AGENTES ADUANALES.
Personas legitimadas para promover el despacho de mercancías:
Agente Aduanal (el mandatario firma pedimentos en nombre del agente aduanal). Apoderado Aduanal.
Casos de excepción:
Operaciones de pasajeros. Ciertas operaciones temporales.
Definición
Agente Aduanal es la persona física autorizada por la Secretaría, mediante una patente, para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en la Ley Aduanera. (Art. 159 Ley Aduanera.)
Requisitos para obtener patente:
1.- ser mexicano por nacimiento en pleno ejercicio de sus derechos.
2.- No haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delito doloso, y en el caso
de haber sido agente o apoderado aduanal, su patente o autorización no hubieran sido canceladas.
3.- Gozar de buena reputación personal.
4.- No ser servidor público, excepto tratándose de cargos de elección popular, mi militar
en servicio activo.
5.- No tener parentesco por consanguinidad en línea recta sin limitación de grado y
colateral hasta el cuarto grado, ni por afinidad, con el administrador de la aduana de adscripción de la patente.
6.- Tener título profesional o su equivalente en los términos de la ley de la materia.
(Equivalencia: Título obtenido en el extranjero, previo registro de la SEP, por similitud de programas).
7.- Tener experiencia en materia aduanera, mayor de tres años.
8.- Exhibir constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
9.- Aprobar el examen que practique la autoridad aduanera y un examen psicotécnico.
Una vez que se otorga la patente, el agente aduanal debe cumplir lo siguiente:
Requisitos para operar. (Artículo 160 L.A) Obligaciones. (Artículo 162 L.A.)
Requisitos para operar que debe cubrir el agente aduanal (artículo 160 de L.A.)
Residir y mantener su oficina principal en el lugar de su adscripción.
Manifestar el domicilio para oír y recibir notificaciones en la aduana de su adscripción
y aduanas autorizadas.
Ocuparse personal y habitualmente de las actividades propias de su función y no
suspenderlas en caso alguno.
Firmar en forma autógrafa como mínimo el 35% de los pedimentos originales y la
copia del transportista, presentados mensualmente para el despacho.
Dar a conocer a la aduana en que actúe, los nombre de los empleados o
dependientes autorizados para auxiliarlo en los trámites de todos los actos del despacho, así como los nombres de los mandatarios que lo representen al promover y tramitar el despacho.
Obligaciones. (Artículo 162 L.A.)
En los trámites o gestiones aduanales, actuar siempre con su carácter de agente
aduanal.
Cumplir con el encargo que se le hubiere conferido, por lo que no podrá transferir ni
endosar documentos que estén a su favor, sin la autorización expresa de quien se los otorgó.
Declarar bajo protesta de decir verdad, el nombre, domicilio fiscal, RFC, naturaleza y
características de la mercancía y demás datos relativos a las operaciones de comercio exterior en que intervenga.
Formar un archivo con la copia de cada uno de los pedimentos tramitados y anexos
del pedimento.
Aceptar las visitas que ordenen las autoridades aduaneras.
Derechos. (Artículo 163 de L.A.)
Ejercer la patente
Constituir sociedades integradas por mexicanos para facilitar la prestación de sus
servicios.
Solicitar cambio de aduana de adscripción. Designar hasta cinco mandatarios.
Cobrar los honorarios que pacte con su cliente. Suspender actividades.
Designar sustituto.
Sanciones que se aplican al agente aduanal.
Dejar de cumplir requisitos para operar (Art. 160) → Inhabilitación.
No cumplir obligaciones (Art. 162 y 159, en relación con el 164) → Suspensión.
No cumplir obligaciones (Art. 162 y 163, en relación con 165) → Cancelación.
Autorizaciones que se otorgan al agente aduanal.
Cambio de aduana de adscripción.
Autorización para actuar en aduanas adicionales a la de su adscripción. Suspensión voluntaria de actividades.
Autorización de mandatarios. Autorización de sustitutos.
Estudio y aprobación de las sociedades constituidas por los agentes aduanales.
Autorización para cambiar de aduana de adscripción.
Es un derecho del agente aduanal, siempre que tenga dos años de ejercicio ininterrumpido en su actual aduana de adscripción y concluya el trámite de los despachos iniciados.
Artículo 163, fracción III.
Autorización para actuar en aduanas adicionales a la de su adscripción.
El agente aduanal debe estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Únicamente se le puede autorizar actuar en tres aduanas adicionales a la de su adscripción.
Artículo 161 de la Ley Aduanera y regla 2.13.12 Regla 2.13.12.
Escrito con datos generales del agente aduanal y lo siguiente:
Domicilios de las aduanas autorizadas en las que opere, así como de la aduana en la cual desea actuar y domicilio fiscal y denominación de las sociedades que tiene constituidas para facilitar la prestación de sus servicios.
Anexos:
Cedula de identificación fiscal del agente aduanal y de cada una de las sociedades. Declaración anual del ISR correspondiente al último ejercicio del agente aduanal, así como de cada una de las sociedades.
Autorización para suspender actividades en aduanas autorizadas.
El agente aduanal debe señalar las causas que justifiquen la suspensión. Se autoriza una suspensión por un plazo de tres meses prorrogables.
Artículo 160 fracciones IV, de la Ley Aduanera. Autorización de mandatarios
Registro de mandatarios que actuaron como representantes del agente aduanal con anterioridad al 1 de enero del 2001, de acuerdo al artículo primero transitorio, fracción V, de las disposiciones transitorias publicadas en el DOF el 30 de diciembre de 2002. Mandatarios autorizados de acuerdo a lo señalado en el artículo 160, fracción VI de la Ley Aduanera (reforma que entro en vigor el 1 de agosto de 1999).
Registro de mandatarios anteriores a 2001. Registro de mandatarios anteriores a 2001.
Escrito libre señalando datos generales y firma del agente aduanal y mandatarios.Escrito libre señalando datos generales y firma del agente aduanal y mandatarios.
Cedula de identificación fiscal y CURP de Cedula de identificación fiscal y CURP de mandatarimandatarios.os.
PoderPoder
Tres pedimentos tramTres pedimentos tramitados por el manditados por el mandatario atario designado andesignado antes del 1 de enero detes del 1 de enero de
2001, o bien, original de
2001, o bien, original de constancia de la aduana señalando el período en constancia de la aduana señalando el período en que fungióque fungió como apoderado; o copia certificada por la aduana del documento de autorización de como apoderado; o copia certificada por la aduana del documento de autorización de los gafetes.
los gafetes.
Autorización de mandatarios. Autorización de mandatarios.
Requisitos previsto en el artículo 160, f
Requisitos previsto en el artículo 160, fracción VI de la Ley Aduanera.racción VI de la Ley Aduanera.
Poder notarial.Poder notarial.
Experiencia aduanera mayor a dos años.Experiencia aduanera mayor a dos años.
Aprobar el examen que mediante reglas determine el SAT.Aprobar el examen que mediante reglas determine el SAT.
Promover el despacho en representación de un agente aduanal.Promover el despacho en representación de un agente aduanal.
Regla 2.13.11.
Regla 2.13.11. (Requisitos) (Requisitos) Opciones para Opciones para el acreditamel acreditamiento del iento del examen a que examen a que sese refiere el artículo 160, fracción VI de la
refiere el artículo 160, fracción VI de la Ley Aduanera.Ley Aduanera. Examen de conocimientos y psicotécnico ante la AGA. Examen de conocimientos y psicotécnico ante la AGA.
Certificación de norma técnica de competencia laboral y examen psicotécnico que Certificación de norma técnica de competencia laboral y examen psicotécnico que determine la AGA.
determine la AGA.
Solicitud por escrito en el formato publicado en la
Solicitud por escrito en el formato publicado en la página de aduanas en internet.página de aduanas en internet. Información:
Información: Firma autógra
Firma autógrafa fa del agente aduadel agente aduanal y del aspiranal y del aspirantente Datos del agente aduanal y aspirante.
Datos del agente aduanal y aspirante. Opción para acreditar examen.
Opción para acreditar examen. Anexos:
Anexos:
Acreditar experiencia mayor a dos años. Acreditar experiencia mayor a dos años. Curriculum vitae.
Curriculum vitae. Cédula de
Cédula de identiidentificación fiscal.ficación fiscal. CURP. CURP. Autorización de mandatarios. Autorización de mandatarios. Poder notarial. Poder notarial. Relación laboral. Relación laboral. Certificado de
Certificado de competencicompetencia a laborallaboral.. Pago de derechos.
Pago de derechos. Vigencia de la autorización. Vigencia de la autorización.
Tiene vigencia para actuar por un año, prorrogable por un plazo igual siempre que un mes Tiene vigencia para actuar por un año, prorrogable por un plazo igual siempre que un mes antes de su vencimiento se presente solicitud de renovación.
Autorización de
Autorización de sustitutossustitutos..
Se adiciono la fracción VII al artículo 163 de la Ley Aduanera, para prever la figura del Se adiciono la fracción VII al artículo 163 de la Ley Aduanera, para prever la figura del sustituto, la cual entro en
sustituto, la cual entro en vigor el 1 de enero de vigor el 1 de enero de 2002.2002. Procedimiento regla 2.13.13.
Procedimiento regla 2.13.13.
Escrito en formato libre con el cual el agente aduanal designa su agente aduanal Escrito en formato libre con el cual el agente aduanal designa su agente aduanal sustituto y cumple con la documentación del apartado A de la regla.
sustituto y cumple con la documentación del apartado A de la regla. Ratificación.
Ratificación.
Presentación de documentación de acuerdo al apartado B de la regla (para cumplir Presentación de documentación de acuerdo al apartado B de la regla (para cumplir con lo que señala el artículo 159 de la Ley Aduanera).
con lo que señala el artículo 159 de la Ley Aduanera). Exámenes de conocimientos y psicotécnico.
Exámenes de conocimientos y psicotécnico. Solicitud.
Solicitud. InformacióInformación:n:
Datos del agente aduanal. Datos del agente aduanal. Datos del aspirante.
Datos del aspirante.
Anexos: (a efecto de cumplir con el artículo 159 de la Ley Aduanera.) Anexos: (a efecto de cumplir con el artículo 159 de la Ley Aduanera.)
Acta
Acta de nacimde nacimiento diento del aspirael aspirantente
Cédula de identificación fiscal y CURP. Cédula de identificación fiscal y CURP. Curriculum vitae.
Curriculum vitae.
Cartas bajo protesta de decir verdad (no ser servidor público ni militar en Cartas bajo protesta de decir verdad (no ser servidor público ni militar en servicio activo; no
servicio activo; no haber sido haber sido condenado condenado por sentencia ejecutoria ppor sentencia ejecutoria por delitoor delito doloso;
doloso; no haber no haber sufrido casufrido cancelación ncelación de patente.)de patente.) 3 cartas
3 cartas de recomendación.de recomendación.
Constancia de experiencia aduanera mayor a 3
Constancia de experiencia aduanera mayor a 3 años.años. Copia certificada de título
Copia certificada de título y cedula profesional.y cedula profesional.
Una vez cumplidos los reqUna vez cumplidos los requisitos uisitos señalados eseñalados en el artículo 159 de la L.A. y aprobadosn el artículo 159 de la L.A. y aprobados
los exámenes, se emite acuerdo de autorización de agente aduanal sustituto y en los exámenes, se emite acuerdo de autorización de agente aduanal sustituto y en caso de que ocurra alguno de los siguientes supuestos para el agente aduanal:
caso de que ocurra alguno de los siguientes supuestos para el agente aduanal:
Incapacidad permanente.Incapacidad permanente.
Retiro Retiro voluntariovoluntario..
Fallecimiento.Fallecimiento.
Se otorga patente de agente aduanal a la persona autorizada como agente aduanal Se otorga patente de agente aduanal a la persona autorizada como agente aduanal sustituto.
sustituto.
Estudio y aprobación de
Estudio y aprobación de las sociedades constituidas por los agentes aduanales.las sociedades constituidas por los agentes aduanales. Obligación prevista en el artículo 162, fracción XII, d
Obligación prevista en el artículo 162, fracción XII, de la Ley e la Ley Aduanera:Aduanera:
Presentar aviso al SATPresentar aviso al SAT, dentro de los 15 días si, dentro de los 15 días siguientes a guientes a que en que constique en que constituya o setuya o se
adicione a una
adicione a una sociedasociedad que fad que facilite la prestación de cilite la prestación de los servicios de agente aduanal.los servicios de agente aduanal. Derecho previsto en el artículo 163, fracción II de la Ley Aduanera:
Derecho previsto en el artículo 163, fracción II de la Ley Aduanera:
Constituir sociedades integradas por mexicanos para facilitar la prestación de susConstituir sociedades integradas por mexicanos para facilitar la prestación de sus
servicios, la sociedad y sus socios no
servicios, la sociedad y sus socios no adquiriradquirirán derecho alguno sobre án derecho alguno sobre la patente.la patente. Requisitos
Requisitos
Escrito libre firmado por el
Escrito libre firmado por el agente aduanal que contenga datos de la sociedadagente aduanal que contenga datos de la sociedad Anexos:
Anexos:
Copia certificada de la escritura constitutiva de la sociedad que hubiere Copia certificada de la escritura constitutiva de la sociedad que hubiere constituido el agente
constituido el agente aduanal.aduanal.
Cédula de identificación fiscal de la sociedad. Cédula de identificación fiscal de la sociedad.
El original de
El original de la forma 5, la forma 5, denominaddenominada “Declaración General de pago dea “Declaración General de pago de derechos,derechos,
de acuerdo a lo señalado en el artículo 51, fracción IV de acuerdo a lo señalado en el artículo 51, fracción IV”.”.
Ap. A Ap. A
Ap. B Ap. B
APODERADOS ADUANALES Y DICTAMINADORES ADUANEROS. APODERADOS ADUANALES Y DICTAMINADORES ADUANEROS.
Apoderados aduanales Apoderados aduanales
Marco legal Marco legal Artículos 144, fracción XXI, 168 al
Artículos 144, fracción XXI, 168 al 173 de la 173 de la Ley Aduanera; 190 al 195 de Ley Aduanera; 190 al 195 de su reglamento; 29su reglamento; 29 fracciones V y VI, 30, apartados A y C, fracción II, del Reglamento Interior del Servicio de fracciones V y VI, 30, apartados A y C, fracción II, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; numeral 2.13.6 de las Reglas de Carácter General en Materia de Administración Tributaria; numeral 2.13.6 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2004.
Comercio Exterior para 2004.
Definición Definición
Es la persona física designada por otra persona física o moral para que en su nombre y Es la persona física designada por otra persona física o moral para que en su nombre y representació
representación n se encargse encargue del ue del despacho despacho de merde mercancías, sicancías, siempre que empre que obtenga laobtenga la autorización de la Secretaría. El cual promoverá el despacho ante una sola aduana, en autorización de la Secretaría. El cual promoverá el despacho ante una sola aduana, en representació
representación de n de una sola persona, quien será ilimitadamente responsable por una sola persona, quien será ilimitadamente responsable por los actos delos actos de aquel. (Art. 168, L.A.).
aquel. (Art. 168, L.A.).
Clasificación Clasificación
Locales Locales
Se les asigna el número consecutivo de 5000 a 5999, operan para una empresa, ante una Se les asigna el número consecutivo de 5000 a 5999, operan para una empresa, ante una aduana. La última autorización que se otorgo fue la 5537.
aduana. La última autorización que se otorgo fue la 5537. Nacionales Nacionales Se les asigna el
Se les asigna el número consecutivnúmero consecutivo de o de 4000 a 4999, operan para una empresa, ante varias4000 a 4999, operan para una empresa, ante varias aduanas. La última autorización que se otorgo fue la 4089.
aduanas. La última autorización que se otorgo fue la 4089. Comunes
Comunes
Se les asigna el numero consecutivo de 6000 a 6999, operan para un grupo de empresas de Se les asigna el numero consecutivo de 6000 a 6999, operan para un grupo de empresas de una misma corporación, ante
una misma corporación, ante una o una o varias aduanas. La varias aduanas. La última autorización última autorización que se que se otorgootorgo fue la 6057.
fue la 6057.
De Almacén De Almacén Se les asigna
Se les asigna el número consecutivo de 9000 a el número consecutivo de 9000 a 9999, operan para los almacenes generales9999, operan para los almacenes generales de depósito y las empresas de la industria terminal y/o manufacturera de vehículos de de depósito y las empresas de la industria terminal y/o manufacturera de vehículos de autotransporte. La últi
autotransporte. La última autorización qma autorización que se otorgo ue se otorgo fue la 9052.fue la 9052. Requisitos par
Requisitos para obtener la a obtener la autorización de Aautorización de Apoderado Aduanalpoderado Aduanal Artículo
Artículos 168 s 168 de la de la Ley Aduanera, 191 Ley Aduanera, 191 de de su Reglamento, Regla su Reglamento, Regla 2.13.62.13.6 1.-
1.- Presentar solicitud ante la ACRDA, que reúna los siguientes requisitos:Presentar solicitud ante la ACRDA, que reúna los siguientes requisitos: a)
a) Contener el nombre, Contener el nombre, denominación o razón sdenominación o razón social de ocial de la empresa solicitante, así cla empresa solicitante, así como elomo el nombre y firma autógrafa de su representante legal, en su caso.
nombre y firma autógrafa de su representante legal, en su caso. b)
b) Señalar el nomSeñalar el nombre completbre completo, RFC y CURP del aspirante, así como, RFC y CURP del aspirante, así como el domicilio po el domicilio para oír yara oír y recibir notificaciones y su nú
recibir notificaciones y su número telefónico.mero telefónico. c)
c) Establecer la Establecer la aduana de aduana de adscripadscripción ción en en donde solicita donde solicita operar.operar. 2.-
2.- Se deberá Se deberá anexar anexar a la a la solicitud citada la solicitud citada la documentación siguiente:documentación siguiente: a)
a) Copia certificada Copia certificada por notario o fedatpor notario o fedatario públicario público del documento del documento con el que acreo con el que acredite ladite la personalida
b) Cartas en original y fecha reciente, firmadas por el aspirante, donde conste bajo protesta de decir verdad:
1. No haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delito doloso, n haber sufrido la cancelación de su autorización en casi de haber sido apoderado aduanal.
2. No ser servidor público, ni militar en servicio activo.
3. No tener parentesco por consanguinidad en línea recta sin limitación de grado y colateral hasta l cuarto grado, ni por afinidad, con el administrador de la aduana de adscripción.
4. En el caso de haber sido apoderado aduanal, señalar la denominación o razón social de las empresas en las que actuó con ese carácter y la fecha en que se revocaron las autorizaciones respectivas.
c) Carta en original, con fecha de por lo menos de 5 días hábiles anteriores a su presentación, con la firma autógrafa del solicitante o de su representante legal citado, en donde se manifieste bajo protesta de decir verdad, que el solicitante está inscrito en el padrón de importadores.
d) Tres cartas de recomendación en original y de fecha reciente, donde conste la buena reputación del aspirante que contenga además el nombre, domicilio y teléfono de las personas que la emiten.
e) Copia simple de la cedula de identificación fiscal de la empresa poderdante, así como la del aspirante.
f) Copia simple de a constancia de relación laboral del aspirante, pudiendo ser la del Instituto Mexicano del Seguro Social o del Sistema de horro para el Retiro.
g) En caso de ser maquiladora o PITEX, copia simple del programa autorizado por la SE o de las modificaciones al mismo, en donde conste su vigencia. Cuando el solicitante no cuente con programa de maquila o PITEX deberá á anexar copia simple de 6 pedimentos, con los que acredite haber realizado las operaciones de comercio exterior durante los doce meses anteriores a la presentación de la so licitud. h) Copia certificada por notario fedatario público del poder notarial otorgado por la
empresa poderdante al aspirante. i) Curriculum vitae del aspirante.
j) Copia certificada del notario o fedatario público del acta constitutiva de la empresa poderdante, en su caso.
k) Copias certificadas por notario público del título y cedula profesional del aspirante, o su equivalente en los términos de la ley de la materia.