Part I: Multi-parametric/explicit moving horizon estimation
11.5 Analysis of the results of the control case study
Con la formación del Estado unitario República de Colombia se da una nueva Constitución Política y es promulgada en el año 1886. Sin embargo, las primeras reseñas históricas en normatividad jurídica sobre discapacidad se pudieron haber dado inicialmente en Antioquia ya que no se encuentra registro histórico de que los poderes nacionales hayan legislado en materia de discapacidad y por ello, el Departamento pudo haber sido más rápido en producir estas normas.
Hacer un acercamiento a la mayor parte de la normatividad jurídica en discapacidad que se creó para el sector educativo en Colombia de un período determinado a otro podría ser dispendioso pues, es posible que en algunos momentos de la historia no se pueda encontrar en las Constituciones ninguna norma al respecto; sin embargo, se podría hacer referencia de algunos documentos escritos por especialistas en materia de Derecho Constitucional que aunque sus opiniones no hayan quedado plasmadas en las constituciones de nuestro país, si fueron grandes aportes para la construcción de las mismas ya que hacen referencia a la igualdad de derechos entre los individuos a pesar de sus diferencias.
Se detalla a continuación la profundidad del argumento encontrado en un texto en la Sala Antioquia de la biblioteca Pública Piloto de Medellín del año 1839 que trata sobre Derecho Constitucional donde sobre el tema de la soberanía aduce que “por fortuna los deberes y derechos del hombre social no dependen del modo con que se reuniesen al principio, sino de las necesidades inherentes a su condición física y moral, como existe al presente ya sean originadas de su naturaleza, ya de los hábitos contraídos”. (Del Real, 1839, p. 1)
Figura 2. Primera página del libro completo en original “Elementos de Derecho Constitucional” (1839) de Antonio Del Real
Fuente: Biblioteca Pública Piloto, Sala Antioquia
En referencia al mismo tema es posible establecer que “la lista de los derechos individuales ha variado, aumentándose, porque la historia señala sucesivamente la importancia de cada uno de ellos. Hoy pueden reducirse a estas dos ramas: La igualdad civil y la libertad individual” (Moreno, 1915, p. 17); mostrando así una visión más amplia de que las sociedades han avanzado; lento en el caso de la discapacidad, pero han avanzado. Sin embargo, no podemos desconocer que ya en la mente de muchos profesionales había una visión más abierta de darles oportunidad a todos los individuos que componen una sociedad, por ello en otrora:
Para los pactistas, la igualdad civil, como la política se desprende en buena lógica del contrato social. Los publicistas del siglo dieciocho la deducían de los principios del derecho natural. En su concepto, esa igualdad existía en el estado anterior de las sociedades civiles, y a pesar de las desigualdades físicas y morales de los seres humanos. Ellos se basan en dos consideraciones fundamentales, a saber:
2°Cada hombre debía reconocer en sus semejantes los derechos emanados de la ley natural, para que estos le reconociesen sus propios derechos (Moreno, 1915, p. 17).
Figura 3. Primera página del libro completo en original “Colombia Constitucional” (1915) de Miguel Moreno
Fuente: Biblioteca Pública Piloto, Sala Antioquia
Estas apreciaciones coinciden con el artículo primero de la Declaración de Derechos de 1789, cuando dice que “Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derecho. Las distinciones sociales no pueden fundarse sino sobre la utilidad común” (Antonio Nariño, citado por Moreno, 1915, p. 17).
Antes de iniciar este recorrido histórico, es necesario recordar que Colombia ha tenido varias Constituciones y por ello, se hace relevante comprender que:
De 1809 a 1830 el país estuvo signado por una innegable indefinición constitucional, lo cual se puede comprobar al ver que, en 1811, fue expedida la Constitución del Estado Libre del Socorro;… y de la Provincia de Cundinamarca; y que, en total, hasta 1830, surgieron ocho constituciones de distintos departamentos como Tunja, Cartagena, Mariquita, Neiva y Antioquia. En 1830 nace una nueva Constitución, pero esta resulta casi inservible al producirse, a menos de cuatro meses de expedida, la separación de Venezuela y Ecuador.
De 1830 a 1886 Colombia contó con seis constituciones (incluidas las de 1858 y 1863, mismas que no hacen referencia en ninguno de sus articulados a la población en
situación de discapacidad). Por otro lado…Se le otorgó un mayor poder y representación a las provincias, el nombre que recibió el país fue el de Estado de Nueva Granada, nombre que conservo hasta la expedición de la Constitución de 1853. Sin embargo, en 1843:…el presidente de Colombia Pedro Alcántara Herrán, después de concluida la guerra (civil), elaboró una nueva Constitución en la que se fortaleció el poder del Presidente con el fin de poder mantener el orden en todo el territorio nacional, se hizo una intensa reforma educativa”. (Constituciones de Colombia, Subgerencia Cultural del Banco de la República. 2015)
Nótese entonces que en la Constitución Política de la Nueva Granada, del 20 de abril de 1843, no hace referencia en ninguna norma, a aspectos relacionados con la discapacidad pero se podría tener en cuenta como dato curioso lo escrito en el Título II, nombrado “De los ciudadanos”, Artículo 10°, donde se aduce que “el ejercicio de los derechos de ciudadano se suspende” y entre cuatro numerales se encuentra el 3° que afirma: “en los que se hallen en estado de enajenación mental.” (Constitución Política de la Nueva Granada, 1843, p.3)
Es evidente que no tenemos aquí un aporte que ayude mucho a las intencionalidades que la investigación pretende ya que aún persiste la discriminación, pero cabe aclarar que se irá descubriendo los cambios significativos más adelante.
3.2 La Constitución Política de Colombia de 1886 y la nueva regulación