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Definir la dignidad humana no es una tarea fácil, en la medida en que no existe un único concepto sobre dicho principio, por tal motivo es complicado poder definirlo, más sin embargo en la presente investigación se intentará dar una aproximación. Hablar de dignidad no es referirse a un objeto simple y sencillo, sino que hay un gran recorrido teórico y filosófico, que no implica solo a la persona como tal, sino también el colectivo, comunidad y el contexto al que pertenece.

Es importante empezar mencionando que la dignidad humana, se ubica como el valor básico fundante de los derechos humanos, expresada en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en donde no hay principio superior a la dignidad, y en donde se indica que: “los derechos se desprenden de la dignidad”.45 Según los derechos humanos,

45 Josep Rafael Moncho i Pascual, “Sobre la dignidad humana”, Ágora. Papeles de Filosofía (Santiago de Compostela), vol. 22, nº 1, 2003, 189. http://hdl.handle.net/10347/1224.

la dignidad es: “La esencia de la persona; […] representa el componente más importante de cada ser humano pues nos diferencia del resto de especies, y el núcleo constitutivo de la persona.”.46 Según Alexy, “la dignidad de la persona no está garantizada si el individuo

es humillado, discriminado, perseguido o despreciado”.47

En relación con la trata de personas, en la cual se identifica que a las personas se les esclaviza, humilla y denigra, es decir, no se la reconoce como un sujeto digno, íntegro tanto físicamente como psíquicamente y sexualmente, sin duda representa una vulneración a este principio y, por ende, se conforma como un objeto que se puede vender y comercializar, convirtiéndose en un medio para lograr un fin. En el caso de la trata de personas como se vio anteriormente el fin será la explotación para conseguir un rédito lucrativo. A manera breve, es importante citar que por trata con fines de explotación sexual se entiende “las personas que son utilizadas en prostitución, al turismo sexual y pornografía”.48 En esta etapa los tratantes ejercen control hacia las víctimas, el mismo

que va desde los horarios de “trabajo”, las tarifas, el acceso a métodos anticonceptivos, los desplazamientos, el pago de “deuda”, entre otros aspectos.

En virtud de lo anteriormente expuesto, la trata de personas es una vulneración a la dignidad humana, entendida esta como cita Josep Rafael Moncho a Kant en su texto:

La humanidad misma es una dignidad; pues el hombre no puede ser utilizado por ningún hombre (ni por otro ni por sí mismo) sólo como medio, sino que debe ser utilizado siempre a la vez como fin, y su dignidad (personalidad) estriba precisamente en que él se eleva sobre todos los otros seres del mundo, que no son hombres, pero pueden ser utilizados, consiguientemente se eleva sobre todas las cosas.49

En consecuencia, hay que saber distinguir a las personas de cuando se transforman en un objeto o mercancía. Las primeras no pueden ser utilizadas como medios, como sucede en la trata de personas, ya que el ser humano (entiéndase como hombres, mujeres, niños, niñas y adolescentes) no tiene precio, como dice Kant: “el hombre es fin supremo o fin en sí”,50 por lo tanto, no hay como venderlo ni comprarlo. Hay que respetar y

reconocer al otro en su dignidad humana. Moncho plantea varios campos que Kant ha

46 Jorge Poveda Yánez, Jeaneth García Rojas y Gioconda Benítez Escobar, “¿Cuáles son los fundamentos de los Derechos Humanos?”, en Manual de derechos humanos: Una herramienta básica para

el ejercicio del servicio público (Quito: Ediecuatorial, s.f), 20.

47 Robert Alexy, Teoría de los derechos fundamentales (Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2001), 345.

48 Joves, La trata de personas, 12.

49 Immanuel Kant, Metaphysik der Sitten (Hamburgo: Ed. Félix Meiner, 1966), 320, citado en Moncho i Pascual, “Sobre la dignidad humana”, 190.

identificado que deterioran la dignidad humana, estas esferas que plantea son: “a) en el mundo político, b) en el mundo jurídico, c) en el mundo económico”.51

A nivel político, la dignidad se encuentra en el legislador, el que elabora la ley, más no al ciudadano o súbdito, quien tiene una dignidad limitada o inferior, la cual depende del grado de obediencia al legislador. Bajo esta perspectiva que nos plantea el autor antes citado, un delincuente se encuentra reducido a una cosa para quien la dignidad se encuentra negada. En lo económico, puesto que la trata hace mención a un negocio ilícito a nivel mundial de mayor rédito económico, compartiendo lugar con el tráfico de drogas y el tráfico de armas.

Al hablar de mercado o de economía, se piensa en términos de contrato, en que se identifica a criterio del autor no es libre, ya que “el consumo se jerarquiza en estratos, desde la clase monopolizadora, a los estratos miserables. Es evidente que el mercado es desigual”,52 en este sentido, los que gozan de dignidad serán los que tienen el poder en

sus manos. En la trata de personas los tratantes son quienes tendrían dignidad no así las víctimas de este delito, ya que estas son consideradas objetos para hacer un uso, perdiendo su dignidad humana como tal, “el hombre-mercancía es por definición hombre-cosa utilizable, teniendo incluso un precio”.53 De esta manera, se evidencia como “ataca el

mercado a la propia noción de dignidad, que no admite discriminaciones ni jerarquías”.54

Al respecto, de las jerarquías y la noción de poder que se inserta en la problemática de trata de personas analizaremos posteriormente.

A modo de síntesis, este primer capítulo permitió establecer el marco conceptual de la trata de personas con especificidad en la trata con fines de explotación sexual, la misma que debe ser entendida y conceptualizada como una grave violación a los derechos humanos, de manera particular como una vulneración a la dignidad humana. Siguiendo con la lógica integral con la que hay que abordar la problemática de trata de personas, a continuación, se analizará el marco de protección en el cual se encuentra inmersa la atención psicosocial a personas afectadas por este hecho, en donde el Ecuador tiene un papel protagónico al ser el principal responsable de respetar, y hacer respetar los derechos de las víctimas, garantizando de esta manera el buen vivir y la dignidad de las mismas.

51 Ibíd., 192.

52 Ibíd., 193. 53 Ibíd., 195. 54 Ibíd., 193.

Capítulo Segundo

Marco de protección como garantía de una adecuada atención

psicosocial

El presente capítulo tiene como objetivo analizar el marco de protección que permita la atención psicosocial a las personas afectadas por la trata de personas, con fines de explotación sexual. Se revisan los principales instrumentos normativos internacionales y nacionales, en especial, las obligaciones que tiene el país ante esta problemática.

En este sentido y como se verá más adelante, la principal política pública nacional es el Plan Nacional para combatir la Trata de Personas, Tráfico Ilegal de Migrantes, Explotación Sexual, Laboral y otros modos de explotación y prostitución de mujeres, niños, niñas y adolescentes, pornografía infantil y corrupción de menores55. Dicha política se encuentra articulada a los ejes de prevención, investigación y sanción, protección y reparación, restitución de los derechos de las víctimas, pero para fines de la presente investigación se enfatizará en torno al eje de atención y protección. Para el análisis respectivo, por un lado, se ha agrupado el marco de protección internacional, y, por otro lado, el marco de protección nacional, con énfasis en las ciudades de Quito y Machala, puesto que en estas localidades se encuentran las únicas dos casas de acogida para adolescentes víctimas de trata con fines de explotación sexual disponibles en el país.

1. Marco de protección internacional en torno a la atención psicosocial en la