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Vertical coupling: theoretical model

Como se puede deducir hasta el momento, las libertades de información, opinión y prensa, actúan sobre una realidad viva que regulan y ordenan, que son los medios

MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA. Jurisprudencia Constitucional [en línea] [Citado el 5 de julio 2005] Disponible en Internet:

de comunicación por cuanto estas configuran su entorno. Los medios masivos de comunicación, como la radio, la televisión, la prensa y la internet, que hasta mitad de siglo apenas eran mencionadas en los tratados sobre sistemas políticos, se han convertido hoy para algunos autores, en elementos constitutivos de los sistemas democráticos193.

A pesar de que la forma de proceder a través de los medios de comunicación ha sido regulada tanto nacional como internacionalmente, dichos medios siguen estando amenazados, de una parte, por las distintas clases de censura desarrolladas en el capítulo 1.2, y de otra, por los distintos conflictos que se presentan entre dicho proceder y los demás derechos fundamentales, y por la irresponsabilidad de los medios de comunicación masivos, lo que ocurre, como se expondrá, porque cualquier poder que sea capaz de proteger la libertad de expresión, es también capaz de ponerla en peligro.194

El término responsabilidad, adoptado en el Siglo XIX por la Real Academia de la Lengua Española, etimológicamente proviene del latín respondeo, que significa responder, o responsio equivalente a respuesta. Más allá del tamiz culposo o inculpatorio de antaño, la palabra nos remite a la necesidad de responder por nuestros actos realizados en conciencia.195

En la jurisprudencia constitucional colombiana el Magistrado Fabio Morón Díaz resalta la importancia de la responsabilidad social de los medios de la siguiente manera:

La responsabilidad social de los "medios", se orienta en primer término al compromiso con los ideales democráticos, adquiriendo un sentido la libertad transmitida en ellos, no de prevalencia de intereses personales o de grupo, sino principalmente colectiva. Los medios impresos, radiales o televisivos, disponen de

193 ESCOBAR DE LA SERNA, Op. cit., p. 18

194

THE COMMISSION ON FREEDOM OF THE PRESS. The Commission on freedom of the press: Comisión hutchins. Una Prensa Libre y Responsable. [en línea]. Chicago. [Citado el 5 de julio de 2005 ] Disponible en Internet:

<http://www.uc.cl/fcom/p4_fcom/site/artic/20040326/asocfile/ASOCFILE320040326153830.doc>

195 FERNÁNDEZ CHRISTLIEB, Fátima. La responsabilidad de los medios de comunicación. [ En

Línea] México [Citado el 5 de julio de 2005] Disponible en Internet <http://www.mexicanadecomunicacion.com.mx/Tables/RMC/rmc80/apuntes.html#1>

una capacidad no sólo para defender determinadas posiciones, sino que éstas deben encuadrarse en el marco del interés general para no convertir el poder de

que disponen en agente de privilegios contrarios al pluralismo que se busca realizar.196

Es importante enfatizar en que evidentemente existe una dualidad libertad- responsabilidad por parte de los medios de comunicación consagrada en el Artículo 20 de nuestra Carta Política. Esta concepción dual, inició en 1942 cuando al entonces rector de la Universidad de Chicago, Robert Hutchins, le fue solicitado un estudio sobre el estado y las perspectivas de la libertad de prensa. Meses después se constituyó un equipo de 13 miembros, la mayoría académicos y algunos representantes de la sociedad civil, encabezados por el propio Hutchins, y en marzo de 1947 presentaron los resultados de sus trabajos. El informe se tituló Una prensa libre y responsable (A free and responsible press) y de inmediato suscitó la controversia y un gran interés por las dimensiones éticas y morales del quehacer periodístico. Aunque en un principio fue denunciado por varios directivos mediáticos como un documento que promovía la regulación gubernamental de la prensa, lo cierto es que la Comisión Hutchins -como fue bautizado públicamente el equipo comandado por el rector de la Universidad de Chicago- no propugnaba eso sino una necesaria autocrítica de la prensa para corregir algunos de sus defectos197.

El reporte Hutchins tiene el mérito de haber elaborado el primer diagnóstico multidisciplinario sobre la necesaria dualidad libertad – responsabilidad y de elaborar una agenda nueva de la prensa.

En este informe se concluyó que hay una contradicción entre la idea tradicional de libertad de prensa y su necesaria contraprestación de responsabilidad, pues el respeto de las leyes, no es per sé un obstáculo a la libertad; sino que debe ser auténtica expresión de una libertad positiva.

196 COLOMBIA. Corte Constitucional. Sala plena. Salvamento de voto del Magistrado Fabio Morón

Díaz en la Sentencia de constitucionalidad C- 488 del 28 de octubre de 1993. M. P. Vladimiro Naranjo Mesa. Asunto: Acción de inconstitucionalidad contra el inciso 2o. del artículo 23 de la Ley 58 de 1985: Restricción a la publicación de encuestas de opinión como recurso democrático.". MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA. Jurisprudencia Constitucional [en línea] [Citado el 25 de junio de 2005] Disponible en Internet:

<http://web.minjusticia.gov.co/jurisprudencia/CorteConstitucional/1993/Constitucionalidad/C-488- 93.htm>

197MARTÍNEZ, Omar Raúl: por los rumos de la ética: Responsabilidades del periodismo.. [en línea].

México . [ Citada el 5 de julio de 2005] Disponible en Internet:

Se dice que la complejidad de la sociedad industrial moderna, la situación crítica mundial y las nuevas amenazas a la libertad implican que ha llegado la hora de que la prensa asuma una nueva responsabilidad pública. Debido a la concentración de la propiedad la variedad de fuentes de información y de opinión es limitada, al mismo tiempo, las necesidades del ciudadano se han incrementado.

La voz de los medios de comunicación afecta el funcionamiento del Estado. Bajo estas circunstancias se hace imperativa la pregunta si la libertad de prensa ¿se puede seguir dejando en manos de los pocos que la manejan?.

Dicho reporte, establece también que la libertad de prensa tiene la obligación de proporcionar elementos de juicio objetivos, veraces e imparciales necesarios para una democracia, y hoy nuestra sociedad requiere, primeramente, una entrega verdadera, completa, inteligente y analítica del acontecer diario en un contexto que permita al receptor del mensaje hacer su propio juicio. En segundo lugar, se busca un foro para el intercambio de opinión y crítica. En tercer lugar, se requiere un medio para proyectar e intercambiar las actitudes y opiniones de los distintos grupos sociales. Cuarto, una forma de presentar y clarificar las metas y valores de la sociedad. Quinto, buscar una manera de llegar a cada miembro de la sociedad con las corrientes de pensamiento, información y sentimiento que la prensa provee.

También se resalta la responsabilidad de la prensa de ser precisa en los temas informados; no debe mentir. Destaca en este punto al periodista como fuente de noticias, como el primer eslabón en la cadena de responsabilidad; así mismo y de manera correlativa, se destaca la importancia de que las grandes agencias de comunicación de masas se vean a sí mismas como portadores comunes de la discusión pública afirmando que los grandes medios pueden y deben asumir la responsabilidad de publicar las ideas significativas, aun cuando sean contrarias a las propias, como una muestra de reporteo objetivo. Finalmente se dice que la prensa tiene una similar responsabilidad en el tema de las metas y valores de la sociedad como un todo. El medio de comunicación social, queriéndolo o no, ensombrece o clarifica estos ideales a través de la comunicación de fracasos y logros del día a día.198

198

THE COMMISSION ON FREEDOM OF THE PRESS. THE COMMISSION ON FREEDOM OF

THE PRESS: COMISIÓN HUTCHINS. Una Prensa Libre y Responsable. [en línea]. Chicago.

[Citado el 5 de julio de 2005 ] Disponible en Internet: <http://www.uc.cl/fcom/p4_fcom/site/artic/20040326/asocfile/ASOCFILE320040326153830.doc>

De todas las anteriores apreciaciones quisiéramos resaltar que hoy en día, es indiscutible, el hecho de que los medios de comunicación están configurados como grandes empresas que por este solo hecho tienen que obtener beneficios en su labor para su supervivencia en el mercado. Esta estructura empresarial plantea unas exigencias y unas pautas de funcionamiento que afectan a todos sus componentes, incluidos los profesionales que trabajan en ellos y los contenidos que difunden199, contenidos que inevitablemente afectan a la sociedad, pues los medios pueden incrementar el progreso de la civilización o pueden frenarlo. Pueden humillar y vulgarizar a la especie humana. Pueden, por un descuido, poner en peligro la paz mundial, aun cuando sea sin intención. Pueden subir o bajar el perfil de una noticia y su importancia, crear y alimentar emociones, inventar ficciones tranquilizadoras, mal interpretar palabras y sostener vacíos eslogan. Su alcance y poder aumenta día a día en la medida en que nuevos instrumentos se hacen accesibles a ellos.200

Es por esta razón que los medios de comunicación tienen una clara función social y Política, pues no son sino un poder que controla las facultades del Estado, informando hechos ciertos y desaciertos del mismo.201.

Es importante precisar que no es intrínsecamente ilegal que los medios de comunicación estén configurados como empresas, pues el conflicto entre las exigencias que hace la Constitución en su artículo 20 respecto a la responsabilidad de los medios en el contenido de informaciones que trasmiten al público, no es incompatible con su función en el mercado.Incluso resulta en alguna medida conveniente que esta configuración empresarial exista, por cuanto esto genera cierta autonomía e independencia del poder político que le permite mantener un papel vigilante del gobierno que no existiría si el manejo de los medios de comunicación fueran controlados exclusivamente por parte del Estado

199 AZNAR, Hugo. Comunicación responsable: Deontología y autorregulación de los medios.

Barcelona: Editorial Ariel, 1999. p. 48

200 THE COMMISSION ON FREEDOM OF THE PRESS. THE COMMISSION ON FREEDOM OF

THE PRESS: COMISIÓN HUTCHINS. Una Prensa Libre y Responsable. [en línea]. Chicago.

[Citado el 5 de julio de 2005 ] Disponible en Internet: <http://www.uc.cl/fcom/p4_fcom/site/artic/20040326/asocfile/ASOCFILE320040326153830.doc>

201 DONSBACH, Wolfgang. Contenidos, utilización y efectos de la comunicación Política. Citado

por : DE LA SERNA, Luis. Manual de derecho de la Información. Madrid: editorial Dykinson, 1997. p. 19

Pero así como la estructura empresarial de los medios de comunicación trae consigo ventajas, también crea situaciones dentro de las mismas que condicionan los contenidos de los mensajes y las opiniones que finalmente son conocidas por el público precisamente por requisitos del marketing, y la lucha por ampliar la venta o la audiencia que obliga a tratar de satisfacer el gusto de los consumidores adaptando su oferta a la demanda -exigente o no – que mas les represente beneficios.

Es en este punto cuando la responsabilidad de los medios se traduce en la recolección de información objetiva en donde el rol de los comunicadores que actúan por delegación de la sociedad se convierte en legitimar su actuar en información veraz e imparcial. A pesar de esto, existen dos factores determinantes en la influencia de los medios de comunicación sobre el mensaje transmitido a los ciudadanos:El primero de ellos se debe a que la mayor parte de los ingresos de los medios se obtienen de la publicidad, lo que se traduce en algunas ocasiones en presión directa por parte de los anunciantes con grandes cifras de inversión. El segundo factor es sin duda la propiedad misma del medio. Al igual que el propietario de cualquier empresa, el propietario del medio de comunicación interviene en la elaboración de producto sin reparar para nada en la naturaleza especial del mismo202.

La responsabilidad social entonces se ve afectada por factores externos que impiden el libre ejercicio de la labor periodística, y desafortunadamente hoy en día leer noticias con inteligencia es preguntarse quién ha contado el hecho con qué interés, pues la interpretación de la noticia se hace mejor si preguntamos a quién aprovecha y a quién perjudica. Es más, las fuentes forman parte también de la audiencia y como se ha dicho antes, la audiencia se ha convertido más que en un recipiente informativo, una fuente de ingresos para la empresa de noticias.

Esta influencia no es solo ejercida hacia los medios; también es ejercida a través de los medios de comunicación, pues no hay nada más persuasivo que las noticias que son presentadas como los hechos que invitan al público a sacar sus “propias conclusiones” de ellas.203.

202 AZNAR. Op. cit., p. 50-53.

203

GOMIS, Lorenzo. Teorías del periodismo. Cómo se forma el presente. Barcelona : Paidos, 1991. p.63-155.

La influencia que se hace a los mensajes que son transmitidos por parte de los medios de comunicación, se hace evidente en cuanto a la difución de encuenstas a travez de los mismo, al respecto la Corte Constitucional ha dicho:

No hay por qué desconocer una libertad pública ni un derecho fundamental, cuando la libertad supone responsabilidad y los derechos tienen deberes correlativos. Por ello la Sala considera pertinente insistir en que la difusión de las

encuestas de opinión exige siempre un alto grado de responsabilidad social por parte de los medios de comunicación; de ahí que toda manipulación de la información sea un atentado directo contra la ética periodística y, jurídicamente, contra el derecho a la información imparcial y veraz que tienen los asociados.204 Las variadas influencias ejercidas en el momento de la recolección de información afectan en gran medida la función de los medios en contribuir a la formación de la opinión pública. Esta función contenida en la responsabilidad de los medios, es evidente, pues llaman la atención tanto del público como del gobierno, acerca del clima de opinión imperante.

De las influencias anteriormente citadas, , la propiedad representa la más poderosa y directa en la actividad de los medios. Así parece confirmarlo una encuesta entre periodistas de Cataluña (véase tabla 1 ).205

.

Pero la responsabilidad de los medios de comunicación no se reduce a la recolección de información y a la objetividad en la transmisión de un hecho. También existe la función de los medios de control en el gobierno, pues lo medios, al suscitar cuestiones que ponen en entredicho la acción del gobierno o incluso de otras instituciones públicas o privadas, al sacar a la luz casos de corrupción o

204COLOMBIA. Corte Constitucional. Sala plena. Sentencia de constitucionalidad C- 488 del 28 de

octubre de 1993. M. P. Vladimiro Naranjo Mesa. Asunto: Acción de inconstitucionalidad contra el inciso 2o. del artículo 23 de la Ley 58 de 1985: Restricción a la publicación de encuestas de opinión como recurso democrático.". MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA. Jurisprudencia Constitucional [en línea] [Citado el 25 de junio de 2005] Disponible en Internet: <http://web.minjusticia.gov.co/jurisprudencia/CorteConstitucional/1993/Constitucionalidad/C-488- 93.htm>

escándalos, ponen en marcha los mecanismos oficiales de control206; Así mismo, los medios ofrecen al público información completa de los conflictos armados en un país, y sobre todo la violación de derechos humanos que se cometen a nivel nacional e internacional. Sin embargo, la función de los medios en este sentido se ve coartada por la autocensura, teniendo en cuenta las cantidad de periodistas que han fallecido a nivel mundial (Véase gráfico 2) y más aún teniendo en cuenta los periodistas que han fallecido en las zonas de conflicto, cumpliendo su labor periodística (Véase gráfico 4 en anexos) e incluso fuera de las zona de conflicto por divergencias Políticas o ideológicas (Véase gráfico 5 en anexos).

Con lo dicho anteriormente, resulta necesario concluir, que los límites a las libertades informativas impuestos a los medios de comunicación a través de la responsabilidad social, es una práctica democrática que maximiza el papel de éstos en la perfección de las instituciones de los Estados de Derecho, y que legitima la posibilidad del Estado de utilizar el orden jurídico para impedir que se socave el acuerdo en lo fundamental que distingue un país de leyes de un Estado sin derecho207.

De esta manera lo ha entendido la Corte Constitucional:

Así, los medios de información son libres pero tienen responsabilidad social (Constitución Política artículo. 20), por lo cual bien puede el ordenamiento jurídico

precisar el alcance de esa responsabilidad y la manera de hacerla efectiva.”(...)

“Esto significa que la veracidad e imparcialidad constituyen condiciones de legitimidad o presupuestos que delimitan el ámbito constitucionalmente protegido

de la libertad informativa, tal y como se desprende de numerosos pronunciamientos de esta Corte.(...)

Los medios de comunicación para asegurar el derecho de todos a una información veraz (CP art. 20), tienen la obligación de no inducir a las personas a conclusiones

206

ESCOBAR DE LA SERNA. Op. cit. p. 20.

falsas o erróneas sobre hechos o sucesos, tal y como esta Corte lo ha destacado en numerosas ocasiones208.

2.3.2. PROHIBICIÓN DE CENSURA, ORDEN PÚBLICO Y SEGURIDAD