3.4 The Characteristics and Practitioners of Transformational Development
3.4.1.2 Evangelism in context
Estas ventajas están principalmente basadas en las soluciones de un conflicto que se da entre dos a más personas, en el cual el autor Guzman (s.f.) nos señala como los siguientes:
a. La comunicación que se da entre las partes, en esta perspectiva el conflicto puede ser sano, pero no es resuelto por ello se considera como un peligro, ya que en la medida en que la conciliación compone una alternativa para poder solucionar los conflictos se encarga de crear un clima de paz, aun cuando un determinado beneficio del proceso de conciliación no se hubiera alcanzado a un acuerdo, si se ha conseguido una buena comprensión entre las partes, restaurándose la comunicación entre ambas partes.
b. La economía, primordialmente se hace referencia al adoptarse un determinado acuerdo con rapidez, ya que los
costos de proceso son bajos, comprometiéndose en pagar al conciliador y a los honorarios del centro de conciliación, ya que el proceso judicial y arbitral son más caros.
c. La rapidez, se considera a que la conciliación es un proceso vertiginoso en el que puede ultimar en una o también en varias sesiones, frente a otros procesos como el arbitral que es el que suele retardar no menos de seis meses y el proceso judicial es, normalmente, mayor a siete meses. d. El protagonismo de las partes en este punto las partes son
los protagonistas de sus decisiones, así como el propio resultado que es producto exclusivo de sus decisiones, pero en contradicción de lo que ocurre con el proceso judicial y el arbitraje, en estos casos la solución no es delegada a un tercero, sino que es retenida por los propios interesados, ya que las posibilidades de solución dependen bastante de las partes.
e. La flexibilidad, en esta parte se dice que en la conciliación se utiliza un lenguaje que es sencillo y directo, pero a diferencia de lo que ocurre en los procesos judiciales, por ende, en muchos casos es preferente recuperar las relaciones que el poder mantener las formas, lográndose una solución de mayor estabilidad, dado que se mantienen en los intereses y no en las posiciones.
f. La informalidad en esta perspectiva se dice que en la conciliación no existe ningún requisito que sea formal dado que cada parte participa de manera voluntaria y el conciliador hace uso de las técnicas y las herramientas que fortifican la comunicación entre las partes.
g. La solución realizable, en estas partes se trata de una solución en la cual se adopta por las partes, primeramente en la conciliación de las decisiones adoptadas logran un 95% de eficacia, en otras palabras se puede decir, que son pocos los casos en lo que las partes no desempeñan con los acuerdos que ellos mismos han adoptado, por ello se trata de las soluciones propias, producto de la creatividad de las partes, más que las soluciones formales que se protegen por una imposición de un tercero y que se sustentan en la ley y en la jurisprudencia, en este sentido no se trata de encontrar quien tiene la razón sino más bien buscar entre las parte, manejando su destitución e inteligencia, las fórmulas más convenientes al caso materia del conflicto.
En la perspectiva del autor Bravo (2015) nos muestra las siguientes ventajas de la conciliación:
a. Tiene la libertad de acceso, en este aspecto la conciliación es una figura que se basa en la autonomía de la voluntad de las partes, ya que cualquier ciudadano puede asistir a la conciliación ya sea como una alternativa para poder solucionar
b) La satisfacción, en la gran mayoría de las personas que asisten a la conciliación, en la cual quedan compensadas con el acuerdo que se toma, porque es fruto de su correcta voluntad, ya que la mejor solución a un determinado conflicto por que es aquella que las mismas partes han tomado un acuerdo.
c) La efectividad, es una de las ventajas en la que la conciliación que se realiza en ese entonces se asimila a una sentencia judicial por que el acuerdo que se toma se hace tránsito a una cosa juzgada y el acta proporciona merito ejecutivo.
d) Otra de las ventajas es el ahorro de tiempo, que por medio de la conciliación las personas remedian sus conflictos de una forma más rápida, es por ello la conciliación adquiere una duración en la cual ambas partes establezcan de común pacto con el conciliador, que por lo general las conciliaciones se despliegan en una sola audiencia lo que se vuelve en un justicia celera.
e) El ahorro de dinero, básicamente en este aspecto se toma en cuenta que la conciliación es una forma más precisa y rápida, en la cual ambas partes se ahorran los costos lo que envuelve un largo proceso judicial, en este sentido en la conciliación se dice que las personas pueden o no utilizar los servicios de un abogado, pero todo tiene que ser dependiendo de la persona o de la institución que la partes
puedan acudir, asimismo se puede y no se COBRAR una tarifa para la conciliación que es elocuentemente menos costosa que un juicio
f) Del mismos modo se tiene el control de la manera y sus resultados, en esta perspectiva la conciliación las partes deben ayudar para construir una solución adecuada del conflicto y, además las partes reconocen el tiempo del procedimiento y sus resultados, así mismo la conciliación es una figura especialmente voluntaria donde las partes son las principales protagonistas del manejo de la audiencia de conciliación y el acuerdo conseguido es resultado de una negociación facilitada por el conciliador.
g) La mejora de las relaciones entre las partes, en esta parte la conciliación no se origina a través de los ganadores ni perdedores, ya que todas las partes deben ser mejoradas básicamente por el acuerdo que se alcance, por ello la conciliación proporciona la protección y el progreso de las relaciones que se entre las personas por que la solución a su conflicto fue fundada entre todos, por ende, en la conciliación fortifican sus lasos sentimentales, de amistad o laborales.
h) La confidencialidad, en esta perspectiva se dice que en la conciliación la indagación que las partes revelan en la audiencia de conciliación es de manera confidencial o la llamada reservada, por la cual, ni el conciliador ni las partes
podrán revelar o también manejar esta información en otros espacios.
Dentro de este marco el conciliador está destinado a facilitar a las dos partes una solución que le sean favorables para ambos, por ello estos conciliadores adoptan deferentes estilos o modos de hacer entender a las partes a que terminen con el conflicto.