2.3 Password Databases
2.3.2 Attacks on Password Databases
En años algo convulsos en lo político, lo económico y lo educativo, se publica la LOECE (Ley Orgánica del Estatuto de Centros Escolares de Enseñanza no universitaria). De nuevo vuelve a caer en postulados que no consideraban las peculiaridades de la escuela rural y solamente “se preocupó de proteger los privilegios de los titulares de centros privados en detrimento de una enseñanza pública para todos tal y como se recogía en el artículo 2725 de la entonces joven Constitución Española de 1978” (Berlanga, 2003:59). La escuela rural había sufrido cambios coincidiendo con la desaparición de las concentraciones escolares, y ahora, se encontraba en un momento esperanzador con la llegada de un nuevo gobierno en 1982.
Del Real Decreto de Educación Compensatoria (1983) hasta la LOGSE (1990) va a advenirse una ruptura con todo lo anterior en la escuela rural. Terminada la transición y con la llegada al poder del Partido Socialista Obrero Español en 1982, se va a promulgar el Real Decreto de Educación Compensatoria en 1983, que pone al descubierto la inferioridad educativa en zonas marginales y zonas rurales deprimidas. Por ello se van a crear las Zonas de Actuación Educativa Preferente (ZAEPs), al igual que se constituirían los Servicios de Apoyo Escolar (SAEs) y los Centros de Recursos (CEREs).
El R.D. 1174/1983, de 27 de abril, supone uno de los ejes vertebradores de donde van a partir muchas de las disposiciones que van a constituirse en la escuela rural. Es el centro neurálgico del programa educativo compensador junto con otras medidas que añadimos seguidamente:
“El MEC desarrollará a partir del año 1983 un programa de Educación Compensatoria en beneficio de aquellas zonas geográficas o grupos de población que por sus especiales características requieren una atención educativa preferente” (art.1º)
25El artículo 27 de la Constitución Española reconoce que todas las personas tienen derecho a la educación y establece los principios esenciales sobre los que se sustenta el ejercicio de este derecho fundamental.
40| Escuela, medio rural y diversidad cultural en un contexto global
A partir de este Real Decreto de Educación Compensatoria, se van a llevar a cabo diferentes experiencias en toda España, acabando con el panorama desalentador y la situación de abandono de la escuela rural, monótonamente repetida y reproducida a lo largo del tiempo. A pesar de introducir cambios en las formas, no profundizan en las raíces del problema, es decir, en el fondo.
Ante la posibilidad legal de realizar experiencias cabe destacar la aparición de modelos organizativos alternativos como es el caso de los Centros Rurales de Innovación Educativa (CRIEs). Éstas a su vez dieron lugar a otras como fue la creación de los CRAs (Colegios Rurales Agrupados), por la promulgación del Real Decreto de 2 de diciembre de 1986.
“Los CRIEs, no son una alternativa a las concentraciones y a las escuelas-hogar, sino un complemento y factor de consolidación de las escuelas unitarias” (Roche,
1998:70 cit. por Corchón, 2005:45).
Estos tipos de centros recogen tanto las ventajas de las escuelas rurales así como la de las diferentes concentraciones en una cabecera de comarca, aunque no por ello dejen de ser actuaciones especiales. Por tanto, podemos comprobar cómo se mantuvieron
Figura 1.3: Medidas que se añadieron al Real Decreto de Educación Compensatoria
Capítulo 1: El mundo rural hoy: situación y problemática
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41las escuelas rurales gracias a este Real Decreto, lo que supuso un avance en la educación en y para el medio rural, siendo medidas que se incorporarían posteriormente en la LOGSE.
Se contemplan tiempos de expectativas y esfuerzos a favor de la escuela situada en el medio rural que se traduce en discusiones concretas de profesionales, es decir, lo más importante es que se habla y se enmarca en el desarrollo de un talante inquietante respecto a este tema. En Andalucía26 podemos resaltar que algunos colectivos en defensa de la escuela rural realizaron debates, jornadas,… como fueron las I Jornadas Andaluzas de Escuela Rural en Loja (Granada) en 1985.
Entre el Real Decreto de Educación Compensatoria y la LOGSE se van a encontrar pocas diferencias referentes a la escuela rural, más bien va a ser una continuidad que se va a ir haciendo patente a lo largo de los años. La política educativa que subyacía en la LOGSE, es tanto una continuación como una representación de intranquilidad y retroceso, comparando algunos de sus artículos.
Pero antes llegaría la Ley Orgánica del Derecho a la Educación (LODE) que presentaría el ministro Maravall en diciembre de 1985 va a tratar de ser un eje para la participación y democratización de las escuelas, representando los criterios del socialismo en el sistema educativo. Critica las concentraciones escolares en la escuela rural, donde el propio Maravall (1984:39 cit. por Berlanga, 2003:65) afirmó que “son las escuelas las que deben ir a los alumnos, no los alumnos a donde están las escuelas”. Pero esta Ley fue derogada por la LOGSE contradiciendo al ministro que la impulsó que expresaba lo siguiente “una reforma educativa ambiciosa sólo puede madurar en un plazo de siete o diez años (Maravall, 1984:9 cit. por Berlanga, 2003:66). Una vez más, se perdió la oportunidad de adecuar y atender la educación en el medio rural, a pesar de que se abrieran nuevas y optimistas expectativas, no terminaron con las carencias existentes.
La LOGSE va a presentar un ápice de contrariedad en la garantía que tendrían los alumnos-as de quedarse en su pueblo y no desarraigarlo de su hábitat familiar y cultural, ya que dice que “excepcionalmente” y en pro de la calidad de la enseñanza sí podrían
26Podemos resaltar varios estudios actuales, entre otros, sobre la Escuela Rural Andaluza que deben consultarse: Corchón, E. (2002): La escuela rural. Elementos de su organización. CISS PRAXIS. Bilbao.
Bustos Jiménez, A. (2006). Los grupos multigrado de Educación Primaria en Andalucía. Granada, Servicio de Publicaciones de la Universidad de Granada.
42| Escuela, medio rural y diversidad cultural en un contexto global
escolarizarse a los niños en un municipio próximo al de su residencia (lo defiende en el artículo 65.2 que fue el que provocó el retroceso citando el término rural una sola vez):
Excepcionalmente en la educación primaria, y en la educación secundaria obligatoria en aquellas zonas rurales en que se considere aconsejable, se podrá escolarizar a los niños en un municipio próximo al de su residencia para garantizar la calidad de la enseñanza. En este supuesto, las Administraciones educativas prestarán de forma gratuita los servicios escolares de transporte, comedor y, en su caso, internado.
Pero como suele ocurrir con las excepciones, se van convirtiendo en habituales, con lo cual se volverá en muchos casos a las concentraciones escolares, impartiendo la Educación Infantil y Primaria en la localidad y teniéndose que trasladar para la Educación Secundaria Obligatoria. “Todo” lo demás como comenta Corchón (2005:51) “es demagogia y caer en los mismos postulados que los de la ley de 1970, criticados por los mismos que idearon la Reforma del Sistema Educativo y elaboraron la LOGSE”.
En Andalucía se van a presentar algunos aspectos que la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía (CEJA) estaba desarrollando desde 1988 con el R.D. de Educación Compensatoria y el Plan de Actuación para su Escuela Rural, teniendo continuidad con la entrada en vigor de la LOGSE. Entre ellos podríamos destacar la lucha contra la desigualdad, garantizar una educación en el medio que habita el niño, Programa de Medidas Complementarias sobre el Programa de Preescolar en Casa (dirigido a menores de seis años del medio rural) y absentismo escolar, mayores recursos humanos y materiales,…