Chapter 3: Experimental Facilities and Procedures
3.2. UHV Systems
3.2.1. Multiprobe P Surface Science System
Según (Porrata, Horcas, Cutrona, Vazquez, & Pareja, 2007) Nos da una pequeña reseña histórica sobre los restaurantes remontándose a los egipcios con testimonios históricos y datos arqueológicos confirman que existían tabernas en el año 1700 a.C. Pero el dato más relevante son las pruebas de que existía un comedor público en Egipto en 512 a.C. Los primeros alimentos básicos para los seres humanos fueron el pan y la cerveza, que fue la representación del sustento básico de los antiguos egipcios.
En la antigua Roma se solía comer a menudo fuera de las casas, esta información histórica se tiene gracias a las pruebas en Herculano una ciudad que fue cubierta de lava y barra por la erupción del volcán Vesubio en el año 79 d.C. En las calles de la ciudad se tenía una gran cantidad de bares que servían pan, queso, vinos, nueces, higos y guisados calientes, un dato importante es que muchas cantinas eran iguales o parecidas entre si, como si éstas formaran parte de una cadena de un sólo dueño.
Viendo la epistemología en la actualidad se ha traducido como el discurso sobre la ciencia que está manifestado como un esquema normativo al asignar lugar a los distintos saberes, dados los objetos reconocidos sensorial y/o racionalmente. El conocimiento no consiste sólo en explicar las teorías sino construir un pensamiento que señale nuevas formas de pensar y actuar en la realidad.
Relacionando la Epistemología con el tema de nuestra investigación nos direcciona al punto de vista social con relación al turismo que nos demuestra que el ser humano siempre ha necesitado espacios diferentes al de su trabajo o del entorno familiar donde pueda interactuar o interrelacionarse con otros.
46
2.10. Fundamento Legal
Constitución Política del Ecuador – 2008
TÍTULO II
Capítulo Segundo Derechos del buen vivir
Sección primera Agua y alimentación
Art. 13.- Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales
Sección cuarta Cultura y ciencia
Art. 21.- Las personas tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a la libertad estética; a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural; a difundir sus propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas.
Art. 22.- Las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse de la protección de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas, literarias o artísticas de su autoría.
Art. 23.- Las personas tienen derecho a acceder y participar del espacio público como ámbito de deliberación, intercambio cultural, cohesión social y promoción de la igualdad en la diversidad. El derecho a difundir en el espacio público las propias expresiones culturales se ejercerá sin más limitaciones que las que establezca la ley, con sujeción a los principios constitucionales.
47
Sección novena
Personas usuarias y consumidoras
Art. 53.- Las empresas, instituciones y organismos que presten servicios públicos deberán incorporar sistemas de medición de satisfacción de las personas usuarias y consumidoras, y poner en práctica sistemas de atención y reparación. El Estado responderá civilmente por los daños y perjuicios causados a las personas por negligencia y descuido en la atención de los servicios públicos que estén a su cargo, y por la carencia de servicios que hayan sido pagados.
Art. 54.- Las personas o entidades que presten servicios públicos o que produzcan o comercialicen bienes de consumo, serán responsables civil y penalmente por la deficiente prestación del servicio, por la calidad defectuosa del producto, o cuando sus condiciones no estén de acuerdo con la publicidad efectuada o con la descripción que incorpore. Las personas serán responsables por la mala práctica en el ejercicio de su profesión, arte u oficio, en especial aquella que ponga en riesgo la integridad o la vida de las personas.
Art. 55.- Las personas usuarias y consumidoras podrán constituir asociaciones que promuevan la información y educación sobre sus derechos, y las representen y defiendan ante las autoridades judiciales o administrativas. Para el ejercicio de este u otros derechos, nadie será obligado a asociarse.
TÍTULO VI
RÉGIMEN DE DESARROLLO Capítulo Primero
Principios generales
Art. 275.- El régimen de desarrollo es el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los sistemas económicos, políticos, socio-culturales y ambientales, que garantizan la realización del buen vivir, del sumak kawsay.
48 1. Mejorar la calidad y esperanza de vida, y aumentar las capacidades y potencialidades de la población en el marco de los principios y derechos que establece la Constitución.
2. Construir un sistema económico, justo, democrático, productivo, solidario y sostenible basado en la distribución igualitaria de los beneficios del desarrollo, de los medios de producción y en la generación de trabajo digno y estable.
7. Proteger y promover la diversidad cultural y respetar sus espacios de reproducción e intercambio; recuperar, preservar y acrecentar la memoria social y el patrimonio cultural.
Capítulo Cuarto - Soberanía económica Sección primera
Sistema económico y política económica
Art. 283.- El sistema económico es social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza; y tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten el buen vivir.
Art. 284.- La política económica tendrá los siguientes objetivos:
1. Asegurar una adecuada distribución del ingreso y de la riqueza nacional. 2. Incentivar la producción nacional, la productividad y competitividad sistémica, la acumulación del conocimiento científico y tecnológico, la inserción estratégica en la economía mundial y las actividades productivas complementarias en la integración regional.
3. Asegurar la soberanía alimentaria y energética.
4. Promocionar la incorporación del valor agregado con máxima eficiencia, dentro de los límites biofísicos de la naturaleza y el respeto a la vida y a las culturas.
49 5. Lograr un desarrollo equilibrado del territorio nacional, la integración entre regiones, en el campo, entre el campo y la ciudad, en lo económico, social y cultural.
Sección séptima Política comercia
Art. 304.- La política comercial tendrá los siguientes objetivos:
1. Desarrollar, fortalecer y dinamizar los mercados internos a partir del objetivo estratégico establecido en el Plan Nacional de Desarrollo.
2. Regular, promover y ejecutar las acciones correspondientes para impulsar la inserción estratégica del país en la economía mundial.
3. Fortalecer el aparato productivo y la producción nacionales.
4. Contribuir a que se garanticen la soberanía alimentaria y energética, y se reduzcan las desigualdades internas. 5. Impulsar el desarrollo de las economías de escala y del comercio justo. 6. Evitar las prácticas monopólicas y oligopólicas, particularmente en el sector privado, y otras que afecten el funcionamiento de los mercados
Sección quinta Cultura
Art. 377.- El sistema nacional de cultura tiene como finalidad fortalecer la identidad nacional; proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales; y salvaguardar la memoria social y el patrimonio cultural. Se garantiza el ejercicio pleno de los derechos culturales.
Art. 379.- Son parte del patrimonio cultural tangible e intangible relevante para la memoria e identidad de las personas y colectivos, y objeto de salvaguarda del Estado, entre otros:
50 1. Las lenguas, formas de expresión, tradición oral y diversas manifestaciones y creaciones culturales, incluyendo las de carácter ritual, festivo y productivo.
2. Las edificaciones, espacios y conjuntos urbanos, monumentos, sitios naturales, caminos, jardines y paisajes que constituyan referentes de identidad para los pueblos o que tengan valor histórico, artístico, arqueológico, etnográfico o paleontológico.
3. Los documentos, objetos, colecciones, archivos, bibliotecas y museos que tengan valor histórico, artístico, arqueológico, etnográfico o paleontológico.
4. Las creaciones artísticas, científicas y tecnológicas. Los bienes culturales patrimoniales del Estado serán inalienables, inembargables e imprescriptibles. El Estado tendrá derecho de prelación en la adquisición de los bienes del patrimonio cultural y garantizará su protección. Cualquier daño será sancionado de acuerdo con la ley.
LEY DE TURISMO
Ley 97 Registro Oficial Suplemento 733 de 27-dic.-2002 Última modificación: 29-dic.-2014 Estado: Vigente CAPITULO II
DE LAS ACTIVIDADES TURÍSTICAS Y DE QUIÉNES LAS EJERCEN
Art. 5.- Se consideran actividades turísticas las desarrolladas por personas naturales o jurídicas que se dediquen a la prestación remunerada de modo habitual a una o más de las siguientes actividades:
a. Alojamiento;
b. Servicio de alimentos y bebidas;
c. Transportación, cuando se dedica principalmente al turismo; inclusive el transporte aéreo, marítimo, fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito;
51 e. La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadoras de eventos congresos y convenciones.
Art. 8.- Para el ejercicio de actividades turísticas se requiere obtener el registro de turismo y la licencia anual de funcionamiento, que acredite idoneidad del servicio que ofrece y se sujeten a las normas técnicas y de calidad vigentes
Art. 33.- Los municipios y gobiernos provinciales podrán establecer incentivos especiales para inversiones en servicios de turismo receptivo e interno rescate de bienes históricos, culturales y naturales en sus respectivas circunscripciones.
CAPITULO X
PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DE SERVICIOS TURÍSTICOS
Art. 42.- Corresponde al Ministerio de Turismo la defensa de los derechos del usuario de servicios turísticos en los términos que señala la Constitución Política, la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor y esta Ley.
REGLAMENTO GENERAL A LA LEY DE TURSMO
Decreto Ejecutivo 1186 Registro Oficial 244 de 05-ene.-2004 Última modificación: 22-ene.-2015 Estado: Vigente
TITULO SEGUNDO
DE LAS ACTIVIDADES TURÍSTICAS CAPITULO I
DE LAS ACTIVIDADES TURÍSTICAS Y SU CATEGORIZACIÓN
Art. 42.- Actividades turísticas.- Según lo establecido por el Art. 5 de la Ley de Turismo se consideran actividades turísticas las siguientes:
b) Servicio de alimentos y bebidas;
Art. 43.- Definición de las actividades de turismo.- Para efectos de la aplicación de las disposiciones de la Ley de Turismo, las siguientes son las definiciones de las actividades turísticas previstas en la ley:
52 b) Servicio de alimentos y bebidas Se entiende por servicio de alimentos y bebidas a las actividades de prestación de servicios gastronómicos, bares y similares, de propietarios cuya actividad económica esté relacionada con la producción, servicio y venta de alimentos y/o bebidas para consumo. Además, podrán prestar otros servicios complementarios como diversión, animación y entretenimiento;
CAPITULO III
DE LOS PERMISOS TEMPORALES
Art. 52.- Del empresario temporal.- De acuerdo a la disposición contenida en el Art. 11 de la Ley de Turismo, el Ministerio de Turismo concederá permisos temporales de funcionamiento, únicamente para las actividades de alojamiento y de alimentos y bebidas, por un lapso no mayor a 90 días consecutivos.
Art. 53.- Período para calificar la temporalidad, Entiéndase por temporal la realización de actividades turísticas en una época o temporada determinada del año, que no será superior a noventa días.
Art. 54.- Costo del permiso temporal.- Para el caso de los permisos temporales de funcionamiento se pagará por el tiempo de duración del permiso, que en ningún caso podrá exceder de 90 días en el año.
CAPITULO IV
DE LA LICENCIA ÚNICA ANUAL DE FUNCIONAMIENTO
Art. 56.- Derechos por la obtención de la licencia única anual de
funcionamiento.- A la persona natural o jurídica en cuyo beneficio se ha expedido la licencia única anual de funcionamiento, le acceden todos los derechos
53
2.11. Definición de términos
Calidad: Se determina calidad a todo aquello que satisfaga las expectativas del cliente o consumidor.
Competencia: Se define al grupo de organizaciones que venden productos o servicios dentro una misma categoría de productos.
Fast food.- Tipos de restauración desarrollada en establecimientos con una oferta simple y donde el propio cliente lleva su pedido a la mesa, lográndose así una comida sencilla y rápida.
Innovación: Se determina a todas las actividades que sean nuevas, diferentes que capten la atención del observador y destaque o promocione algo diferente.
Ocio.- Se define como el tiempo desocupado o tiempo libre que se tiene.
Oferta.- Empresas de servicios turísticos y no turísticos que actúan como proveedores de los organizadores de reuniones
OMT.- Siglas de Organización Mundial del Turismo, organización especializada de la ONU cuyo objetivo es la promoción del desarrollo de un turismo responsable, sostenible y accesible para todos
Turismo.- Actividad que realizan las personas durante sus viajes y
estancias en lugares distintos al de su entorno habitual por un periodo de tiempo inferior a un año con fines de ocio, por negocios y otros motivos.
Turista.- Todo visitante que permanece una noche por lo menos en un medio de alojamiento colectivo o privada en el lugar visitado.
54
3. CAPÍTULO III
METODOLOGÍA
3.1. Diseño de la investigación
El proyecto del análisis de la demanda turística en Urdesa que se llevó a cabo fue una investigación de tipo mixta porque se utilizó varias herramientas de tipo empíricas como la entrevista, encuesta y observación, también llevó información secundaria como citas, artículos científicos, bibliografías, entre otros.
El diseño fue transaccional descriptivo, por variable:
1) Se realizó la investigación de campo a los habitantes y visitantes del sector de Urdesa, clientes potenciales y económicamente activos para el consumo de café con relación a las cafeterías del sector.
2) Futuros clientes que tiene como preferencia la búsqueda de un buen servicio de calidad e innovación en cafeterías temáticas en el sector de Urdesa.
3.2. Tipo de investigación
(Sabino, 1986). Define sobre el tipo de investigación descriptiva que:
“La investigación de tipo descriptiva trabaja sobre realidades de hechos, y su característica fundamental es la de presentar una interpretación correcta. Para la investigación descriptiva, su preocupación primordial radica en descubrir algunas características fundamentales de conjuntos homogéneos de fenómenos, utilizando criterios sistemáticos que permitan poner de manifiesto su estructura o comportamiento. De esta forma se pueden obtener las notas que caracterizan a la realidad estudiada”. (Pág. 51)
55
3.3. Metodología de la investigación
Métodos de pensar
Método Inductivo – Deductivo.- Se utilizó este método de investigación para poder realizar la investigación desde los aspectos generales del proyecto hasta los específicos del mismo, investigando todos los aspectos de Urdesa y de su población hasta llegar a la investigación de las cafeterías de la zona.
Método Inductivo.- “El método inductivo es un proceso en el que a partir del
estudio de casos particulares, se obtiene conclusiones o leyes universales que explican o relacionan los fenómenos estudiados” (Rodríguez Moguel, 2005)
Mediante las herramientas de tipo empíricas que se utilizó en este proyecto como la observación y encuestas, se hizo un estudio enfocado en los procesos funcionales, productivos y administrativos de las cafeterías en el sector de Urdesa para poder realizar las conclusiones al finalizar el proceso investigativo con la triangulación.
Métodos de trabajo
Los métodos de trabajos que se utilizaron fueron la investigación documental y trabajo de campo que en su conjunto permitieron la realización del proyecto.