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Análisis: Del total de los encuestados concluyen lo siguiente: el 80% dice que no se cumple con el cumple el objetivo de la justicia indígena; en tanto que el 20% indica que si se cumple con el cumple el objetivo de la justicia indígena.

Interpretación: en esta pregunta se puede colegir que no se cumple el objetivo de la justicia indígena que trata de reinsertar a la persona dentro de la comunidad.

20%

80%

SI NO

Pregunta 2.-

Considera Usted, que se respetan los derechos sociales a la noción andina de sumak kawsay o Buen Vivir, así como al modelo de desarrollo asumido oficialmente?

CUADRO Nro. 2

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 88 33%

NO 180 67%

TOTAL 268 100%

Fuente: Dirigentes y comuneros de la parroquia Flores

Elaborado por: Piedad Guamán

GRAFICO Nro. 2

Fuente: Dirigentes y comuneros de la parroquia Flores

Elaborado por: Piedad Guamán

ÁNALISIS E INTERPRETACIÓN DE DATOS

Análisis: Al consultar si se respetan los derechos sociales a la noción andina de sumakkawsay o Buen Vivir,el 67% indica que NO se respeta este derecho social; y el 33% de los encuestados señalan que SI se respeta dicho derecho.

Interpretación: A la pregunta realizada a los dirigentes de las comunidades se interpreta que NO que se respetan los derechos sociales a la noción andina de sumakkawsay o Buen Vivir a la libertad personal.

33% 67%

SE RESPETAN LOS DERECHOS SOCIALES A LA NOCIÓN ANDINA DE SUMAKKAWSAY ?

Pregunta 3.-

Considera Usted que al movimiento indígena ecuatoriano se lo ha reconocido el derecho a la prurinacionalidad?

CUADRO Nro. 3

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 88 33%

NO 180 67%

TOTAL 268 100%

Fuente: Dirigentes y comuneros de la parroquia Flores

Elaborado por: Piedad Guamán

GRAFICO Nro. 3

Fuente: Dirigentes y comuneros de la parroquia Flores

Elaborado por: Piedad Guamán

ÁNALISIS E INTERPRETACIÓN DE DATOS

Análisis: El 67% de los encuestados señalan que NO se ha reconocido el derecho a la plurinacionalidad, al movimiento indígena, y el 33% indica que SI se ha reconocido el derecho a la plurinacionalidad, al movimiento indígena.

Interpretación: De las respuestas se puede colegir que NO se ha reconocido el derecho a la plurinacionalidad, al movimiento indígena.

33%

67%

SE LE HA RECONOCIDO EL DERECHO A LA PRURINACIONALIDAD, AL MOVIMIENTO INDIGENA?

Pregunta 4.-

Conoce Usted, de qué manera las comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos; pueden exigir sus derechos?

CUADRO Nro. 4

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 11 4%

NO 257 96%

TOTAL 268 100%

Fuente: Dirigentes y comuneros de la parroquia Flores

Elaborado por: Piedad Guamán

GRAFICO Nro. 4

Fuente: Dirigentes y comuneros de la parroquia Flores

Elaborado por: Piedad Guamán

ÁNALISIS E INTERPRETACIÓN DE DATOS

Análisis: El 96% de los encuestados señalan que NO conocen, de qué manera las comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos; pueden exigir sus derechos; en tanto que el 4% indican que SI conocen, de qué manera las comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos; pueden exigir sus derechos.

Interpretación: A nuestra pregunta la mayoría de encuestados responden, que en efecto NO conocen, de qué manera las comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos; pueden exigir sus derechos.

96% 4%

CONOCE USTED, DE QUÉ MANERA LAS COMUNIDADES, PUEBLOS, NACIONALIDADES Y COLECTIVOS; PUEDEN EXIGIR SUS DERECHOS?

Pregunta 5.-.

Considera Usted si se respeta las decisiones que toma la jurisdicción Indígena por parte de la jurisdicción Ordinaria?

CUADRO Nro. 5

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 9 3 %

NO 259 97 %

TOTAL 268 100%

Fuente: Dirigentes y comuneros de la parroquia Flores

Elaborado por: Piedad Guamán

GRAFICO Nro. 5

Fuente: Dirigentes y comuneros de la parroquia Flores

Elaborado por: Piedad Guamán

Análisis: El 97% de los encuestados señalan que NO se respeta las decisiones que toma la jurisdicción Indígena por parte de la jurisdicción Ordinaria; y, solo el 3% indica que SI, se respeta las decisiones que toma la jurisdicción Indígena por parte de la jurisdicción Ordinaria.

Interpretación: La respuesta a nuestra inquietud es que no se respetan las decisiones que toma la jurisdicción indígena por parte de la jurisdicción ordinaria por parte de los dirigentes y comuneros de la parroquia Flores.

3%

97%

SE RESPETA LAS DECISIONES QUE TOMA LA JURISDICCIÓN INDÍGENA POR PARTE DE LA JURISDICCIÓN ORDINARIA?

Pregunta 6.

Considera Usted que la sentencia del caso la Cocha, aclara la jurisdicción y competencia de la justicia indígena?

CUADRO Nro. 6

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 250 9 1%

NO 18 9%

TOTAL 268 100%

Fuente: Dirigentes y comuneros de la parroquia Flores

Elaborado por: Piedad Guamán

GRAFICO Nro. 6

Fuente: Dirigentes y comuneros de la parroquia Flores

Elaborado por: Piedad Guamán

Análisis: El 91% de los encuestados señalan que SI, que la sentencia del caso la cocha, aclara la jurisdicción y competencia de la justicia indígena y únicamente el 9% señala que No, aclara la jurisdicción y competencia de la justicia indígena.

Interpretación: La gran mayoría de encuestados concluyen que la sentencia del caso la cocha si aclara la jurisdicción y competencia de la justicia indígena.

91% 9%

LA SENTENCIA DEL CASO LA COCHA, ACLARA LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LA JUSTICIA INDÍGENA?

Pregunta 7.

Considera Usted que quien se somete a la justicia indígena, se le violenta el principio non bis in ídem?

CUADRO Nro. 7

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 38 9%

NO 230 91%

TOTAL 268 100%

Fuente: Dirigentes y comuneros de la parroquia Flores

Elaborado por: Piedad Guamán

GRAFICO Nro. 7

Fuente: Abogados en libre ejercicio profesional Elaborado por: Piedad Narcisa Guamán Pucuna

Análisis: El 91% de los encuestados señalan que NOquien se somete a la justicia indígena, no se le violenta el principio non bis in ídem, y tan solo el 9% de los encuestados indica que SI quien se somete a la justicia indígena, se le violenta el principio non bis in ídem.

Interpretación: A esta pregunta los dirigentes y comuneros de la parroquia Flores responden que no les parece que quien se somete a la justicia indígena, se le violenta el principio non bis in ídem.

9%

91%

A QUIEN SE SOMETE A LA JUSTICIA INDÍGENA, SE LE VIOLENTA EL PRINCIPIO NON BIS IN ÍDEM?