de María Agustín, 36 50071 ZARAGOZA

Tel. : 976-71.40.00