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Command-and-control regulation through legislative measures

Una vez reseñadas la incidencias tantas teóricas como regionales en torno a la adopción del Principio de Ciudadanía Universal en la Constitución del Ecuador se presentan las incidencias directas al interior del Estado, ecuatoriano que de una u otra forma llevaron a la implementación del principio a favor de los migrantes: así se incentivan dos factores: el primero, endógeno, referente a la crisis institucional ecuatoriana de finales de la década del noventa y el segundo factor exógeno hace alusión al fenómeno de la migración ecuatoriana.

Factores endógenos: crisis institucional

Durante los años noventa se presentó una oleada de nuevas constituciones en América Latina; esta tendencia permeo la mayoría de procesos constituyentes de manera determinante Ecuador no fue la excepción, la Constitución de 1998 acogió un modelo Neoliberal, asumiendo la pretensión de reducir el tamaño del Estado a través de las privatizaciones y la generación de modelos de participación directa. Por otra fue visible la debilitación del ejecutivo para incidir en la economía nacional y el correlativo desmonte de la maquinaria estatal que aún quedaba del modelo intervencionista. (ORTIZ, 2008)

Como consecuencia de los anterior, tuvo lugar una crisis sin precedentes de la estabilidad institucional que afecto al Ecuador desde 1995, con la emergencia de nuevos actores políticos, entre ellos los indígenas, quienes ingresaron en la arena política buscando reivindicaciones identitarias, históricamente pendientes. Así es como en el año 1997 después de ingentes manifestaciones, es destituido el presidente Abdala Bucaram. La agitación termino en una asamblea constituyente que dio como fruto la Constitución de 1998. Se ha criticado que si bien en aquel texto se reconocieron algunos

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derechos no se efecto la estructura centralista y por tanto no se generaron condiciones para una participación visible.

Pese que la Constitución genero algunos mecanismos de participación directa no tuvo la capacidad de generar consensos sociales tal vez por esta razón en el año 2000 el movimiento indígena libero un nuevo levantamiento que derroco al presidente Jamil Mahuad y puso a una Junta Indígena-Militar que finalmente entrego la Presidencia al Vicepresidente Gustavo Noboa.

En las elecciones del año 2002 dieron como victorioso al Coronel Lucio Gutiérrez quien tuvo que dimitir en 2005 luego de una denominada rebelión de los forajidos. La dirección del Estado es asumida por el Vicepresidente Alfredo Palacios como puede observarse, la tensión política y la inestabilidad institucional era un asunto muy complejo.

En estas circunstancias Rafael Correa gana las elecciones para el periodo 2007-2011 como fruto de una coalición entre partidos entre alianza País y el partido socialista. Sin duda estos acontecimientos influyeron tanto en la adopción de una Constitución como del Principio de Ciudadanía Universal ya que se busca por una parte terminar con el inconformismo social y por otra parte generar garantías individuales a determinados grupos que históricamente habían quedado excluidos de la participación estatal entre ellos los migrantes.17

Libre movilidad humana

El reconocimiento jurídico y político del ejercicio de la Ciudadanía Universal, implica el amparo del Estado a la movilización de cualquier persona, familia o grupo humano, con la intención de circular y permanecer en el lugar de destino de manera temporal o definitiva.

Pro-persona en movilidad humana

Las normas de la presente Ley serán desarrolladas e interpretadas en el sentido que favorezca a las personas en movilidad humana, con la finalidad que los requisitos o procedimientos no impidan u obstaculicen el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones con el Estado ecuatoriano.

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18 Interés superior de la niña, niño y adolescente.

El marco del interés superior de niñas, niños y adolescentes, en todos los procesos y procedimientos vinculados a la movilidad humana, se tomarán en cuenta la norma prevista en la Ley de la materia, como el principio de especialidad de niñez y adolescencia y los derechos a tener una familia, convivencia familiar y ser consultado en todos los asuntos que le afecten. En ningún caso se podrá disponer su detención por faltas administrativas migratorias, cuando el interés superior de la niña o adolescente exija el mantenimiento de la unidad familiar, el imperativo de la no privación de libertad se extenderá a sus progenitores, sin perjuicio de las medidas alternativas que pudieran distarse en el control migratorio.

No devolución

La persona no podrá ser devuelta o expulsada a otra sin ninguna justificación será justificable su expulsión, sea o no el de origen, en el que sus derechos a la vida, la libertad o integridad y la de sus familias corran el riesgo de ser vulnerados a causa de su etnia, religión, nacionalidad, ideología, genero, orientación sexual, pertenencia a determinado grupo social, opiniones políticas o cuando haya razones fundadas que estarían en peligro de ser sometida a graves violaciones de Derechos Humanos de conformidad con esta Ley y los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos. Los procedimientos de deportación en el país o cualquiera que afecte la condición migratoria son de carácter individual, se prohíbe la expulsión de colectivos de personas extranjeras integración regional. El Estado ecuatoriano emprenderá acciones bilaterales y multilaterales de cooperación para alcanzar la unidad jurídica, política, social y cultural de la región Sudamericana, Latinoamericana y Caribeña, así como desarrollar el bienestar de sus habitantes y fortalecer la identidad Suramericana como parte de la construcción de la ciudadanía regional.18