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La constitución del año 2008 reafirma que es deber del Estado la planificación con miras a garantizar los derechos, la consecución del Buen Vivir y por consiguiente los objetivos planteados para el desarrollo del país.

Al revisar la Constitución de 1998, ésta solo incluye disposiciones generales en cuanto a planificación económica y social. El art. 254 y 255 indica que el sistema nacional de planificación establecerá objetivos nacionales permanentes en materia económica y social, fijará metas de desarrollo a corto, mediano y largo plazo, que deberán alcanzarse en forma descentralizada, y orientará la

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inversión con carácter obligatorio para el sector público y referencial para el sector privado. Un organismo técnico dependiente de la Presidencia de la República estará a cargo de este sistema nacional de planificación con la participación de los gobiernos seccionales autónomos y de las organizaciones sociales que determine la ley.

Mientras que el Art. 279 y 280 de la nueva Carta Magna explican de forma detallada la vía a utilizarse para la planificación. El sistema nacional descentralizado de planificación participativa organizará la planificación para el desarrollo. Este sistema se conformará por un Consejo Nacional de Planificación, que integrará a los distintos niveles de gobierno, con participación ciudadana, y tendrá una secretaría técnica, que lo coordinará. Este consejo tendrá por objetivo dictar los lineamientos y las políticas que orienten al sistema y aprobará el Plan Nacional de Desarrollo, y será presidido por la Presidenta o Presidente de la República.

EI Plan Nacional de Desarrollo funcionará como un instrumento al cual se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; la inversión y asignación de los recursos públicos.

El mencionado Plan Nacional de Desarrollo fija el rumbo del país dentro de doce objetivos que se detallan a continuación:

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Cuadro No. 3: Objetivos del Plan Nacional de Desarrollo

No. OBJETIVO PLANTEADO

No. De Instituciones del Estado que contribuyen al objetivo % de Instituciones que contribuyen al objetivo % de Presupuesto por Objetivo

1 Auspiciar la igualdad, la cohesión y la integración social y territorial. 52 29,21% 6,64%

2 Mejorar las capacidades y potencialidades de la ciudadanía. 33 18,54% 7,68%

3 Aumentar la esperanza y calidad de vida de la población. 21 11,80% 22,45%

4 Promover un ambiente sano y sustentable, y garantizar el acceso a agua, aire y

suelo seguros. 41 23,03% 5,88%

5 Garantizar la soberanía nacional, la paz y auspiciar la integración

latinoamericana. 20 11,24% 15,06%

6 Garantizar el trabajo estable, justo y digno. 23 12,92% 6,97%

7 Construir y fortalecer el espacio público y de encuentro común. 41 23,03% 1,17%

8 Afirmar la identidad nacional y fortalecer las identidades diversas y la

interculturalidad. 17 9,55% 0,91%

9 Fomentar el acceso a la justicia. 18 10,11% 3,71%

10 Garantizar el acceso a la participación pública y política. 20 11,24% 2,27%

11 Establecer un sistema económico solidario y sostenible. 73 41,01% 20,11%

12 Construir un Estado para el bienestar colectivo. 17 9,55% 7,16%

Fuente: Investigación realizada

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El Art. 293 de la nueva constitución establece que la formulación y la ejecución del Presupuesto General del Estado se sujetarán al Plan Nacional de Desarrollo.

De acuerdo a la Constitución de Montecristi el Presupuesto General del Estado incluye todos los ingresos y egresos del sector público exceptuando los pertinentes a: seguridad social, banca pública, empresas públicas y los gobiernos autónomos descentralizados. A diferencia de la Constitución de 1998 que señala que no forman parte del Presupuesto General del Estado únicamente los ingresos y egresos de los organismos del régimen seccional autónomo y de las empresas públicas.

Se considera además en el año 2008 la presentación de una programación presupuestaria cuatrianual sujeta a revisión por parte de la Asamblea Nacional para garantizar la estabilidad del gasto público, además de que todo programa financiado con recursos públicos tendrá objetivos, metas y un plazo predeterminado para ser evaluado, en el marco de lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo según lo estipulado en el Art. 297.

La programación presupuestaria cuatrianual presentada por el Ejecutivo para el año 2011-2014 se detalla a continuación:

Cuadro No. 4: Presupuesto General del Estado

Fuente: MINISTERIO DE FINANZAS

Elaborado por: MINISTERIO DE FINANZAS

Dentro del Presupuesto General del Estado para el año 2011 se ha asignado $ 14.366.579,00 al Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad para la ejecución de sus diferentes proyectos, la asignación se puede observar en el consolidado del presupuesto por Estructura Programática del Ministerio de Finanzas:

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Cuadro No. 5: Presupuesto General del Estado Consolidado por Estructura Programática

Ejercicio Fiscal 2011

Fuente: MINISTERIO DE FINANZAS

Por otro lado, se plantea en la Constitución del 2008 una gestión del presupuesto por resultados; es decir, que el Presupuesto General del Estado, como herramienta de la Política Fiscal, se encuentra orientado a apoyar a cada uno de los objetivos nacionales en el marco de una planificación para el desarrollo. Los ámbitos sobre los cuales se ha priorizado el trabajo son la educación, la salud, la vivienda digna, la seguridad social, la cultura, la ciencia y la tecnología.

En el siguiente cuadro se resume las diferencias entre el presupuesto tradicional y el presupuesto por resultados:

Cuadro No. 6: Diferencias Presupuesto Tradicional vs. Presupuesto por Resultados

Fuente: MINISTERIO DE FINANZAS. (2010)

Elaborado por: MINISTERIO DE FINANZAS

Finalmente bajo esta nueva planificación presupuestaria la visión conceptual cambia y se la puede resumir de la siguiente manera:

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Cuadro No. 7: Visión Conceptual del Presupuesto

Fuente: MINISTERIO DE FINANZAS. (2010)

Elaborado por: MINISTERIO DE FINANZAS

Se puede concluir que la nueva Constitución plantea un marco más normativo que reglamenta la planificación y la coordinación del presupuesto, vinculando a las finanzas públicas con la planificación nacional del Estado.

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