Pilot Study in the Airline Sector 5.1 Introduction
5.2 Pilot Study
Antes de describir el modelo básico de la democracia deliberativa con- viene explorar, siquiera superficialmente, algunas de sus raíces históricas, teniendo en cuenta que no se trata en ningún sentido de un fenómeno nuevo en la historia del pensamiento político. De hecho, la reivindicación de la deliberación es tan antigua como la democracia misma, o incluso como el propio pensamiento político25. Efectivamente, han sido muchos los auto- res que han defendido el valor de la deliberación en general en la política, o en la política democrática en concreto. PLATÓN, ARISTÓTELES, MONTES- QUIEU, CONDORCET, SIÉYÈS, HUME, BURKE, MADISON, JEFFERSON, TOC- QUEVILLE o John Stuart MILL han sido sólo algunos de ellos. De todos modos, no pretendo realizar ningún análisis exhaustivo de las principales contribuciones históricas a esta corriente, y ni siquiera intentaré rastrear cuál ha sido la influencia que cada uno de ellos puede haber dejado en las obras fundamentales de la democracia deliberativa contemporánea, aunque ambas cosas serían sin duda necesarias desde la perspectiva de una com- prensión completa del modelo. Sin embargo, son prescindibles a los fines del presente trabajo dado que la corriente estrictamente contemporánea de la democracia deliberativa se ha concebido a sí misma generalmente como una propuesta nueva y emancipada de sus propios antepasados. No obs- tante, como ya he dicho, me gustaría subrayar de forma introductoria algu- nas ideas básicas concernientes a los orígenes históricos del modelo.
Aunque la deliberación, como método de toma de decisiones basado en la discusión colectiva racional y razonable de propuestas políticas se puso en práctica por primera vez casi con toda seguridad en algunas de las civilizaciones preclásicas, no fue hasta la antigua Grecia y, más con- cretamente, hasta la democracia ateniense de CLÍSTENES y PERICLES, que alcanzó un claro predicamento especialmente vinculado a un sistema demo- crático de gobierno26. Así, instituciones como el Consejo (boulé), las Magistraturas y, sobre todo, la Asamblea fueron órganos eminentemente 01-CAPITULO 01•C 29/9/06 13:09 Página 17
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27 Véanse HANSEN, 1991: 138-144; y MANIN, 1997: 23-31.
28 Me refiero a retórica y demagogia en el sentido peyorativo de manipulación ideológica, y
no en el que en aquel momento recibían dichos términos, que era valorativamente neutro. Véase, al respecto, HORNBLOWER, 1992: 23 y 26.
29 Véase HANSEN, 1991: 144. Esta es la imagen negativa que reprodujo también TUCÍDIDES
al describir el papel jugado por PERICLESy, sobre todo, por sus sucesores. Véase TUCÍDIDES, 1990:
esp. libros I, II y III. Y también FARRAR, 1988: 158-177, y 1992: 48-51.
30 Véanse, en ese sentido, P
LATÓN, 1996 y 1984; e ISÓCRATES, 1979: 56-58, y en atención a
este punto, FARRAR, 1992: 45. Una deliberación, como la de la Asamblea, en la que interviene sólo una parte pequeña de los participantes, en la que los discursos no tienen por qué guardar rela- ción entre sí y en la que no se discuten públicamente los argumentos, es ciertamente una delibe- ración de muy baja calidad. De nuevo HANSENnos alumbra a ese respecto: la conocida división
cuatripartita de la oratoria griega en preámbulo, narración, argumentación (en la que se ofrecían argumentos positivos en favor de la propuesta presentada y argumentos negativos en contra de las posibles objeciones) y perorata, se alejaba de la práctica de los discursos de la Asamblea. En estos, la parte argumentativa se basaba «en una introducción a la propuesta, el desarrollo de la propuesta misma, y su justificación, sin refutación de los argumentos de la otra parte». Véanse HANSEN, 1991: 143; y ELSTER, 1998a: 2.
31 ARISTÓTELES, 1986: Libro IV, cap. VIII, 1293b, p. 162. Obviamente se hace referencia aquí
a la conocida tipología de regímenes políticos que se atribuye a ARISTÓTELES, su distinción entre
monarquía, aristocracia y república, y sus tres respectivas «desviaciones», tiranía, oligarquía y democracia. ARISTÓTELES, 1986: Libro III, cap. VII, 1779a y 1279b, p. 120. Aunque, de hecho,
ARISTÓTELEStoma la clasificación del diálogo El político de PLATÓN; véase PLATÓN, 1981.
32 Véase «Aristotle’s multitude» en W
ALDRON, 1999b: 92-123. WALDRONcita en apoyo de su
interpretación el siguiente fragmento de la Política: «Es un problema decir qué parte de la ciudad debe tener la autoridad: la masa, los ricos, los bien dotados, el mejor individuo de todos, o un tirano. Bien, todas esas posibilidades suponen, al parecer, descontento. [...]. En cuanto a la afir- mación de que debe ser soberana la mayoría antes que los mejores, pero pocos, podría parecer que, a primera vista, encierra cierta dificultad, aunque es cierta. Pues los muchos, cada uno de los cuales es en sí un hombre mediocre, pueden sin embargo, al reunirse, ser mejores que aquellos; democráticos y deliberativos27. Justamente entonces surgieron también las primeras voces de crítica de la deliberación democrática con respecto a su funcionamiento ordinario, con acusaciones de manipulación retórica, dema- gogia28y populismo29. De hecho, el temor a la manipulación y el popu- lismo condujo a importantes pensadores, como el propio PLATÓN, a defen- der la deliberación política sólo en instituciones elitistas aristocráticas, pero no en órganos de composición popular30.
No sucedió lo mismo con ARISTÓTELES, que defendió la república (poli- teia) frente a la aristocracia, y ello aunque ésta fuera concebida como un tipo mixto de gobierno, «una mezcla de oligarquía y democracia», en la que debían darse las condiciones para que los ciudadanos fueran virtuo- sos, participaran en los asuntos de la ciudad con prudencia y sabiduría, y no cayeran en demagogias y populismos31. Según la interpretación más extendida del pensamiento de ARISTÓTELES, éste defendía un sistema que, sin prescindir del fundamento democrático, enfatizara la preponderancia de instituciones elitistas con el objetivo de promover la virtud de los ciu- dadanos. Sin embargo, existe otra interpretación más democrática e igua- litarista, con la que coincido, defendida por ejemplo por Jeremy WAL- DRON32 o James BOHMAN, resaltando la defensa de ARISTÓTELES de la 01-CAPITULO 01•C 29/9/06 13:09 Página 18
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no individualmente, sino en conjunto; igual que, por ejemplo, los banquetes colectivos son mejo- res que los costeados a expensas de uno solo; pues al ser muchos, cada uno aporta una parte de virtud y de prudencia y, al juntarse, la masa se convierte en un solo hombre de muchos pies, de muchas manos y con muchos sentidos; y lo mismo ocurre con los caracteres y la inteligencia». ARISTÓTELES, 1986: Libro III, caps. X y XI, 1281a y 1281b, pp. 125 y 126.
33 BOHMAN, 1996: 23. Cfr. sus pasajes concretos en ARISTÓTELES, 1986: Libro IV, cap. XIV,
1297b, p. 174, y 1298b, p. 176. También Libro VI, caps. VIII y IX, 1142a y 1142b, pp. 95-97. Y, finalmente, ARISTÓTELES, 1990: Libro I, caps. IV a VI, 1359a a 1363b, pp. 198-222. Para un estu- dio detallado del lugar que ocupa la deliberación en ARISTÓTELES, véase BICKFORD, 1996: cap. 2.
34 Véanse, por ejemplo, MANIN, 1987: 345; SUNSTEIN, 1988; COHEN, 1989a: 27; FISHKIN,
1991: 33 y 34; BESSETTE, 1994: 253, nota 9; GUTMANNy THOMPSON, 1996: 44; BOHMAN, 1996:
23; BICKFORD, 1996: 19 y 25-26; BOHMANy REHG, 1997: xiv; GAUS, 1997a: 205; «Aristotle’s mul- titude» en WALDRON, 1999b: 93 y 94; DRYZEK, 2000a: 53; RICHARDSON, 2002: 60; y GOODIN, 2003:
169. Incluso no ha faltado quien ha afirmado la existencia de una «escuela» aristotélica de la demo- cracia deliberativa. Véase DRYZEK, 2000a: 53. Aunque en mi opinión dicha tesis no tiene suficiente
fundamento. De todos modos, no entraré en discusiones escolásticas de este tipo.
35 MANIN, 1997: 228-230.
deliberación como medio de promoción de la virtud, pero de raíz profun- damente democrática. En palabras de BOHMAN, ARISTÓTELES«pensó en la deliberación como la actividad paradigmática de la virtud política y el autogobierno»33. A él le debemos la primera articulación de una república deliberativa. Y por ello se convirtió en uno de los referentes históricos de los deliberativistas contemporáneos34.
No sería hasta el siglo XVIIIque la defensa explícita de la deliberación volvería a aparecer vinculada a los ideales democráticos, en los escritos de autores como MONTESQUIEU, BURKE, SIÉYÈS, MADISON, HAMILTON y John Stuart MILL. Si es cierto que buena parte de los principios generales que subyacen a las democracias contemporáneas fueron asentados por el pensamiento político a lo largo de los siglos XVIIIy XIX, también lo es que la democracia deliberativa contemporánea reconstruye ciertas intuiciones que fueron elaboradas por primera vez en aquel entonces. Aunque es nece- sario advertir que para la mayoría de estos autores modernos la delibera- ción democrática «nunca se deduce de un razonamiento anterior sobre los beneficios del debate», sino que se acepta como una herencia histórica (derivada de la democracia griega) que parece unida «de forma natural» al concepto de asamblea y está vinculada además con el hecho del plura- lismo y la «diversidad social»35. Así, cualquiera que fueran sus razones en favor de la deliberación, ninguno de ellos se ocupó de analizar su estruc- tura, ni de comparar sus beneficios intrínsecos o instrumentales con los de otros sistemas de decisión. Ninguno se planteó, de hecho, que el poder legislativo pudiera ejercerse de otro modo. En ese sentido, y a pesar de la influencia de sus contribuciones en la democracia deliberativa contempo- ránea, no encontramos todavía en los siglos XVIII y XIX una concepción articulada de la deliberación democrática.
Sí conviene, en cambio, mencionar una importante divergencia histó- rica en el pensamiento democrático moderno que en algún sentido se 01-CAPITULO 01•C 29/9/06 13:09 Página 19
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36 Algunos fragmentos en los que destaca el papel de la deliberación en MONTESQUIEU, 1748:
Primera Parte, Libro II, p. 20 y Libro VIII, p. 87, y Segunda Parte, Libro VI, pp. 115-118.
37 Véase, por ejemplo, su «Idea de una república perfecta», en HUME, 1994: 128-142. 38 Algunos de los ensayos más importantes de B
URKEestán reunidos y traducidos al caste-
llano en BURKE, 1984. Sobre su pensamiento político, véanse los excelentes trabajos de MAC-
PHERSON, 1984; FREEMAN, 1980; HAMPSHER-MONK, 1987; y PITKIN, 1967: cap. 8. Algunos deli-
berativistas contemporáneos le han citado como un precedente: véanse por ejemplo ELSTER, 1998a: 3; BESSETTE, 1994: 40 y 41; NINO, 1996: 171; DRYZEK, 2000a: 2; y SAWARD, 2000b: 8.
39 Véase, por ejemplo, BURKE, 1770: 289, y 1774: 312 y 313.
encuentra en el origen de algunas controversias en la democracia delibe- rativa contemporánea. Mientras algunos de estos defensores de la delibe- ración, especialmente en el siglo XVIII, defendieron una especie de «eli- tismo deliberativo democrático moderno», más en la línea de PLATÓNo de las interpretaciones más elitistas de ARISTÓTELES, otros, principalmente ya en el siglo XIX, construyeron un discurso mucho más cercano a valores republicanos igualitarios y profundamente democráticos. Tal vez uno de los primeros que pertenecieron al grupo «elitista» fue Charles de Secon- dat, MONTESQUIEU, un caso curioso y complejo que mezcla la defensa de un modelo representativo que destila desconfianza hacia el pueblo, y la defensa de la deliberación y la búsqueda de la racionalidad de las leyes36. En clara continuidad con MONTESQUIEU encontramos el pensamiento de David HUME. Como es bien conocido, según el filósofo escocés no hay espacio para la racionalidad en el terreno normativo moral y, por exten- sión, de la justicia y la política, al menos por lo a que los fines se refiere, puesto que el único papel de la deliberación racional es el paramétrico, consistente en establecer una adecuación de medios a fines; la selección de dichos fines, en cambio, responde siempre a las pasiones. No obstante, no hay que desdeñar este papel limitado de la racionalidad deliberativa, y en algunos de sus ensayos políticos reconoce la importancia de la delibe- ración colectiva en las asambleas representativas, aun advirtiendo de los peligros de las asambleas grandes o de las que son demasiado dependientes del parecer del pueblo37.
Pero el más fiel seguidor de las ideas de MONTESQUIEU, y el que más influiría en pensadores posteriores, incluidos algunos de los contemporá- neos, fue Edmund BURKE38. En el capítulo VI tendremos oportunidad de analizar con mayor detalle su contribución decisiva a la historia del modelo de la democracia deliberativa. Bastará ahora con decir que BURKE fue el representante más importante del «elitismo deliberativo democrático moderno», es decir, la idea de que la deliberación democrática debe quedar reservada al Parlamento u otras instituciones representativas y elitistas (tanto por su composición como por su funcionamiento) que puedan des- vincularse de la presión ejercida por el pueblo y que alcancen la versión más refinada de la deliberación política39. La concepción burkeana influi-
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40 Entre los deliberativistas que han destacado su influencia, véanse ELSTER, 1998a: 3; SUNS-
TEIN, 1986a: 890, nota 7, y 1988; FISHKIN, 1991: 42, 43, 65 y 66; GUTMANNy THOMPSON, 1996: 12 y 114; BESSETTE, 1994; BOHMAN, 1996: 28; NINO, 1996: 102 y 103; GARGARELLA, 1998a;
HARDIN, 1999b: 118; DRYZEK, 2000a: 90.
41 Véase, por ejemplo, Alexander HAMILTON, The Federalist, números 68, 70 y 73 en HAMIL-
TON, MADISONy JAY, 1999. También, como apoyo, véanse los números 10, 27, 37, 49, 63, 71 y 78, todos ellos en HAMILTON, MADISONy JAY, 1999. Sobre este punto, véanse GARGARELLA, 1998a:
264-269; y SUNSTEIN, 1993a.
42 Para un análisis y defensa de esta interpretación, SUNSTEIN1988. 43 Véase MANIN, 1997: 230 y 231, y 341 y 342.
44 Para una reconstrucción de su pensamiento en términos deliberativos y republicanos, SUNS-
TEIN, 1985: 38-43, 1986a: 890-897, y 1988. Entre los deliberativistas contemporáneos que recono- cen la influencia de estos autores, además de SUNSTEIN, véase GUTMANNy THOMPSON, 1996: 114.
45 Entre los que han creído erróneamente que ROUSSEAUdefendió la deliberación democrá-
tica véanse COHEN, 1986b: 323 y 324, y 1986c: 288-292; BOHMAN, 1996: 5, 12-13, 113, 1997a:
321 y 1998: 400; BOHMANy REHG, 1997: x; BELL1999: 73; y PETTIT2003: 140.
46 Véase ROUSSEAU, 1762: Libro Segundo, cap. X, p. 50; Libro Tercero, cap. IV, p. 66, caps. XII
y XIII, pp. 89 y 90, y cap. XVIII, p. 100.
47 Como prueba de ello, véase ROUSSEAU, 1762: Libro Segundo, cap. III, p. 29, y Libro Cuarto,
cap. II, p. 105. Reforzando esta interpretación, SHKLAR, 1969: 18-20 y 179-186; y FRALIN, 1978: 6, 106 y 107. Y, entre los deliberativistas, MANIN, 1987: 345-347; SUNSTEIN, 1988; RICHARDSON,
2002: 58; y MILLER, 1992: 184.
ría profundamente en el pensamiento de algunos de los federalistas nor- teamericanos en el proceso constituyente de los Estados Unidos, y a través de ellos ha pervivido hasta nuestros días, como mostraré en el capítulo VI, en una de las concepciones de la democracia deliberativa contemporánea. Entre los mencionados constituyentes norteamericanos, los que mejor refle- jaron esta herencia fueron sin duda James MADISONy Alexander HAMIL- TON40. Buena parte de las instituciones políticas que propusieron iban enca- minadas a potenciar la deliberación, y en última instancia la imparcialidad de las decisiones41. Pero a la vez reproducían los mismos rasgos elitistas presentes en la obra de BURKE: la deliberación sólo tenía valor, por ejem- plo, en las cámaras representativas; y los representantes, elegidos por sus méritos y virtudes, debían gozar de plena independencia para poder deli- berar libremente42.
A esta concepción elitista de la deliberación democrática se le opuso desde el principio una forma distinta de pensar la democracia que entron- caría mejor con la tradición emancipatoria e igualitarista republicana, que sería defendida, por ejemplo, por el abate SIÉYÈS43, los antifederalistas Thomas JEFFERSONy John ADAMS44, y especialmente, ya bien entrado el siglo XIX, por John Stuart MILL. No podemos incluir en la lista, contra- riamente a lo que algunos han afirmado, a un gran republicano como Jean- Jacques ROUSSEAU45, que defendió efectivamente un modelo radicalmente democrático, y no elitista46, pero en el que la deliberación debía ser supri- mida por la misma razón por la que el elitismo ha criticado siempre la extensión de la misma a la ciudadanía, por el riesgo de manipulación retó- rica e irracionalidad47. Respecto a MILL, en el capítulo VI analizaré con
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48 Entre los deliberativistas que lo reivindican como un precedente importante del modelo
general, véanse FISHKIN, 1991: 69-71; GUTMANNy THOMPSON, 1996: 42, 44 y 105; BOHMAN, 1996: 28; CHRISTIANO, 1997: 247; ELSTER, 1998a: 4; HARDIN, 1999b: 113 y 114; FEARON, 1998: 57 y 59; DRYZEK, 2000a: 2 y 9; SAWARD, 2000b: 5; y ACKERMANy FISHKIN, 2002: 7, 8 y 21.
49 Véase MANIN, 1997: 234 y 235. Algunos fragmentos especialmente relevantes a estos efec-
tos en MILL, 1860: 43, 57, 65-66, 77, 103, y 144-145.
50 Todos los deliberativistas están de acuerdo en este punto. Véanse, sólo como ejemplo,
MANIN, 1987: 351-359; COHEN, 1989a: 17-22; MICHELMAN, 1989: 317; BENHABIB, 1994: 26, y 1996; DRYZEK, 1990, 2000a, y 2001: 651; GUTMANNy THOMPSON, 1996: 4, y 2004; y BOHMAN, 1996: 4 y 5, y 1998: 401 y 402.
51 COHEN, 1989a: 17.
detalle sus aportaciones a esta corriente. Lo que allí sostendré es que, si BURKEes el precedente de una concepción elitista de la democracia deli- berativa contemporánea, MILLlo es de una visión participativa que aquí identifico con el ideal de la república deliberativa48, y ello aunque el propio MILLdefendiera explícitamente las bondades del gobierno representativo y de los marcos institucionales mixtos49.
Mi intención en este apartado no era recorrer sistemáticamente los caminos de la historia del ideal de la deliberación política, sino única- mente mencionar algunos de los más destacados pensadores que se han comprometido de algún modo con dicho ideal y que son reconocidos como predecesores del modelo por los deliberativistas contemporáneos. Pero como ya he advertido, el modelo contemporáneo se ha emancipado lo sufi- ciente de sus orígenes como para permitirnos avanzar sin dedicarles una mayor atención. Así que pasemos, ahora sí, a ver en qué consiste la idea básica de la democracia deliberativa.
3. ¿QUÉ ES LA DEMOCRACIA DELIBERATIVA?
La democracia deliberativa es un modelo político normativo cuya pro- puesta básica es que las decisiones políticas sean tomadas mediante un procedimiento de deliberación democrática. Por lo tanto consiste, por encima de todo, en un modelo de toma de decisiones. El modelo es nor- mativo porque no aspira a describir cómo es la realidad, cómo efectiva- mente se toman las decisiones políticas en nuestras democracias avanza- das, sino a mostrar cómo debería ser dicha realidad. Así que el procedimiento deliberativo actúa como proceso de justificación o legiti- mación de las decisiones políticas. En otras palabras, la utilización de un procedimiento deliberativo es una condición —al menos idealmente— necesaria (aunque para muchos todavía no suficiente) de la legitimidad de las decisiones políticas50. Como señala COHEN, la democracia deliberativa implica una sociedad en la que «los asuntos de interés (affairs) están gober- nados por la deliberación pública de sus miembros»51. Ahora bien, cuando
INTRODUCCIÓN: LA INSATISFACCIÓN DE LA DEMOCRACIA 23
52 Algunos autores, como BOHMANo CHRISTIANO, prefieren hablar de «deliberación pública».
Aunque no existe mucho consenso acerca del significado preciso de ambas expresiones, gene- ralmente no se entienden como equivalentes. La deliberación pública, como tendremos oportu- nidad de ver más adelante, se refiere a un proceso argumentativo más amplio y difuso, no siem- pre institucional, que tiene lugar de forma continua en la esfera pública. La democracia deliberativa, en cambio, designa el modelo democrático que centralmente propone el uso de pro- cesos argumentativos en las instituciones de toma de decisiones políticas, y defiende además la mejora de los procesos de deliberación pública no institucionales. Otros aún, como DRYZEK,
prefieren denominarla «democracia discursiva» para poner de manifiesto que el tipo de delibe- ración que esperan promover consiste en un proceso de comunicación en el que se produce un intercambio de razones.
53 ELSTER, 1998a: 8. La traducción, como las del resto de fragmentos de esta tesis que no
están citados de traducciones publicadas, es mía. La cursiva en el original.
54 La misma distinción, con una pequeña diferencia de énfasis respecto a la libertad de adop-
tar el resultado por parte de los participantes, en MANIN, 1987: 352.
afirmo que se trata de un modelo normativo quiero decir, en este caso, que el modelo describe un ideal regulativo hacia el que debemos tender. La legitimidad política entonces no es un asunto de todo o nada, sino gradual, de modo que cuanto más democrático y deliberativo sea el procedimiento de toma de decisiones utilizado, tanto más legítimas serán dichas deci- siones resultantes.
Ya he advertido que las tesis defendidas por los autores deliberativis- tas son diversas y heterogéneas. Pero voy a intentar dejar a un lado estas diferencias y reconstruir los principios generales de la democracia deli- berativa, para presentar una versión unívoca y clara de su modelo, que será la tarea a la que dedicaré no sólo este capítulo, sino también los dos siguien- tes. Una definición mínima, pero muy afortunada en mi opinión, de demo- cracia deliberativa52 la encontramos en la introducción de Jon ELSTER a su compilación sobre este tema. Según ELSTER: