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7. VERIFICATION OF FRAMEWORK AND PROCESS MODEL

7.1 Overview of Verification Interviews

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BIENESTAR DE LOS ESTUDIANTES: FFI

LIBRES DE INTIMIDACIÓN (LOCAL)

Nota: Esta política trata sobre intimidación de estudiantes del Distrito. Consulte FFH si desea conocer las

disposiciones referidas a la discriminación y el acoso que incluyen a estudiantes del Distrito. Advierta que se usará la FFI junto con la FFH para determinadas conductas prohibidas. Consulte la FFG para conocer los requisitos para informar abuso infantil y negligencia.

INTIMIDACIÓN PROHIBIDA

DEFINICIÓN

EJEMPLOS

REPRESALIAS

El Distrito prohíbe la intimidación como se define en esta política. Las represalias contra cualquier persona que participa en un proceso de queja son una violación a la política del Distrito y están prohibidas.

Intimidación o Bullying es cuando un estudiante o grupo de estudiantes participa en expresión escrita u oral, expresión a través de medios electrónicos o conducta física que se produce en la propiedad escolar, en una actividad patrocinada por la escuela o relacionada con la escuela o en un vehículo operado por el distrito y que:

1. Tiene por efecto o tendrá por efecto dañar físicamente a un estudiante, dañar las pertenencias de un estudiante o poner a un estudiante en una situación de miedo razonable de sufrir daños a su persona o pertenencias; o

2. Es suficientemente intensa, persistente y predominante como para que la acción o amenaza cree un ambiente educativo intimidante, amenazador o abusivo para un estudiante.

Esta conducta se considera intimidación si:

1. Explota un desequilibrio de poder entre el estudiante autor y el estudiante víctima a través de expresión escrita u oral o conducta física; e

2. Interfiere con la educación de un estudiante o estorba considerablemente el funcionamiento de la escuela. La intimidación de un estudiante podría incluir novatadas, amenazas, burlas, bromas, encierro, asalto, exigir dinero, destrucción de pertenencias, hurto de posesiones de valor, insultos, diseminar rumores u ostracismo.

El Distrito prohíbe las represalias de un estudiante o empleado del Distrito contra cualquier persona que de buena fe presenta

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LIBRES DE INTIMIDACIÓN (LOCAL)

EJEMPLOS DENUNCIA FALSA INFORME OPORTUNO PROCEDIMIENTOS PARA PRESENTAR INFORMES INFORME DE ESTUDIANTES INFORME DE EMPLEADOS FORMATO DEL INFORME CONDUCTA PROHIBIDA INVESTIGACIÓN DEL INFORME

un informe de intimidación, actúa de testigo o participa en una investigación.

Ejemplos de represalias pueden incluir amenazas, correr rumores, ostracismo, asalto, destrucción de pertenencias, castigos injustificados o bajar las calificaciones de forma injustificada. Las represalias ilegales no incluyen los desaires o enfados menores.

Un estudiante que intencionalmente hace una denuncia falsa, ofrece declaraciones falsas o se rehúsa a cooperar con una investigación del Distrito relacionada con intimidación, será sometido a una medida disciplinaria correspondiente. Los informes de intimidación se deben presentar lo antes posible después del supuesto acto o de entrar en conocimiento del mismo. No presentar el informe de inmediato podría afectar la capacidad del Distrito de investigar y lidiar con la conducta prohibida.

Para recibir asistencia y que haya intervención, cualquier estudiante que cree que él o ella ha sufrido violencia en las citas, discriminación, acoso, o represalias debe informar inmediatamente el problema a un maestro, consejero, director, u otro empleado del distrito.

Cualquier empleado del Distrito que sospecha o se entera de que un estudiante o grupo de estudiantes fue o puede haber sido víctima de intimidación deberá notificarlo de inmediato al director o su representante designado.

Los informes se pueden presentar de forma oral o escrita. El director o su representante designado pasarán todos los informes orales a forma escrita.

El director o su representante designado determinarán si los alega-tos del informe, una vez probados, constituirían una conducta prohibida como se define en la política FFH, incluso la violencia en el noviazgo y acoso o discriminación por raza, color, religión, género, nacionalidad de origen o discapacidad. En caso afirmativo, el distrito procederá de acuerdo con la política FFH. Si los alegatos constituirían conducta prohibida e intimidación, la investigación según la FFH incluirá una

determinación de cada tipo de conducta.

El director o su representante designado realizarán una investigación adecuada en base a los alegatos del informe. El director o su representante designado de inmediato tomarán

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LIBRES DE INTIMIDACIÓN (LOCAL)

CIERRE DE LA INVESTIGACIÓN

AVISO A LOS PADRES

MEDIDAS DEL DISTRITO INTIMIDACIÓN

DISCIPLINA

MEDIDA CORRECTIVA

TRANSFERENCIAS

una medida provisional prevista para evitar la intimidación durante el transcurso de una investigación, si corresponde. A falta de circunstancias atenuantes, la investigación se deberá completar en diez días hábiles del Distrito a partir de la fecha del informe inicial con alegatos de intimidación; sin embargo, el director o su representante designado tardarán tiempo adicional si fuese necesario para completar una investigación minuciosa. El director o su representante designado prepararán un informe final escrito de la investigación. El informe incluirá una

determinación respecto de si se produjo la intimidación, y en ese caso, si la víctima usó autodefensa razonable. Se enviará una copia del informe al Superintendente o su representante designado.

Si se confirma el incidente de intimidación, el director o su representante designado notificará con prontitud a los padres de la víctima y del estudiante que produjo la intimidación. Si los resultados de una investigación indican que se produjo una intimidación, el Distrito responderá con prontitud tomando la medida disciplinaria adecuada en conformidad con el Código de Conducta Estudiantil del Distrito y puede tomar una medida correctiva calculada razonablemente para lidiar con la

conducta.

Un estudiante que es víctima de intimidación y que usó autodefensa razonable en respuesta a la intimidación no será sometido a una medida disciplinaria.

La disciplina de los estudiantes con discapacidades está sujeta a las leyes estatales y federales pertinentes, además de estar sujeta al Código de Conducta Estudiantil.

Algunos ejemplos de medidas correctivas son un programa de capacitación para individuos partícipes en la queja, un

programa integral de educación para la comunidad escolar, averiguaciones de seguimiento para determinar si se han producido nuevos incidentes o cualquier hecho de represalia, incorporar a los padres y los estudiantes en los esfuerzos por identificar problemas y mejorar el clima escolar, aumentar el monitoreo del personal de las zonas donde se produjo la intimidación y reafirmar la política del Distrito contra la intimidación.

El director o su representante designado consultarán las disposiciones para transferencia de la FDB.

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LIBRES DE INTIMIDACIÓN (LOCAL)

CONSEJO CONDUCTA IMPROPIA CONFIDENCIALIDAD APELACIÓN RETENCIÓN DE REGISTROS ACCESO A LA POLÍTICA Y PROCEDIMIENTOS

El director o su representante designado informará a la víctima, al estudiante que produjo la intimidación y a cualquier

estudiante testigo de la intimidación, las opciones disponibles de asesoramiento.

Si la investigación revela conducta impropia que no alcanzó el nivel de conducta prohibida o intimidación, el Distrito tomará una medida en conformidad con el Código de Conducta Estudiantil o cualquier otra medida correctiva adecuada. Hasta el punto posible, el distrito respetará la privacidad del estudiante; sin embargo, las revelaciones limitadas pueden ser necesarias para realizar una investigación completa y para conformarse con la ley. Podrían ser necesarias revelaciones limitadas para poder realizar una investigación minuciosa. Un estudiante que no esté conforme con el resultado de la investigación puede apelar de acuerdo con la política FNG(LOCAL) a partir del nivel adecuado.

La retención de registros se producirá en conformidad con CPC(LOCAL).

Esta política y cualquier procedimiento que la acompañe será distribuida anualmente en los manuales para empleados y para estudiantes. Se colocarán copias de la política y de los

procedimientos en el sitio web del Distrito, en la medida de lo practicable, y estarán fácilmente disponibles en cada campus y oficina administrativa del Distrito.

Apéndice D -