A pesar de que corresponden al Estado las competencias sobre “nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo”, las políticas de integración pasan por la adecuada prestación al extranjero de una serie de servicios como la educación, la sanidad, la vivienda o la asistencia social, que están en manos de las Comunidades Autónomas.
Así, y teniendo en cuenta que la población inmigrante en Castilla-La Mancha ha aumentado considerablemente en los últimos años, es evidente la necesaria colaboración de la Administración Regional y Local para resolver o paliar los problemas de los inmigrantes que residen en la Comunidad.
De este modo, la normativa que trata aspectos relacionados con la inmigración y que existe a nivel de Castilla La Mancha es la siguiente:
• Ley 5/1995, de 23 de marzo, de Solidaridad de Castilla-La Mancha.
• Ley 3/1986, de 16 de abril de 1986, de servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
• Orden de 20 de diciembre 1999, para la financiación de proyectos y actividades de bienestar social encaminadas a la atención de colectivos en situación de desventaja social, a la integración social de emigrantes castellano-manchegos. (D.O.C.M. nº 78, de 21 de diciembre).
• Decreto 92/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica y las Competencias de la Consejería de Trabajo y Empleo, en el figuran las atribuciones en materia de inmigración.
Necesidades formativas de los trabajadores inmigrantes en los sectores de la hostelería y los servicios personales de Castilla-La Mancha
• Plan Regional para la Integración Laboral de Inmigrantes de Castilla-La Mancha, 2006- 2007
• Acuerdo por el empleo de Castilla-La Mancha, 2004-2007
En concreto, la atención a los inmigrantes constituye la materialización del mandato general a los poderes públicos regionales, contenido en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, que les ordena promover las
condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social de la Región.
Esta filosofía impregna el artículo 1 de la Ley 5/1995, de 23 de marzo, de Solidaridad de Castilla-La Mancha en la que se proclama como objeto, promover en Castilla-La Mancha la
igualdad de oportunidades de los ciudadanos en situación de desventaja social a través de medidas de acción positiva que faciliten el desarrollo personal y la plena participación de todos los ciudadanos en la sociedad en condiciones de igualdad.
Asimismo, en el artículo 11 de la Ley 3/1986, de 16 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad de Castilla-La Mancha, se contempla como servicio social especializado el denominado de “Minorías Étnicas”, cuyo objeto es promover la integración social de las mismas, conservando sus valores y sistemas de vida específicos.
Puesto que la principal motivación de la mayoría de inmigrantes que acuden a Castilla-La Mancha es la de conseguir un medio de vida, el principal mecanismo de integración lo constituye el mercado de trabajo; y es que por medio de éste, entran en contacto con la sociedad que les acoge y ésta con los inmigrantes. En consecuencia, para mejorar la integración laboral de los inmigrantes, se ha elaborado y aprobado el Plan Regional para la Integración Laboral de los Inmigrantes.
Pero el trabajo, siendo un factor decisivo, no es el único ámbito para lograr la integración social de los inmigrantes, sino que este objetivo pasa también por asegurarles un adecuado marco de participación y un reconocimiento de prestaciones sociales que eviten situaciones de exclusión.
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En este sentido, se desarrolla el II Plan de Integración Social de la Consejería de Bienestar Social de Castilla-La Mancha y que recoge medidas adaptadas a la población extranjera inmigrante con dificultades idiomáticas y culturales.
Por último, en relación a estas políticas de integración es importante tener en cuenta los siguientes aspectos5:
• Es conveniente desarticular ciertas creencias sobre los colectivos de inmigrantes, que le sitúan como un grupo necesitado permanentemente de ayuda y adscrito, casi para siempre, a la red asistencial pública o privada. Así, aunque en un primer momento encuentren severas condiciones de subsistencia, no es menos cierto que se trata de personas con un aceptable nivel de salud, de edad joven y con evidentes deseos de participar en el desarrollo socioeconómico de la comunidad de recepción.
• Muchas de las necesidades que tiene la población inmigrante, así como sus demandas, son consecuencia de las exigencias administrativas para gozar del permiso de residencia en España, y por ello, de ser reconocidos según el ordenamiento jurídico vigente como ciudadanos con derechos a prestaciones sociales. De hecho, cuando estas personas acceden a un empleo regulado y normalizado, generalmente elevan su nivel de vida hasta cotas equivalentes a la población autóctona.
“…no se puede exigir y reconocer una integración plena a quien no tiene todos sus derechos reconocidos, tú te integras en una sociedad en la medida en la que te equiparas en derechos con el resto de la gente, claro con los extranjeros no es así porque le exigimos todas las obligaciones y más sin darles derechos entonces hay ahí una condición previa para la integración que no
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Información extraída de los siguientes fuentes:
• Entrevistas y grupos de discusión.
• ABDELAZIZ, M., CUADROS, A. Y GAITÁN, L. (2005), La intervención social con colectivos inmigrantes,
Madrid: Universidad Pontificia de Comillas, Documentos prácticos del Instituto de Estudios sobre Migraciones.
• XVII Jornadas de Coordinación de Defensores y Defensoras del Pueblo (2002), “La eficacia de los planes de
inmigración” (publicación electrónica de Ararteko, http://www.ararteko.net/webs/varios/inmigra-jor02.pdf, 27/02/07).
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se da y cuya competencia es del gobierno a nivel nacional…”
(Opinión extraída de una entrevista realizada a una experta universitaria en mercado de trabajo e inmigración).
“Hay que diferenciar si vienen de forma regular e irregular, si son irregulares lo principal es acceder a su normalización que es muy difícil y cada vez mas, cada vez las leyes son mas restrictivas, si está regular la adaptación cultural y social, integrarse que no es sencillo, y laboralmente, viene a lo más bajo y hay un periodo en el que aguantan en los estratos mas bajos y luego todos intentan promocionar…” (Opinión extraída de una entrevista realizada a una
representante sindical de trabajadores inmigrantes).
• Los patrones culturales de referencia pueden chocar con los valores imperantes en la sociedad de acogida; sería necesario entonces potenciar el respeto a la diversidad en el marco de una comunidad intercultural, con las acciones y estrategias propias de este ámbito de la intervención.
“Los problemas que hay, pues de formación, problemas de capacitación, de actitudes, de forma de comportarse porque en estos países es distinto es acoplarse y eso cuesta…” (Opinión
extraída de un grupo de discusión de empresarios de hostelería y servicios personales).
“Entre el cambio cultural, el idioma y luego el problema de la vivienda que es un problema grave… el desconocimiento de cómo tienen que funcionar, que pueden pedir y que no, luego depende… del África Subsahariana desconocen mucho y luego vienen de situaciones terribles y claro…” (Opinión extraída de una entrevista
realizada a una experta universitaria en mercado de trabajo e inmigración).
• El sesgo que introducen ciertos planes, programas y proyectos, al ser pensados, diseñados y gestionados desde las áreas de bienestar social o servicios sociales tienden a generar la creencia en la comunidad de que la atención a la población extranjera pasa
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inevitablemente por un abordaje existencialista que en nada favorece la normalización de las personas inmigrantes.
• Existen riesgos relacionados con la “perspectiva etnocéntrica”, es decir, el conjunto de valores, creencias y marcos normativos que cada institución tiene y que por tanto puede influir en la interacción intercultural. De este modo, se pueden producir distorsiones en ese encuentro que pueden dar pie a malentendidos, tensiones, juicios de valor e incomprensiones, llegando al fracaso de la relación.
• En la administración muchas veces se deniegan o adjudican servicios sin analizar con detenimiento otras variables espacio temporales como la fase, el momento en que se encuentran estas personas en su asentamiento y cumplimiento del itinerario migratorio. De este modo, es necesaria una secuenciación de los apoyos, armonizando la oportunidad y simultaneidad de todos y cada uno de ellos. Así, las acciones en el campo del empleo, lo cultural y la participación deberán ser estimuladas a su tiempo y en la intensidad necesaria.
“…los ayuntamientos en nuestra comunidad para subvencionar medidas que dependen de los servicios sociales tienen un sistema obsoleto e inadecuado que es que los ayuntamientos tienen que presentar a la junta proyectos para que ésta se los financie que no son proyectos de más de seis meses, así que cuando quieren contestar es otra vez empezar, así que se dan subvenciones publicas o organismos públicos igual que a organismos privados, así que todos los servicios de inmigración están subvencionados y todo eso lleva a que los trabajadores estén trabajando de manera inestable…” (Opinión extraída de una entrevista realizada a una
experta universitaria en mercado de trabajo e inmigración).
• Los recursos deben coordinarse lo más eficientemente posible puesto que se dan casos de duplicación de los mismos, es decir, desarrollo de actividades que ya se están realizando en un contexto determinado y de puesta en marcha de actividades practicadas en otras ocasiones en el mismo territorio, con parecidos usuarios y con semejantes objetivos y que no tuvieron éxito. Así, hay que tener en cuenta la labor que en las mismas áreas realizan otras administraciones o agentes sociales e incluso la que en una misma administración se desarrolla con idéntica finalidad.
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“…en el caso de Castilla-La Mancha se subvencionan las acciones de inmigrantes anualmente, entonces hay un servicio de información para inmigrantes que es el mismo tipo de servicio pero que en un pueblo lo presta un sindicato en otros sitio Cáritas, en otro Cruz Roja…” (Opinión extraída de una entrevista realizada a
una experta universitaria en mercado de trabajo e inmigración).
“…por ejemplo el SAMI de Toledo, que supuestamente es una figura social dentro del ayuntamiento, que yo todavía no le veo su lógica ni sus funciones, porque es una asistencia que deriva que no puede asesorar y yo no lo veo lógico, se está destinando un dinero a unas medidas que no se sabe si son buenas y estamos fallando…habría que replantear el tema, si se están utilizando y si son las apropiadas…” (Opinión extraída de un grupo de discusión
de expertos en integración e intermediación sociolaboral).
• Resulta evidente que la atención a la integración social de la población inmigrante exige, por sus propias características, un acercamiento global, pues sólo desde este acercamiento podrá alcanzarse un adecuado nivel de coordinación de la multiplicidad de ámbitos materiales y administraciones públicas implicadas, y de complementariedad en la actuación de todas ellas.
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