para que continuase ejerciendo el Poder Ejecutivo, no debía ni pudo insistir en su estemporánea resolucion: los nuevos honores i pruebas de gratitud que de esa suerte se la daban, eran bastantes a reanimar su ánimo, si en desaliento estuvo; i la desistencia del proyectado viaje del Vicepresidente al Cauca, les devolvió reposo i confianza a los radicales, frustando al propio tiempo el plan de que había sido ejecutor el señor Cerruti.
Pero el partido liberal de Antioquia no le bastaba únicamente eso, i le asistía la razon. El se hallaba en la necesidad, en el deber ineludible de solicitar de la Asamblea lejislativa la acepatcion de la renuncia que de la Presidencia del Estado hizo el señor Jeneral Trujillo el 13 de noviembre de 1878, o en otros términos, la derogatoria del parágrafo que se le añadió, en aberracion indisculpable al artículo 1° de la lei LXI de 27 de noviembre de aquel año.
Héle aquí:
“La derogatoria de la espresada lei (XVIII de 21 de noviembre de 1877) no comprende la licencia concedida la ciudadano Jeneral Trujillo, la cual queda subsistente en la forma i términos en que fue otorgada”.
Por el término de treinta meses –cándida imprevision! - fue concedida la licencia, i espiraba en el mes de mayo último.
Capítulos anteriores esplican de sobra los fundamentos que el partido liberal de aquel Estado, previsivo ya, si antes no lo fue, i en guardia i en defensa de sus carísimas victorias, tuvo para exijir de la Asamblea lo que ella misma quiso hacer i necesidad imperiosa creía en 1878: la aceptacion de la renuncia, o la derogatoria de aquel parágrafo.
Las Corporaciones municipales de Concepcion, Nueva Caramanta, i otras cuyas solicitudes no pudimos ver, se dirijieron con tal fin a la Asamblea a principios de octubre, e igual procedimiento adoptaron los liberales de muchos distritos, entre ellos Medellin, Sopetran, Belmira, Liborina, San Jerónimo, Sucre, Santa Rosa, Carolina, Sacaojal, Campamento, Anorí, Rionegro, Pácora, Salamina i Manizales. Indistintamente, i como muestra de los conceptos i forma de tales solicitudes, insertamos en seguida la de Sopetran, que firma ron mas de 1.700 liberales, i la de Anorí, al pie de la cual se ven los nombres de los ciudadanos más meritorios por sus servicios i fidelidad a la democracia.
________ ANORI.
CIUDADANOS DIPUTADOS A LA ASAMBLEA LEJISLATIVA DEL ESTADO.
Medellin.
Los que suscribimos, vecinos de Anorí, i en nuestro carácter de miembros del partido radical, ante vosotros manifestamos, con el acatamiento a que sois acreedores, lo que a continuacion encontrareis:
El radicalismo antioqueño, llamado por su pujanza i altivez republicanas a servir en el futuro de cortapisa a las viles pretensiones i torpes abusos que quieren
llevar adelante algunos ajentes del Poder Ejecutivo nacional, no puede, sin desdoro de su bandera i sin contradecir notablemente el brío que mostrara en la ruda contienda que acaba de sostener, no puede aceptar para que dirija sus destinos, al verdugo del Estado del Magdalena, al autor del crimen cometido contra el Gobierno lejítimo del Cauca, al azuzador de la plebe de Bogotá para que apedreara al primer Cuerpo de la República, al inmolador del Coronel Carvajal, al que patrocinó la revolucion que estalló en el Estado el 25 de enero último.
Por lo espuesto, i por multitud de razones que pudiéramos aducir, lo que no hacemos por no fatigar vuestra atencion, solicitamos ante vosotros mui respetuosamente, os dignéis aceptarle al Jeneral Trujillo la renuncia que de la Presidencia de este Estado hizo en carta fechada en Bogotá el 13 de noviembre del año próximo pasado, i derogar en consecuencia la lei LXI de 27 de noviembre de 1878.
Con el mismo respeto solicitamos, que como una prueba más del agradecimiento que tenemos hacia el ciudadano jeneral Tomás Renjifo, por los más importantes servicios que ha prestado a la causa de la libertad i del Derecho, i como una medida tendente a asegurar la estabilidad de éstos en Antioquia, os sirvais reelejirlo para primer Vicepresidente mientras se hace la eleccion popular.
Octubre, 8 de 1879.
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SOPETRAN
HONORABLES DIPUTADOS DE LA ASAMBLEA LEJISLATIVA.
Los infrascritos, vecinos del distrito de Sopetran i miembros del gran partido liberal, respetuosamente os elevamos la siguiente espontánea manifestacion.
La lei XVIII de 21 de noviembre de 1877 concedió al Presidente del Estado permiso para separarse del ejercicio de s us funciones, hasta por treinta meses.
Posteriormente, la Asamblea Lejislativa de 78 dictó la lei LXI de 27 de noviembre, la cual deroga por su artículo único la antes citada; pero establece en su parágrafo único la antes citada; pero establece en su parágrafo único tambien, “que la espresada derogatoria no comprende la licencia concedida al ciudadano Jeneral Trujillo, la cual queda subsistente en la forma i términos en que fue otorgada.”
Claro está que estas leyes fueron confeccionadas con único i esclusivo objeto de que el ciudadano Jeneral Trujillo pudiera volver a ejercer las funciones de primer Jefe de este Estado, tan luego como terminara las de Presidente de la Nacion.
Vosotros que habéis tenido ocasión de observar mejor i más de cerca la política que el Jeneral Trujillo ha venido desarrollando durante su fatídica Administracion, debéis estar persuadidos, como lo está el pueblo antioqueño en jeneral de que ya no es él llamado a gobernarlo, porque sus miras i sus tendencias son contrarias en un todo a sus aspiraciones del pueblo cuyos destinos debe rejir, i de ahí surjiria indudablemente un grave conflicto que es preciso evitar en tiempo oportuno.
Si en el ánimo de los lejisladores de 77 i 78 obró el móvil impulsivo, aunque exajerado, de la gratitud por los servicios que el Jeneral Trujillo prestara a la causa constitucional en 76 i 77, hoy la lei suprema –el sentimiento de la propia conservacion.- priva todo otro sentimiento, toda otra consideracion.
El pueblo antioqueño debe darse un gobernante que, ademas de ser el representante jenuino de sus ideas políticas, tenga el prestijio suficiente para ser respetado de los enemigos i querido de los amigos.
Hechas estas lijeras consideraciones, termiamos solicitando mui respetuosamente de vosotros:
1°Que derogueis el parágrafo único de la lei LXI de 1878;
2°Que nombreis primer Designado para ejercer el Poder Ejecutivo del estado, hasta que se verifique la eleccion popular, al eminente repúblico i distinguido ciudadano Jeneral Tomás Renjifo.
Sopetran, 27 de septiembre de 1879.
Así, en todos aquellos memoriales, espontáneamente escritos, i espresion de las decepciones dolorosas que había sufrido el partido liberal del Estado de Antioquia durante la Administracion de la República por el Jeneral Trujillo, contrastan las justas acusaciones de 1879 con el entusiasmo de la patriótica gratitud que en abril de 1877 le demostraba los pueblos de Antioquia al Jeneral en Jefe del Ejército del Sur. Dueño de tantas glorias i mal guardador de ellas; representante i en cierto modo fautor del triunfo del poder civil sobre la teocracia católica, no era ya en el tiempo de que hablamos, ni el victorioso Capitan ni el dilecto majistrado de los pueblos redimidos, ni el liberal fiel....
Ceguedad lamentable de ese hombre, ofuscamiento suyo, rencores suyos, debilidades suyas.... Cuánto es inmerecida i vergonzosa la desgracia que le ocasionaron a este pais!
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