• No results found

Lower bound for the Majority Function

Las garantías normativas se ven traducidas en los principios de aplicación de los derechos y tienen por objeto impedir una interpretación restrictiva de los derechos constitucionales, evitar una regulación legislativa que los desnaturalice y permitir una garantía constitucional reforzada. De acuerdo con Agustín Grijalva, los ejemplos más claros de garantías normativas son: la rigidez constitucional, la reserva de ley y la noción del contenido esencial de los derechos.276 En ese sentido, la Constitución reconoce dichas garantías en los siguientes términos:

Art. 84.- La Asamblea Nacional y todo órgano con potestad normativa tendrá la obligación de adecuar, formal y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los derechos previstos en la Constitución y los tratados internacionales, y los que sean necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades. En ningún caso, la reforma de la Constitución, las leyes, otras normas jurídicas ni los actos del poder público atentarán contra los derechos que reconoce la Constitución.

Por lo tanto, en el caso que nos ocupa, las garantías normativas se evidencian en la naturaleza orgánica de la Ley de Educación Intercultural Bilingüe, y el respeto que el legislador y los poderes del Estado deben presentar al las obligaciones que componen el contenido esencial del derecho colectivo a la educación intercultural, construido a partir de los estándares dispuestos en la Constitución y los tratados internacionales.

Las garantías de política pública, se refieren a los instrumentos de los que dispone el Estado para hacer efectivos los derechos consagrados en la Constitución. De acuerdo con la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, las políticas públicas representan un conjunto de decisiones y estrategias adoptadas por una autoridad. De manera individual una política pública es una directriz general que refleja la prioridad y voluntad política del gobierno para modificar una situación determinada. Son instrumentos que permiten al Estado garantizar los derechos humanos y ambientales, vinculando las necesidades sociales de corto plazo con una visión política a mediano y largo plazo, para así eliminar inequidades.277 De este modo la Constitución dispone que una de las garantías para la vigencia de los derechos son las políticas públicas:

276 Cfr. GRIJALVA, Agustín, Constitucionalismo en el Ecuador, Pensamiento Jurídico Contemporáneo 5, Corte Constitucional para el Período de Transición, Centro de Estudios y Difusión del Derecho Constitucional, Quito, 2011, p. 243.

277 Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, del Ecuador, Guía para la formulación de políticas públicas sectoriales, Quito, 2011, p. 10.

Art. 85.- La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen los derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones:

1. Las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad.

2. Sin perjuicio de la prevalencia del interés general sobre el interés particular, cuando los efectos de la ejecución de las políticas públicas o prestación de bienes o servicios públicos vulneren o amenacen con vulnerar derechos constitucionales, la política o prestación deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto.

3. El Estado garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para la ejecución de las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos. En la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Bajo esas consideraciones, una política pública deberá construirse alineada a los objetivos generales del Estado, siempre enmarcada en el respeto de los derechos humanos establecidos en los tratados internacionales y la Constitución. Las políticas públicas, por tanto, no podrán generar situaciones discriminatorias, menoscabar la vigencia de un derecho o implicar un retroceso o regresividad en materia de derechos económicos, sociales y culturales.

En el caso del derecho colectivo a la educación intercultural, dentro de los Objetivos nacionales para el Buen Vivir, como Segundo Objetivo se encuentra “Mejorar las capacidades y potencialidades de la ciudadanía”, a su vez éste objetivo contempla como Política 2.3. “Fortalecer la educación intercultural bilingüe y la interculturalización de la educación”. De acuerdo con éste objetivo y política, uno de los programas que conforman la política y tienen por objeto la realización del derecho constitucional es el Sistema de Educación Intercultural Bilingüe. Dentro

Dentro de la política, se ha establecido varios ejes que involucran: el promover procesos de articulación entre la educación intercultural bilingüe y las organizaciones indígenas para que exista un proceso de evaluación participativa y contraloría social y un apoyo mutuo entre las comunidades y los centros educativos, articular el sistema educativo nacional con la educación intercultural bilingüe, diseñar y aplicar material educativo que garantice la utilización de la lengua principal de cada nacionalidad y el castellano como idioma de relación intercultural, diseñar mallas curriculares que reflejen

las realidades históricas y contemporáneas de los pueblos y nacionalidades, capacitar y formar docentes especializados para la educación intercultural bilingüe originarios de cada nacionalidad, y generar incentivos para su permanencia en las localidades278.

En ese sentido, compete evaluar en que medida las políticas públicas diseñadas e implementadas para la garantía del derecho colectivo a la educación intercultural, en éste caso el Sistema de Educación Intercultural Bilingüe cumple con efectivizar el derecho constitucional y los ejes del Plan Nacional del Buen Vivir.