3 Deception framework
3.1 Deception operation process
3.1.1 An overview of deception operations
De conformidad con la normativa vigente y con el fin de garantizar la seguridad de las personas, animales y los bienes, el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente, las estructuras de hormigón deberán ser idóneas para su uso, durante la totalidad del periodo de vida útil para la que se construye. Para ello, deberán satisfacer los requisitos siguientes:
Seguridad y funcionalidad estructural, consistente en reducir a límites aceptables el riesgo de que la estructura tenga un comportamiento mecánico inadecuado frente a las acciones e influencias previsibles a las que pueda estar sometido durante su construcción y uso previsto, considerando la totalidad de su vida útil; Seguridad en caso de incendio, consistente en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de la estructura sufran daños derivados de un incendio de origen accidental; e Higiene, salud y protección del medio ambiente, en su caso, consistente en reducir a límites aceptables el riesgo de que se provoquen impactos inadecuados sobre el medio ambiente como consecuencia de la ejecución de las obras.
La propiedad, de acuerdo con la tabla 5.1 de la Instrucción EHE-08 ha fijado como vida útil de las estructuras 50 años.
Exigencias:
Las exigencias que debe cumplir una estructura de hormigón para satisfacer los requisitos son las que se relacionan a continuación:
- Exigencias relativas al requisito de seguridad estructural. - Exigencia de resistencia y estabilidad.
- Exigencia de aptitud al servicio.
- Exigencias relativas al requisito de seguridad en caso de incendio. - Exigencia de resistencia de la estructura frente al fuego.
- Exigencia de calidad medioambiental. CRITERIOS DE SEGURIDAD Y BASES DE CÁLCULO:
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Se realiza el cálculo mediante las especificaciones de la norma EHE-08, de aplicación a las estructuras de hormigón, la cual, están obligados a conocer y aplicar TODOS los agentes que participan en el proyecto, construcción, control y mantenimiento de las estructuras de hormigón en el ámbito de esa norma. Criterios de seguridad: En la Instrucción EHE-08 se asegura la fiabilidad requerida adoptando el método de los Estados Límite, tal y como establece el Artículo 8º de dicha Instrucción.
Existen dos formas de comprobación estructural atendiendo al Artículo 6º de la Instrucción EHE- 08, mediante cálculo o mediante ensayos, siendo la primera de estas la adoptada para la comprobación de nuestra estructura, mediante cálculo informático realizado con el programa CYPEcad 2013.m, dado que las reglas de la Instrucción EHE-08 son suficientes para abordar el dimensionamiento estructural y un estudio más detallado no supondría una mejora significativa económicamente.
Situaciones de proyecto: Las situaciones de proyecto a considerar son las que se indican a continuación: Situaciones persistentes, que corresponden a las condiciones de uso normal de la estructura. Situaciones transitorias, como son las que se producen durante la construcción o reparación de la estructura.
Situaciones accidentales, que corresponden a condiciones excepcionales aplicables a la estructura.
Bases de cálculo:
MÉTODO DE LOS ESTADOS LÍMITE:
Se definen como Estados Límite aquellas situaciones para las que, de ser superadas, puede considerarse que la estructura no cumple alguna de las funciones para las que ha sido proyectada. A efectos de la Instrucción EHE-08 los E.L. se clasifican en:
- Estados Límites Últimos (ELU) - Estados Límites de Servicio (ELS) - Estado Límite de Durabilidad (ELD)
Se comprueba que la estructura no supera ninguno de los Estados Limite anteriormente definidos en cuenta de las situaciones indicadas en la Instrucción EHE-08, los valores de cálculo de las acciones, los valores de cálculo de las características de los materiales y los datos geométricos de la estructura. El proceso de comprobación de un E.L, consiste en deducir, el efecto de las acciones aplicadas a la estructura y por otra parte la respuesta de la estructura para la situación límite en estudio.
El estado límite quedará garantizado si se verifica, con un índice de fiabilidad suficiente, que la respuesta estructural no es inferior que el efecto de las acciones aplicadas.
La determinación de acciones se realiza de acorde con el Capítulo III de la EHE-08, tomando los criterios de definición de los datos geométricos del Artículo 16 y el sistema para el Análisis estructural del Capítulo V. La concordancia entre la Instrucción EHE-08 y el programa de cálculo se comprueba en su memoria de cálculo.
La determinación de la respuesta estructural se realiza de acorde con el Titulo 5 de la EHE-08, tomando los valores de cálculo de los materiales definidos en la EHE-08 y los criterios de definición de los datos geométricos según el Titulo 5 de la EHE-08.
La determinación de la agresividad del ambiente se realiza conforme a los parámetros del Artículo 8, y de acorde al Título 4 se desarrolla una estrategia de durabilidad eficaz.
ESTADOS LÍMITE ÚLTIMOS:
Engloba todos los estados que producen el fallo de la estructura, por pérdida de equilibrio, colapso o rotura de la misma o de una parte de ella. Deben ser considerados los debidos a fallo por deformaciones plásticas excesivas, rotura o pérdida de la estabilidad de la estructura o parte de ella; pérdida del equilibrio de la estructura o parte de ella, considerada como un sólido rígido; y fallo por acumulación de deformaciones o fisuración progresiva bajo cargas repetidas.
En la comprobación de los ELU que consideran la rotura de un elemento se debe satisfacer la condición: Rd ≥ Sd, siendo Rd el valor de cálculo de la respuesta estructural y Sd el valor de cálculo del efecto de las acciones.
En la comprobación de los EL de Equilibrio se debe satisfacer: Ed,estab ≥ Ed, desestab, siendo Ed,estab el valor de cálculo de los efectos de las acciones estabilizadoras y Ed, desestab el valor de cálculo de los efectos de las acciones desestabilizadoras.
En la comprobación del EL de Fatiga se debe satisfacer la condición: RF ≥ SF, siendo RF el valor de cálculo de la resistencia a fatiga y SF el valor de cálculo del efecto de las acciones de fatiga.
ESTADOS LÍMITE DE SERVICIO:
Engloba todos los estados para los que no se cumplen los requisitos de funcionalidad, de comodidad o de aspecto requeridos. En la comprobación de los ELS se debe satisfacer la condición Cd ≥ Ed, siendo Cd el valor límite admisible para el Estado Limite a comprobar (deformaciones, vibraciones, abertura de fisura) y Ed el valor de cálculo del efecto de las acciones (tensiones, nivel de vibración, abertura de fisura). ESTADO LÍMITE DE DURABILIDAD:
Es el estado producido por las acciones físicas y químicas, diferentes a las cargas y acciones del análisis estructural, que pueden degradar las características del hormigón o de las armaduras hasta límites inaceptables.
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En la comprobación de los ELD se debe verificar la siguiente condición: tL ≥ td, siendo tL el tiempo necesario para que el agente agresivo produzca un ataque o degradación significativa y td el valor de cálculo de la vida útil.
Tipo de Ambiente: Vendrá definido por la combinación de una de una de las clases generales de exposición frente a la corrosión de las armaduras de acuerdo con la tabla 8.2.2. de la EHE-08 y las clases específicas de exposición relativas a los otros procesos de degradación que procedan para cada caso, de entre las definidas en 8.2.3.
El proyecto se encuadra en un único ambiente, con clase general IIa y sin clase específica de exposición.
7.- APÉNDICES:
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