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4.5 Tighter bounds

4.5.2 Monotone instrumental variable restriction

La Igualdad entre hombres y mujeres ha sido uno de los principios fundamentales de la Unión Europea desde su nacimiento, con la finalidad de alcanzar una adaptación real y efectiva de la perspectiva de género en todas las fases de aplicación de los Fondos Europeos.

En lo relativo al período de programación 2014-2020, el Reglamento (UE) Nº 1303/2013 establece en su artículo 7 “que Los Estados miembros y la Comisión velarán por que se tengan en cuenta y se promuevan la igualdad entre hombres y mujeres y la integración de la perspectiva de género a lo largo de la preparación y la ejecución de los programas, entre lo que se incluye lo que se refiere al seguimiento, la presentación de informes y la evaluación”.

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Tal y como se deduce de los análisis siguientes, el principio de Igualdad entre Hombres y Mujeres ha sido integrado en el PO tanto en los trabajos iniciales (análisis de diagnóstico al que se incorporado una clave de género), como en la definición de la estrategia del PO y en la definición de las disposiciones de aplicación y procedimientos previstos en las posteriores fases de implementación del PO. No obstante, a diferencia de lo que sucede en el marco del PO FSE de Canarias 2014-2020, hay que partir de la consideración de la tipología de actuaciones y el ámbito general de intervención del PO que ofrece una potencialidad menor de minoración de la brecha de género.

La conclusión positiva en cuanto a la integración del principio de igualdad de género se constata, además, a través de la obtención del dictamen favorable del Instituto Canario de la Mujer, en el que únicamente se hace alusión a las dificultades existentes en relación con la desagregación por sexo de los indicadores de productividad y resultado del Programa. En términos generales la integración de la perspectiva de género ha sido satisfactoriamente

introducida en la fase del análisis de necesidades y diagnóstico para la elaboración de la

estrategia del PO FEDER de Canarias 2014-2020, sobre todo a raíz de la inclusión de los comentarios de la evaluación ex-ante en materia de Igualdad de Oportunidades realizados al respecto en las fases iniciales de la programación (ver capítulo 1.5).

Esto se evidencia en el conjunto de estadísticas que conforman el análisis de contexto. Los datos han sido desagregados por sexos en aquellos aspectos relevantes que hacen referencia a las personas en todos los ámbitos de intervención siempre que se dispone de información estadística. Esto ha permitido obtener un mayor conocimiento de la situación particular de las mujeres respecto a los hombres en estas cuestiones que han guiado las intervenciones y actuaciones específicas en el marco de los Objetivos Temáticos seleccionados.

Si bien esta diferenciación cobra una dimensión particular en el análisis del mercado de trabajo, aparece como un elemento permanente a lo largo de todos los análisis llevados a cabo.

TABLA 31. VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN EL DIAGNÓSTICO Y ANÁLISIS DE NECESIDADES DEL PO FEDER DE CANARIAS 2014-2020

Aspectos relevantes desde la perspectiva de género Diagnóstico inicial Diagnóstico tras Eval. Ex Ante

Existencia de indicadores de contexto desagregados por sexo  

Descripción de la situación particular de las mujeres en los distintos

ámbitos considerados  

Identificación de la problemática específica de las mujeres  

Identificación de las causas de desigualdad  

Resumen de resultados respecto a la Igualdad de Oportunidades  

El análisis del principio horizontal de la igualdad de oportunidades en la estrategia del PO examina la contribución del planteamiento estratégico del Programa, tanto a través de los Objetivos Temáticos seleccionados, como de las Prioridades de Inversión y sus correspondientes Objetivos Específicos, a la promoción de igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

En primer término es necesario tener presente que si bien ninguno de los Objetivos Temáticos seleccionados responde directamente a la promoción de la igualdad de género, ámbito que se desarrolla en el PO FSE, todos inciden indirectamente de forma positiva

sobre la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Para realizar un examen más desagregado se ha construido una matriz con las Prioridades de Inversión del PO y su contribución a la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, teniendo en cuenta la tipología de actuaciones prevista en cada una de las mismas que pudieran tener un impacto significativo sobre esta dimensión transversal.

Resultan particularmente relevantes las actuaciones puestas en marcha en:

 El Objetivo Temático 2, que promueve actuaciones para el impulso del desarrollo de la administración electrónica, cuyos efectos van más allá de hacer accesibles los servicios administrativos al conjunto de la población, aportando mejores soluciones para compatibilizar la vida familiar y laboral.

 El Objetivo Temático 9, en la medida en que la inversión en infraestructuras sociales facilita, particularmente, la incorporación al mercado laboral de las personas encargadas de la atención a dependientes (en el caso de los centros de salud) que en Canarias son, mayoritariamente, mujeres (64,13%).

 En la misma línea, la creación de infraestructura educativa (Objetivo Temático 10) favorece a la mujer canaria en mayor medida que al hombre en tanto la tasa de escolarización en la región en la Formación Profesional ha tenido una tendencia mucho más positiva entre la población femenina, hasta situarse por encima en el caso de la Formación Profesional de Grado Superior.

Las disposiciones de aplicación del PO garantizan la implicación de los organismos representantes de igualdad de oportunidades a lo largo del desarrollo del Programa a través de varias fórmulas:

 La representación del Instituto de la Mujer, en tanto organismo responsable de la igualdad de oportunidades, en el Comité de Seguimiento, lo que permite introducir la perspectiva de género en las diferentes fases de desarrollo del Programa Operativo. Por otra parte, entre las tareas de dicho Comité está, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110 del Reglamento (UE) Nº 1303/2013, el examen de las acciones encaminadas a promover la igualdad entre hombres y mujeres.

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Asimismo, la participación en la Red de Políticas de Igualdad entre mujeres y hombres contribuye a la integración real y efectiva de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las intervenciones de los Fondos Estructurales y, en este caso en particular, del PO FEDER de Canarias 2014-2020.

Los criterios de selección de operaciones aluden de forma explícita a que “se tendrá en cuenta el principio establecido en el artículo 7 del Reglamento (CE) 1303/2013 que promueve la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la integración de la perspectiva de género en las operaciones susceptibles de cofinanciación”.

 Los procedimientos de seguimiento tienen en el sistema de indicadores una de sus principales herramientas. En este marco, los indicadores tanto de productividad como de resultado propuestos (acordes con el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 1301/2013 y las correspondientes Guías de indicadores de productividad y resultado elaboradas por la Autoridad de Gestión) no incluyen una desagregación por sexo en su definición.

No obstante, dada la relevancia del principio de Igualdad de Género, se determinar que se realizará un seguimiento del principio horizontal, a lo que se añade la cuantificación diferenciada por género en el seguimiento de los indicadores, en la

medida de lo posible y, como consecuencia de ello recomienda aportar la

información desagregada por sexo para su inclusión en los Informes Anuales de Ejecución.

 Desde la perspectiva más formal, se propugna el uso de un lenguaje no sexista como la puesta en valor del papel realizado por la mujer en la Política de Cohesión en el marco de las actuaciones de información y publicidad.