4. Software Development for External Markets
4.2 Market-Oriented Criteria for the Process Framework
No se puede hacer una división ética de lo que es el poder. Sí de la forma y el objetivo para el que uno lo aplica 94. La “ética política”, a diferencia de la ética como moral, mide
las consecuencias -positivas o negativas- de los actos para el grupo representado, más que el bien común de la totalidad.
Actuar en función de principios universales según su consideración abstracta, sin atender a los intereses de la Nación, y aún, descuidando las consecuencias para la misma, puede ser bueno desde el punto de vista de la ética como moral -ya que se actúa según los principios morales-, pero malo desde el punto de vista de la ética política. Esto no
89 Foucault, Michel, Un Diálogo Sobre el Poder, (Buenos Aires, Alianza, 1981), pág. 10. Yo hago mi
interpretación, de lo dicho por Foucault, en el marco de lo mundial.
90 Ver Foucault, Michel, Un Diálogo.., op. cit., pág. 10.
91 Morgenthau, Hans, habla en estos términos en Política de Poder entre las Naciones: La Lucha por
el Poder y por la Paz, (Buenos Aires, Sudamericana, 1963), ver Parte Cuarta, Cap. XI.
92 Morgenthau, Hans, La Lucha por.., op. cit., pág. 10.
93 Morgenthau, Hans, La Lucha por.., op. cit., pág. 12. El mejor ejemplo de lo que digo lo da el
presidente norteamericano Wilson, que reprimió e intervino en nombre de la defensa de la democracia y de la civilización.
significa dejar de lado la moral en la política; sino atender o no perder de vista los intereses 95.
El poder sirve tanto como instrumento para lograr objetivos como para reprimir o imponer conductas. También puede ser un instrumento de censura o de rechazo frente a lo que se considere “transgresión” 96. Por último se puede pensar en el poder como el
instrumento para la enunciación de la ley, como discurso de lo prohibido 97.
Se presume que el “derecho” es la forma de coartar el poder. No obstante ello, requiere de poder para cumplir con su finalidad; sea esta la celebración de un acuerdo, la exigencia de cumplimiento de este acuerdo u otra norma, o la aplicación de sanciones por el incumplimiento 98.
Esto significa que el “derecho”, como el “poder” no implican sólo algo “negativo”, como aplicación de sanciones o represión. También implica algo “positivo”, como acuerdos, logro de objetivos de mayor equilibrio social o político, de mayor justicia, etc.
No existen relaciones de poder sin resistencia 99.
Si la resistencia supera el marco previsible, entonces estamos frente a un proceso de “polarización” del sistema -mundial para el caso que nos ocupa-. Esto es lo que se observa en lo que denomino “transición intersistémica” 100: no hay un sistema estable
vigente, ya que el anterior se encuentra en decadencia o ha desaparecido como tal, y no
95 Este es un tema muy discutido y bastante complejo. Sobre el particular sigo el criterio de
Morgenthau, Hans, La Lucha por.., op. cit., págs. 23-24 y págs. 305-347. También ver Carr, E.H., The Twenty Years’ Crisis, (Londres, MacMillan and Co), Cap. 9. Además, Wolfers, Arnold, Politics and Moral Decision, World Politics, Vol. I, N° 2, (January 1949), págs. 175-195.
96 El intervencionismo norteamericano en los casos Guatemala (indirectamente 1954), República
Dominicana (directa y unilateralmente 1965), el bloqueo a Cuba, las presiones sobre Perú en la etapa de Velazco Alvarado, el intervencionismo en Chile en la etapa de Allende; las intervenciones a Grenada (tropas de desplazamiento rápido 1983), Panamá 1990; en Nicaragua (indirectamente a través de la “contra”, conocido como conflicto de baja intensidad 1980-90); o en el caso de la URSS, sobre Hungría (1956 y 1958) y sobre Checoeslovaquia (1968) operaron como límites, parámetros o “normas transformantes” del sistema dadas sus características esenciales del funcionamiento; a la vez que fueron la manera de frenar, conjurar o eliminar “transgresiones” al orden generado por estas potencias “ordenadoras” del sistema bipolar.
97 Ver Foucault, Michel, Un Diálogo.., op. cit., págs. 79-80. En este discurso, no sólo hay una
prohibición, sino también una “interpretación” de lo que se prohibe. En el caso de la “no intervención” en los asuntos internos y externos de otros Estados, en muchos casos, tanto EUA como la URSS han intervenido aduciendo que “su intervención” era para contrarrestar la “intervención” -a través de la influencia ideológica- de la potencia contraria. En última instancia, intervenían para “salvar” a ese Estado de un “mal mayor”. Las “normas transformantes” de un sistema determinado -todo sistema tiene normas transformantes propias y diferentes de otros sistemas- son el marco implícito y/o explícito de lo permitido y lo prohibido en aras de la estabilidad y la protección del sistema.
98 Mi opinión es que el derecho no coarta el poder, lo institucionaliza o intenta enmarcarlo a través de
regulaciones.
99 Ver Foucault, Michel, Un Diálogo.., op. cit., pág. 82. Ver más arriba los ejemplos empíricos
ofrecidos en notas al pie.
existe nuevo sistema, ya que la estructura 101 que lo sostiene aún no existe, está en
proceso de configuración, a través de lo que denomino “polarización” 102.
Si la resistencia se encuentra dentro del marco previsible; lo que significa que se respetan los “parámetros de cambio” para ese tipo de sistema 103, entonces nos
encontramos frente al intento de reforma del sistema por parte de aquellos que se encuentran disconformes con el status que detentan.
Al hablar de “intento de reforma” del sistema, hago referencia a lo que se podría denominar “tendencias autonomizantes” o la búsqueda -en términos relativos-, de alcanzar una mayor autonomía de desempeño. Esto no significa que se logre tal autonomía, sino que se realiza el intento, alcanzando el éxito -en el corto, mediano o largo plazo, sujeto al tipo de metodología utilizada- dependiendo del grado de “viabilidad”, o capacidad de acción -individual o mediante alianzas-
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