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MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

El Concejo Municipal del Cantón de Goicoechea, en Sesión Ordinaria Nº 47-10, celebrada el día 22 de noviembre de 2010, Artículo 35º, con dispensa de trámite de comisión, por unanimidad y con carácter firme aprobó moción suscrita por el Regidor Propietario Carlos Jaime Gutiérrez Trejos.

Convoca:

A las organizaciones comunales del cantón que estén registradas en la Secretaria Municipal para que participen en el nombramiento de los miembros de la Junta Administrativa de Cementerios de Goicoechea. Asimismo, se transcriben las funciones de los miembros de la Junta Administrativa de Cementerios de Goicoechea (La Gaceta Nº 227 del 24-11-2005, Pag. 36.)

Del presidente:

A- Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta. B- Firmar conjuntamente con el Secretario las actas de las

sesiones y los contratos de arrendamiento de parcelas.

C- Firmar mancomunadamente con el Vicepresidente o con el Administrador de la Institución los cheques, órdenes de compra y todos los pagos que la Junta acuerde.

D- Organizar todo lo relativo a los compromisos y actividades de la Junta.

Del vicepresidente:

a) Reemplazar al Presidente en sus ausencias temporales. Por ende, tendrá las mismas prerrogativas y facultades conferidas al Presidente.

Del secretario:

a. Corresponde al Secretario levantar las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias,

b. Mantener en debido orden y al día el libro de actas y el archivo de la correspondencia enviada y recibida,

c. Firmar junto con el Presidente las actas de las sesiones y los contratos de arrendamiento de parcelas,

d. Comunicar los acuerdos tomados por la Junta,

e. Llevar el debido orden y registro los nombramientos y juramentación de los miembros de la junta.

f. Despachar la correspondencia. De los vocales:

A. Sustituir en sus ausencias temporales al vicepresidente y secretario.

Los interesados deberán enviar su hoja de vida y atestados a la Secretaria Municipal dentro del plazo de la convocatoria, indicando su interés en conformar la Junta. En el caso de ser miembro de la Junta en ese momento se prescindirá del requisito de la Hoja de Vida.

Los interesados aportarán además, junto con su hoja de vida y como parte de sus atestados, una declaración jurada en el sentido de que no les liga parentesco alguno, hasta tercer grado por consanguinidad o hasta un segundo grado por afinidad, con los miembros del Concejo Municipal o con el Alcalde.

La fecha límite para presentar la hoja de vida, los atestados y la declaración jurada será 15 días después de publicada de esta convocatoria.

Departamento de Secretaría.—Julieta Rodríguez Aguilar, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2011000456).

MUNICIPALIDAD DE PURISCAL

El Concejo de la Municipalidad de Puriscal, acordó en forma definitiva, en sesión ordinario Nº 58, del 30 de noviembre del 2010, acuerdo 011-058-2010, no sesionar el martes 28 de diciembre del 2010, esto por la celebración de la época navideña y entrada de año nuevo.

Puriscal, 13 de diciembre del 2010.—Marta Murillo Arias, Secretaria del Alcalde.—1 vez.—(IN2010107439).

MUNICIPALIDAD DE PALMARES OFICINA DEL AMBIENTE

Teléfono: 2453-0013 Ext.: 49 Fax: 2453-1213 e-mail: [email protected]

Solicitud de permiso de ubicación Información de la actividad

Descripción del proyecto(especificar):___________________ _________________________________________________ _

_________________________________________________ _

Área m2

Nombre del proyecto o establecimiento:__________________ Dirección exacta del proyecto: _________________________ Distrito:___________________

Nombre del Solicitante o representante legal ______________ Cédula No:___________________

Dirección de Residencia Actual: ________________________ _________________________________________________

Provincia:________ Distrito:_________

Fax:______________

Información de la propiedad:

Nombre del dueño de la propiedad:______________________ Cédula Nº_____________________

No De Folio Real:_________No Plano Catastrado:_________ _________________________ Visto Bueno

Firma y No de Cédula del propietario No deudas con la Municipalidad y Declaración Bienes Inmuebles al día

PARA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA DEL AMBIENTE

DOCUMENTOS PRESENTADOS Solicitud debidamente firmada

Copia del Plano Catastrado, con la ubicación del proyecto

Certificado de Uso de Suelo Croquis del Proyecto

Plan de Manejo de Desechos Líquidos y Sólidos

Resolución de Viabilidad Ambiental Copia de cédula de identidad o jurídica Copia de cédula representante legal FECHA DE RECEPCIÓN:

FIRMA DEL FUNCIONARIO Y SELLO MUNICIPAL: Nota importante “El presente trámite tiene un tiempo de respuesta de 30 días calendario a partir del día en que fue presentada la misma”.

LA SIGUIENTE SOLICITUD DEBERÁ SER ACOMPAÑADA DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS 1. Una fotocopia del plano de catastro de la propiedad o finca

donde se ubicará el establecimiento. Dentro del mismo plano, deberá señalar el área de la propiedad donde se ubicará el proyecto, indicando las distancias a las colindancias.

2. Visto Bueno de Uso de Suelo otorgado por el Departamento de Ingeniería de la Municipalidad de Palmares.

3. Croquis DETALLADO del proyecto, incluyendo distribución del área espacial, distancias y linderos.

4. Descripción DETALLADA del proyecto a desarrollar.

5. Descripción DETALLADA del manejo de los desechos sólidos y líquidos (aguas negras y servidas). En caso de generarse desechos bíoinfecciosos debe adjuntar el contrato con la empresa encargada de la disposición final de estos.

6. Descripción de la evacuación de las aguas pluviales.

7. Otorgamiento de la Resolución de la Viabilidad Ambiental, en aquellos casos que se requiera (mayores a 500 m2 ).

8. Sello de que se encuentra al día en el pago de los impuestos municipales.

9. Fotocopias de la cédula del propietario de la actividad, en caso de que sea una sociedad anónima deberá presentar copia de la personería Jurídica, así como fotocopia de la cédula de identidad del representante legal de dicha sociedad.

ASPECTOS A CONSIDERAR

Desechos sólidos: Son todos aquellos desechos orgánicos y artificiales, que se generan en la actividad comercial, de servicio o industria. Ejemplos: cáscaras, broza de café, papel, cartón, plástico, vidrio, cabellos, aserrín, metal, etc.

Desechos Líquidos: Son aquellos producidos por actividades propias del lavado (lavado de utensilios de cocina, limpieza, entre otros) y evacuación de materiales fecales.

Marta Jeannina Rojas R., Encargada.—1 vez.— (IN2010107530).

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Cartago comunica que en sesión extraordinaria realizada el 25 de noviembre del 2010, artículo 4 del Acta N° 43-10, acordó trasladar el “Proyecto de Reglamento General para licencias municipales de construcción, instalación y explotación de torres, antenas e infraestructura relacionada con la telefonía celular de la Municipalidad del Cantón Central de Cartago”, presentado por el Alcalde Municipal, el Jefe de la Unidad Resolutora y el Jefe del Departamento de Urbanismo Municipales, a estudio e informe de una Comisión Especial. Igualmente que en sesión ordinaria realizada el día 7 de diciembre del 2010, Acta N° 45-10, artículo 14, acordó adicionar el acuerdo antes citado mediante la aprobación de la propuesta incluída en el proyecto de reglamento en cuestión en los siguientes términos:

Considerando que la Municipalidad de Cartago no cuenta en la actualidad con un reglamento que regule la construcción, instalación y explotación de torres (antenas) de telefonía celular, y que tampoco a nivel nacional existe una normativa clara que regule esa infraestructura, al ser la Municipalidad de Cartago un ente autónomo, en ejercicio de esa autonomía reconocida a nivel constitucional y legal, que está por encima de normas legales o reglamentarias que se le opongan, no se autorice en el Cantón de Cartago la construcción, instalación y explotación de las obras a las que se refiere este reglamento, dado también el impacto visual y arquitectónico que conllevan, y en aplicación de los principios referidos en el considerando cuarto y el artículo 1a del proyecto que se somete a consideración del Concejo, hasta tanto se apruebe dicho reglamento.

El Considerando cuarto del proyecto dice:

Cuarto: Que la Municipalidad ha efectuado una exhaustiva revisión de ese reglamento y ha considerado que es necesario modificar algunas de sus normas e incluir ciertas disposiciones para asegurar el mejor marco normativo posible, particularmente en cuanto a zonificación y tutela efectiva de los intereses locales, proteger por tanto el derecho a la salud, a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado en relación con los compromisos adquiridos por Costa Rica con la firma y entrada en vigencia del CAFTA-CR República Dominicana (más conocido como Tratado de Libre Comercio con los EEUU), positivizado en sendas normas legales y reglamentarias en materia de telecomunicaciones, y una participación real y efectiva de los munícipes en la construcción, instalación y explotación, bajo cualquier forma, de obras relacionadas con telefonía celular, mediante mecanismo de acceso a las solicitudes que se presenten a esos efectos en la Municipalidad, esto último en los términos del numeral 6 de la Ley Orgánica del Ambiente (participación de los habitantes), por involucrar directamente el ambiente y por ende el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado reconocido en el artículo 50 constitucional y el derecho también constitucional a la salud y a la vida, lo mismo que a los principios in dubio pro ambiente, in dubio pro natura e in dubio pro homine.

El Artículo 1° del proyecto indica que

Artículo 1º—Este Reglamento tiene como objeto establecer los procedimientos para optar por Licencias Municipales de construcción y de funcionamiento en telecomunicaciones, así como regular las condiciones de ubicación, construcción e instalación de las obras constructivas de telecomunicaciones, en resguardo del espacio urbano-ambiental, para asegurar el mejor marco normativo posible, particularmente en cuanto a zonificación y tutela efectiva de los intereses locales, proteger por tanto el derecho a la salud, a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado en relación

con los compromisos adquiridos por Costa Rica con la firma y entrada en vigencia del CAFTA-CR República Dominicana (más conocido como Tratado de Libre Comercio con los EEUU), positivizado en sendas normas legales y reglamentarias en materia de telecomunicaciones, y una participación real y efectiva de los munícipes en la construcción, instalación y explotación, bajo cualquier forma, de obras relacionadas con telefonía celular, mediante mecanismo de acceso a las solicitudes que se presenten a esos efectos en la Municipalidad, esto último en los términos del numeral 6 de la Ley Orgánica del Ambiente (participación de los habitantes) por involucrar directamente el ambiente y por ende el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado reconocido en el artículo 50 constitucional y el derecho también constitucional a la salud y a la vida, lo mismo que a los principios in dubio pro ambiente, in dubio pro natura e in dubio pro homine.

En ambos casos acuerdos definitivamente aprobados.

Departamento de Secretaría General.—Eduardo A. Castillo Rojas, Jefe.—1 vez.—RP2010219018.—(IN2010107752).

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE EDICTO

El Departamento de Zona Marítima Terrestre de la Municipalidad de Nandayure, comunica que Gerardo Ramírez Oconitrillo, cédula Nº 5-168-236, vecino de Desamparados, San José. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre N° 6043 de 02 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en Playa San Miguel, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Mide 993,00 metros cuadrados, para destinarlo como Zona Residencial Turístico predio identificado con el número 121. Sus linderos son: norte: calle pública; sur: zona restringida de la Z.M.T.; este: zona restringida de la Z.M.T. y oeste: zona restringida de la Z.M.T. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho y la misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente al mar quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador aprobado para la zona y disposiciones del MINAET. Se concede treinta días hábiles, contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en la oficina del Alcalde Municipal, en papel sellado y con los timbres correspondientes. El opositor debe identificarse debidamente.

Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Adán Venegas Chaves, Inspector.—1 vez.—RP2010213958.—(IN2010107753).

CONCEJO MUNICIPAL DE CÓBANO

DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE EDICTO

Nº 022-2010.—La Casa Verde de Jeremy en la Playa S. A., con cédula jurídica número 3-101-572027, con base en el artículo número: 38 de la Ley sobre la Zona Marítima Terrestre número 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno sita en Santa Teresa de Cóbano, distrito once: Cóbano, cantón primero Puntarenas, provincia sexta: Puntarenas. Mide: 6788m2. Es terreno

para dedicarlo al uso de zona residencial de baja densidad, zona de protección, que colinda norte: propiedad privada, sur: Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, este: Concejo Municipal de Distrito de Cóbano, oeste: Concejo Municipal del Distrito de Cóbano. La presente publicación se realizará de acuerdo al Plan Regulador (Santa Teresa) aprobado para dicho sector costero. Se conceden 30 días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel fiscal de veinticinco colones y los timbres correspondientes en dos tantos.—Cóbano, 13 de diciembre de 2010.—Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2010107961).

Nº 020-2010.—De La Ossa Thompson Tomas, mayor, divorciado, pensionado, con cédula de identidad número 1-380-106, con base en el artículo número: 38 de la Ley sobre la Zona Marítima Terrestre número 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo

número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de terreno sita en Santa Teresa de Cóbano, distrito once Cóbano, cantón primero Puntarenas, provincia sexta Puntarenas. Mide: 6556.55m2. Es terreno para dedicarlo al uso de zona residencial

de baja densidad, zona protección, zona residencial recreativa, zona protección de quebrada, que colinda: norte: propiedad privada y calle de acceso; sur: zona pública; este: Concejo Municipal de Distrito de Cubano y oeste: Concejo Municipal del Distrito de Cóbano. La presente publicación se realizará de acuerdo al Plan Regulador (Santa Teresa) aprobado para dicho sector costero. Se conceden 30 días hábiles, a partir de esta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad, en papel fiscal de veinticinco colones y los timbres correspondientes en dos tantos.—Cóbano, 13 de diciembre de 2010.—Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2010107962).

AVISOS

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