1.4 Scope and Definitions
2.1.1 Defining and Selecting the Sensor Parameters
Etapas
Del estudio descriptivo desarrollado en recopilación, análisis y procesamiento de los datos llevados a cabo en el Trabajo de Investigación en la Universidad de Extremadura, podemos contemplar varios acontecimientos en nuestra Comunidad Autónoma:
• Etapa Previa a la Ley Orgánica General del Sistema Educativo (LOGSE): Se caracteriza por intervenciones de carácter higienista centradas especialmente en campañas sanitarias como son las campañas antituberculosas, zoonosis etc.
• Etapa de las Reformas Sanitaria y Educativa y la nueva A partir de los años 80, se producen una serie de acontecimientos fundamentales como son la Reforma
Sanitaria plasmada en la Ley 2/86 General de Sanidad y la Reforma Educativa: Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE).
- La LOGSE, especifica ya en su articulo 1.a: El Sistema Educativo Español, fundamentándose en la Constitución y en la Ley Orgánica 8/85 reguladora del Derecho a la Educación, se orientará a la consecución del pleno desarrollo de la personalidad del alumno, para añadir en su articulo 3 que la actividad educativa se desarrollará atendiendo al principio de fomentar una educación integral del individuo en conocimientos, destrezas y valores en todos los ámbitos de la vida.
A tal fin incorpora las denominadas Materias Transversales, entre las que destaca por su importancia y sensibilidad social la Educación para la Salud.
- Ley General de Sanidad (Ley 14/86 General de Sanidad) plantea una reforma sanitaria basada en la creación de un Sistema Nacional de Salud en el que destacan los siguientes principios generales: Actuación prioritaria hacia la Promoción y Prevención de la salud, cobertura universal, concepto integral de la salud que incluye aspectos de prevención, promoción, educación sanitaria, asistencia, rehabilitación y reinserción. Todo ello tomando como eje principal la Atención Primaria de Salud y la participación comunitaria.
El Estatuto de Autonomía de Extremadura (Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero), establece en su artículo 8.6 las competencias en Sanidad e Higiene y establece una nueva distribución territorial del Estado en base a Comunidades Autónomas.
- Ley de Salud Escolar (LSE): La Junta de Extremadura aprueba la una Ley de Salud Escolar con objeto de desarrollar actuaciones de promoción y EpS en dicho ámbito mediante la puesta en marcha de un Programa de Salud Escolar.
En concreto esta iniciativa legislativa aprobada por la Asamblea de Extremadura recoge la aprobación de las siguientes leyes de Decretos: - Ley de Salud Escolar (Ley 2/90 de 26 de abril de 1990).
- Decreto 23/91 de 20 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Salud Escolar.
- Decreto 27/91 de 20 de marzo por el que se regulan los requisitos sanitarios y la inspección sanitaria en centros escolares y su entorno. - Decreto 28/1991, de 20 de marzo, por el que se crea la Comisión
Para su desarrollo se firma un Convenio entre el Ministerio de Educación y la Junta de Extremadura para promover la Educación para la Salud en el ámbito educativo.
• Las Trasferencias Sanitarias y la Ley de Salud de Extremadura (Ley 10/2001de Salud de Extremadura) que contempla la creación de un Servicio Extremeño de Salud que integra las actividades y prestaciones en el triple campo de la promoción y protección de la Salud, prevención de la enfermedad, asistencia y rehabilitación. En su título II establece que el Plan de Salud de Extremadura constituye su herramienta estratégica de planificación y coordinación de las actividades referidas tanto en el sentido de la promoción y protección de la salud como en el de la asistencia.
Actividades desarrolladas
Así pues, observamos que en el desarrollo de una Educación para la Salud en Extremadura va a jugar un papel fundamental las reformas referidas a nivel Estatal, y a sobre todo como detonante a nivel Autonómico la Ley de Salud Escolar.
En base a la citada LSE, y como elemento impulsor en este campo tiene especial relevancia la constitución de la Comisión Técnica de Educación para la Salud creada mediante Decreto 28/91 de 20 de marzo como órgano asesor, consultivo y coordinador adscrito a la Consejería de Sanidad y Consumo de la Junta de Extremadura. En la misma están representadas las Administraciones Educativas, Sanitarias, Universidad, así como las principales asociaciones relacionadas con la salud, en particular las Federaciones de padres/madres de alumnos.
Entre las funciones de la Comisión Técnica de Educación para la Salud están aspectos relativos con la integración en el currículo escolar, coordinar las actuaciones de EpS emanadas de las Administraciones Educativas y Sanitarias competentes, asesoramiento en esta materia, promocionar estudios e investigaciones y emitir informes técnicos.
Las líneas de actuación se van a centrar fundamentalmente en: - Integración de la Educación para la Salud en el currículo escolar. - Formación de profesionales docentes y sociosanitarios.
- Elaboración de Materiales. - Desarrollo de Proyectos.
Partiendo de estos fundamentos legales, se crean estructuras funcionales y orgánicas (Inspecciones Médico Escolares), así como figuras responsables (Coordinador del Programa de Salud Escolar), que van a facilitar el desarrollo de un Programa de Salud Escolar en el que va a ir cobrando especial importancia EpS.
Las principales actividades puestas en marcha en base al referido programa, están recogidas en el siguiente cuadro 1.
A) Actividades informativas y de divulgación que se plasman en elaboración de folletos, programas de radio, I Jornadas de EpS, Concursos Escolares, encuentros transfronterizos etc.
B) Las Actividades Formativas fundamentalmente de los sectores Educativos y Sanitarios se dirigen tanto a la formación inicial como a la formación continuada de profesionales. Durante estos años los Planes Provinciales de Formación del entonces Ministerio de Educación y Ciencia van a incorporar actividades de Educación para la Salud en todas sus convocatorias.
C) Los Proyectos: En 1992 se inicia la subvención al desarrollo de intervenciones innovadoras en EpS a desarrollar mediante el trabajo conjunto de Centros Educativos, Centros de Atención Primaria de Salud y Comunidad.
D) La elaboración de materiales curriculares y no curriculares: libros, guías didácticas, videos, diapositivas etc.
Durante esta época, la buena coordinación y colaboración entre las Administraciones Educativas, en esa apoca aún no transferidas y la Administración Sanitaria propicia el trabajo conjunto en la formación de profesionales docentes y sanitarios de manera integrada.